VISTO el Expediente N° EX-2018-52926174-APN-DNDO#JGM, los Decretos
Nros. 40 del 25 de enero de 2007, 825 del 10 de junio de 2010 y sus
modificatorios, 174 del 2 de marzo de 2018, sus modificatorios y
complementarios, y 632 del 6 de julio de 2018, la Decisión
Administrativa Nº 267 del 2 de marzo de 2018, sus modificatorias y
complementarias, y las Resoluciones Nros. 805 del 9 de noviembre de
2010 y 301 del 12 de junio de 2012 y sus modificatorias, ambas del
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, y
Que por el Decreto N° 174/18, sus modificatorios y complementarios, se
aprobó el organigrama de aplicación de la Administración Pública
Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría, entre ellos el
referido a la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AGROINDUSTRIA del MINISTERIO DE
PRODUCCIÓN Y TRABAJO, para cumplir con las responsabilidades que le son
propias, estableciendo, asimismo, sus competencias.
Que, asimismo, por el citado Decreto N° 174/18 se establecieron los
ámbitos jurisdiccionales en los que actuarán los organismos
desconcentrados y descentralizados de la Administración Pública
Nacional, entre ellos el SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA, en la órbita de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE
AGROINDUSTRIA del MINISTERIO PRODUCCIÓN Y TRABAJO.
Que por el Decreto Nº 40/07 se homologó el Convenio Colectivo de
Trabajo Sectorial para el personal del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y
CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado actuante en la
actualidad en la órbita de la citada SECRETARÍA DE GOBIERNO.
Que mediante el artículo 11 del Decreto N° 632/18 se estableció que los
organismos descentralizados y desconcentrados de la Administración
Pública Nacional, deberían presentar a la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS en un plazo de SESENTA (60) días contados a partir de la
entrada en vigencia del referido decreto, un proyecto de optimización
de su estructura organizativa.
Que por el artículo 15 del Decreto N° 825/10 y sus modificatorios se
aprobó la estructura organizativa de primer nivel operativo del citado
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA.
Que por las Resoluciones Nros. 805/10 y 301/12 y sus modificatorias,
ambas del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, se
aprobaron las aperturas estructurales de segundo y tercer nivel
operativo del referido organismo.
Que el cumplimiento de los objetivos de Gobierno recomienda una
reingeniería organizacional de las estructuras organizativas del Estado
Nacional, incluyendo sus organismos descentralizados, entre los que se
encuentra el referido Servicio Nacional.
Que, asimismo, resulta necesario incorporar, homologar y derogar
diversos cargos en el Nomenclador de Funciones Directivas del Convenio
Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal del SERVICIO NACIONAL
DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, homologado por el Decreto Nº
40/07.
Que a fin de atender las necesidades y la nueva organización de la
Entidad, resulta necesaria la incorporación del titular del citado
organismo a las previsiones de la Decisión Administrativa N° 267/18.
Que han tomado la intervención de su competencia la DIRECCIÓN NACIONAL
DE DISEÑO ORGANIZACIONAL de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la
SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE HACIENDA.
Que la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN ha tomado intervención en
virtud del artículo 5° del Decreto Nº 72/18.
Que los Servicios Jurídicos Permanentes del SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE
AGROINDUSTRIA y del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO han tomado la
intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades
conferidas por el artículo 100, inciso 1, de la CONSTITUCIÓN NACIONAL,
y el artículo 16, inciso 31 de la Ley de Ministerios (texto ordenado
por Decreto Nº 438/92) y sus modificatorias.
ARTÍCULO 1º.- Apruébase la estructura organizativa de primer nivel
operativo del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA,
organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE
GOBIERNO DE AGROINDUSTRIA del MINISTERIO PRODUCCIÓN Y TRABAJO, de
conformidad con el Organigrama y las Responsabilidades Primarias y
Acciones que, como Anexos I (IF-2018-52930269-APN-DNDO#JGM) y II
(IF-2018-63195986-APN-DNDO#JGM), forman parte integrante de la presente
decisión administrativa.
ARTÍCULO 2º.- Apruébase la estructura organizativa de segundo nivel
operativo del referido SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA, de conformidad con el Organigrama y las Acciones que,
como Anexos IIIa, IIIb, IIIc, IIId, IIIe, IIIf, IIIg, IIIh, IIIi
(IF-2018-52931564-APN-DNDO#JGM) y IV (IF-2018-63201091-APN-DNDO#JGM),
forman parte integrante de la presente decisión administrativa.
ARTÍCULO 3º.- Incorpóranse, homológanse y deróganse en el Nomenclador
de Funciones Directivas del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial
para el Personal del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA, homologado por el Decreto Nº 40/07, los cargos
pertenecientes al mencionado Servicio Nacional de conformidad con el
detalle obrante en la Planilla Anexa al presente artículo
(IF-2018-63219324-APN-DNDO#JGM), que forma parte integrante de la
presente decisión administrativa.
ARTÍCULO 4º.- Suprímese el cargo extraescalafonario de Gerente General
creado por el artículo 2º del Decreto Nº 825/10 con dependencia directa
de la Presidencia del precitado SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA, con remuneración equivalente a la Categoría
Profesional, Tramo Superior, Grado 1, con Nivel de Función Directiva I
(Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el Personal del SERVICIO
NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, homologado por el
Decreto Nº 40/07).
ARTÍCULO 5º.- Suprímense las unidades de nivel departamental, aprobadas
por la Resolución N° 301/12 y sus modificatorias del SERVICIO NACIONAL
DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, que se detallan en la Planilla
Anexa al presente artículo (IF-2018-63222504-APN-DNDO#JGM), que forma
parte integrante de la presente medida.
ARTÍCULO 6º.- Facúltase al Presidente del mencionado SERVICIO NACIONAL
DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, a modificar las aperturas
aprobadas por el artículo 2º de la presente decisión administrativa,
previa intervención de la DIRECCIÓN NACIONAL DE DISEÑO ORGANIZACIONAL
de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, sin que ello implique
incremento de las unidades organizativas que la componen ni de las
correspondientes partidas presupuestarias.
ARTÍCULO 7º.- El referido SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA deberá aprobar en un plazo de TREINTA (30) días a
partir de la publicación de la presente medida, las aperturas
inferiores a las aprobadas por el artículo 2º de la presente decisión
administrativa, previa intervención de la DIRECCIÓN NACIONAL DE DISEÑO
ORGANIZACIONAL de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
ARTÍCULO 8º.- Hasta tanto se realicen las adecuaciones de la estructura
de nivel departamental del mencionado SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y
CALIDAD AGROALIMENTARIA, previstas en el artículo 7º, mantiénese la
vigencia de las unidades de nivel departamental aprobadas por la citada
Resolución N° 301/12 y sus modificatorias, obrantes en la Planilla
Anexa al presente artículo (IF-2018-63225210-APN-DNDO#JGM), que forma
parte integrante de la presente decisión administrativa, las que
mantendrán las acciones y suplementos vigentes a la fecha.
ARTÍCULO 9º.- Incorpórase al Anexo I del artículo 1º de la Decisión
Administrativa Nº 267/18 y sus modificatorias, al Presidente del
precitado SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA.
ARTÍCULO 11.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente
medida será atendido con los créditos asignados a la Entidad 623 -
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA.
ARTÍCULO 12.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese. Marcos Peña - Dante Sica
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decisión Administrativa se
publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 11/12/2018 N° 94617/18 v. 11/12/2018
Examinar en forma independiente, objetiva, sistemática e integral el
funcionamiento del sistema de control interno de la Entidad, con ajuste
a las Normas de Auditoría Interna Gubernamental y demás normas,
metodologías y herramientas establecidas por la SINDICATURA GENERAL DE
LA NACIÓN.
1. Elaborar el Plan Estratégico de Auditoría y el Plan Anual de Trabajo
de la Unidad, conforme a las Normas de Auditoría Interna Gubernamental,
los lineamientos y pautas definidas por la SINDICATURA GENERAL DE LA
NACIÓN y por la máxima autoridad del organismo.
2. Ejecutar el Plan de Trabajo, procurando la obtención de evidencias
competentes, relevantes y suficientes para formar y sustentar sus
juicios y afirmaciones.
3. Revisar y evaluar la aplicación del Sistema de Control Interno del
organismo en sus aspectos operativos, contables, de legalidad y
financieros.
4. Elaborar informes de auditoría informando sus resultados a la máxima
autoridad y a la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN.
5. Efectuar el seguimiento periódico de la instrumentación de las
medidas correctivas comprometidas, dirigidas al fortalecimiento del
sistema de control interno y brindar asesoramiento en aspectos de su
competencia.
6. Propiciar el fortalecimiento del Sistema de Control Interno
promoviendo la cultura de control en toda la organización, a través de
la identificación de procesos y gestión de riesgos y el diseño e
implementación de planes compromiso de fortalecimiento del Sistema de
Control Interno, entre otros.
7. Intervenir, en forma previa a su aprobación, en los reglamentos y
manuales de procedimientos y sus modificaciones, emitiendo opinión y
constatando que posean instrumentos idóneos para el ejercicio del
control previo y posterior.
8. Intervenir en los trámites de consolidación del pasivo público.
Actuar como servicio jurídico permanente del Organismo, asesorando en
todos los asuntos de carácter jurídico en el que se solicite o
corresponda su intervención y ejercer la representación del Organismo
en los asuntos de carácter jurisdiccional.
Entender en el diligenciamiento de oficios judiciales e intervenir en
la sustanciación de los sumarios por infracciones al marco normativo
agroalimentario.
1. Dirigir el servicio jurídico del Organismo y el accionar de las
Coordinaciones Jurídicas de Delegaciones Regionales, supervisando las
tareas desarrolladas en cada una de las delegaciones.
2. Entender e intervenir en el estudio y elaboración de proyectos de
leyes, decretos, decisiones administrativas, resoluciones,
disposiciones y demás actos administrativos vinculados con los
cometidos de la Entidad, y en el análisis, direccionamiento, control y
seguimiento de las actuaciones radicadas en el despacho del área de su
competencia.
3. Brindar asesoramiento sobre la normativa aplicable y dictaminar en
las cuestiones jurídicas relacionadas con el cumplimiento de las
funciones del Organismo, aplicando un criterio uniforme de
interpretación
4. Intervenir en la revisión, ordenamiento, compatibilización,
actualización y armonización del marco normativo agroalimentario.
5. Organizar y mantener actualizado el registro de dictámenes y fallos
jurisprudenciales vinculados a la materia de competencia del Organismo.
6. Intervenir en la elaboración de los proyectos de convenios con
organismos públicos nacionales, provinciales, municipales, de la CIUDAD
AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, entes sanitarios, entidades intermedias e
integrantes de la red sanitaria pública y privada, vinculados con los
cometidos de la Entidad.
7. Asumir la representación y defensa en juicio del Estado Nacional, en
la medida que sea competencia del Organismo, en su carácter de
Delegación del Cuerpo de Abogados del Estado, proponiendo los
funcionarios letrados que deberán actuar e impartiéndoles las
instrucciones que fueren pertinentes.
8. Entender e intervenir en las respuestas y diligenciamientos de
oficios y toda documentación emanada de autoridades judiciales,
administrativas y legislativas, sean nacionales, provinciales o
municipales y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.
9. Intervenir en la sustanciación de sumarios por infracciones al marco
normativo agroalimentario.
10. Formular las denuncias y querellas que correspondan interponer ante
la Justicia Penal competente, cuando surjan indicios de la comisión de
delitos de acción pública.
11. Gestionar las denuncias administrativas realizadas por los usuarios
del Organismo.
Entender en las actividades de apoyo técnico, administrativo y de
servicios del Organismo, como así también en la administración de
recursos humanos llevando a cabo su control de gestión. Planificar las
acciones para el apoyo técnico y administrativo que se brinden en los
Centros Regionales del Organismo.
Actuar como enlace en materia de integridad y ética en el ejercicio de
la función pública, brindando asistencia y promoviendo internamente la
aplicación de la normativa vigente y de sus sanciones, de conformidad
con lo dispuesto por la Autoridad de Aplicación.
1. Coordinar la ejecución de las actividades vinculadas con la gestión
contable, económico-financiera, patrimonial y de servicios, necesarias
para el funcionamiento del Organismo.
2. Coordinar la política de recursos humanos.
3. Atender en el despacho, seguimiento y archivo de la documentación
administrativa, determinando para cada trámite las unidades de la
jurisdicción con responsabilidad primaria para entender en el tema
respectivo. Controlar el sistema de calidad para la atención ciudadana
en todas las dependencias del Organismo y los sistemas de gestión de la
información.
4. Coordinar las actividades de tecnología de la información del
Organismo, incluyendo la infraestructura de equipamiento, software y de
comunicaciones de datos y de voz, los sistemas de información y las
tecnologías asociadas.
5. Intervenir en el marco de sus competencias en la implementación y
seguimiento de los Convenios de Cooperación y Asistencia Técnica y la
administración de programas, celebrados por el Organismo.
6. Coordinar el estudio y propuesta de actualización de las tasas y
aranceles por los servicios que presta el Organismo y las acciones
inherentes a la registración operativa y contable de los créditos del
Organismo en concepto de ingresos por aranceles, tasas, contribuciones,
multas y/o perjuicios fiscales determinados por acto administrativo
firme, emitiendo los pertinentes certificados de deuda.
7. Entender y coordinar técnica y administrativamente a las
Coordinaciones Regionales Administrativas (TIPO) en el interior del
país y a la Coordinación Administrativa de Laboratorio de la Dirección
General de Laboratorios y Control Técnico, en lo que respecta a la
organización y control de sus tareas como asimismo en la ejecución
presupuestaria, atento los requerimientos efectuados.
Entender en la protección fitosanitaria de los vegetales, sus partes,
productos, subproductos y derivados, elaborando las normas a que
deberán ajustarse las personas humanas o jurídicas, organismos e
instituciones públicas o privadas que actúen en la materia.
Entender en la elaboración, coordinación y supervisión de los planes y
programas destinados al análisis de riesgo, la vigilancia, detección,
prevención, control de plagas de los vegetales y sus productos, y
regular la certificación fitosanitaria para la exportación, importación
y tránsito, como así también del control de los requisitos establecidos
para la producción, comercialización y uso de productos fitosanitarios,
fertilizantes, enmiendas y biológicos, llevando a cabo su control de
gestión.
1. Ejercer las funciones que la Convención Internacional de Protección
Fitosanitaria establece para las Organizaciones Nacionales de
Protección Fitosanitaria.
2. Elaborar la estrategia fitosanitaria nacional en pos del
cumplimiento de las responsabilidades y objetivos del Organismo.
3. Analizar las demandas sectoriales y territoriales en el marco de sus
competencias.
4. Elaborar y proponer la normativa fitosanitaria que debe regir la
producción silvoagrícola, importación, exportación, acondicionamiento,
acopio, empaque, transporte y comercialización de los vegetales, sus
productos y subproductos, con el fin de proteger el estatus
fitosanitario nacional y contribuir a la protección de la salud pública.
5. Proponer, liderar, coordinar, y ejercer el control público de los
planes, programas y actividades de protección fitosanitaria,
promoviendo alianzas y acuerdos de cooperación en materia fitosanitaria
con organismos públicos y privados, nacionales e internacionales, entes
sanitarios; tanto para vegetales convencionales como para los
organismos vegetales genéticamente modificados, respetando los
criterios de sustentabilidad de la flora silvestre y el medio ambiente.
6. Entender en el control de gestión de los planes, programas y
actividades de su competencia que sean ejecutados por las Direcciones
de Centro Regional del Organismo, entes u otros organismos que presten
servicios de asistencia sanitaria y atender en la administración de los
mismos.
