ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LABORATORIOS E INSTITUTOS DE SALUD “DR. CARLOS G. MALBRÁN”

Decreto 1111/2018

DECTO-2018-1111-APN-PTE - Prorrógase intervención.

Ciudad de Buenos Aires, 07/12/2018

VISTO el Expediente N° EX-2018-57352246-APN-DD#MSYDS, los Decretos Nros.1628 de fecha 23 de diciembre de 1996, 826 de fecha 13 de mayo de 2015, 383 de fecha 19 de febrero de 2016, 161 de fecha 10 de marzo de 2017 y 355 de fecha 22 de mayo de 2017 y su modificatorio, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 1628/96 se aprobó la estructura organizativa de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LABORATORIOS E INSTITUTOS DE SALUD “DR. CARLOS G. MALBRÁN” (ANLIS), organismo descentralizado en el ámbito de la SUBSECRETARÍA DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE ENFERMEDADES COMUNICABLES E INMUNOPREVENIBLES de la Secretaría de Gobierno de Salud del MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL.

Que mediante el artículo 1° del Decreto N° 826/15 se dispuso la intervención, a partir de la fecha de su dictado y hasta el 31 de diciembre de 2015, de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LABORATORIOS E INSTITUTOS DE SALUD “DR. CARLOS G. MALBRÁN” (ANLIS), cuya última prórroga operó mediante el Decreto N° 143/18.

Que por el artículo 2° del Decreto N° 143/18 se designó, a partir del dictado de la medida, Interventora en la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LABORATORIOS E INSTITUTOS DE SALUD “DR. CARLOS G. MALBRÁN” (ANLIS), a la Dra. Claudia PERANDONES (D.N.I. N° 18.534.560), con todas las facultades que las normas vigentes le otorgan al titular del órgano superior de la mencionada entidad, incluida la de intervenir sus organismos dependientes.

Que hasta tanto se alcancen las condiciones que permitan poner fin a la intervención de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LABORATORIOS E INSTITUTOS DE SALUD “DR. CARLOS G. MALBRÁN” (ANLIS) y regularizar su funcionamiento, resulta necesario prever la prórroga de la misma.

Que por el artículo 1º del Decreto Nº 355/17 y su modificatorio, se estableció que las designaciones correspondientes a cargos de Subsecretario, o de rango o jerarquía equivalente o superior, y de titulares o integrantes de órganos superiores de entes descentralizados, cualquiera sea su denominación o naturaleza jurídica, serán efectuadas por el PODER EJECUTIVO NACIONAL.

Que la designación en el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario alguno.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la Secretaría de Gobierno de Salud del MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 99, incisos 1 y 7 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y el artículo 1º del Decreto Nº 355 del 22 de mayo de 2017 y su modificatorio.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Prorrógase la intervención de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LABORATORIOS E INSTITUTOS DE SALUD “DR. CARLOS G. MALBRÁN” (ANLIS), organismo descentralizado en el ámbito de la SUBSECRETARÍA DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE ENFERMEDADES COMUNICABLES E INMUNOPREVENIBLES de la Secretaría de Gobierno de Salud del MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL, dispuesta por el artículo 1° del Decreto N° 826/15, cuya última prórroga operó mediante el Decreto N° 143/18, por un plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del 29 de agosto de 2018.

ARTÍCULO 2°.- Prorrógase, a partir de la fecha y por el plazo indicado en el artículo precedente, la designación de la Dra. Claudia PERANDONES (D.N.I. N° 18.534.560), como Interventora en la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LABORATORIOS E INSTITUTOS DE SALUD “DR. CARLOS G. MALBRÁN” (ANLIS), organismo descentralizado en el ámbito de la SUBSECRETARÍA DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE ENFERMEDADES COMUNICABLES E INMUNOPREVENIBLES de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE SALUD del MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL, con todas las facultades que las normas vigentes le otorgan al titular del órgano superior de la mencionada entidad, incluida la de intervenir sus organismos dependientes.

ARTÍCULO 3°.- La Interventora designada por el artículo precedente percibirá una retribución equivalente a la establecida para el cargo de Subsecretario.

ARTÍCULO 4°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas correspondientes, asignadas a la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LABORATORIOS E INSTITUTOS DE SALUD “DR. CARLOS G. MALBRÁN” (ANLIS), en el presupuesto vigente.

ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. MACRI - Carolina Stanley

e. 10/12/2018 N° 94192/18 v. 10/12/2018