ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

Disposición 317/2018

Ciudad de Buenos Aires, 23/11/2018

VISTO el EX-2018-00108245-AFIP-DEPRES#SDGPLA, y

CONSIDERANDO:

Que el Decreto 1092 del 22 de diciembre de 2017 incorpora el Aeropuerto “El Palomar” al Sistema Nacional de Aeropuertos (SNA); y que la Resolución 864 del 13 de noviembre de 2018 de la Administración Nacional de Aviación Civil, habilita el Aeródromo Público “El Palomar” como Aeropuerto Internacional.

Que, en virtud de ello, se propone la creación de una Oficina en el ámbito de la Dirección de Aduana de Ezeiza, con competencia en el control del tráfico aéreo de mercaderías, pasajeros, equipajes y aeronaves, en el aeropuerto internacional ubicado en la Ciudad de El Palomar, Localidad de Morón, Provincia de Buenos Aires.

Que por otra parte, resulta conveniente asignar una unidad administrativa a la Dirección General de Aduanas a efectos de atender de manera directa la gestión de los recursos humanos y la administración de los bienes materiales asignados.

Que, por ello, la Dirección de Gestión Organizacional y el Comité de Análisis de Estructura Organizacional han tomado la intervención que resulta de sus competencias.

Que han tomado la intervención que les compete la Subdirección General de Operaciones Aduaneras Metropolitanas y la Dirección General de Aduanas.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 6° del Decreto N° 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

DISPONE:

ARTÍCULO 1.- Crear UNA (1) unidad orgánica con nivel de Oficina denominada “El Palomar”, dependiente de la Sección Operativa de la División Aeroparque Jorge Newbery, existente en el ámbito de la Dirección de Aduana de Ezeiza de la Subdirección General de Operaciones Aduaneras Metropolitanas.

ARTÍCULO 2.- Determinar que la unidad orgánica con nivel de Sección denominada “Administrativa” dependiente de la División Despacho Aduanero de la Dirección General de Aduanas, pase a depender directamente de la Dirección General.

ARTÍCULO 3.- Reemplazar en la estructura organizativa vigente los Anexos A13 (IF-2018-00109614- AFIP-SRRDDVCOTA#SDGCTI) y A16 (IF-2018-00109621-AFIP-SRRDDVCOTA#SDGCTI) y, en la parte pertinente, los Anexos B13 (IF-2018-00109623-AFIP-SRRDDVCOTA#SDGCTI), B16 (IF-2018-00109624-AFIP-SRRDDVCOTA#SDGCTI) y J (IF-2018-00109626-AFIP-SRRDDVCOTA#SDGCTI) correspondiente a las jurisdicciones operativas de la Subdirección General de Operaciones Aduaneras Metropolitanas, por los que se aprueban por la presente.

ARTÍCULO 4.- La presente Disposición entrará en vigencia a partir de los CINCO (5) días corridos, contados desde el día de su suscripción.

ARTÍCULO 5.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Leandro German Cuccioli

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-.

e. 27/11/2018 N° 90241/18 v. 27/11/2018

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: AnexosI, Anexo II, Anexo III, Anexo IV, Anexo V)