7. Establecer y administrar los sistemas de prevención, vigilancia y
monitoreo de plagas que afecten los vegetales manejados y no manejados
en el Territorio Nacional.
8. Entender en la elaboración de las normas y procedimientos referentes
al sistema de certificación fitosanitaria de los vegetales, sus partes,
productos y subproductos.
9. Proponer la elaboración de las normas técnicas y los requisitos para
la elaboración, producción, comercialización y uso de productos
fitosanitarios, fertilizantes y enmiendas.
10. Proponer los períodos de carencia y los niveles de tolerancia de
residuos o contaminantes o sobre productos, subproductos y derivados de
origen vegetal, ocasionados por el uso de productos fitosanitarios, en
resguardo de la salud pública.
11. Entender en la inscripción de toda persona humana o jurídica u
objeto a ser registrado, en acuerdo a las normas técnicas de su
competencia y en la inscripción y registro para el uso y
comercialización de productos fitosanitarios, fertilizantes y
enmiendas, pudiendo disponer la restricción o prohibición de su
comercialización y uso.
12. Entender en las situaciones de emergencia fitosanitaria,
coordinando y liderando el accionar con organismos nacionales,
provinciales, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, municipales, entes
sanitarios, entidades intermedias y/o personas humanas y jurídicas.
13. Participar, cuando así se le requiera, en organizaciones
regionales, hemisféricas y globales, tanto en el país como en el
exterior, en eventos relacionados con su quehacer específico.
Entender en la protección zoosanitaria de los animales y en la
producción, comercialización y uso de productos veterinarios,
definiendo la estrategia para la elaboración de las normas a las que
deberán ajustarse las personas humanas o jurídicas, organismos e
instituciones públicas o privadas que actúen en la materia.
Entender en la elaboración, coordinación y supervisión de los planes y
programas destinados al análisis de riesgo, la vigilancia
epidemiológica, detección, prevención, control de enfermedades de los
animales y sus productos, y regular la certificación zoosanitaria para
la exportación, importación y tránsito, llevando a cabo su control de
gestión.
1. Establecer la estrategia zoosanitaria nacional en pos del
cumplimiento de las responsabilidades y objetivos del Organismo.
2. Analizar las demandas sectoriales y territoriales en el marco de sus
competencias.
3. Proponer, liderar, coordinar y ejercer el control público de los
planes, programas y actividades de protección zoosanitaria, promoviendo
alianzas y acuerdos de cooperación con organismos públicos y privados,
nacionales e internacionales, entes sanitarios o entidades intermedias.
4. Proponer la normativa zoosanitaria que debe regir la producción
ganadera, importación, exportación, tránsito internacional, bienestar
animal, identificación, trazabilidad, transporte y comercialización de
los animales y su material reproductivo, con el fin de proteger el
estatus zoosanitario nacional y contribuir a la protección de la salud
pública.
5. Entender en el control de gestión de los planes, programas y
actividades de su competencia que sean de ejecución en las Direcciones
de Centro Regional del Organismo, entes u otros organismos que
presenten servicios de asistencia sanitaria y atender en la
administración de los mismos.
6. Establecer y administrar los sistemas de prevención, control y
erradicación de enfermedades que afecten a los animales y de bienestar
animal.
7. Entender en las normas y procedimientos referentes al sistema de
certificación zoosanitaria de animales y material reproductivo y
proponer las normas técnicas y los requisitos para la elaboración,
producción, comercialización y uso de productos veterinarios.
8. Entender en la inscripción de toda persona humana o jurídica u
objeto a ser registrado, de acuerdo a las normas técnicas de su
competencia y en la inscripción y registro para el uso y
comercialización de productos veterinarios, pudiendo disponer la
restricción o prohibición de su comercialización y uso.
9. Entender en las situaciones de emergencia zoosanitaria, coordinando
y liderando el accionar con organismos nacionales, provinciales, de la
CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, municipales, entes sanitarios,
entidades intermedias y/o personas humanas y jurídicas.
Entender en el análisis del riesgo alimentario, elaborando las normas
específicas, planes y programas, y en los procedimientos de
habilitación, control, elaboración y certificación aplicables a la
higiene, inocuidad y calidad de materias primas, productos,
subproductos y derivados de origen animal y vegetal, en los
establecimientos y/o instalaciones involucrados en su producción,
procesamiento, elaboración, captura, faena, industrialización,
fraccionamiento, distribución, transporte, almacenamiento, manipuleo,
acopio y comercialización, como así también en los insumos específicos,
productos destinados para la alimentación animal, contaminantes
químicos, físicos y biológicos, para consumo interno, importación,
exportación y tráfico federal.
Entender en la certificación higiénico-sanitaria y de calidad de los
productos, subproductos y derivados de su competencia.
1. Entender en la elaboración de las normas y procedimientos referentes
al sistema de certificación de la calidad e inocuidad de los productos
de su competencia, incluso la actualización de los modelos de
certificados internacionales sanitarios y de calidad para la
exportación, así como autorizar la importación de productos,
subproductos, derivados de origen animal y vegetal, alimentos para
animales y procedimientos de certificación respectivos.
2. Evaluar, aprobar y auditar a las entidades y sistemas de
certificación de agroalimentos.
3. Desarrollar y proponer las normas técnicas y procedimientos
relacionados con la ingeniería sanitaria, habilitación, control y
certificación de los establecimientos faenadores, elaboradores, de
depósito, de transporte, producción, acondicionadores e
industrializadores de productos, subproductos y derivados de origen
animal y vegetal, como así también con el control de sus procesos de
producción, incluyendo los productos de origen pesquero y de la
acuicultura.
4. Entender en la elaboración, modificación y actualización de las
regulaciones que en materia de higiene, inocuidad y calidad de las
materias primas que impacten en los intercambios de productos,
subproductos y derivados de origen animal y vegetal, alimentos para
animales, a nivel nacional e internacional y en la autorización de
destinos de exportación de mercancías de su incumbencia.
5. Intervenir en la formulación de procedimientos para la aplicación de
las acciones de control de las zoonosis infecciosas y parasitarias de
los animales, que sean establecidos por los programas de salud animal
y/o salud pública para su ejecución en el ámbito de su competencia.
6. Evaluar, para su aprobación o rechazo, la higiene, inocuidad,
identidad y calidad de los alimentos de origen animal y vegetal
destinados al consumo humano o animal incluidos los provenientes de la
biotecnología moderna como son los Organismos Genéticamente
Modificados, organismos editados genéticamente, nuevas técnicas de
mejoramiento, nanobiotecnológicos, clonados y derivados de cualquier
otra nueva tecnología, tanto de producción nacional como importados,
que fueren elaborados, industrializados y/o fraccionados en las plantas
habilitadas por el Organismo.
7. Entender en el monitoreo y vigilancia de la inocuidad de los
productos y subproductos de origen animal y vegetal para consumo humano
y animal en materia de residuos y contaminantes priorizados conforme a
las evaluaciones de riesgos que correspondan.
8. Efectuar la gestión de la información sanitaria estratégica y los
sistemas para obtener los datos de las actividades productivas y
comerciales en el marco de las competencias de la Dirección Nacional.
9. Proponer, liderar, coordinar, y ejercer el control público de los
planes, programas y actividades de inocuidad y calidad agroalimentaria,
promoviendo alianzas y acuerdos de cooperación con organismos públicos
y privados, nacionales e internacionales y entes sanitarios.
10. Entender en el control de gestión de los planes, programas y
actividades de su competencia que sean de ejecución en las Direcciones
de Centro Regional del Organismo, entes u otros organismos que
presenten servicios de asistencia sanitaria y atender en la
administración de los mismos.
11. Entender en la autorización e inscripción de envases, materiales de
empaque, acondicionamiento y en contacto con alimentos, aditivos
alimentarios, coadyuvantes de tecnología para uso en productos de
origen animal y vegetal de su competencia.
Entender, en su carácter de Laboratorio de Referencia Nacional e
Internacional en sanidad animal, protección vegetal e inocuidad
alimentaria, en el control analítico de: alimentos, productos,
subproductos y derivados de origen animal y/o vegetal, drogas,
plaguicidas, fertilizantes y enmiendas de uso agrícola, vacunas,
productos biológicos de uso agrícola y veterinario, alimentos para
animales, tejidos y fluidos, pasturas, tierras, aguas, envases,
aditivos alimentarios, productos conexos, determinación de plagas y
enfermedades de los vegetales y de los animales, formulando,
proponiendo y evaluando los métodos, programas, normas específicas e
investigaciones aplicadas. Administrar la Red de Laboratorios del
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA.
1. Entender en la realización de los análisis para el diagnóstico de
las plagas y enfermedades de los animales y los vegetales, incluidas
las exóticas, en el control, certificación y/o realización de las
determinaciones analíticas en productos alimenticios, subproductos y
derivados, residuos agroquímicos, medicamentos y contaminantes, de
naturaleza inorgánica o biológica, productos biológicos, alimentos para
animales, fertilizantes y enmiendas, tejidos, fluidos, pasturas,
tierras, aguas, envases, aditivos alimentarios y productos conexos,
drogas de uso en medicina veterinaria y protección vegetal.
2. Programar las actividades de su incumbencia en colaboración con las
Direcciones Nacionales del organismo, en apoyo a los planes y
prioridades fijados por la institución.
3. Programar sus actividades para mantener y mejorar el Sistema de
Gestión de la Calidad y las acreditaciones y certificaciones obtenidas
de acuerdo a las normas nacionales e internacionales de su incumbencia.
4. Proponer la normativa vinculada a temas de laboratorio y redes
asociadas, incluida la Red de Laboratorios Regionales y Campos
Experimentales del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA.
5. Mantener el sistema de redes de laboratorios conforme a la normativa
vigente.
6. Entender en el desarrollo y aprobación de métodos analíticos,
auditorías, organización y participación en ensayos interlaboratorios o
de pericia técnica.
7. Entender en controversias analíticas nacionales e internacionales,
en el ámbito de su competencia.
8. Efectuar la implementación e investigación aplicada de nuevas
tecnologías y/o planificar y coordinar las mismas en colaboración con
instituciones nacionales o internacionales.
9. Entender en la aplicación de las recomendaciones y directrices del
"Codex Alimentarius" y de la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE SANIDAD ANIMAL en
el ámbito de su incumbencia.
10. Representar y respaldar técnicamente al SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA en foros científicos y auditorías
nacionales e internacionales.
11. Entender en el control de gestión de los planes, programas y
actividades de su competencia que sean de ejecución en las Direcciones
de Centro Regional del Organismo, entes u otros organismos que
presenten servicios de asistencia sanitaria y asistir en la
administración de los mismos.
12. Proponer, liderar, coordinar, y ejercer el control público de los
planes, programas y actividades de laboratorios, promoviendo alianzas y
acuerdos de cooperación con organismos públicos y privados, nacionales
e internacionales y entes sanitarios.
Entender, en el ámbito de los Centros Regionales, en la ejecución de
los programas y planes sanitarios y de las acciones de inspección,
control, habilitación, certificación, supervisión y tipificación de los
animales, vegetales y de productos, subproductos y derivados de ellos,
y de los establecimientos vinculados a su producción e insumos.
1. Entender en la coordinación de las acciones de control,
habilitación, certificación y aplicación de la normativa del SERVICIO
NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, en el ámbito de los
Centros Regionales.
2. Entender en la ejecución, a través de los Centros Regionales, de
medidas sanitarias con carácter preventivo y/o precautorio sobre
productos y establecimientos sujetos a la Entidad y responsabilidad del
Organismo, que pudieran representar un riesgo para la sanidad animal,
vegetal y/o salud pública, comunicando a las áreas competentes los
procedimientos implementados.
3. Participar en la elaboración de los programas y planes que sean de
ejecución en las regiones.
4. Coordinar la implementación de las tareas asignadas a los Centros
Regionales a partir de los planes, programas y actividades aprobados y
realizar su seguimiento.
5. Participar en representación del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y
CALIDAD AGROALIMENTARIA ante organismos públicos y privados nacionales,
regionales e internacionales, en lo que es materia de su competencia.
6. Intervenir en la gestión de Convenios de Asistencia y Cooperación
con organismos públicos nacionales, provinciales, de la CIUDAD AUTÓNOMA
DE BUENOS AIRES, municipales, entes sanitarios y entidades intermedias
destinados a optimizar el accionar de los Centros Regionales.
7. Proponer las necesidades presupuestarias en forma conjunta con los
Centros Regionales.
8. Entender en el control de gestión de los planes, programas y
actividades de su competencia que sean de ejecución en las Direcciones
de Centro Regional del Organismo, entes u otros organismos que
presenten servicios de asistencia sanitaria y asistir en la
administración de los mismos.
9. Proponer, liderar, coordinar, y ejercer el control público de los
planes, programas y actividades desde el ámbito de su competencia,
promoviendo alianzas y acuerdos de cooperación con organismos públicos
y privados, nacionales e internacionales y entes sanitarios.
ANEXO
IV
MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO
SECRETARÍA DE GOBIERNO DE
AGROINDUSTRIA
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA
COORDINACIÓN GENERAL DE SUMARIOS
ACCIONES
1. Entender en la planificación, organización y control de los sumarios
administrativos para deslindar responsabilidades administrativas,
disciplinarias y/o patrimoniales, respecto de los hechos que la
autoridad superior del Organismo resuelva investigar.
2. Coordinar la asignación y realización de los sumarios
administrativos, supervisando la substanciación de los mismos.
3. Supervisar los registros que corresponda llevar en relación a la
materia.
4. Elevar la conclusión definitiva de los sumarios administrativos.
5. Efectuar las comunicaciones a las áreas correspondientes con motivo
de los sumarios que se instruyan en el organismo.
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA
COORDINACIÓN GENERAL DE COMUNICACIÓN
INSTITUCIONAL
ACCIONES
1. Planificar, programar y desarrollar la comunicación pública del
Organismo, tanto interna como externa.
2. Entender en la producción de contenidos que permitan compartir con
los actores públicos y privados, una visualización global de la cadena
agroindustrial y los procesos sanitarios relacionados.
3. Entender en la generación y propuesta de una imagen institucional
normalizada.
4. Entender en la administración de los contenidos del sitio web y de
intranet en materia de su competencia.
5. Entender en la confección de los documentos y materiales de difusión
del Organismo.
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA
UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA
AUDITORÍA ADJUNTA
ACCIONES
1. Colaborar con el Auditor Interno Titular en la elaboración del Plan
Estratégico de Auditoría y del Plan Anual de Auditoría, coordinar y
controlar su ejecución, a fin de formular los ajustes correspondientes
conforme las Normas de Auditoría Interna Gubernamental, los
lineamientos y pautas definidas por la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN
y por la máxima autoridad del Organismo.
2. Establecer el orden de prioridades en la ejecución de las auditorías
en función de los riesgos y contingencias que pudieran alterar el
cronograma previsto inicialmente para la ejecución de los proyectos de
auditoría.
3. Diseñar y elaborar la matriz de ponderación, evaluación y mapa de
riesgos, sobre la que se funda la planificación de los proyectos de
auditoría, manteniéndolo actualizado en función de los resultados de
las actividades de auditoría y cambios organizacionales que se
produzcan.
4. Realizar el seguimiento continuo de las acciones desarrolladas en
cumplimiento del Plan Anual de Auditoría, evaluar la calidad de los
informes de auditoría realizados por los Responsables de Auditoría,
asignar los recursos humanos destinados a cada uno de los proyectos,
proporcionar instrucciones y verificar la observancia de las Normas de
Auditoría Interna Gubernamental.
UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA
AUDITORÍA ADJUNTA
RESPONSABLE DE AUDITORÍA CONTABLE,
LEGAL Y DE SISTEMAS
ACCIONES
1. Colaborar con el Auditor Interno Titular y/o Adjunto en la
formulación del Plan Estratégico de Auditoría y del Plan Anual de
Auditoría, como asimismo en los proyectos de auditoría que se
establezcan en el área de su competencia.
2. Evaluar y emitir opinión en materia contable, legal, presupuestaria,
financiera y de sistemas informáticos requeridos por el Auditor Interno
Titular.
3. Coordinar las tareas del equipo de auditoría actuante y participar
en la elaboración de proyectos de informes, determinando hallazgos y
proponiendo recomendaciones en las auditorías realizadas en el ámbito
de su competencia.
4. Colaborar con los responsables de las demás áreas de la Unidad de
Auditoría Interna en los temas que requieran opiniones
interdisciplinarias.
5. Evaluar el cumplimiento de las acciones correctivas comprometidas
por las áreas competentes para regularizar las observaciones de los
informes de auditoría.
UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA
AUDITORÍA ADJUNTA
RESPONSABLE DE AUDITORÍA EN PROTECCIÓN
E INOCUIDAD VEGETAL
ACCIONES
1. Colaborar con el Auditor Interno Titular y/o Adjunto en la
formulación del Plan Estratégico de Auditoría y del Plan Anual de
Auditoría, como asimismo en los proyectos de auditoría que se
establezcan en el área de su competencia.
2. Evaluar y emitir opinión en materia de protección vegetal, calidad e
inocuidad de los productos de origen vegetal y sus áreas de apoyo
técnico, requerida por el Auditor Interno Titular.
3. Coordinar las tareas del equipo de auditoría actuante y participar
en la elaboración de proyectos de informes, determinando hallazgos y
proponiendo recomendaciones en las auditorías realizadas en el ámbito
de su competencia.
4. Auditar la pertinencia, oportunidad, exactitud e integridad de las
acciones desarrolladas por las áreas operativas en la ejecución de los
Planes, Programas, Protocolos y Actividades en el área de su
competencia.
5. Evaluar el cumplimiento de las acciones correctivas comprometidas
por las áreas competentes para regularizar las observaciones de los
informes de auditoría
UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA
AUDITORÍA ADJUNTA
RESPONSABLE DE AUDITORÍA EN SANIDAD E
INOCUIDAD ANIMAL
ACCIONES
1. Colaborar con el Auditor Interno Titular y/o Adjunto en la
formulación del Plan Estratégico de Auditoría y del Plan Anual de
Auditoría, como así también en los proyectos de auditoría que se
establezcan en el área de su competencia.
2. Evaluar y emitir opinión en materia de sanidad animal e inocuidad de
los productos de origen animal y sus áreas de apoyo técnico, requerida
por el Auditor Interno Titular.
3. Coordinar las tareas del equipo de auditoría actuante y participar
en la elaboración de proyectos de informes, determinando hallazgos y
proponiendo recomendaciones en las auditorías realizadas en el ámbito
de su competencia.
4. Auditar la pertinencia, oportunidad, exactitud e integridad de las
acciones desarrolladas por las áreas operativas en la ejecución de los
Planes, Programas, Protocolos y Actividades en el área de su
competencia.
5. Evaluar el cumplimiento de las acciones correctivas comprometidas
por las áreas competentes para regularizar las observaciones de los
informes de auditoría.
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA
DIRECCIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS
COORDINACIÓN GENERAL DE DICTÁMENES
ACCIONES
1. Asistir a la Dirección en el asesoramiento jurídico de los asuntos
que se le encomienden.
2. Asistir jurídicamente a las dependencias del Organismo, en el ámbito
de su competencia.
3. Coordinar la emisión de dictámenes jurídicos con relación a los
proyectos de leyes, decretos, decisiones administrativas, resoluciones
y disposiciones, como así también en la redacción de los instrumentos
de carácter jurídico del Organismo.
4. Coordinar la elaboración de dictámenes en materia de sustanciación
de los procedimientos de compras y contrataciones de bienes y
servicios; recursos y reclamos administrativos; empleo público;
actuaciones disciplinarias; habilitaciones e inscripciones establecidas
en el marco normativo agroalimentario; y denuncias administrativas en
el ámbito de la Jurisdicción.
5. Organizar y mantener actualizado el registro de dictámenes
vinculados a la materia de competencia del Organismo.
6. Verificar y supervisar el funcionamiento de sus unidades
dependientes y centralizar la información que produzcan, a fin de
uniformar criterio de dictámenes.
DIRECCIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS
COORDINACIÓN GENERAL DE ASUNTOS
SANITARIOS
ACCIONES
1. Asistir a la Dirección en el asesoramiento jurídico de los asuntos
que se le encomienden.
2. Asesorar jurídicamente a las dependencias del Organismo, en materia
de legislación sanitaria y en los sumarios por infracciones al marco
normativo agroalimentario.
3. Coordinar las medidas administrativas y/o judiciales que
correspondan en el marco de los sumarios por infracciones al marco
normativo agroalimentario.
4. Capacitar y efectuar estudios vinculados a materias de su
competencia, a fin de promover el perfeccionamiento de las
disposiciones legales y reglamentarias en vigor.
5. Supervisar en las acciones de unificación, adecuación, actualización
y armonización del marco normativo agroalimentario.
6. Organizar y mantener actualizado el registro de antecedentes por
sumarios por infracción al marco normativo agroalimentario.
7. Supervisar el funcionamiento de sus unidades dependientes.
DIRECCIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS
COORDINACIÓN GENERAL DE ASUNTOS
JUDICIALES
ACCIONES
1. Supervisar, organizar y controlar los asuntos judiciales en los que
el Organismo sea parte y/o deba intervenir.
2. Asistir en la programación y supervisión de las tareas técnicas,
jurídicas y administrativas de gestión de la documentación y de
administración de recursos humanos, materiales, financieros,
presupuestarios e informáticos del Servicio Jurídico.
3. Coordinar la presentación y seguimiento de las causas respectivas y
articular con las Coordinaciones Jurídicas ante los Centros Regionales
del Organismo, las tareas de asistencia jurídica brindadas por las
mismas.
4. Coordinar la representación y patrocinio judicial del Estado
Nacional en materia de su competencia, a través de los representantes
designados por el Organismo y demás integrantes del Cuerpo de Abogados
del Estado, participando en el proceso de asignación y remisión de
antecedentes e informes necesarios para el desempeño de la
representación, impartiendo las instrucciones respectivas.
5. Mantener actualizados los registros, el material bibliográfico, los
sistemas informáticos y las bases de datos de gestión judicial y
consulta.
6. Coordinar las tareas vinculadas con las respuestas de oficios y
remisión de toda otra documentación requerida por autoridades
judiciales, administrativas o legislativas, nacionales, provinciales o
municipales e intervenir en la presentación de denuncias penales
formuladas por el Organismo.
DIRECCIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS
COORDINACIÓN GENERAL DE ASUNTOS
FISCALES
ACCIONES
1. Efectuar la planificación, organización y control de los asuntos
administrativos, jurídicos y legales de naturaleza fiscal del Organismo.
2. Emitir opinión legal en los temas referidos en materia fiscal del
Organismo.
3. Coordinar la presentación y seguimiento de las causas tendientes al
cobro de créditos a favor del Organismo impartiendo las instrucciones
respectivas.
4. Intervenir en el Registro de Deudores sobre los cuales el Organismo
ha iniciado la gestión de cobro de créditos.
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA
DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA Y
ADMINISTRATIVA
COORDINACIÓN GENERAL DE GESTIÓN
DOCUMENTAL
ACCIONES
1. Coordinar las tareas vinculadas a la recepción, tramitación de los
proyectos de actos administrativos y toda la documentación
administrativa emanada de las autoridades del Organismo, entendiendo en
el control de los mismos desde el punto de vista formal y formular las
observaciones que puedan corresponder.
2. Coordinar las tareas de recepción, clasificación y digitalización de
la documentación dirigida al Organismo y su derivación a las áreas
sustantivas, asegurando su tramitación de acuerdo a las normas vigentes.
3. Coordinar la guarda de la documentación administrativa del Organismo.
4. Coordinar la notificación de los actos administrativos, de acuerdo a
la normativa en vigencia, así como las tareas vinculadas al despacho de
correspondencia y telegramas que gire el Organismo.
5. Coordinar las tareas vinculadas con el Centro de Información al
Usuario, mediante la gestión de la información pública y bibliográfica,
los servicios al ciudadano, la compilación de los trámites y
procedimientos del Organismo en el marco del Gobierno Abierto y la
Transparencia Activa.
6. Intervenir en el seguimiento y la asistencia técnica del sistema de
Gestión Documental Electrónica, determinando las medidas correctivas
pertinentes, fijando lineamientos para su adecuado uso. Entender en la
administración local de dicho sistema.
7. Coordinar la elaboración, formalización y seguimiento de los
Convenios de Cooperación y Asistencia Técnica y administración de
programas, celebrados por la Entidad con organismos nacionales e
internacionales, bloques de naciones, gobiernos provinciales y
municipales, organizaciones internacionales de crédito, y otros
organismos intervinientes.
8. Asistirá la Dirección General en los temas vinculados al área de su
competencia en las evaluaciones realizadas por los organismos de
control internos y externos.
9. Coordinar el procedimiento para la inscripción y el registro de los
entes sanitarios y mantener actualizada la base registral de los
mismos, de conformidad con la normativa vigente.
10. Asistir a la Dirección General Técnica y Administrativa en las
relaciones con las Coordinaciones Regionales Administrativas en el
interior del país.
DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA Y
ADMINISTRATIVA
DIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS
ACCIONES
1. Organizar y mantener actualizados los sistemas de información
relacionados con la administración de recursos humanos, aplicando los
controles que permitan la correcta liquidación de haberes del personal.
2. Efectuar el relevamiento y evaluación de los puestos de trabajo,
como también de los procesos, flujos y procedimientos de trabajo,
proponiendo las modificaciones y simplificaciones pertinentes.
3. Custodiar y mantener actualizados los Legajos Únicos del Personal y
las bases de datos correspondientes.
4. Coordinar y asistir técnicamente el proceso de búsqueda, selección e
integración del personal.
5. Coordinar y asistir técnicamente el proceso de evaluación de
desempeño, asistiendo a las autoridades y Comités de Evaluación en el
cumplimiento de sus responsabilidades y en la administración de los
resultados del proceso.
6. Coordinar y asistir técnicamente el proceso de capacitación.
7. Monitorear el estado de avance del personal en el régimen de carrera
y proponer las políticas y medidas pertinentes, asistiendo técnicamente
a la Comisión Permanente de Interpretación y Carrera de la repartición.
8. Analizar el esquema general de incentivos al personal y proponer las
medidas que correspondan.
9. Participar como referente del Organismo en el diálogo con los
representantes gremiales en la administración y negociación de Acuerdos
o Convenios.
10. Supervisar la adecuada aplicación de la legislación en materia de
recursos humanos, higiene y seguridad laboral.
11. Actuar como enlace en materia de integridad y ética en el ejercicio
de la función pública, brindando asistencia y promoviendo internamente
la aplicación de la normativa vigente y de sus sanciones, de
conformidad con lo dispuesto por la Autoridad de Aplicación.
12. Imple mentar estrategias de sensibilización y capacitación en temas
de transparencia, ética y lucha contra la corrupción, realizando el
seguimiento de aquellos asuntos que le sean remitidos por la OFICINA
ANTICORRUPCIÓN.
13. Promover el cumplimiento de las obligaciones y recomendaciones
internacionales en materia de lucha contra la corrupción y reportar a
la OFICINA ANTICORRUPCIÓN sobre el nivel de avance, en el ámbito de su
competencia.
14. Asistir a la Dirección General Técnica y Administrativa en los
temas vinculados al área de su competencia en las evaluaciones
realizadas por los organismos de control internos y externos.
15. Asistir a la Dirección General Técnica y Administrativa en las
relaciones con las Coordinaciones Regionales Administrativas en el
interior del país.
DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA Y
ADMINISTRATIVA
DIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS
COORDINACIÓN GENERAL DE RECURSOS
HUMANOS Y ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL
ACCIONES
1. Coordinar las tareas entre las unidades organizativas del área y
asistir y supervisar a las mismas en la organización, planificación y
ejecución de las tareas en materia de recursos humanos del organismo.
2. Coordinar el relevamiento, evaluación, diseño y actualización de los
puestos de trabajo del organismo.
3. Asistir en programas de mejoramiento de la calidad de servicios y
mejora en la atención al público, en el ámbito de su competencia.
4. Coordinar el planeamiento, diseño de procesos y flujos de trabajo
del organismo.
5. Administrar la información para la liquidación de haberes y demás
compensaciones del personal.
6. Supervisar el control del cumplimiento de las normas que regulen al
empleado público.
7. Efectuar la actualización y mantenimiento de las bases de datos de
los recursos humanos del Organismo.
8. Intervenir en la elaboración de los proyectos de actos
administrativos atinentes al personal del organismo.
9. Controlar la asistencia del personal y garantizar la actualización
de los Legajos Únicos del Personal.
DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA Y
ADMINISTRATIVA
DIRECCIÓN DE TECNOLOGÍA DE LA
INFORMACIÓN
ACCIONES
1. Planificar y supervisar los desarrollos de proyectos informáticos,
las comunicaciones, la seguridad informática, la administración de
bases de datos y el soporte técnico, en el marco del Plan de
Modernización del Estado, en el ámbito del organismo.
2. Entender en el relevamiento de las necesidades organizativas y de
información del Organismo, para el desarrollo de procedimientos y
sistemas, y en la implementación de políticas y planes informáticos
consecuentes al mismo.
3. Planificar, desarrollar e implementar software de gestión,
necesarios para optimizar el funcionamiento institucional.
4. Proveer de asistencia tecnológica a todas las áreas del Organismo.
5. Proponer y verificar el cumplimiento de políticas tendientes a
preservar la seguridad, confidencialidad e integridad de la información
y de los sistemas de aplicación del organismo.
6. Analizar e investigar tendencias tecnológicas para su aplicación en
el Organismo.
7. Analizar, planificar y administrar la estructura de
telecomunicaciones del Organismo.
8. Administrar servidores, redes y bases de datos centralizadas de la
Entidad.
9. Entender en las relaciones con los Organismos externos en materia de
su competencia.
10. Asistir a la Dirección General Técnica y Administrativa en los
temas vinculados al área de su competencia en las evaluaciones
realizadas por los organismos de control internos y externos.
11. Asistir a la Dirección General Técnica y Administrativa en las
relaciones con las Coordinaciones Regionales Administrativas en el
interior del país.
DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA Y
ADMINISTRATIVA
DIRECCIÓN DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS
Y FINANCIEROS
ACCIONES
1. Asistir a las máximas autoridades del Organismo en el diseño de la
política presupuestaria de la Entidad.
2. Colaborar con las unidades ejecutoras de las distintas categorías
programáticas en la formulación del presupuesto, la programación de la
ejecución presupuestaria y las modificaciones que se proyecten durante
el ejercicio financiero.
3. Registrar la información contable y financiera del presupuesto anual
del Organismo.
4. Planificar y supervisar las tareas de conservación y mantenimiento
de los bienes muebles e inmuebles afectados al Organismo, registrando
las altas y bajas de los mismos.
5. Entender en la ejecución de las contrataciones de bienes y
suministros como asimismo de los servicios generales, de maestranza, de
vigilancia y seguridad y de mantenimiento de automotores.
6. Entender en las tareas relacionadas con el almacenamiento y
distribución de suministros.
7. Promover y mantener adecuadas condiciones de infraestructura en los
lugares de trabajo.
