SECRETARÍA GENERAL

Decreto 1090/2018

DECTO-2018-1090-APN-PTE - Estructura Organizativa.

Ciudad de Buenos Aires, 03/12/2018

VISTO el Expediente N° EX-2018-29438084-APN-CGD#SGP, los Decretos Nros. 174 de fecha 2 de marzo de 2018 y sus modificatorios y 262 de fecha 28 de marzo de 2018, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 174/18 y sus modificatorios se aprobó el organigrama de aplicación de la Administración Pública Nacional hasta nivel de Subsecretaría, estableciendo sus respectivas competencias.

Que por el Decreto Nº 262/18 se aprobó la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

Que, con el objeto de optimizar el desempeño de las diferentes dependencias de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, resulta conveniente reordenar su estructura organizativa, permitiendo dotar de una mayor eficiencia y eficacia el proceso de toma de decisiones.

Que asimismo considerando los criterios ponderados en el ejercicio de las funciones establecidas, resulta pertinente la creación de un cargo extraescalafonario que coordine los aspectos de seguridad y custodia del señor Presidente de la Nación y su familia, así como designar a su titular.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE DISEÑO ORGANIZACIONAL de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE HACIENDA han tomado la intervención que les compete.

Que ha tomado la intervención de su competencia la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SUBSECRETARÍA LEGAL Y ADMINISTRATIVA de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 99, incisos 1 y 7 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y del artículo 1° del Decreto N° 355/17 y su modificatorio.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°. - Sustitúyese el Anexo Ig, aprobado por el artículo 1º del Decreto Nº 262/18, por el obrante en la planilla anexa al presente artículo (IF-2018-61010536-APN-SSLYA#SGP), que forma parte integrante del presente decreto.

ARTÍCULO 2º.- Sustitúyense, del Anexo II aprobado por el artículo 1º del Decreto Nº 262/18, la Responsabilidad Primaria y Acciones de la ADMINISTRACIÓN DE SERVICIOS GENERALES, dependiente de la SUBSECRETARÍA LEGAL Y ADMINISTRATIVA, de la DIRECCIÓN GENERAL DE GESTIÓN PRESIDENCIAL dependiente de la SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS PRESIDENCIALES y de la DIRECCIÓN DE PRODUCCIÓN Y AGENDA PRESIDENCIAL dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COMUNICACIÓN PRESIDENCIAL de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, por las obrantes en la planilla anexa al presente artículo (IF-2018-61011045-APN-SSLYA#SGP), que forma parte integrante del presente decreto.

ARTÍCULO 3º.- Incorpóranse al Anexo II, aprobado por el artículo 1º del Decreto Nº 262/18, la Responsabilidad Primaria y Acciones de EDECANES, AGRUPACIÓN TÉCNICA y AGRUPACIÓN SEGURIDAD E INTELIGENCIA de la CASA MILITAR de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, que se detallan en la planilla anexa al presente artículo (IF-2018-61011358-APN-SSLYA#SGP), que forma parte integrante del presente decreto.

ARTÍCULO 4º.- Suprímense, del Anexo II aprobado por el artículo 1º del Decreto Nº 262/18, la Responsabilidad Primaria y Acciones del 2º JEFE DE CASA MILITAR, dependiente de la CASA MILITAR de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

ARTÍCULO 5º.- Sustitúyese el Anexo IIIj aprobado por el artículo 2º del Decreto Nº 262/18, por el obrante en la planilla anexa al presente artículo (IF-2018-61013935-APN-SSLYA#SGP), que forma parte integrante del presente decreto.

ARTÍCULO 6°. - Sustitúyense, del Anexo IV aprobado por el artículo 2º del Decreto Nº 262/18, las Acciones de la COORDINACIÓN DE SERVICIOS AUXILIARES, dependiente de la ADMINISTRACIÓN DE SERVICIOS GENERALES de la SUBSECRETARÍA LEGAL Y ADMINISTRATIVA de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y de la DIRECCIÓN DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la AGRUPACIÓN SEGURIDAD E INTELIGENCIA de la CASA MILITAR de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, por las obrantes en la planilla anexa al presente artículo (IF-2018-61014375-APN-SSLYA#SGP), que forma parte integrante del presente decreto.

ARTÍCULO 7º.- Derógase en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08, sus modificatorios y complementarios, el cargo perteneciente a la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, de conformidad con el detalle obrante en la planilla Anexa al presente artículo (IF-2018-61014813-APN-SSLYA#SGP), que forma parte integrante del presente decreto.

