SECRETARÍA
GENERAL
Decreto 1090/2018
DECTO-2018-1090-APN-PTE - Estructura
Organizativa.
Ciudad de Buenos Aires, 03/12/2018
VISTO el Expediente N° EX-2018-29438084-APN-CGD#SGP, los Decretos Nros.
174 de fecha 2 de marzo de 2018 y sus modificatorios y 262 de fecha 28
de marzo de 2018, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N° 174/18 y sus modificatorios se aprobó el
organigrama de aplicación de la Administración Pública Nacional hasta
nivel de Subsecretaría, estableciendo sus respectivas competencias.
Que por el Decreto Nº 262/18 se aprobó la estructura organizativa de
primer y segundo nivel operativo de la SECRETARÍA GENERAL de la
PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.
Que, con el objeto de optimizar el desempeño de las diferentes
dependencias de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN,
resulta conveniente reordenar su estructura organizativa, permitiendo
dotar de una mayor eficiencia y eficacia el proceso de toma de
decisiones.
Que asimismo considerando los criterios ponderados en el ejercicio de
las funciones establecidas, resulta pertinente la creación de un cargo
extraescalafonario que coordine los aspectos de seguridad y custodia
del señor Presidente de la Nación y su familia, así como designar a su
titular.
Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE DISEÑO ORGANIZACIONAL de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS y la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE
HACIENDA han tomado la intervención que les compete.
Que ha tomado la intervención de su competencia la DIRECCIÓN GENERAL DE
ASUNTOS JURÍDICOS de la SUBSECRETARÍA LEGAL Y ADMINISTRATIVA de la
SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones
emergentes del artículo 99, incisos 1 y 7 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y
del artículo 1° del Decreto N° 355/17 y su modificatorio.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°. -
(Artículo derogado por art. 6° del Decreto N° 194/2020 B.O. 2/3/2020)
ARTÍCULO 2º.-
(Artículo derogado por art. 6° del Decreto N° 194/2020 B.O. 2/3/2020)
ARTÍCULO 3º.-
(Artículo derogado por art. 6° del Decreto N° 194/2020 B.O. 2/3/2020)
ARTÍCULO 4º.-
(Artículo derogado por art. 6° del Decreto N° 194/2020 B.O. 2/3/2020)
ARTÍCULO 5º.-
(Artículo derogado por art. 6° del Decreto N° 194/2020 B.O. 2/3/2020)
ARTÍCULO 6°. -
(Artículo derogado por art. 6° del Decreto N° 194/2020 B.O. 2/3/2020)
ARTÍCULO 7º.-
(Artículo derogado por art. 6° del Decreto N° 194/2020 B.O. 2/3/2020)
ARTÍCULO 8º. - Créase el cargo Extraescalafonario de 2º Jefe de la Casa
Militar, dependiente de la CASA MILITAR de la SECRETARÍA GENERAL de la
PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, con rango y jerarquía de Subsecretario, cuyas
funciones serán asistir al Jefe de la CASA MILITAR en el cumplimiento
de sus funciones y reemplazarlo en caso de ausencia.
ARTÍCULO 9º.-Desígnase, a partir del dictado de la presente medida, en
el cargo extraescalafonario de 2º Jefe de la Casa Militar de la
SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, al Coronel D.
Alejandro Daniel GUGLIELMI (D.N.I. Nº 16.364.194).
ARTÍCULO 10.- Asígnase a la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA
NACIÓN, la cantidad de UN (1) cargo vacante de la reserva de cargos
aprobada por el artículo 1° de la Decisión Administrativa N° 338/18 y
sus complementarias y detallada en el Anexo II de dicha medida, en los
términos de la Decisión Administrativa N° 6 de fecha 12 de enero de
2018, a efectos de la creación del cargo extraescalafonario previsto en
el artículo 8° de la presente medida, conforme el detalle obrante en la
Planilla Anexa al presente artículo (IF-2018-61011830-APN-SSLYA#SGP),
que forma parte integrante del presente decreto.
ARTÍCULO 11.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente
medida será atendido con los créditos asignados a la Jurisdicción 20-01
– SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.
ARTÍCULO 12.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese. MACRI - Marcos Peña
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la
edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 04/12/2018 N° 92294/18 v. 04/12/2018
(
Nota
Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido
extraídos de la edición web de Boletín Oficial.)
Anexo Ig
(Anexo derogado por art. 6° del Decreto N° 194/2020 B.O. 2/3/2020)
Planilla Anexa al Artículo 2°
Planilla Anexa al Artículo 3°
Planilla Anexa al Artículo 6°
Planilla Anexa al Artículo 7°
Planilla Anexa al Artículo 10