8. Controlar, en materia de su competencia, los Planes de Trabajo
correspondientes a los Convenios de Cooperación y Asistencia Técnica y
administración de programas celebrados por el Organismo.
9. Participar, desde el ámbito de su competencia, en el control de los
entes sanitarios.
10. Entender en los procesos de registraciones contables, financieras,
presupuestarias, preparación de balances, estados de ejecución,
rendición de cuentas y liquidaciones de haberes y gastos, y administrar
las diferentes cuentas bancarias de los programas y/o proyectos en el
ámbito de su competencia.
11. Asistir a la Dirección General Técnica y Administrativa en los
temas vinculados al área de su competencia en las evaluaciones
realizadas por los organismos de control internos y externos.
12. Asistir a la Dirección General Técnica y Administrativa en las
relaciones con las Coordinaciones Regionales Administrativas en el
interior del país.
DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA Y
ADMINISTRATIVA
DIRECCIÓN DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS
Y FINANCIEROS
COORDINACIÓN GENERAL ADMINISTRATIVA
ACCIONES
1. Proponer los lineamientos para la programación de las actividades
administrativas de toda la Dirección, a partir de un diagnóstico
organizacional que permita elaborar propuestas de acción con contenidos
razonables de eficacia, eficiencia y economicidad.
2. Asistir en la realización del diagnóstico de los procesos que
utilizan las diferentes áreas administrativas, asesorar y evaluar en
materia de análisis de tareas, sistemas administrativos, diseño de
procesos, métodos y medición de trabajo administrativo.
3. Analizar y elaborar propuestas sobre el mejoramiento de procesos
administrativos identificados como prioritarios, brindando asistencia
técnica en la materia; evaluar y asesorar sobre el grado de
oportunidad, mérito y conveniencia para la puesta en marcha de nuevos
procesos y procedimientos, desarrollar y proponer instrumentos
metodológicos para la reingeniería de procesos sustitutivos y de apoyo
administrativo.
4. Asistir al Director en el desarrollo de criterios e indicadores que
simplifiquen el monitoreo del desempeño operativo.
5. Asistir en la elaboración de los procesos en materia de los planes
anuales de compras, supervisar la gestión de las compras y
contrataciones y coordinar la provisión de bienes y servicios.
6. Supervisar los procedimientos en materia de contrataciones y en el
almacenamiento y distribución de bienes y suministros, y los
correspondientes al desarrollo de las prestaciones de los servicios
generales, de maestranza, de vigilancia y seguridad, y de mantenimiento
de automotores, asegurando la optimización de dichos procesos y la
eficiente ejecución de los programas.
7. Supervisar que los manuales de procedimientos del área de su
competencia, se mantengan actualizados y controlar su efectivo
cumplimiento.
8. Asesorar e intervenir, cuando corresponda, en las diferentes etapas
de los procesos de adquisición de bienes, contratación de obras y
consultores llevados a cabo por los distintos programas y/o proyectos
nacionales e internacionales en el ámbito de su competencia.
9. Propiciar contrataciones de asistencia técnica y/o consultorías, que
considere necesarias u oportunas para llevar a cabo una mejor gestión
de los diferentes proyectos.
10. Atender e intervenir en la planificación, dirección y control de
las actividades destinadas a proyectos, restauración, conservación,
preservación, mantenimiento y reciclaje de los inmuebles del Servicio
Nacional.
DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA Y
ADMINISTRATIVA
DIRECCIÓN DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS
Y FINANCIEROS
COORDINACIÓN GENERAL PRESUPUESTARIA
ACCIONES
1. Coordinar la elaboración de la política presupuestaria de la
Entidad, sobre la base de las normas técnicas que determine la OFICINA
NACIONAL DE PRESUPUESTO.
2. Asistir a las autoridades y a los responsables de cada una de las
categorías programáticas del presupuesto en la interpretación y
aplicación de las normas técnicas para la formulación, programación de
la ejecución, modificación y evaluación de la ejecución presupuestaria.
3. Supervisar la preparación del anteproyecto de la Entidad, dentro de
los límites financieros establecidos, y como resultado del análisis y
compatibilización de las propuestas de cada una de las unidades
ejecutoras de los programas presupuestarios.
4. Proponer y justificar cambios en la apertura programática del
organismo.
5. Consolidar la información remitida por las unidades ejecutoras de
programas referidas a la ejecución físico-financiera del presupuesto.
6. Entender en la preparación de los proyectos de cooperación,
administración de programas y asistencia técnica.
DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA Y
ADMINISTRATIVA
DIRECCIÓN DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS
Y FINANCIEROS
COORDINACIÓN GENERAL FINANCIERA
ACCIONES
1. Participar en la formulación de la política financiera y arancelaria
de la Entidad y colaborar con la programación de la ejecución del
presupuesto.
2. Desarrollar estudios y análisis económico financiero de la gestión
institucional, evaluando las proyecciones, la ejecución presupuestaria
y la situación financiera global del Organismo.
3. Coordinar la planificación del flujo de fondos, conformando el
presupuesto de caja.
4. Coordinar el cobro de la totalidad de los ingresos que se produzcan,
cualquiera sea su naturaleza.
5. Coordinar el cumplimiento de los plazos de pagos de terceros, de
acuerdo a las normas legales vigentes, así como también la gestión del
reclamo de deudas a los usuarios externos en situación de mora ante el
Organismo.
6. Controlar los ingresos y egresos de fondos y valores, y la
correspondiente emisión del parte diario de caja en el ámbito de su
competencia.
7. Supervisar y coordinar el manejo y custodia de fondos y valores del
organismo.
8. Asistir al a la Dirección de Servicios Administrativos y Financieros
en lo referente al control y ejecución del manejo del Fondo Rotatorio
Central.
9. Coordinar desde el ámbito de su competencia el Sistema de Gestión
Administrativa, interviniendo en el desarrollo de las mejoras
necesarias.
10. Coordinar el desarrollo y firma de convenios de medios de pago con
las distintas entidades financieras y la Dirección de Servicios
Administrativos Financieros.
11. Analizar las fuentes de financiamiento del Organismo y la cartera
de préstamos, proponiendo estimaciones de recursos y solicitudes de
desembolsos y anticipos de fondos.
12. Participar en la formulación de las solicitudes de préstamos que se
gestionen ante organismos crediticios.
13. Revisar y aprobar en materia financiera, los Planes Operativos
Anuales y Planes de Trabajo correspondientes a los convenios celebrados
en el ámbito de su competencia.
DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA Y
ADMINISTRATIVA
DIRECCIÓN DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS
Y FINANCIEROS
COORDINACIÓN GENERAL CONTABLE
ACCIONES
1. Llevar la contabilidad general supervisando las tareas de registros
contables y presupuestarios.
2. Coordinar la preparación de los balances y estados de ejecución y la
confección de la cuenta de ahorro, inversión y financiamiento del
Organismo.
3. Supervisar las liquidaciones de haberes y servicios extraordinarios,
y los aportes personales, contribuciones patronales, obra social,
Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados y
Administración Nacional de la Seguridad Social; las liquidaciones de
embargos u otras medidas cautelares emanadas de la autoridad judicial;
las liquidaciones de cesiones de créditos y prendas.
4. Coordinar el registro y liquidación de las deudas del Organismo,
verificando las condiciones de las mismas.
5. Supervisar la aplicación de la normativa vigente en materia
impositiva en el ámbito de su competencia.
6. Procesar y producir información contable y oportuna, que sirva de
apoyo a la toma de decisiones por parte de las autoridades del
organismo.
7. Realizar el registro contable de los ingresos y egresos que surjan
de la implementación de convenios de cooperación y asistencia técnica
celebrados con organismos nacionales e internacionales, bloques de
naciones, gobiernos provinciales y municipales, entidades nacionales,
organizaciones internacionales de crédito, entre otros, que tengan por
objeto el fortalecimiento institucional.
8. Intervenir en los procesos de aprobación de las rendiciones de
cuentas, previa aceptación del área técnica que le da origen
proponiendo las medidas correctivas, en los casos que correspondan.
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA
DIRECCIÓN NACIONAL DE PROTECCIÓN
VEGETAL
COORDINACIÓN GENERAL DE GESTIÓN
TÉCNICA EN PROTECCIÓN VEGETAL
ACCIONES
1. Coordinar y armonizar los procesos de gestión interna de la
Dirección en materia de presupuesto, capacitación, comunicación,
gestión administrativa y del personal, demandas de laboratorio vegetal,
actualización normativa y seguimiento de acuerdos y convenios.
2. Coordinar la formulación, implementación y seguimiento de la
ejecución del plan anual de control de gestión de la Dirección.
3. Desarrollar e implementar el control de gestión, supervisando el
cumplimiento de las metas y objetivos de los programas y actividades de
la Dirección.
4. Coordinar las actividades de seguimiento de los informes de
auditoría interna de la Dirección.
5. Supervisar la implementación de los programas especiales de la
Dirección que, por su carácter transversal, incipiente o particular, se
implementen desde la Coordinación.
6. Coordinar los ámbitos de trabajo conjunto entre las distintas áreas
de la Dirección Nacional y los temas de articulación con otras áreas
del Organismo.
7. Asistir a la Dirección Nacional en la elaboración de informes u
otras actividades que ésta encomiende y en la coordinación y
comunicación mensual de las actividades que se proyecten realizar en
los Centros Regionales por parte del personal de la Dirección.
DIRECCIÓN NACIONAL DE PROTECCIÓN
VEGETAL
COORDINACIÓN GENERAL DE ASUNTOS
FITOSANITARIOS INTERNACIONALES
ACCIONES
1. Intervenir en la coordinación de negociaciones fitosanitarias
bilaterales con otros países para el establecimiento de requisitos
fitosanitarios de exportación e importación, interactuando con todas
las áreas técnicas intervinientes.
2. Intervenir en los asuntos regionales y multilaterales
fitosanitarios, entre ellos el Comité de Sanidad Vegetal del Cono Sur,
el Mercado Común del Sur, el Comité de Medidas Sanitarias y
Fitosanitarias de la Organización Mundial del Comercio y la Convención
Internacional de Protección Fitosanitaria de la Organización de las
Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura, coordinando las
actividades que desde los distintos órganos regionales y multilaterales
se requieran.
3. Asistirá la Dirección Nacional en la coordinación de asuntos
bilaterales y multilaterales, incluyendo temas de cooperación, en
materia fitosanitaria.
4. Colaborar en la elaboración de normas fitosanitarias nacionales
relacionadas con los ámbitos regional y multilateral, así como en las
actividades que puedan tener impacto en los mercados de destino de
productos vegetales de origen argentino.
5. Asistir a la Dirección Nacional en el seguimiento y monitoreo de los
acuerdos y compromisos asumidos en foros internacionales.
DIRECCIÓN NACIONAL DE PROTECCIÓN
VEGETAL
DIRECCIÓN DE INFORMACIÓN ESTRATÉGICA
FITOSANITARIA
ACCIONES
1. Generar y aportar la información estratégica a la Dirección Nacional
de Protección Vegetal para apoyar la toma de decisiones en el ámbito de
la protección fitosanitaria nacional y/o regional.
2. Definir el estatus fitosanitario de los cultivos nacionales de
acuerdo a los lineamientos establecidos para la vigilancia general por
las normas internacionales vigentes e implementar sistemas de
vigilancia general y específica asociados a las problemáticas
priorizadas
3. Mantener y fortalecer el Sistema Nacional de Vigilancia y Monitoreo
a fin de establecer oficialmente la condición fitosanitaria de las
plagas en los principales cultivos, los ecosistemas naturales, así como
en las áreas públicas y urbanas cuando se considere necesario.
4. Alertar sobre el riesgo de ingreso al territorio nacional de plagas
ausentes y cambios en las plagas presentes cuando su impacto económico
resulte significativo.
5. Desarrollar la capacidad de detección precoz de brotes o incursiones
de plagas ausentes de importancia económica y/o cuarentenaria en
coordinación con otras áreas pertinentes.
6. Identificar las necesidades de investigación, desarrollo e
innovación tecnológica en sistemas de vigilancia, prevención y gestión
de información en el ámbito de su competencia.
7. Intervenir en la bioseguridad agroambiental referida a organismos
vegetales genéticamente modificados, plagas resistentes, organismos
biológicos y agentes de control biológico.
8. Proponer la redacción de la normativa aplicable en materia de
competencia de la Dirección.
9. Promover acuerdos de cooperación con organismos públicos nacionales,
provinciales, municipales, entes sanitarios, y/o entidades intermedias
relacionados al ámbito fitosanitario a fin de mejorar los sistemas de
vigilancia, prevención y de gestión de la información.
10. Generar, organizar y mantener actualizados los registros de
competencia de la Dirección.
DIRECCIÓN NACIONAL DE PROTECCIÓN
VEGETAL
DIRECCIÓN DE INFORMACIÓN ESTRATÉGICA
FITOSANITARIA
COORDINACIÓN GENERAL DE ANÁLISIS DE
RIESGO Y VIGILANCIA
ACCIONES
1. Evaluar las problemáticas fitosanitarias que ameriten la
implementación de sistemas de vigilancia general y específica.
2. Priorizar los escenarios plaga-territorio-cadena y generar las
matrices de decisión para apoyar la definición de estrategias de
prevención.
3. Identificar cambios en las plagas presentes que pudieran constituir
un riesgo a la economía regional o nacional.
4. Generar sistemas que permitan la detección temprana de incursiones
de plagas cuarentenarias ausentes.
5. Coordinar las acciones de vigilancia para el diagnóstico
fitosanitario territorial.
6. Formular y validar modelos predictivos y de distribución potencial
de plagas.
7. Establecer y evaluarlos impactos económicos, ambientales y sociales
en los escenarios priorizados, en materia de su competencia.
DIRECCIÓN NACIONAL DE PROTECCIÓN
VEGETAL
DIRECCIÓN DE INFORMACIÓN ESTRATÉGICA
FITOSANITARIA
COORDINACIÓN GENERAL DE GESTIÓN DE
INFORMACIÓN FITOSANITARIA
ACCIONES
1. Desarrollar sistemas de apoyo para la gestión de información
estratégica fitosanitaria.
2. Generar las vinculaciones necesarias con otros sistemas de
información internos y externos que resulten relevantes en el ámbito de
su competencia.
3. Desarrollar la red de referentes expertos para el intercambio de
conocimiento y validación en el ámbito de su competencia.
4. Gestionar la información necesaria por cadena de cultivo para el
apoyo a las negociaciones fitosanitarias internacionales.
5. Aportar información para el sistema de certificación fitosanitaria
de los productos de exportación.
6. Vincular el sistema del Documento de Tránsito Vegetal con otros
sistemas relacionados, estandarizando la información para clasificar
los perfiles de riesgo en las cadenas productivas involucradas.
7. Suministrar información para los análisis de riesgo de plagas que se
realizan a fin de establecer los requisitos fitosanitarios de
importación.
DIRECCIÓN NACIONAL DE PROTECCIÓN
VEGETAL
DIRECCIÓN DE SANIDAD VEGETAL
ACCIONES
1. Proponer los programas de prevención y control de plagas de
vegetales a nivel nacional y su implementación acorde a las necesidades
y características de cada región.
2. Establecer procedimientos y actividades para el control de plagas
vegetales de alto impacto económico a nivel provincial, nacional y
regional.
3. Promover acuerdos de cooperación con organismos públicos nacionales,
provinciales, municipales, entes sanitarios, y/o entidades intermedias
y privados a fin de implementar acciones conjuntas en materia de su
competencia.
4. Intervenir en el desarrollo y ejecución de acciones en materia
fitosanitaria, con los Centros Regionales y los servicios provinciales
y el sector privado.
