SECRETARÍA GENERAL

Decreto 1090/2018

DECTO-2018-1090-APN-PTE - Estructura Organizativa.

Ciudad de Buenos Aires, 03/12/2018

VISTO el Expediente N° EX-2018-29438084-APN-CGD#SGP, los Decretos Nros. 174 de fecha 2 de marzo de 2018 y sus modificatorios y 262 de fecha 28 de marzo de 2018, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 174/18 y sus modificatorios se aprobó el organigrama de aplicación de la Administración Pública Nacional hasta nivel de Subsecretaría, estableciendo sus respectivas competencias.

Que por el Decreto Nº 262/18 se aprobó la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

Que, con el objeto de optimizar el desempeño de las diferentes dependencias de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, resulta conveniente reordenar su estructura organizativa, permitiendo dotar de una mayor eficiencia y eficacia el proceso de toma de decisiones.

Que asimismo considerando los criterios ponderados en el ejercicio de las funciones establecidas, resulta pertinente la creación de un cargo extraescalafonario que coordine los aspectos de seguridad y custodia del señor Presidente de la Nación y su familia, así como designar a su titular.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE DISEÑO ORGANIZACIONAL de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE HACIENDA han tomado la intervención que les compete.

Que ha tomado la intervención de su competencia la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SUBSECRETARÍA LEGAL Y ADMINISTRATIVA de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 99, incisos 1 y 7 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y del artículo 1° del Decreto N° 355/17 y su modificatorio.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°. - (Artículo derogado por art. 6° del Decreto N° 194/2020 B.O. 2/3/2020)

ARTÍCULO 2º.- (Artículo derogado por art. 6° del Decreto N° 194/2020 B.O. 2/3/2020)

ARTÍCULO 3º.- (Artículo derogado por art. 6° del Decreto N° 194/2020 B.O. 2/3/2020)

ARTÍCULO 4º.- (Artículo derogado por art. 6° del Decreto N° 194/2020 B.O. 2/3/2020)

ARTÍCULO 5º.- (Artículo derogado por art. 6° del Decreto N° 194/2020 B.O. 2/3/2020)

ARTÍCULO 6°. - (Artículo derogado por art. 6° del Decreto N° 194/2020 B.O. 2/3/2020)

ARTÍCULO 7º.- (Artículo derogado por art. 6° del Decreto N° 194/2020 B.O. 2/3/2020)

ARTÍCULO 8º. - Créase el cargo Extraescalafonario de 2º Jefe de la Casa Militar, dependiente de la CASA MILITAR de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, con rango y jerarquía de Subsecretario, cuyas funciones serán asistir al Jefe de la CASA MILITAR en el cumplimiento de sus funciones y reemplazarlo en caso de ausencia.

ARTÍCULO 9º.-Desígnase, a partir del dictado de la presente medida, en el cargo extraescalafonario de 2º Jefe de la Casa Militar de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, al Coronel D. Alejandro Daniel GUGLIELMI (D.N.I. Nº 16.364.194).

ARTÍCULO 10.- Asígnase a la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, la cantidad de UN (1) cargo vacante de la reserva de cargos aprobada por el artículo 1° de la Decisión Administrativa N° 338/18 y sus complementarias y detallada en el Anexo II de dicha medida, en los términos de la Decisión Administrativa N° 6 de fecha 12 de enero de 2018, a efectos de la creación del cargo extraescalafonario previsto en el artículo 8° de la presente medida, conforme el detalle obrante en la Planilla Anexa al presente artículo (IF-2018-61011830-APN-SSLYA#SGP), que forma parte integrante del presente decreto.

ARTÍCULO 11.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con los créditos asignados a la Jurisdicción 20-01 – SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

ARTÍCULO 12.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. MACRI - Marcos Peña

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 04/12/2018 N° 92294/18 v. 04/12/2018

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial.)

Anexo Ig

(Anexo derogado por art. 6° del
Decreto N° 194/2020 B.O. 2/3/2020)

Planilla Anexa al Artículo 2°

(Anexo derogado por art. 6° del Decreto N° 194/2020 B.O. 2/3/2020)

Planilla Anexa al Artículo 3°

(Anexo derogado por art. 6° del Decreto N° 194/2020 B.O. 2/3/2020)


Anexo IIIj

(Anexo derogado por art. 6° del Decreto N° 194/2020 B.O. 2/3/2020)

Planilla Anexa al Artículo 6°

(Anexo derogado por art. 6° del Decreto N° 194/2020 B.O. 2/3/2020)

Planilla Anexa al Artículo 7°

(Anexo derogado por art. 6° del Decreto N° 194/2020 B.O. 2/3/2020)

Planilla Anexa al Artículo 10

(Anexo derogado por art. 6° del Decreto N° 194/2020 B.O. 2/3/2020)