MONUMENTO HISTÓRICO NACIONAL
Decreto 1084/2018
DECTO-2018-1084-APN-PTE - Declaración.
Ciudad de Buenos Aires, 29/11/2018
VISTO el Expediente N° EX-2018-55647225-APN-CGD#MECCYT, por el que se
propone la declaratoria como Monumento Histórico Nacional a la EMBAJADA
DE LA REPÚBLICA ITALIANA (ex RESIDENCIA ALVEAR - ORTIZ BASUALDO) y su
jardín, y
CONSIDERANDO:
Que la actual sede de la Embajada de la REPUBLICA ITALIANA fue
propiedad de Federico DE ALVEAR y de su esposa, Feliza ORTIZ BASUALDO.
Que el proyecto del edificio en sus líneas generales fue diseñado por
Federico DE ALVEAR, con la asistencia de un arquitecto dedicado a
desarrollar aspectos técnicos y constructivos.
Que el edificio se implanta dentro del terreno y está apoyado en la medianera, rodeado de un amplio jardín.
Que la fachada principal se encuentra jerarquizada por su posición, alejada del portón de acceso y de la avenida.
Que dicho espacio es tratado como una combinación de patio de honor y
camino dentro del jardín, todo lo cual otorga a la construcción una
apariencia de “hotel particulier” y, a la vez, de “villa”.
Que el conjunto se completa con una reja perimetral, un portón de acceso de imponente presencia y un pabellón de portería.
Que el edificio, un pabellón aislado como una villa rodeada de
jardines, se estructura de manera tradicional en CUATRO (4) niveles: un
subsuelo semihundido, planta baja, primer piso y mansarda.
Que el estilo elegido se inspira en la arquitectura francesa de mediados del Siglo XVIII.
Que la fachada principal recrea las líneas del Hôtel de Biron,
construido hacia 1730 por Jacques Ange GABRIEL y Jean AUBERT para el
financista Peyrenc DE MORAS y sede actual del MUSEO RODIN de la Ciudad
de PARÍS, REPÚBLICA FRANCESA.
Que los interiores, si bien responden a una arquitectura inspirada en
el Siglo XVIII francés, presentan una disposición particular que no
coincide con las secuencias y articulaciones espaciales propias de la
arquitectura recreada.
Que el Palacio ALVEAR resume una época en que las residencias de la
ciudad de BUENOS AIRES evolucionaban hacia una heterodoxia en la
emulación de los modelos franceses consagrados, apareciendo criterios
de disposición y confort de inspiración inglesa y cierto espíritu
italiano en la relación entre salones interiores y jardines
circundantes.
Que cuenta con catalogación singular y un nivel de protección estructural.
Que la COMISIÓN NACIONAL DE MONUMENTOS, DE LUGARES Y DE BIENES HISTÓRICOS aconseja su declaratoria.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la Secretaría de
Gobierno de Cultura del MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y
TECNOLOGÍA ha tomado debida intervención.
Que la presente medida se dicta en el marco de lo establecido por el
artículo 99 inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, y por el artículo 1°
ter, inciso b) de la Ley Nº 12.665 y sus modificatorias.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Declárase al Monumento Histórico Nacional edificio sede
de la EMBAJADA DE LA REPÚBLICA ITALIANA (ex RESIDENCIA ALVEAR - ORTIZ
BASUALDO) y su jardín, delimitada por la Avenida DEL LIBERTADOR Nros.
2100/2096, y la calle BILLINGHURST Nros. 2577/2583/2589, de la CIUDAD
AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES (Datos Catastrales: Circunscripción 19,
Sección 15, Manzana 55, Parcela 13a).
ARTÍCULO 2°.- La COMISIÓN NACIONAL DE MONUMENTOS, DE LUGARES Y DE
BIENES HISTÓRICOS realizará las gestiones y procedimientos establecidos
en la Ley Nº 12.665 y sus modificatorias, en su reglamentación y en las
normas complementarias, debiendo practicar las inscripciones
correspondientes en los Registros Catastrales y de la Propiedad.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese. MACRI - Marcos Peña - Alejandro
Finocchiaro
e. 03/12/2018 N° 91719/18 v. 03/12/2018