ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL
Decisión Administrativa 1850/2018
DA-2018-1850-APN-JGM - Prórroga.
Ciudad de Buenos Aires, 04/12/2018
VISTO el Expediente N° EX-2018-56391401-APN-DNO#JGM, la Ley de
Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438 del 12 de marzo de
1992), y sus modificatorias, los Decretos Nros. 174 de fecha 2 de marzo
de 2018 y sus modificatorios, 801 y 802, ambos de fecha 5 de septiembre
de 2018, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438/92), y
sus modificatorias, se prevén, entre otros aspectos, los Ministerios
que integran el PODER EJECUTIVO NACIONAL.
Que por el Decreto N° 801/18 se fusionaron diversos Ministerios a fin
de centralizar las competencias en un número menor de Jurisdicciones.
Que por el Decreto N° 802/18 se determinó la vigencia de los Objetivos
de las Secretarías y Subsecretarías aprobados por el Decreto Nº 174/18
y sus modificatorios por el plazo de SESENTA (60) días contados a
partir del dictado del mencionado decreto, hasta tanto concluya la
aprobación de la conformación organizativa de la Administración Pública
Nacional.
Que en virtud de ello se facultó al Jefe de Gabinete de Ministros a prorrogar el plazo dispuesto en el considerando precedente.
Que por razones de optimización de gestión y a fin de no entorpecer los
procesos en curso, resulta necesario prorrogar el plazo dispuesto por
el artículo 1º del Decreto Nº 802/18, hasta tanto concluya el análisis
y rediseño de las áreas afectadas por los Decretos Nº 801 y N° 802 del
5 de septiembre de 2018.
Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE DISEÑO ORGANIZACIONAL y la DIRECCIÓN
GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS, ambas dependientes de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS han tomado la intervención que les compete.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades
conferidas por el artículo 100, inciso 1, de la CONSTITUCIÓN NACIONAL,
y el artículo 1° del Decreto N° 802/18.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
ARTÍCULO 1º.- Prorrógase por SESENTA (60) días contados a partir del
dictado de la presente medida, el plazo establecido en el artículo 1°
del Decreto N° 802 de fecha 5 de septiembre de 2018, manteniéndose
vigentes por dicho plazo los Objetivos de las Secretarías y
Subsecretarías aprobadas por el Decreto Nº 174 de fecha 2 de marzo de
2018 y sus modificatorios y las unidades organizativas de las
Secretarías de Gobierno aprobados por el Decreto N° 958 del 25 de
octubre de 2018.
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese. Marcos Peña - Rogelio Frigerio
e. 05/12/2018 N° 92785/18 v. 05/12/2018