ARTÍCULO 8º. - Créase el cargo Extraescalafonario de 2º Jefe de la Casa Militar, dependiente de la CASA MILITAR de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, con rango y jerarquía de Subsecretario, cuyas funciones serán asistir al Jefe de la CASA MILITAR en el cumplimiento de sus funciones y reemplazarlo en caso de ausencia.

ARTÍCULO 9º.-Desígnase, a partir del dictado de la presente medida, en el cargo extraescalafonario de 2º Jefe de la Casa Militar de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, al Coronel D. Alejandro Daniel GUGLIELMI (D.N.I. Nº 16.364.194).

ARTÍCULO 10.- Asígnase a la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, la cantidad de UN (1) cargo vacante de la reserva de cargos aprobada por el artículo 1° de la Decisión Administrativa N° 338/18 y sus complementarias y detallada en el Anexo II de dicha medida, en los términos de la Decisión Administrativa N° 6 de fecha 12 de enero de 2018, a efectos de la creación del cargo extraescalafonario previsto en el artículo 8° de la presente medida, conforme el detalle obrante en la Planilla Anexa al presente artículo (IF-2018-61011830-APN-SSLYA#SGP), que forma parte integrante del presente decreto.

ARTÍCULO 11.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con los créditos asignados a la Jurisdicción 20-01 – SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

ARTÍCULO 12.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. MACRI - Marcos Peña

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 04/12/2018 N° 92294/18 v. 04/12/2018

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial.)



IF-2018-61010536-APN-SSLYA#SGP



Hoja Adicional de Firmas

Anexo

Número: IF-2018-61010536-APN-SSLYA#SGP

CIUDAD DE BUENOS AIRES

Lunes 26 de Noviembre de 2018

Referencia: PLANILLA ANEXA ARTÍCULO 1°

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PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 2°

PRESIDENCIA DE LA NACIÓN

SECRETARÍA GENERAL

SUBSECRETARÍA LEGAL Y ADMINISTRATIVA

ADMINISTRACIÓN DE SERVICIOS GENERALES

RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

Entender en todo lo relacionado con los servicios generales necesarios para el funcionamiento de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y de los organismos a los cuales se asiste desde la SECRETARÍA GENERAL.

Administrar los servicios de mantenimiento y funcionamiento de la Casa de Gobierno y las sedes administrativas de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y de cochera y transporte terrestre.

ACCIONES:

1. Organizar y controlar las actividades relacionadas con el mantenimiento de inmuebles, conservación de bienes muebles, los servicios generales y el de transporte terrestre correspondiente a la SECRETARÍA GENERAL y a las Secretarías y organismos a los cuales asiste.

2. Coordinar los trabajos, y verificar el cumplimiento de los servicios requeridos.

3. Controlar, custodiar y distribuir los bienes almacenados en los depósitos.

4. Organizar y controlar los servicios de cocina y atención a los comedores presidencial y de funcionarios.

SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS PRESIDENCIALES

DIRECCIÓN GENERAL DE GESTIÓN PRESIDENCIAL

RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

Planificar, coordinar, ejecutar y supervisar la gestión integral de las actividades institucionales del señor Presidente de la Nación y del señor Secretario General de la Presidencia de la Nación.

ACCIONES:

1. Asistir al Subsecretario de Asuntos Presidenciales en todo lo vinculado a sus funciones específicas dirigidas al señor Presidente de la Nación y al señor Secretario General de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

2. Organizar y atender el desarrollo de los actos y ceremonias a las que asista el señor Presidente de la Nación y las acciones de igual naturaleza que se cumplan en la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

3. Tramitar las solicitudes de audiencias formuladas al Señor Presidente de la Nación, tanto en el país como en el exterior, y asesorar respecto del temario, importancia y prioridad de las mismas.

4. Asistir en el tratamiento de la documentación y las demandas por vía oral o escrita dirigidas al señor Presidente de la Nación.

SECRETARÍA GENERAL

SUBSECRETARÍA DE COMUNICACIÓN PRESIDENCIAL

DIRECCIÓN DE PRODUCCIÓN Y AGENDA PRESIDENCIAL

RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

Gestionar la Agenda Presidencial y su difusión, asistiendo a las autoridades en la planificación, coordinación y desarrollo de eventos a realizarse en el área de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, de acuerdo a las actividades que realice el Primer Mandatario en el territorio Nacional y en sus viajes al exterior, juntamente con las áreas de competencia específica.

ACCIONES:

1. Gestionar y centralizar la información y las actividades que desarrollan los distintos Ministerios con el objetivo de nutrir la agenda Presidencial.