5. Articular los procesos y procedimientos necesarios para la
implementación y seguimiento de los planes y programas fitosanitarios.
6. Analizar el costo beneficio de la implementación de los programas
fitosanitarios desde el punto de vista económico y socio ambiental.
7. Proponer la matriz de riesgo para la implementación de los programas
fitosanitarios.
8. Proponer la redacción de la normativa aplicable en materia de
competencia de la Dirección.
9. Identificar las necesidades de investigación, desarrollo e
innovación tecnológica y articular con los organismos competentes y
propiciar la implementación de innovaciones tecnológicas y sistemas
informáticos para los programas fitosanitarios en el ámbito de su
competencia.
DIRECCIÓN NACIONAL DE PROTECCIÓN
VEGETAL
DIRECCIÓN DE SANIDAD VEGETAL
COORDINACIÓN GENERAL DE PROGRAMAS
FITOSANITARIOS
ACCIONES
1. Proponer la estrategia de intervención territorial para aquellas
plagas presentes priorizadas a nivel nacional y regional.
2. Coordinar la formulación de los planes sanitarios para las plagas
priorizadas a nivel nacional y regional
3. Coordinar el desarrollo y la ejecución operativa de programas
fitosanitarios destinados a lograr la prevención y control de las
plagas priorizadas contemplando la gestión eficiente de los recursos.
4. Proponer los manuales de procedimientos específicos inherentes a las
actividades de los programas fitosanitarios.
5. Evaluar el grado de cumplimiento de las actividades planificadas en
los diferentes programas fitosanitarios y proponer las correcciones
necesarias.
6. Proponer las actividades específicas de capacitación y difusión
inherentes a los programas fitosanitarios.
DIRECCIÓN NACIONAL DE PROTECCIÓN
VEGETAL
DIRECCIÓN DE SANIDAD VEGETAL
COORDINACIÓN GENERAL DE CONTINGENCIA Y
EMERGENCIAS
ACCIONES
1. Coordinar la elaboración de planes de contingencia para las plagas
que se encuentren bajo control oficial y aquellas plagas ausentes
priorizadas.
2. Evaluar y seleccionar opciones para disminuir el riesgo de
establecimiento y dispersión de una plaga priorizada.
3. Participar en la elaboración de protocolos de riesgo para las plagas
priorizadas.
4. Evaluar la necesidad de la declaración de emergencia fitosanitaria y
la finalización de la misma para una plaga priorizada.
5. Planificar, coordinar y evaluar las acciones de emergencia para una
plaga priorizada, en forma conjunta con los programas fitosanitarios y
los actores involucrados.
6. Cooperar en la elaboración y seguimiento del presupuesto de la
contingencia y emergencia en el ámbito de su competencia.
DIRECCIÓN NACIONAL DE PROTECCIÓN
VEGETAL
DIRECCIÓN DE COMERCIO EXTERIOR VEGETAL
ACCIONES
1. Proponer y mantener los requisitos fitosanitarios de importación y
tránsito internacional de los artículos reglamentados para prevenir la
introducción y dispersión de plagas cuarentenarias al territorio
nacional.
2. Proponer el estatus cuarentenario de las plagas a nivel nacional.
3. Proponer e implementar el sistema de cuarentena post-entrada.
4. Proponer las opciones de manejo de riesgo de plagas para la
certificación fitosanitaria de artículos reglamentados de exportación.
5. Identificar las necesidades de investigación, desarrollo e
innovación tecnológica para la implementación de medidas de manejo de
riesgo para la exportación de artículos reglamentados
6. Proponer y liderar la matriz de riesgo fitosanitario en la
importación, exportación y tránsito internacional de artículos
reglamentados.
7. Proponer y liderar los sistemas informáticos de auto gestión en la
certificación fitosanitaria para la importación, exportación y tránsito
internacional.
8. Establecer los procedimientos necesarios para prevenir la
introducción y dispersión de plagas cuarentenarias a través de
artículos reglamentados de importación, tránsito internacional y
pasajeros, incluyendo su seguimiento mediante los controles de gestión.
9. Establecer los procesos y procedimientos de inspección y
certificación para la exportación de artículos reglamentados,
incluyendo el seguimiento de su implementación mediante los controles
de gestión.
10. Proponer los puertos, aeropuertos, aduanas secas y pasos
fronterizos habilitados como puntos de ingreso y egreso comercial del
país de los productos de competencia de la Dirección.
11. Proponer la normativa aplicable de competencia de la Dirección para
cargas comerciales y de pasajeros en cumplimiento de las normas
internacionales.
12. Promover acuerdos de cooperación con entes u organismos públicos y
privados fin de desarrollar acciones conjuntas de competencia de la
Dirección.
DIRECCIÓN NACIONAL DE PROTECCIÓN
VEGETAL
DIRECCIÓN DE COMERCIO EXTERIOR VEGETAL
COORDINACIÓN GENERAL DE REGULACIONES
FITOSANITARIAS
ACCIONES
1. Coordinar el desarrollo de los Análisis de Riesgos de Plagas para el
establecimiento y actualización de los requisitos fitosanitarios para
artículos reglamentados de importación y tránsito internacional para
prevenir la introducción y dispersión de plagas cuarentenarias al
Territorio Nacional.
2. Proponer una programación para la elaboración de los Análisis de
Riesgo de Plagas, estableciendo una priorización en permanente
actualización mediante la evaluación técnica correspondiente.
3. Analizar la información técnica y los requisitos fitosanitarios
establecidos por países potencialmente importadores de productos
vegetales argentinos y definir las medidas de manejo de riesgo
adecuadas para la certificación fitosanitaria.
4. Mantener actualizada la información técnica que avala los requisitos
fitosanitarios vigentes.
5. Proponer y mantener actualizado el listado de plagas cuarentenarias
a nivel nacional.
6. Formular el sistema de cuarentena post-entrada.
7. Elaborar la matriz de riesgo fitosanitario en la importación,
exportación y tránsito internacional de artículos reglamentados.
DIRECCIÓN NACIONAL DE PROTECCIÓN
VEGETAL
DIRECCIÓN DE COMERCIO EXTERIOR VEGETAL
COORDINACIÓN GENERAL DE CERTIFICACIÓN
FITOSANITARIA
ACCIONES
1. Generar y mantener actualizada una base de datos de los requisitos
fitosanitarios oficiales de los países importadores para la
correspondiente certificación fitosanitaria de exportación.
2. Generar y mantener actualizada una base de datos de requisitos
fitosanitarios para importación, exportación y tránsito internacional.
3. Asistir en la definición de las necesidades de desarrollo de
sistemas informáticos de gestión en la certificación fitosanitaria para
la importación, exportación y tránsito internacional.
4. Coordinar el desarrollo e implementación de los sistemas, procesos y
procedimientos de inspección y certificación para la importación,
exportación y tránsito internacional.
5. Proponer los manuales de procedimientos específicos inherentes a las
actividades de certificación fitosanitaria.
6. Coordinar las tareas de implementación de los protocolos acordados
bilateralmente para la certificación de exportaciones.
7. Evaluar las condiciones de los puertos, aeropuertos, aduanas secas y
pasos fronterizos como puntos de ingreso, egreso y tránsito
internacional del país, tanto para el control del cumplimiento de las
medidas fitosanitarias de cargas comerciales como de pasajeros.
DIRECCIÓN NACIONAL DE PROTECCIÓN
VEGETAL
DIRECCIÓN DE AGROQUÍMICOS Y BIOLÓGICOS
ACCIONES
1. Entender en el cumplimiento de las normas técnico-administrativas
referidas a la elaboración y/o formulación de productos fitosanitarios,
fertilizantes y enmiendas utilizados para la producción agrícola y el
control de plagas vegetales.
2. Inscribir, registrar y auditar los establecimientos que elaboren y/o
formulen productos fitosanitarios, como así también proponer la
inscripción de toda persona humana o jurídica u objeto a ser registrado
en el ámbito de su competencia.
3. Realizar la evaluación técnica, de la documentación presentada para
la aprobación y registro de los principios activos y/o productos
formulados, fertilizantes y enmiendas.
4. Proponer la restricción o prohibición de los productos
fitosanitarios, fertilizantes y enmiendas de uso agrícola.
5. Proponer la política de tramitaciones de importación y exportación
de agroquímicos y biológicos.
6. Colaborar con los programas que llevan otras áreas del Organismo, en
el control de la elaboración, comercialización y uso de los productos
de su competencia.
7. Reglamentar, administrar y mantener actualizados los Registros de su
competencia.
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA
DIRECCIÓN NACIONAL DE SANIDAD ANIMAL
COORDINACIÓN GENERAL DE GESTIÓN
TÉCNICA EN SANIDAD ANIMAL
ACCIONES
1. Coordinar y armonizar los procesos de gestión interna de la
Dirección Nacional en materia de presupuesto, capacitación,
comunicación, gestión administrativa y del personal, demandas de
laboratorio animal, actualización normativa y seguimiento de acuerdos y
convenios.
2. Coordinar las actividades de la Dirección Nacional en articulación
con otras áreas del Organismo.
3. Coordinar la formulación, implementación y seguimiento de la
ejecución del Plan Anual de Control de Gestión de la Dirección Nacional.
4. Coordinar las actividades de seguimiento de los informes de
auditoría interna de la Dirección Nacional.
5. Supervisar la implementación de los programas especiales de la
Dirección Nacional que, por su carácter transversal, incipiente o
particular, se implementen desde la Coordinación General.
6. Coordinar los ámbitos de trabajo conjunto entre las distintas áreas
de la Dirección Nacional.
DIRECCIÓN NACIONAL DE SANIDAD ANIMAL
COORDINACIÓN GENERAL DE ASUNTOS
ZOOSANITARIOS INTERNACIONALES
ACCIONES
1. Coordinar la participación de las áreas técnicas, en el ámbito de
competencia de la Dirección Nacional, en los ámbitos zoosanitarios
bilaterales y multilaterales internacionales.
2. Intervenir en los asuntos regionales y multilaterales zoosanitarios,
coordinando las actividades que desde los distintos órganos regionales
y multilaterales se requieran.
3. Asistir a la Dirección Nacional en la coordinación de asuntos
bilaterales y multilaterales, incluyendo temas de cooperación, en
materia zoosanitaria.
4. Coordinar y priorizar las actividades de la Dirección Nacional que
puedan tener impacto en el proceso de apertura y mantenimiento del
comercio internacional de mercancías animales de origen nacional.
DIRECCIÓN NACIONAL DE SANIDAD ANIMAL
DIRECCIÓN DE PLANIFICACIÓN Y
ESTRATEGIA DE SANIDAD ANIMAL
ACCIONES
1. Desarrollar la estrategia nacional para la protección zoosanitaria
nacional y/o regional.
2. Elaborar las estrategias de control, prevención y erradicación de
enfermedades y la normativa y programas para su aplicación.
3. Elaborarlas estrategias para la implementación y consolidación del
Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica.
4. Desarrollar las estrategias para adquirir y mantener reconocimientos
de estatus sanitarios, en el ámbito de su competencia.
5. Proponer las estrategias adecuadas de detección precoz de brotes o
incursiones de enfermedades animales ausentes de importancia económica
y/o cuarentenaria en coordinación con otras áreas pertinentes.
6. Comunicar sobre los cambios en la situación de una enfermedad
presente y su impacto económico, cuando resulte significativo.
7. Desarrollar los Análisis de Riesgo en materia zoosanitaria.
8. Identificar las necesidades de investigación, desarrollo e
innovación tecnológica en sistemas de epidemiología, prevención y
gestión de información.
9. Promover acuerdos/convenios de cooperación con organismos públicos
nacionales, provinciales, municipales, entes sanitarios y/o entidades
intermedias, relacionados al ámbito zoosanitario a fin de mejorar los
sistemas de epidemiología, prevención y de gestión de la información.
10. Analizar el costo beneficio de la implementación de los programas
zoosanitarios desde el punto de vista económico y socio-ambiental.
11. Proponer la matriz de riesgo para la implementación de los
programas zoosanitarios.
12. Participar en las acciones derivadas de la aplicación de convenios
zoosanitarios, en el ámbito de comités o comisiones técnicas y otros,
tanto nacionales como internacionales.
DIRECCIÓN NACIONAL DE SANIDAD ANIMAL
DIRECCIÓN DE PLANIFICACIÓN Y
ESTRATEGIA DE SANIDAD ANIMAL
COORDINACIÓN GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA
ACCIONES
1. Diseñar estudios epidemiológicos a efectos de apoyar las estrategias
sanitarias de la Dirección Nacional de Sanidad Animal y a los
requerimientos del comercio internacional.
2. Realizar el análisis de la información sanitaria y de los estudios
para determinar factores e indicadores de riesgo asociados a
enfermedades animales.
3. Estudiar la distribución y dinámica de las enfermedades animales
presentes en el país y demostrar la ausencia de las enfermedades
animales exóticas.
4. Realizar análisis de riesgo de enfermedades animales.
5. Establecer las estrategias de vigilancia en fauna silvestre y
coordinar la red de expertos en el tema.
6. Identificar las características sanitarias y geográficas de las
áreas productivas para la implementación de estrategias de zonificación
y compartimentación en el ámbito de su competencia.
DIRECCIÓN NACIONAL DE SANIDAD ANIMAL
DIRECCIÓN DE PLANIFICACIÓN Y
ESTRATEGIA DE SANIDAD ANIMAL
COORDINACIÓN GENERAL DE PROGRAMAS DE
SANIDAD ANIMAL
ACCIONES
1. Definir estrategias de prevención, control y erradicación de
enfermedades animales y proponer las normas, programas y procedimientos
técnicos relacionados.
2. Elaborar las estrategias para mantener y obtener reconocimientos de
estatus sanitario.
3. Elaborar estrategias de bienestar animal en el ámbito de su
competencia.
4. Coordinar y gestionar las comisiones nacionales y grupos técnicos
involucradosen las estrategias de prevención, control y erradicación de
enfermedades animales.
5. Proponer las actividades específicas de capacitación, comunicación,
difusión y divulgación relacionadas con la prevención, control y
erradicación de enfermedades animales.
6. Ejercer la contraparte técnica con los Centros Regionales en los
temas de su incumbencia.
DIRECCIÓN NACIONAL DE SANIDAD ANIMAL
DIRECCIÓN DE EJECUCIÓN SANITARIA Y
CONTROL DE GESTIÓN
ACCIONES
1. Coordinar la ejecución de los programas de prevención y control de
enfermedades animales a nivel nacional y su implementación, acorde a
las necesidades y características de cada región.
2. Coordinar la ejecución de las acciones destinadas a la detección
precoz de brotes o incursiones de enfermedades animales y el control de
los mismos, en coordinación con otras áreas pertinentes y su
implementación, de acuerdo a las necesidades y características de cada
región.
3. Intervenir en el desarrollo de los acuerdos/convenios de cooperación
con organismos públicos nacionales, provinciales, municipales, entes
sanitarios y/o entidades intermedias, a fin de implementar acciones
conjuntas en el ámbito de su competencia.
4. Proponer y articular con las áreas competentes en la materia, el
desarrollo de los sistemas de información y gestión sanitaria.
5. Articular con organismos públicos nacionales, provinciales,
municipales, entes sanitarios y/o entidades intermedias, el desarrollo
de sistemas de intercambio de información para la gestión zoosanitaria.
6. Articular los procesos y procedimientos necesarios para la
implementación y seguimiento de los planes y programas zoosanitarios.
7. Coordinar los procesos de control de gestión de los planes y
programas zoosanitarios.
8. Proponer la redacción de la normativa aplicable en materia de
competencia de la Dirección.
