MINISTERIO DE TRANSPORTE
SECRETARÍA DE GESTIÓN DE TRANSPORTE
Resolución 197/2018
RESOL-2018-197-APN-SECGT#MTR
Ciudad de Buenos Aires, 07/12/2018
VISTO el Expediente EX-2018-45305804-APN-MESYA#CNRT, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el artículo 3° de la Resolución N° 1371 del 1° de
noviembre de 1991 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS
PÚBLICOS, se autorizó a la entonces SECRETARÍA DE TRANSPORTE, a
arancelar los servicios de Evaluación Psicofísica de los Conductores de
Vehículos de Transporte Público de Pasajeros por Automotor de
Jurisdicción Nacional, entre otros, con cargo a los beneficiarios de
las prestaciones.
Que mediante la Resolución Nº 80 del 18 de septiembre de 2017, de la
SECRETARÍA DE GESTION DE TRANSPORTE, se fijó el valor del arancel
uniforme del examen de evaluación psicofísica de los conductores
afectados a vehículos de transporte automotor de Jurisdicción Nacional,
en PESOS MIL SETECIENTOS SETENTA ($1770.-).
Que asimismo se estableció que el arancel incluye el Impuesto al Valor
Agregado (I.V.A.) y dicha suma debe abonarse al prestador médico
habilitado.
Que con la finalidad de mantener el equilibrio de la ecuación económica
del contrato mediante el cual se adjudicaron los prestadores del
sistema, tal como establece el Pliego de Bases y Condiciones de los
Concursos Públicos, se propicia la actualización del valor del referido
arancel para el año en curso.
Que para realizar el ajuste de dicho valor se ha empleado el Índice de
Precios al Consumidor nivel general que publica en Instituto Nacional
de Estadísticas y Censos y se ha considerado el impacto de la
actualización de las remuneraciones del sector, comprendidas en el
Convenio Colectivo de Trabajo Nº 108/75.
Que la variación operada en los índices de precios, arroja un aumento
del VEINTIDÓS POR CIENTO (22%) y el incremento salarial considerado es
del orden del VEINTISIETE CON CINCUENTA CENTÉSIMOS POR CIENTO (27,5%),
resultando finalmente un ajuste del arancel del VEINTICINCO POR CIENTO
PORCIENTO (25%).
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SUBSECRETARÍA DE
COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TRANSPORTE, ha tomado la
intervención de su competencia.
Que la presente resolución se dicta conforme las atribuciones
conferidas por el artículo 3° de la Resolución Nº 1371 del 1º de
noviembre de 1991 del ex-MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS
PÚBLICOS y por el Decreto N° 174 del 2 de marzo de 2018.
Por ello,
EL SECRETARIO DE GESTIÓN DE TRANSPORTE
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Sustitúyese el artículo 2º de la Resolución N° 80 del 18
de septiembre de 2017 de la Secretaría de Gestión de Transporte, el que
quedará redactado de la siguiente manera:
“ARTÍCULO 2º.- Fíjase en PESOS DOS MIL DOSCIENTOS DIEZ ($2.210) el
valor del arancel uniforme del examen psicofísico de los conductores
afectados a vehículos de transporte automotor de jurisdicción Nacional.
Este arancel incluye el Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.). Dicha suma
deberá abonarse al prestador médico habilitado.”
ARTICULO 2º.- El valor indicado en el artículo 1° de la presente
resolución, deberá ser abonado por toda persona física o jurídica para
la cual el personal de conducción preste servicios, o bien por el
propio conductor cuando no fuera dependiente.
ARTÍCULO 3°.- La presente resolución entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL.
ARTICULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Hector Guillermo Krantzer
e. 11/12/2018 N° 94169/18 v. 11/12/2018