JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
SECRETARÍA DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES
Resolución 3/2018
RESOL-2018-3-APN-STIYC#JGM
Ciudad de Buenos Aires, 11/12/2018
VISTO el EX-2018-43218144-APN-DGPYU#MM de la Dirección de Planeamiento
y Universalización dependiente de la Subsecretaría de Planeamiento de
la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE MODERNIZACIÓN y la Resolución N° 2/2018 de
esta SECRETARÍA DE TECNOLOGIAS DE LA INFORMACION Y LAS COMUNICACIONES
del 6 de noviembre de 2018, y
CONSIDERANDO:
Que por la Resolución N° 2/2018 esta SECRETARÍA DE TECNOLOGIAS DE LA
INFORMACION Y LAS COMUNICACIONES declaró la apertura del procedimiento
previsto en el artículo 44 y siguientes del Reglamento General de
Audiencias Públicas y Documentos de Consulta para las Comunicaciones,
aprobado por Resolución SC N° 57/1996 de la ex Secretaría de
Comunicaciones, respecto de la “Consulta Pública para la Actualización
del Plan Fundamental de Señalización” (IF-2018-55041866-APNSTIYC# JGM).
Que en el artículo 3° de aquella resolución se estableció un plazo de
VEINTE (20) días hábiles, contados a partir de la publicación de la
misma en el Boletín Oficial de la República Argentina, para que los
interesados efectúen las presentaciones en la Plataforma de Trámites a
Distancia (TAD).
Que se ha recibido una presentación de Telecom Argentina S.A. en la que
solicita la extensión del plazo previsto en el Artículo 3° de la
mencionada Resolución y, evaluado lo solicitado, se considera razonable
el otorgamiento de una prórroga a los efectos de facilitar la mayor
participación de los sectores interesados.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones
conferidas por los Decretos N° 174 del 2 de marzo de 2018, N° 958 del
25 de octubre de 2018 y sus modificatorios y complementarios.
Por ello,
EL SECRETARIO DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Prorrógase por el plazo de VEINTE (20) días hábiles,
contados a partir de la publicación de la presente en el Boletín
Oficial de la República Argentina, el plazo establecido en el artículo
3° de la Resolución N° 2/2018 de esta SECRETARÍA DE TECNOLOGIAS DE LA
INFORMACION Y LAS COMUNICACIONES.
ARTÍCULO 2°.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección
Nacional del Registro Oficial y archívese. Hector Maria Huici
e. 12/12/2018 N° 95082/18 v. 12/12/2018