2. Asistir a las autoridades, juntamente con las áreas involucradas, en la planificación de eventos a realizarse en organismos nacionales, provinciales, internacionales u organizaciones privadas, en los cuales sea partícipe el Primer Mandatario.

3. Desarrollar el control de la ejecución de la agenda Presidencial, de acuerdo a las temáticas propias de la SUBSECRETARÍA DE COMUNICACIÓN PRESIDENCIAL, con el objetivo de conseguir una armonía entre el contenido y los objetivos de la misma.

4. Gestionar con las unidades competentes de la difusión de la actividad del Presidente de la Nación en el portal web de Casa Rosada, suministrando el contenido de la agenda presidencial.

5. Diseñar las estrategias que resulten necesarias implementar para la administración eficiente y coordinada de la agenda presidencial.

6. Asesorar en la aplicación de las adecuaciones necesarias para el perfeccionamiento y desarrollo coordinado de la agenda presidencial.

7. Elaborar y mantener actualizado un registro de eventos presidenciales a efectos de su correspondiente organización y coordinación con otras áreas del gobierno involucradas en la realización de tales eventos.

IF-2018-61011045-APN-SSLYA#SGP


Hoja Adicional de Firmas


Anexo

Número: IF-2018-61011045-APN-SSLYA#SGP

CIUDAD DE BUENOS AIRES

Lunes 26 de Noviembre de 2018

Referencia: PLANILLA ANEXA ARTÍCULO 2°

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PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 3°

CASA MILITAR

EDECANES

RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

Ejercer la seguridad inmediata del señor Presidente de la Nación y asistirlo en todas las funciones oficiales, prestándole inmediata colaboración en ellas.

ACCIONES:

1. Asistir al señor Presidente de la Nación en sus traslados aéreos, ceremonias y actos públicos o privados.

2. Asistir al Señor Presidente en la atención de las personas que tengan audiencia previa, cuando el señor Presidente así lo disponga.

3. Efectuar toda otra tarea de asistencia que le sea expresamente encomendada por el señor Presidente de la Nación o el Jefe de la Casa Militar.

4. Ejercer la representación del señor Presidente de la Nación en todos aquellos actos o ceremonias que él disponga.

SECRETARÍA GENERAL

CASA MILITAR AGRUPACIÓN TÉCNICA

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Planificar, coordinar y supervisar los servicios técnico-administrativos, presupuestarios y patrimoniales de la Casa Militar.

ACCIONES:

1. Efectuar el registro y control de los recursos patrimoniales a cargo de la Casa Militar, incluyendo el patrimonio y recursos afectados a la flota presidencial.

2. Brindar apoyo técnico y administrativo al organismo, con la coordinación y asistencia de las áreas de competencia específica de la SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

3. Dirigir el despacho del organismo.

4. Brindar los servicios de asistencia inmediata al Jefe de la Casa Militar.

5. Presentar al Jefe de la Casa Militar y a la SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION, anualmente, la formulación presupuestaria del organismo.

SECRETARÍA GENERAL

CASA MILITAR

AGRUPACIÓN SEGURIDAD E INTELIGENCIA

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Planificar, ejecutar y supervisar las acciones de seguridad, coordinando los requerimientos de inteligencia y contrainteligencia necesarios para preservar en forma permanente la integridad física del señor Presidente de la Nación y sus familiares directos, como así también la de los integrantes de la Casa de Gobierno y Residencia Presidencial de Olivos.

ACCIONES:

1. Planificar, coordinar y supervisar la seguridad personal del señor Presidente de la Nación y sus familiares directos en toda circunstancia, tiempo y lugar.

2. Organizar, coordinar y supervisar las tareas relacionadas con la seguridad de los elementos subordinados a través de la Casa Militar: Regimiento de Granaderos a Caballo "General San Martín", Fuerza de Seguridad, Policía Federal y Provincial.

3. Coordinar los aspectos vinculados con las acciones de inteligencia y contrainteligencia necesarias, juntamente con la AGENCIA FEDERAL DE INTELIGENCIA.

4. Coordinar e integrar el personal y medios técnicos propios y asignados, con el personal y medios de los lugares que visite el señor Presidente de la Nación, en los traslados que éste realice fuera del lugar habitual de su residencia, en el país o en el extranjero designándose a tal efecto un Jefe Militar de Seguridad quien hará ejecutar las tareas asignadas, conforme a las directivas impartidas por el Jefe de la CASA MILITAR.