9. Identificar las necesidades de investigación, desarrollo e
innovación tecnológica y articular con los organismos competentes en
materia de su competencia.
DIRECCIÓN NACIONAL DE SANIDAD ANIMAL
DIRECCIÓN DE EJECUCIÓN SANITARIA Y
CONTROL DE GESTIÓN
COORDINACIÓN GENERAL DE SISTEMAS DE
GESTIÓN SANITARIA
ACCIONES
1. Proponer las normas, programas y procedimientos que regulen las
actividades vinculadas a la habilitación y control de establecimientos
y/o instalaciones asociadas a la producción primaria animal.
2. Proponer las normas, programas y procedimientos que regulen las
actividades vinculadas a la identificación y trazabilidad animal.
3. Controlar y verificar el cumplimiento de las normas, programas y
procedimientos que regulen las actividades vinculadas a la habilitación
y control de establecimientos y/o instalaciones asociadas a la
producción primaria, identificación y trazabilidad animal.
4. Desarrollar y gestionar los sistemas de gestión e información
sanitaria inherentes a la sanidad animal.
5. Articular la interacción de los sistemas de gestión e información
sanitaria con otros sistemas y brindar asistencia técnica a los
usuarios internos y externos.
6. Procesar y consolidar la información de los Sistemas de Gestión
Sanitaria para su posterior análisis y elaboración de informes.
DIRECCIÓN NACIONAL DE SANIDAD ANIMAL
DIRECCIÓN DE EJECUCIÓN SANITARIA Y
CONTROL DE GESTIÓN
COORDINACIÓN GENERAL DE CONTROL
TERRITORIAL
ACCIONES
1. Planificar, coordinar y supervisar la implementación de las acciones
en terreno, de acuerdo a las estrategias de prevención, control y
erradicación de enfermedades animales.
2. Controlar y verificar el cumplimiento de las acciones en terreno
implementadas, de acuerdo a las estrategias de prevención, control y
erradicación de enfermedades animales.
3. Proponer las normas y procedimientos de los sistemas de atención de
eventos y emergencias sanitarias.
4. Coordinar, supervisar y evaluar la implementación de las normas y
procedimientos de los sistemas de atención de eventos y emergencias
sanitarias.
5. Coordinar la interacción con organismos públicos y privados
nacionales e internacionales, entes sanitarios o entidades intermedias
para la implementación de las acciones en terreno, de acuerdo a las
estrategias de prevención, control y erradicación de enfermedades
animales.
6. Identificar las necesidades de investigación, desarrollo e
innovación tecnológica en materia de su competencia.
DIRECCIÓN NACIONAL DE SANIDAD ANIMAL
DIRECCIÓN DE COMERCIO EXTERIOR ANIMAL
ACCIONES
1. Proponer los requisitos zoosanitarios de importación y tránsito
internacional de mercancías animales, para prevenir la introducción y
dispersión de enfermedades animales en el Territorio Nacional.
2. Intervenir, en el ámbito de su competencia, en la negociación de
protocolos zoosanitarios para la exportación, importación y tránsito
internacional de mercancías animales.
3. Proponer la estrategia y coordinar la implementación de los sistemas
cuarentenarios para el movimiento internacional de animales vivos y
material reproductivo.
4. Participar en ámbitos públicos o privados, nacionales e
internacionales en la discusión de regulaciones zoosanitarias que
impacten en el movimiento internacional de mercancías animales.
5. Asistir en la formulación de los planes de prevención, control y
erradicación de enfermedades de los animales en los temas
cuarentenarios.
6. Identificar las necesidades de investigación, desarrollo e
innovación tecnológica para la implementación de medidas de manejo de
riesgo para el movimiento internacional de mercancías animales.
7. Proponer y liderar la matriz de riesgo zoosanitario en la
importación, exportación y tránsito internacional de mercancías
animales.
8. Establecer los procedimientos necesarios para prevenir la
introducción y dispersión de enfermedades a través del movimiento
internacional de mercancías animales, incluyendo su seguimiento
mediante los controles de gestión.
9. Establecer los procesos y procedimientos de autorización, inspección
y certificación para el movimiento internacional de mercancías
animales, incluyendo su seguimiento de implementación mediante los
controles de gestión.
10. Promover acuerdos/convenios de cooperación con organismos públicos,
nacionales, provinciales, municipales, entes sanitarios y/o entidades
intermedias, a fin de desarrollar acciones conjuntas de competencia de
la Dirección Nacional.
DIRECCIÓN NACIONAL DE SANIDAD ANIMAL
DIRECCIÓN DE COMERCIO EXTERIOR ANIMAL
COORDINACIÓN GENERAL DE REGULACIONES
CUARENTENARIAS
ACCIONES
1. Elaborar los requisitos zoosanitarios para la gestión de riesgo
asociado a la importación y tránsito internacional de mercancías
animales.
2. Participar en la negociación de protocolos zoosanitarios de
exportación y tránsito internacional de mercancías animales.
3. Participar en las cláusulas zoosanitarias para la consolidación de
los acuerdos de certificación de exportación de mercancías animales.
4. Intervenir en la elaboración de las normas y estándares para
cuarentenas zoosanitarias internas y externas y para el movimiento
internacional de animales vivos y material reproductivo.
5. Ejecutar la programación anual de las actividades previstas por la
Dirección de Comercio Exterior Animal, mediante el cumplimiento de la
normativa cuarentenaria, en las operaciones de exportación, importación
y tránsito internacional entre terceros países, de animales vivos y de
productos de origen animal, en aras de preservar el patrimonio
zoosanitario nacional.
6. Ejercer la contraparte técnica con los Centros Regionales del
Organismo en los temas de incumbencia de la Dirección de Comercio
Exterior Animal.
7. Participar en las decisiones técnicas relacionadas con el movimiento
internacional de mercancías animales en el ámbito de su competencia.
DIRECCIÓN NACIONAL DE SANIDAD ANIMAL
DIRECCIÓN DE COMERCIO EXTERIOR ANIMAL
COORDINACIÓN GENERAL DE OPERACIONES
CUARENTENARIAS
ACCIONES
1. Generar el sistema de comunicación de alerta ante la aparición en
terceros países, de focos y/o epidemias de enfermedades de los animales
que impacten en el comercio internacional, minimizando el riesgo de su
introducción y diseminación en el Territorio Nacional.
2. Elaborar los instrumentos para la implementación de las acciones
relacionadas con el movimiento internacional de animales vivos y
material reproductivo en el ámbito de su competencia.
3. Coordinar la implementación de las acciones relacionadas con el
movimiento internacional de animales vivos y material reproductivo en
el ámbito de su competencia.
4. Desarrollar y gestionarlos sistemas de información de las
operaciones de movimiento internacional de animales vivos y material
reproductivo en el ámbito de su competencia.
5. Intervenir en la autorización de importación de animales vivos y
material reproductivo en el ámbito de su competencia.
6. Intervenir en la emisión de los certificados zoosanitarios de
exportación de animales vivos y material reproductivo en el ámbito de
su competencia.
7. Proponer los manuales de procedimiento específicos inherentes a las
actividades de certificación zoosanitaria en el ámbito de su
competencia.
8. Procesar y consolidar los datos de los sistemas de información de
las operaciones de movimiento internacional de animales vivos y
material reproductivo en el ámbito de su competencia.
DIRECCIÓN NACIONAL DE SANIDAD ANIMAL
DIRECCIÓN DE PRODUCTOS VETERINARIOS
ACCIONES
1. Proponer y aplicar las normas técnico-administrativas referidas a la
inscripción, habilitación, control y certificación de plantas
destinadas a la elaboración, fraccionamiento y depósito de productos
veterinarios y drogas aplicadas en medicina veterinaria.
2. Realizar la evaluación técnica de la documentación presentada para
la aprobación y registro de los productos veterinarios, de acuerdo con
lo establecido por la normativa vigente.
3. Entender en la habilitación y registro de los establecimientos que
desarrollan actividades de elaboración, fraccionamiento, depósito y
expendio de productos veterinarios y proponer la inscripción de toda
persona humana o jurídica u objeto a ser registrado en el ámbito de su
competencia.
4. Proponer la prohibición o restricción de los productos veterinarios,
cuando corresponda.
5. Intervenir en las tramitaciones de importación y exportación de
productos y drogas de uso en medicina veterinaria.
6. Proponer, en resguardo de la salud pública, los períodos de carencia
y los niveles de tolerancia de residuos o contaminantes, en productos
comestibles de origen animal derivados del uso de productos
veterinarios.
7. Reglamentar, administrar y mantener actualizados los Registros de su
competencia.
8. Certificar y constatar el cumplimiento de la Norma de Buenas
Prácticas de Fabricación de Productos Veterinarios.
9. Fiscalizar la elaboración, fraccionamiento, depósito, expendio,
distribución, despacho, conservación y condiciones de venta de todos
los fármacos y drogas de uso en medicina veterinaria, así como también
controlar los importados y elaborados y/o fraccionados en todo el país.
10. Coordinar y ejecutar el Programa Nacional de Vigilancia de la
Resistencia a los Antimicrobianos en animales destinados al consumo
humano.
11. Intervenir en la emisión de certificados concernientes a su
competencia para ser presentados ante las autoridades sanitarias u
organismos de terceros países y nacionales.
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA
DIRECCIÓN NACIONAL DE INOCUIDAD Y
CALIDAD AGROALIMENTARIA
COORDINACIÓN GENERAL DE GESTIÓN
TÉCNICA EN INOCUIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
ACCIONES
1. Asistir a la Dirección Nacional en las propuestas y desarrollo de
los proyectos de resoluciones y disposiciones vinculadas a la inocuidad
y calidad agroalimentaria, verificándose la inclusión y/o consideración
de las exigencias del comercio local e internacional de agroalimentos.
2. Promover la articulación y vinculación interinstitucional a nivel
nacional e internacional, para la consecución de los objetivos
estratégicos de la Dirección Nacional y con los representantes de las
cadenas agroindustriales.
3. Monitorear el cumplimiento de metas en los Programas de la Dirección
Nacional, tanto a nivel central como en los Centros Regionales.
4. Articular las acciones tendientes al cumplimiento de objetivos
estratégicos en el ámbito de su competencia establecidos por las
autoridades.
5. Asistir en la evaluación de proyectos de cooperación y convenios, de
alcance nacional, regional o internacional, entes sanitarios,
instituciones públicas, privadas y/o de la sociedad civil en la
temática de su incumbencia.
DIRECCIÓN NACIONAL DE INOCUIDAD Y
CALIDAD AGROALIMENTARIA
COORDINACIÓN GENERAL DE APROBACIÓN DE
PRODUCTOS ALIMENTICIOS
ACCIONES
1. Evaluar y definir la aprobación o rechazo de los productos,
subproductos y derivados de origen animal y productos destinados al
consumo animal elaborados y/o fraccionados en plantas habilitadas por
el Organismo, de producción nacional o importados, llevando el registro
pertinente.
2. Analizar técnicamente la documentación que sustente la asignación de
atributos de calidad diferencia la los productos alimenticios de origen
animal y vegetal para ser incluidos en el rotulado, en los términos de
la normativa vigente.
3. Proponer e intervenir en normas técnico-administrativas que reglen
los parámetros de composición, elaboración, rotulación, envasado y
conservación de los productos, subproductos y derivados de origen
animal y productos lácteos destinados a la alimentación humana y
aquellos ingredientes lácteos no aditivos y alimentos destinados al
consumo animal, elaborados y/o fraccionados tanto en plantas de
producción nacional o en terceros países habilitadas por el Organismo,
incluyendo las materias primas de origen animal destinadas a la
elaboración de productos farmacéuticos opoterápicos y los incomestibles.
4. Intervenir en la autorización e inscripción de envases, materiales
de empaque, acondicionamiento y en contacto con alimentos, aditivos
alimentarios, coadyuvantes de tecnología para uso en productos de
origen animal y vegetal de su competencia.
DIRECCIÓN NACIONAL DE INOCUIDAD Y
CALIDAD AGROALIMENTARIA
DIRECCIÓN DE ESTRATEGIA Y ANÁLISIS DE
RIESGO
ACCIONES
1. Asistir en la preparación de informes sanitarios periódicos
nacionales e internacionales a requerimiento de la Dirección Nacional
y/o de las máximas autoridades del Organismo.
2. Formular y analizar documentos de análisis de riesgo, normativa y
códigos internacionales: SPS, "Codex Alimentarius", Manuales de la
ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE SANIDAD ANIMAL, Normativa de la UNIÓN EUROPEA,
y otros organismos nacionales e internacionales.
3. Entender en los análisis de riesgo de inocuidad y calidad de los
alimentos, a requerimiento de las áreas técnicas y determinar las
prioridades que puedan establecerse por la Dirección Nacional.
4. Proponer evaluaciones técnicas a la demanda de reconocimiento y
equivalencia internacional de los sistemas de certificación de calidad,
además de la autorización e inscripción de entidades certificadoras de
calidad de productos agroalimentarios.
5. Llevar a cabo el diseño y ejecución de los planes de control de
residuos y contaminantes en los productos y subproductos de origen
animal y vegetal, incluyendo los piensos.
6. Entender en la actualización de los modelos de certificados
internacionales sanitarios y de calidad para la exportación y
autorización de la importación de productos, subproductos, derivados de
origen animal y vegetal, alimentos para animales y procedimientos de
certificación respectivos.
7. Evaluar y auditar a las entidades y sistemas de certificación de
agroalimentos en el ámbito de su competencia.
8. Entender, en el ámbito de su competencia, en la autorización de las
operaciones de importación, exportación y de tránsito internacional a
través del Territorio Nacional de productos, subproductos y derivados
de origen animal o vegetal o productos con componente o ingrediente
animal o vegetal, incluyendo alimentos para animales, de acuerdo a las
exigencias sanitarias y/o de calidad.
9. Participar en las inspecciones y auditorías nacionales e
internacionales en la temática de su competencia, en vinculación con
las áreas involucradas.
10. Relevar datos estadísticos y efectuar los informes estratégicos
vinculados con los datos de producción y comercialización de productos
y subproductos de competencia de la Dirección Nacional.
DIRECCIÓN NACIONAL DE INOCUIDAD Y
CALIDAD AGROALIMENTARIA
DIRECCIÓN DE ESTRATEGIA Y ANÁLISIS DE
RIESGO
COORDINACIÓN GENERAL DE BIOTECNOLOGÍA
ACCIONES
1. Intervenir en la realización de evaluaciones de riesgo alimentario
de productos provenientes de la biotecnología moderna, como son los
Organismos Genéticamente Modificados, organismos editados
genéticamente, nuevas técnicas de mejoramiento, nanobiotecnológicos,
clonados y derivados de cualquier otra nueva tecnología, incluyendo los
aditivos alimentarios a utilizar en productos vegetales.
2. Desarrollar e implementar sistemas de control de importación y
exportación de granos y subproductos que puedan contener Organismos
Genéticamente Modificados.
3. Elaborar y proponer reglamentos técnicos en materia de productos
provenientes de la biotecnología moderna en el ámbito de su competencia.
4. Intervenir en la evaluación de incumplimientos normativos
relacionados con los productos derivados de la biotecnología moderna,
emitiendo los dictámenes técnicos correspondientes.
5. Participar en la actualización de los modelos de certificados
internacionales que involucren Organismos Genéticamente Modificados y
de los procedimientos de certificación respectivos, a los efectos de
dar cumplimiento a los requisitos de los países importadores.
