MINISTERIO DE HACIENDA
SUBSECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN Y NORMALIZACIÓN PATRIMONIAL
Disposición 62/2018
DI-2018-62-APN-SSADYNP#MHA
Ciudad de Buenos Aires, 15/11/2018
Visto el expediente EX-2018-16624543-APN-DGD#MHA y la disposición 61-E
del 12 de noviembre de 2018 de la Subsecretaría de Administración y
Normalización Patrimonial dependiente de la Secretaría Legal y
Administrativa del Ministerio de Hacienda (DI-2018-61-APN-SSADYNP#MHA),
y
CONSIDERANDO:
Que mediante el artículo 1º de la disposición 61-E del 12 de noviembre
de 2018 de esta subsecretaría (DI-2018-61-APN-SSADYNP#MHA) se convocó a
la primera Asamblea de Accionistas Sindicados para el 12 de diciembre
de 2018 a las 14:00 horas, a fin de que procedan a elegir a los
miembros del Comité Ejecutivo de la sindicación y a los Directores
titular y suplente, que los representarán en el Directorio del Banco
Hipotecario SA.
Que en el inciso b del artículo 20° del Título VI del Estatuto del
Banco Hipotecario SA se establece que entre los miembros de la Comisión
Fiscalizadora un (1) síndico titular y un (1) síndico suplente serán
designados por la Clase “B” de acciones, siempre que esta clase
represente más del dos por ciento (2 %) del capital social.
Que en virtud de que las acciones Clase “B” representan el tres coma
ochocientos un milésimo por ciento (3,801 %) del capital social se hace
necesario incorporar en el orden del día de la primera Asamblea de
Accionistas Sindicados, la elección de los síndicos titular y suplente.
Que el servicio jurídico permanente del Ministerio de Hacienda ha tomado la intervención que le compete.
Que esta medida se dicta en uso de las facultades previstas en los
artículos 13 y 67 de la ley 23.696, en el artículo 10 del decreto
2127/2012 y en el anexo II del decreto 174 del 2 de marzo de 2018.
Por ello,
LA SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACIÓN Y NORMALIZACIÓN PATRIMONIAL
DISPONE:
ARTÍCULO 1°.- Incorporar en el orden del día de la Primera Asamblea de
Accionistas Sindicados del Programa de Propiedad Participada del Banco
Hipotecario SA, convocada por la disposición 61-E del 12 de noviembre
de 2018 de esta subsecretaría (DI-2018-61-APN-SSADYNP#MHA), la elección
de los síndicos, titular y suplente, que los representarán en el
directorio de la mencionada sociedad.
ARTÍCULO 2°.- A los efectos del artículo precedente, aprobar el
procedimiento a utilizar en la mencionada elección, el que se detalla
en el anexo I (IF-2018-58981118-APN-SSADYNP#MHA) de esta disposición.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. Carolina Mercedes Serrano Espelta
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 16/11/2018 N° 87852/18 v. 16/11/2018
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial)
Anexo I
REGLAMENTACIÓN DEL PROCEDIMIENTO EN LA PRIMERA ASAMBLEA DE ACCIONISTAS DEL
PROGRAMA DE PROPIEDAD PARTICIPADA DEL BANCO HIPOTECARIO SOCIEDAD ANÓNIMA
PARA LA DESIGNACIÓN DE SÍNDICOS
1.- Mecanismo para la postulación:
El mecanismo para las postulaciones para los cargos de Síndico Titular
y Síndico Suplente - que se elegirán por lista completa - será el
siguiente:
Los requisitos para ejercer el cargo son los establecidos en la ley
19.550, y el Estatuto de la Sociedad determina que serán elegidos por
el período de dos (2) años.
1.1.- Para Síndico:
Se requerirá que la postulación sea efectuada por los empleados
adherentes y que representen un mínimo del diez por ciento (10%) de las
adhesiones computadas conforme su participación accionaria.
2.- Plazo:
Resulta de aplicación lo establecido en el punto 4 del anexo III de la
disposición 61-E del 12 de noviembre de 2018 de la Subsecretaría de
Administración y Normalización Patrimonial dependiente de la Secretaría
Legal y Administrativa del Ministerio de Hacienda (DI-2018-61
-APN-SSADYNP#MHA).
3.- Forma de votación:
Resulta de aplicación lo establecido en el punto 5 del anexo III de la citada disposición 61-E/2018.
4.- Cómputo de votos:
El Síndico será elegido por mayoría, conforme las respectivas tenencias accionarias.
Será elegido Síndico aquel postulante que con los votos obtenidos, represente la mayoría de tenencias accionarias.
IF-2018-58981118-APN-SSADYNP#MHA