5. Coordinar lo relacionado con el ceremonial militar de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y Residencia Presidencial de Olivos y de otros lugares de residencia transitoria, dentro y fuera del país, del señor Presidente de la Nación o cuando éste lo disponga.

6. Elaborar las normas de acceso a la Casa de Gobierno, Residencia Presidencial de Olivos y otros lugares de residencia transitoria del señor Presidente de la Nación y supervisar su cumplimiento; incluyendo el otorgamiento de credenciales y/o distintivos identificatorios, según corresponda.
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IF-2018-61011358-APN-SSLYA#SGP



Hoja Adicional de Firmas

Anexo

Número: IF-2018-6101135 8-APN-SSLYA#SGP

CIUDAD DE BUENOS AIRES

Lunes 26 de Noviembre de 2018

Referencia: PLANILLA ANEXA ARTÍCULO 3°





IF-2018-61013935-APN-SSLYA#SGP



Hoja Adicional de Firmas

Anexo

Número: IF-2018-61013935-APN-SSLYA#SGP

CIUDAD DE BUENOS AIRES

Lunes 26 de Noviembre de 2018

Referencia: PLANILLA ANEXA ARTÍCULO 5°

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PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 6°

PRESIDENCIA DE LA NACIÓN

SECRETARÍA GENERAL

SUBSECRETARÍA LEGAL Y ADMINISTRATIVA

ADMINISTRACIÓN DE SERVICIOS GENERALES

COORDINACIÓN DE SERVICIOS AUXILIARES

ACCIONES:

1. Coordinar la distribución de los recursos económicos y financie ros acordados para el adecuado funcionamiento de la Residencia.

2. Efectuar la conducción del personal asignado a las distintas áreas, procurando su óptimo desempeño.

3. Instrumentar la gestión de los bienes y servicios que se requieran en la Residencia Presidencial de Olivos.

4. Asistir en las actividades que se desarrollen en la Residencia Presidencial de Olivos, en especial los actos y reuniones oficiales.

5. Colaborar en la organización de los servicios de custodia del señor Presidente de la Nación, en coordinación con la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y con la Comisaría de la Casa Rosada.

SECRETARÍA GENERAL

CASA MILITAR

AGRUPACIÓN SEGURIDAD E INTELIGENCIA

DIRECCIÓN DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA

ACCIONES:

1. Planificar la asignación del personal para la atención al público en los accesos a la Casa de Gobierno, Museo y Residencia Presidencial de Olivos considerando las necesidades del sector.

2. Proponer la distribución del personal civil, en los actos y comisiones a realizarse con la presencia del Primer Mandatario.

3. Participaren la confección de las directivas específicas para el cumplimiento de las actividades de la Agrupación.

4. Controlar la gestión de los recursos asignados a la Casa Militar, para el mejoramiento de la calidad en la prestación de los servicios, a los fines de brindar una respuesta adecuada en la atención al público.

5. Elaborar los cursos específicos para el personal civil de la Casa Militar, coordinando con los organismos de capacitación intervinientes, su implementación y desarrollo.

6. Colaborar en la planificación de los cursos para el Personal Militar asignado a la Agrupación.

7. Mantener y controlar la preservación de los elementos patrimoniales asignados a la Casa Militar.

8. Asesorar y asistir al Jefe de Agrupación en los temas que sean de su competencia y en todo lo relacionado con los servicios de seguridad brindados por la Agrupación Seguridad e Inteligencia.

IF-2018-61014375-APN-SSLYA#SGP



Hoja Adicional de Firmas

Anexo

Número: IF-2018-61014375-APN-SSLYA#SGP

CIUDAD DE BUENOS AIRES

Lunes 26 de Noviembre de 2018

Referencia: PLANILLA ANEXA ARTÍCULO 6°

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PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 7º

PRESIDENCIA DE LA NACIÓN

SECRETARÍA GENERAL

DEROGACIÓN



IF-2018-61014813-APN-SSLYA#SGP


Hoja Adicional de Firmas

Anexo

Número: IF-2018-61014813-APN-SSLYA#SGP

CIUDAD DE BUENOS AIRES

Lunes 26 de Noviembre de 2018

Referencia: PLANILLA ANEXA ARTÍCULO 7°

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PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 10



IF-2018-61011830-APN-SSLYA#SGP



Hoja Adicional de Firmas

Anexo

Número: IF-2018-61011830-APN-SSLYA#SGP

CIUDAD DE BUENOS AIRES

Lunes 26 de Noviembre de 2018

Referencia: PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 10

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