DIRECCIÓN NACIONAL DE INOCUIDAD Y
CALIDAD AGROALIMENTARIA
DIRECCIÓN DE ESTRATEGIA Y ANÁLISIS DE
RIESGO
COORDINACIÓN GENERAL DE
CERTIFICACIONES E INFORMACIÓN
ACCIONES
1. Desarrollar y controlar los procedimientos de exportación,
importación y tránsito internacional, que contemplen el control
sanitario, documental y de identidad de las mercaderías, para
resguardar la inocuidad de los alimentos, la salud pública y/o la
calidad de las mercancías que correspondan al ámbito de su competencia.
2. Asistir en el análisis de riesgo asociado a los productos en las
operaciones de importación y tránsito de productos de su competencia,
integrando grupos de trabajo de evaluación de riesgo de inocuidad de
los alimentos, en base a las recomendaciones de los Organismos de
referencia, como así también en la verificación de análisis de
protocolos y convenios sanitarios internacionales que hagan al
intercambio de mercancías de incumbencia.
3. Entender en la definición de los atributos de calidad diferencial a
los productos orgánicos, biológicos y ecológicos, de origen animal y
vegetal.
4. Proponer los procedimientos de certificación de inocuidad y calidad
de los alimentos, incluso la actualización de los modelos de
certificados internacionales sanitarios y de calidad para la
exportación y autorización de la importación de productos,
subproductos, derivados de origen animal y vegetal y alimentos para
animales, incluyendo los Organismos Genéticamente Modificados, y los
productos orgánicos, biológicos y ecológicos.
5. Suministrar información de reportes y datos estadísticos de comercio
exterior en el ámbito de su competencia, como así también articular los
medios para efectuar prenotificaciones de certificados emitidos que son
competencia de la Dirección Nacional.
DIRECCIÓN NACIONAL DE INOCUIDAD Y
CALIDAD AGROALIMENTARIA
DIRECCIÓN DE ESTRATEGIA Y ANÁLISIS DE
RIESGO
COORDINACIÓN GENERAL DE VIGILANCIA Y
ALERTA DE RESIDUOS Y CONTAMINANTES
ACCIONES
1. Diseñar y planificar los programas destinados al monitoreo y
vigilancia de residuos y contaminantes en alimentos, propuestos a
través de los Planes de Control de Residuos y Contaminantes e Higiene
de alimentos de origen animal, vegetal y piensos.
2. Supervisar la gestión de los planes de monitoreo y vigilancia de
residuos y contaminantes en alimentos de origen animal, vegetal y
piensos, producidos a nivel nacional o importados.
3. Intervenir en la gestión de alertas sanitarias internas y externas,
su investigación y gestión de riesgos en conjunto con las áreas
centrales y/o regionales del organismo que correspondan.
4. Coordinar la gestión de las no conformidades derivadas de los planes
de control de residuos y contaminantes en alimentos de origen animal,
vegetal y piensos, ejecutada por las áreas técnicas competentes, en el
ámbito de su competencia.
5. Conformar comisiones científico-técnicas de evaluación ad-hoc,
permanentes o temporarias, de los Planes de Control de Residuos y
Contaminantes e Higiene de alimentos de origen animal, vegetal y
piensos, en virtud de los avances científico-técnicos y de los
antecedentes derivados de su ejecución.
DIRECCIÓN NACIONAL DE INOCUIDAD Y
CALIDAD AGROALIMENTARIA
DIRECCIÓN DE INOCUIDAD Y CALIDAD DE
PRODUCTOS DE ORIGEN ANIMAL
ACCIONES
1. Entender en la propuesta de las normas de clasificación,
tipificación, calidad y especificaciones técnicas que deben regir el
comercio interno y externo de productos de origen animal y
autorizaciones específicas sobre la calidad convenida para la
exportación.
2. Proponer las normas y programas destinados al control de las
condiciones higiénico-sanitarias de los establecimientos donde se
faenen, elaboren e industrialicen productos, subproductos y derivados
de origen animal, incluyendo la pesca y acuicultura.
3. Proponer los procedimientos e instructivos referidos al control de
la inocuidad de los productos, subproductos y derivados de origen
animal, incluyendo la pesca y acuicultura, tanto en lo referente al
consumo interno como a la exportación e importación.
4. Entender en el control de gestión de las acciones establecidas en
los programas y actividades de su competencia, tanto a nivel central
como en los Centros Regionales.
5. Evaluar la autorización de destinos de exportación solicitados por
establecimientos elaboradores de productos, subproductos y derivados de
origen animal, incluyendo la pesca y acuicultura.
6. Organizar, reglamentar y administrar los Registros Nacionales de
competencia del área.
7. Proponer la elaboración de convenios con organismos públicos,
nacionales e internacionales y entes sanitarios, a fin de implementar
los programas y acciones de su competencia y su seguimiento y
evaluación.
8. Asistir en la elaboración de los análisis de riesgo en inocuidad de
los alimentos de origen animal.
DIRECCIÓN NACIONAL DE INOCUIDAD Y
CALIDAD AGROALIMENTARIA
DIRECCIÓN DE INOCUIDAD Y CALIDAD DE
PRODUCTOS DE ORIGEN ANIMAL
COORDINACIÓN GENERAL DE PESCA Y
ACUICULTURA
ACCIONES
1. Proponer las normas y programas destinados al control de las
condiciones higiénico-sanitarias de los establecimientos donde se
faenen, elaboren e industrialicen productos, subproductos y derivados
de la pesca y acuicultura.
2. Proponer los procedimientos e instructivos referidos al control de
la inocuidad de los productos, subproductos y derivados de la pesca y
acuicultura, tanto en lo referente al consumo interno como a la
exportación e importación.
3. Entender en la auditoría y el control de gestión de las acciones
establecidas en los programas y actividades de su competencia que sean
de ejecución en las regiones.
4. Evaluar el cumplimiento de los requisitos establecidos por los
países para otorgar autorizaciones de exportación a requerimiento de
los establecimientos elaboradores de productos, subproductos y
derivados de la pesca y acuicultura.
5. Intervenir en el desarrollo del sistema de control de inocuidad en
la importación en el ámbito de su competencia, para garantizar la
prevención del ingreso de enfermedades exóticas o de alto riesgo para
el país.
DIRECCIÓN NACIONAL DE INOCUIDAD Y
CALIDAD AGROALIMENTARIA
DIRECCIÓN DE INOCUIDAD Y CALIDAD DE
PRODUCTOS DE ORIGEN ANIMAL
COORDINACIÓN GENERAL DE ANIMALES
TERRESTRES
ACCIONES
1. Proponer la elaboración de normas específicas y sus modificaciones a
la normativa vigente conforme a las exigencias de los mercados interno
y externo, vinculada con el control de las condiciones
higiénico-sanitarias de los establecimientos donde se faenen, elaboren
e industrialicen productos, subproductos y derivados de animales
terrestres, incluyendo lácteos y apícolas.
2. Proponer los procedimientos e instructivos referidos al control de
la inocuidad de los productos, subproductos y derivados de animales
terrestres, incluyendo lácteos y apícolas, tanto en lo referente al
consumo interno como a la exportación e importación.
3. Entender en la auditoría y el control de gestión de las acciones
establecidas en los programas y actividades de su competencia que sean
de ejecución en las regiones.
4. Evaluar el cumplimiento de los requisitos establecidos por los
países para otorgar autorizaciones de exportación a requerimiento de
los establecimientos elaboradores de productos, subproductos y
derivados de animales terrestres, incluyendo lácteos y apícolas.
5. Intervenir en el desarrollo del sistema de control de inocuidad en
la importación en el ámbito de su competencia, para garantizar la
prevención del ingreso de enfermedades exóticas o de alto riesgo para
el país.
DIRECCIÓN NACIONAL DE INOCUIDAD Y
CALIDAD AGROALIMENTARIA
DIRECCIÓN DE INOCUIDAD Y CALIDAD DE
PRODUCTOS DE ORIGEN VEGETAL
ACCIONES
1. Proponer las normas, programas y procedimientos tendientes a la
mejora continua de las condiciones de higiene e inocuidad de los
productos, subproductos y materias primas de origen vegetal para la
importación, exportación y tráfico federal, como así también los
procedimientos para la fiscalización de la inocuidad vinculada a las
diversas cadenas agroalimentarias en el ámbito de su competencia.
2. Proponer las normas, programas y procedimientos que regulen las
actividades vinculadas con la habilitación y control de
establecimientos y/o instalaciones dedicados a la producción,
procesamiento, elaboración, industrialización, fraccionamiento,
distribución, transporte y almacenamiento de productos destinados a la
alimentación animal y los piensos, y aquellos dedicados a las
actividades de acopio, empaque, frigorífico, establecimientos
mayoristas y proceso de productos de origen vegetal.
3. Intervenir en la inscripción de aditivos alimentarios, coadyuvantes
de tecnología, envases, materiales de acondicionamiento y agentes de
control higiénico-sanitario para uso en productos de origen vegetal.
4. Realizar el control de gestión de las áreas operativas regionales,
en la temática de su competencia.
5. Proponer la elaboración de convenios con organismos públicos,
nacionales e internacionales y entes sanitarios, a fin de implementar
los programas y acciones de su competencia y su seguimiento y
evaluación.
6. Asistir en la elaboración de los análisis de riesgo en inocuidad de
los alimentos de origen vegetal.
DIRECCIÓN NACIONAL DE INOCUIDAD Y
CALIDAD AGROALIMENTARIA
DIRECCIÓN DE INOCUIDAD Y CALIDAD DE
PRODUCTOS DE ORIGEN VEGETAL
COORDINACIÓN GENERAL DE FRUTAS,
HORTALIZAS Y AROMÁTICAS
ACCIONES
1. Proponer y elaborar normas y reglamentos técnicos de clasificación,
tipificación, estandarización, aptitud, contaminantes y demás
especificaciones de frutas, hortalizas, especies aromáticas,
condimentos vegetales, especies de recolección silvestre, algodón y
otros aplicables a la producción para consumo interno o la exportación
y sus procesos de producción.
2. Intervenir en la emisión de autorizaciones de calidad convenida de
frutas, hortalizas y otros para la exportación e importación, así como
los sistemas de acondicionamiento, de producción nacional e importada,
para consumo directo o uso industrial para importación y exportación.
3. Proponer la elaboración de normas específicas y modificaciones a la
normativa vigente conforme a las exigencias de los mercados interno y
externo, vinculada con el control de las condiciones higiénico-
sanitarias de los establecimientos empacadores, procesadores,
frigoríficos de productos vegetales y establecimientos mayoristas.
4. Intervenir en la gestión de las no conformidades derivadas de los
planes de control de residuos y contaminantes en alimentos de origen
vegetal y piensos, en el ámbito de su competencia.
5. Entender en el control de gestión de las acciones establecidas en
los programas y actividades de su competencia que sean de ejecución de
las regiones.
DIRECCIÓN NACIONAL DE INOCUIDAD Y
CALIDAD AGROALIMENTARIA
DIRECCIÓN DE INOCUIDAD Y CALIDAD DE
PRODUCTOS DE ORIGEN VEGETAL
COORDINACIÓN GENERAL DE PIENSOS Y
GRANARIOS
ACCIONES
1. Proponer las normas, programas y procedimientos que regulen las
actividades vinculadas con la habilitación y control de
establecimientos y/o instalaciones, dedicados a la producción, acopio,
procesamiento, acondicionamiento, industrialización, fraccionamiento,
transporte y almacenamiento de cereales, granos, oleaginosos,
legumbres, subproductos de molienda y productos vegetales destinados al
consumo humano y/o animal.
2. Proponer y elaborar reglamentos técnicos de clasificación,
tipificación, estandarización y demás especificaciones técnicas para el
tratamiento, acondicionamiento, acopio, conservación, transporte y
comercialización de cereales, oleaginosos y legumbres.
3. Realizar el seguimiento y monitoreo de la calidad de los sistemas de
clasificación y análisis, y de su evolución, detectando las necesidades
de actualización normativa o técnica en función de los requerimientos
de los mercados nacionales e internacionales.
4. Intervenir en la emisión de autorizaciones de calidad convenida de
cereales, granos, oleaginosos, legumbres, subproductos de molienda y
productos alimenticios destinados al consumo humano y/o animal, para
consumo directo o uso industrial para importación y exportación.
5. Entender en el control de gestión de las acciones establecidas en
los programas y actividades de su competencia que sean de ejecución de
las regiones.
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA
DIRECCIÓN GENERAL DE LABORATORIOS Y
CONTROL TÉCNICO
COORDINACIÓN GENERAL DE GESTIÓN
TÉCNICA EN LABORATORIO
ACCIONES
1. Producir informes para ser utilizados en el análisis estadístico de
los programas en vigencia, en el ámbito de su competencia.
2. Gestionar y supervisar la implementación y auditoría del Sistema de
Gestión de Calidad de la Dirección General de Laboratorios y Control
Técnico.
3. Intervenir en la confección de informes a requerimiento de la
Dirección General.
4. Asistir y asesorar a usuarios internos y externos en temas
relacionados con sus tareas específicas.
5. Coordinar y supervisar las actividades de auditorías,
habilitaciones, ensayos de pericia y resultados de análisis,
produciendo informes unificados con fines estadísticos.
6. Coordinar, supervisar y auditar el seguimiento y monitoreo de los
procedimientos operativos vinculados a la gestión de la información
generada por el laboratorio y las redes asociadas; y los programas que
permitan verificar la calidad, trazabilidad, políticas de seguridad y
protección de los datos.
7. Coordinar y supervisar la implementación de trabajos científicos y
de investigación; las interacciones, Proyectos y Convenios con
instituciones oficiales y privadas, nacionales y extranjeras, en el
ámbito de su competencia.
8. Supervisar la evaluación de la legislación nacional e internacional
y la elaboración de proyectos de legislación en las actividades
atinentes a la Dirección General.
9. Intervenir en la gestión de las recomendaciones y directrices del
Codex Alimentarius y de otros Organismos nacionales e internacionales
en el ámbito de su incumbencia.
10. Coordinar y supervisar la gestión y las actividades de los
Laboratorios Regionales y de los Campos Experimentales.
11. Coordinar y supervisar la Red Nacional de Laboratorios, en el
ámbito de su competencia.
12. Supervisar la interacción de la Red Nacional de Laboratorios,
Laboratorios Regionales y de los Campos Experimentales en los aspectos
técnicos.
DIRECCIÓN GENERAL DE LABORATORIOS Y
CONTROL TÉCNICO
DIRECCIÓN DE LABORATORIO VEGETAL
ACCIONES
1. Coordinar, supervisar y/o auditar los estudios para establecer y
certificar analíticamente los ensayos para la detección e
identificación y certificación fitosanitaria de plagas de importancia
cuarentenaria para la REPÚBLICA ARGENTINA y países compradores de
productos nacionales de origen agrícola, la detección de todo tipo de
sustancias contaminantes y/o residuales en productos, subproductos,
alimentos y sus materias primas de origen vegetal, la realización de
los controles analíticos en los aspectos microbiológicos, tecnológicos,
químicos y físicos de productos, subproductos, alimentos y sus materias
primas de origen vegetal.
2. Supervisar el cumplimiento de las normas de calidad y bioseguridad
establecidas por la Dirección General de Laboratorios y Control
Técnico, en sus laboratorios y en los pertenecientes a la Red Nacional
de Laboratorios en el área de su incumbencia.
3. Coordinar y realizar las certificaciones de calidad comercial,
industrial y sanitaria en productos, subproductos y alimentos de origen
vegetal y en la extensión del certificado argentino de calidad exigido
por mercados compradores, así como la certificación de calidad de los
insumos químicos y/o biológicos de uso agrícola.
4. Coordinar, supervisar y realizar el seguimiento y monitoreo de los
planes de acción y los programas de su incumbencia, de acuerdo a la
legislación vigente, participando en el diseño de los muestreos de
productos alimenticios de origen vegetal y de insumos que se utilicen
en su producción, en función de la capacidad operativa propia y de la
Red de Laboratorios, de la seguridad para la salud del consumidor y de
las exigencias de los mercados importadores de productos nacionales.
