MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO
Resolución 118/2018
RESOL-2018-118-APN-MPYT
Ciudad de Buenos Aires, 21/11/2018
VISTO el Expediente N° EX-2018-48134417-APN-DGD#MPYT, la Ley N° 25.300
y sus modificaciones, la Ley Nº 27.431 y el Decreto N° 137 de fecha 20
de febrero de 2018, y
CONSIDERANDO:
Que por el artículo 2º del Título II de la Ley N° 25.300 y sus
modificaciones se creó el FONDO NACIONAL DE DESARROLLO PARA LA MICRO,
PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA (FONAPYME), cuyo objeto es realizar aportes
de capital y brindar financiamiento a mediano y largo plazo para
inversiones productivas a las empresas y formas asociativas
comprendidas en el artículo 1° de la citada Ley.
Que por el Decreto N° 137 de fecha 20 de febrero de 2018 se dispuso la
extinción y liquidación del FONDO NACIONAL DE DESARROLLO PARA LA MICRO,
PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA (FONAPYME), y se estableció que los activos
líquidos y disponibles de los bienes fideicomitidos que resulten del
balance de liquidación de dicho Fondo serán transferidos por su
fiduciario al BANCO DE INVERSIÓN Y COMERCIO EXTERIOR S.A. en concepto
de aporte irrevocable de capital, por cuenta y orden del entonces
MINISTERIO DE PRODUCCIÓN.
Que el BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA, en su carácter de fiduciario del
FONDO NACIONAL DE DESARROLLO PARA LA MICRO, PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA
(FONAPYME), informó mediante Nota de fecha 28 de junio de 2018 los
activos líquidos y disponibles de los bienes fideicomitidos de dicho
Fondo.
Que el BANCO DE INVERSIÓN Y COMERCIO EXTERIOR S.A. informó que los
activos mencionados deberían ser transferidos a la Cuenta Corriente en
PESOS ($) N° 49167/03 del BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA, Sucursal Plaza
de Mayo, CBU 0110599520000049167032.
Que, en virtud de ello, corresponde convalidar el aporte irrevocable
efectuado para la capitalización del BANCO DE INVERSIÓN Y COMERCIO
EXTERIOR S.A. con los activos y fondos líquidos y disponibles del FONDO
NACIONAL DE DESARROLLO PARA LA MICRO, PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA
(FONAPYME).
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades
conferidas por el artículo 3° del Decreto N° 137 de fecha 20 de febrero
de 2018.
Por ello,
EL MINISTRO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Convalídase el aporte irrevocable efectuado para la
capitalización del BANCO DE INVERSIÓN Y COMERCIO EXTERIOR S.A. con los
activos y fondos líquidos y disponibles del FONDO NACIONAL DE
DESARROLLO PARA LA MICRO, PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA (FONAPYME),
informados mediante Nota de fecha 28 de junio de 2018 que, como Anexo
(IF-2018-57155247-APN-MPYT), forma parte integrante de la presente
resolución, en los términos del artículo 56 de la Ley N° 27.431, al
BANCO DE INVERSIÓN Y COMERCIO EXTERIOR S.A., en la Cuenta Corriente en
PESOS ($) N° 49167/03 del BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA, Sucursal Plaza
de Mayo, CBU 0110599520000049167032.
ARTÍCULO 2°.- La presente medida entrará en vigencia a partir de su dictado.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Dante Sica
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 23/11/2018 N° 89175/18 v. 23/11/2018
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)