5. Participar en el cumplimiento de las políticas de seguridad,
protección de datos y calidad establecidos por el Organismo en el
ámbito de su incumbencia.
6. Participar en la gestión de las recomendaciones y directrices del
Codex Alimentarius en el ámbito de su incumbencia.
DIRECCIÓN GENERAL DE LABORATORIOS Y
CONTROL TÉCNICO
DIRECCIÓN DE LABORATORIO ANIMAL
ACCIONES
1. Coordinar, supervisar y/o auditar los estudios para establecer y
certificar analíticamente las características técnicas de materias
primas, productos, drogas, envases, rótulos, entre otros, relacionados
con la medicina veterinaria, la detección de todo tipo de sustancias
contaminantes y/o residuales en productos, subproductos y derivados de
origen animal, los controles analíticos en los aspectos
microbiológicos, tecnológicos, químicos y físicos de productos,
subproductos y derivados de origen animal destinados a la alimentación;
la elaboración, fraccionamiento, distribución, tenencia y expendio de
productos biológicos destinados al diagnóstico y prevención de las
enfermedades de los animales, diagnóstico de enfermedades animales y
apoyo a la Dirección Nacional de Sanidad Animal.
2. Supervisar el cumplimiento de las normas de calidad y bioseguridad
establecidas por la Dirección General de Laboratorios y Control
Técnico, en sus laboratorios y en los pertenecientes a la Red Nacional
de Laboratorios en el área de su incumbencia.
3. Coordinar, supervisar y realizar el seguimiento y monitoreo de los
planes de acción y los programas de su incumbencia de acuerdo a la
legislación vigente, participando en el diseño de los muestreos de
productos alimenticios de origen animal y de insumos que se utilicen en
su producción, en función de la capacidad operativa de la Red de
Laboratorios, de la seguridad para la salud del consumidor y de las
exigencias de mercados importadores de productos nacionales.
4. Participar en el cumplimiento de las políticas de seguridad,
protección de datos y calidad, establecidas por el Organismo, en el
ámbito de su incumbencia.
5. Participar en la gestión de las recomendaciones y directrices del
Codex Alimentarius y la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE SANIDAD ANIMAL en el
ámbito de su incumbencia.
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA
DIRECCIÓN NACIONAL DE OPERACIONES
COORDINACIÓN GENERAL DE FRONTERAS Y
BARRERAS
ACCIONES
1. Entender en las actividades operativas asignadas por las normas y
reglamentos técnicos en materia sanitaria, inocuidad y calidad
agroalimentaria en la frontera, las barreras sanitarias vigentes y los
aeropuertos, tanto para el mercado interno como externo.
2. Asistir en el desarrollo de las directrices, procedimientos e
instructivos para las actividades de vigilancia y control fronterizo,
de competencia de la Dirección Nacional.
3. Asistir en la implementación de las acciones de control de gestión
de las tareas vinculadas a los procedimientos de competencia de la
Dirección Nacional.
4. Asistir en las acciones de interrelación e integración con otros
Organismos con competencia en cuestiones fronterizas, tanto a nivel
nacional como internacional.
5. Intervenir en el procesamiento de la información de su competencia,
así como en el establecimiento de medidas para garantizar la calidad y
seguridad de la documentación oficial requerida.
6. Coordinar el desarrollo de los procedimientos que aplicarán los
inspectores de las barreras y fronteras, en función de los
requerimientos impartidos por las Direcciones Nacionales con
competencia en la materia.
7. Intervenir en el tráfico federal, en materia de su competencia,
sobre aquellos productos que según las Direcciones Nacionales sean
prioritarios.
DIRECCIÓN NACIONAL DE OPERACIONES
COORDINACIÓN GENERAL DE PUERTOS
ACCIONES
1. Entender en las actividades operativas asignadas por las normas y
reglamentos técnicos en materia sanitaria, inocuidad y calidad
agroalimentaria en los puertos.
2. Asistir en el desarrollo de las directrices, procedimientos e
instructivos para las actividades de vigilancia y control en el ámbito
de los puertos, de competencia de la Dirección Nacional.
3. Asistir en las acciones de interrelación e integración con otros
Organismos con competencia en cuestiones portuarias, tanto a nivel
nacional como internacional.
4. Intervenir en el procesamiento de la información de su competencia,
así como en el establecimiento de medidas para garantizar la calidad y
seguridad de la documentación oficial requerida.
5. Coordinar el desarrollo de los procedimientos que aplicarán los
inspectores de puertos, en función de los requerimientos impartidos por
las Direcciones Nacionales con competencia en la materia.
6. Asistir al Director Nacional en el control de gestión, la
planificación y coordinación de la ejecución de las acciones operativas
relativas a su área temática, garantizando su implementación y
seguimiento, en función de los programas nacionales aprobados.
7. Controlar la correcta aplicación de las normas vigentes en su área
temática.
8. Intervenir en la planificación, coordinación y ejecución de las
tareas de control e inspección en el ámbito de su competencia.
DIRECCIÓN NACIONAL DE OPERACIONES
DIRECCIÓN DE CENTRO REGIONAL
METROPOLITANO (CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES Y LOS PARTIDOS DE
ESCOBAR, TIGRE, PILAR, MORENO, MALVINAS ARGENTINAS, GENERAL SAN MARTÍN,
GENERAL RODRÍGUEZ, TRES DE FEBRERO, MORÓN, MERLO, SAN FERNANDO, SAN
ISIDRO, ITUZAINGÓ, HURLINGHAN, VICENTE LÓPEZ, JOSÉ C. PAZ, LA PLATA,
FLORENCIO VARELA, BERAZATEGUI, BERISSO, ENSENADA, ALMIRANTE BROWN,
ESTEBAN ECHEVERRÍA, LOMAS DE ZAMORA, LANÚS, QUILMES, MARCOS PAZ,
AVELLANEDA, LA MATANZA, PRESIDENTE PERÓN, SAN MIGUEL Y EZEIZA)
DIRECCIÓN DE CENTRO REGIONAL PAMPEANO
(BUENOS AIRES -EXCEPTO AREA METROPOLITANA Y PARTIDO DE CARMEN DE
PATAGONES -Y LA PAMPA)
DIRECCIÓN DE CENTRO REGIONAL CENTRO
(SANTA FE, CÓRDOBA y ENTRE RÍOS).
DIRECCIÓN DE CENTRO REGIONAL CUYO
(MENDOZA, SAN JUAN y SAN LUIS)
DIRECCIÓN DE CENTRO REGIONAL NEA
(CORRIENTES, MISIONES, CHACO y FORMOSA).
DIRECCIÓN DE CENTRO REGIONAL NOA
(SALTA, JUJUY, TUCUMÁN, CATAMARCA y SANTIAGO DEL ESTERO)
DIRECCIÓN DE CENTRO REGIONAL PATAGONIA
(NEUQUÉN, RÍO NEGRO, CHUBUT, SANTA CRUZ, TIERRA DEL FUEGO, ANTÁRTIDA E
ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR E INCLUYE EL PARTIDO DE CARMEN DE PATAGONES,
Provincia de BUENOS AIRES)
ACCIONES (TIPO)
1. Entender en las actividades operativas asignadas por las normas y
reglamentos técnicos en materia sanitaria, inocuidad y calidad
agroalimentaria en la región, tanto para el mercado interno como
externo.
2. Dirigir la ejecución de las acciones operativas contempladas en los
planes, programas y actividades del Organismo en la región, a fin de
asegurar el cumplimiento de la normativa aplicable en materia de
sanidad animal y vegetal e inocuidad y calidad agroalimentaria.
3. Dirigir las actividades interinstitucionales e intrainstitucionales
del Centro Regional, y la difusión de las actividades del Organismo en
la región.
4. Representar al Organismo ante organismos públicos y privados,
nacionales, regionales, entes sanitarios y/o entidades intermedias, en
lo que es materia de su competencia en la región.
5. Promover Convenios de Asistencia y Cooperación con organismos
públicos nacionales, provinciales, municipales, entes sanitarios y/o
entidades intermedias que permitan optimizar el accionar del Centro
Regional.
6. Participar en la elaboración del presupuesto anual regional
requerido para el funcionamiento del Centro Regional, en coordinación
con las Direcciones Nacionales y/o Generales que correspondan.
7. Entender en la ejecución presupuestaria correspondiente a la región.
DIRECCIÓN NACIONAL DE OPERACIONES
DIRECCIÓN DE CENTRO REGIONAL
METROPOLITANO
DIRECCIÓN DE CENTRO REGIONAL PAMPEANO
DIRECCIÓN DE CENTRO REGIONAL CENTRO
DIRECCIÓN DE CENTRO REGIONAL CUYO
DIRECCIÓN DE CENTRO REGIONAL NEA
DIRECCIÓN DE CENTRO REGIONAL NOA
DIRECCIÓN DE CENTRO REGIONAL PATAGONIA
COORDINACIÓN REGIONAL DE PROTECCIÓN
VEGETAL (7)
ACCIONES (TIPO)
1. Asistir al Director del Centro Regional en la planificación y
coordinación de la ejecución de las acciones operativas de su temática,
en función de los Programas Nacionales aprobados.
2. Controlar, en el ámbito regional, la correcta aplicación de las
normas vigentes que rigen en su área temática.
3. Intervenir en la habilitación, clausura, suspensión, control público
e inspección de los establecimientos objeto de su incumbencia temática
en la región.
4. Intervenir en la planificación, coordinación y ejecución de tareas
preventivas y de atención de emergencias sanitarias en su área temática
de la región.
5. Participar, bajo la supervisión de la Dirección Nacional de
Protección Vegetal, en la confección y revisión permanente de las
acciones de los Programas Nacionales aprobados, en materia de su
incumbencia.
6. Asistir al Director de Centro Regional, cuando la autoridad lo
determine, en las comisiones regionales y/o provinciales de su
incumbencia.
DIRECCIÓN NACIONAL DE OPERACIONES
DIRECCIÓN DE CENTRO REGIONAL
METROPOLITANO
DIRECCIÓN DE CENTRO REGIONAL PAMPEANO
DIRECCIÓN DE CENTRO REGIONAL CENTRO
DIRECCIÓN DE CENTRO REGIONAL CUYO
DIRECCIÓN DE CENTRO REGIONAL NEA
DIRECCIÓN DE CENTRO REGIONAL NOA
DIRECCIÓN DE CENTRO REGIONAL PATAGONIA
COORDINACIÓN REGIONAL DE SANIDAD
ANIMAL (7)
ACCIONES (TIPO)
1. Asistir al Director de Centro Regional en la planificación y
coordinación de la ejecución de las acciones operativas de su temática,
en función de los Programas Nacionales aprobados.
2. Controlar, en el ámbito regional, la correcta aplicación de las
normas vigentes que rigen en su área temática.
3. Intervenir en la habilitación, clausura, suspensión, control público
e inspección de los establecimientos objeto de su incumbencia temática
en la región.
4. Intervenir en la planificación, coordinación y ejecución de tareas
preventivas y de atención de emergencias sanitarias en su área temática
de la región.
5. Participar, bajo la supervisión de la Dirección Nacional de Sanidad
Animal, en la confección y revisión permanente de las acciones de los
Programas Nacionales aprobados en el ámbito de su incumbencia.
6. Asistir al Director de Centro Regional, cuando la autoridad lo
determine, en las comisiones regionales y/o provinciales de su
incumbencia.
DIRECCIÓN NACIONAL DE OPERACIONES
DIRECCIÓN DE CENTRO REGIONAL
METROPOLITANO
DIRECCIÓN DE CENTRO REGIONAL PAMPEANO
DIRECCIÓN DE CENTRO REGIONAL CENTRO
DIRECCIÓN DE CENTRO REGIONAL CUYO
DIRECCIÓN DE CENTRO REGIONAL NEA
DIRECCIÓN DE CENTRO REGIONAL NOA
DIRECCIÓN DE CENTRO REGIONAL PATAGONIA
COORDINACIÓN REGIONAL DE INOCUIDAD Y
CALIDAD AGROALIMENTARIA (7)
ACCIONES (TIPO)
1. Asistir al Director de Centro Regional en la planificación y
coordinación de la ejecución de las acciones operativas de su temática,
en función de los Programas Nacionales aprobados.
2. Controlar, en el ámbito regional, la correcta aplicación de las
normas vigentes que rigen en su área temática.
3. Intervenir en la habilitación, clausura, suspensión, control
público, fiscalización e inspección de los establecimientos y/o
instalaciones involucrados en la producción, procesamiento,
elaboración, captura, faenamiento, industrialización, fraccionamiento,
distribución, transporte, almacenamiento, manipuleo, acopio y
comercialización, como así también en los insumos específicos, materias
primas, productos, subproductos y derivados de origen animal y vegetal,
productos destinados para la alimentación animal, contaminantes
químicos, físicos, biológicos para consumo interno, importación,
exportación, tráfico federal y control de fronteras, objeto de su
incumbencia temática en la región, así como en cuestiones inherentes a
la calidad.
4. Intervenir en la planificación, coordinación y ejecución de tareas
preventivas y de atención de emergencias sanitarias en su área temática
de la región.
5. Participar, bajo la supervisión de la Dirección Nacional de
Inocuidad y Calidad Agroalimentaria, en la confección y revisión
permanente de las acciones de los Programas Nacionales aprobados en el
ámbito de su incumbencia.
6. Asistir al Director de Centro Regional, cuando la autoridad lo
determine, en las comisiones regionales y/o provinciales de su
incumbencia.
DIRECCIÓN NACIONAL DE OPERACIONES
DIRECCIÓN DE CENTRO REGIONAL
METROPOLITANO
DIRECCIÓN DE CENTRO REGIONAL PAMPEANO
DIRECCIÓN DE CENTRO REGIONAL CENTRO
DIRECCIÓN DE CENTRO REGIONAL CUYO
DIRECCIÓN DE CENTRO REGIONAL NEA
DIRECCIÓN DE CENTRO REGIONAL NOA
DIRECCIÓN DE CENTRO REGIONAL PATAGONIA
COORDINACIÓN REGIONAL ADMINISTRATIVA
(7)
ACCIONES (TIPO)
1. Asistir al Director de Centro Regional en la preparación del
presupuesto y del Plan Anual de Compras del Centro Regional.
2. Asistir al Director de Centro Regional en la gestión administrativa
en el ámbito de sus competencias y funciones.
3. Asistir al Director de Centro Regional en el seguimiento de la
utilización de los recursos asignados.
4. Asistir en la elaboración de informes gerenciales en lo atinente a
gastos y recursos aplicados en la región.
5. Asistir al Director de Centro Regional en el cumplimiento de los
manuales e instructivos elaborados por las áreas pertinentes de la
Dirección General Técnica y Administrativa, como así también de toda la
normativa aplicable emanada, entre otras, de la Ley de Administración
Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N°
24.156 y de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos N° 19.549
y sus respectivas modificatorias.
6. Asistir al Director de Centro Regional en los requerimientos de
dotación, perfiles y capacitación de los recursos humanos de la región.
7. Supervisar la ejecución presupuestaria de la región, de conformidad
a los lineamientos establecidos por la Dirección de Servicios
Administrativos y Financieros.
IF-2018-63201091-APN-DNDO#JGM
Hoja
Adicional de Firmas
Anexo
Número: IF-2018-6320109
l-APN-DNDO#JGM
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Miércoles 5 de Diciembre de 2018
Referencia: Anexo IV -
EX-2018-52926174- -APN-DNDO#JGM
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