JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

SECRETARÍA DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES

Resolución 3/2018

RESOL-2018-3-APN-STIYC#JGM

Ciudad de Buenos Aires, 11/12/2018

VISTO el EX-2018-43218144-APN-DGPYU#MM de la Dirección de Planeamiento y Universalización dependiente de la Subsecretaría de Planeamiento de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE MODERNIZACIÓN y la Resolución N° 2/2018 de esta SECRETARÍA DE TECNOLOGIAS DE LA INFORMACION Y LAS COMUNICACIONES del 6 de noviembre de 2018, y

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución N° 2/2018 esta SECRETARÍA DE TECNOLOGIAS DE LA INFORMACION Y LAS COMUNICACIONES declaró la apertura del procedimiento previsto en el artículo 44 y siguientes del Reglamento General de Audiencias Públicas y Documentos de Consulta para las Comunicaciones, aprobado por Resolución SC N° 57/1996 de la ex Secretaría de Comunicaciones, respecto de la “Consulta Pública para la Actualización del Plan Fundamental de Señalización” (IF-2018-55041866-APNSTIYC# JGM).

Que en el artículo 3° de aquella resolución se estableció un plazo de VEINTE (20) días hábiles, contados a partir de la publicación de la misma en el Boletín Oficial de la República Argentina, para que los interesados efectúen las presentaciones en la Plataforma de Trámites a Distancia (TAD).

Que se ha recibido una presentación de Telecom Argentina S.A. en la que solicita la extensión del plazo previsto en el Artículo 3° de la mencionada Resolución y, evaluado lo solicitado, se considera razonable el otorgamiento de una prórroga a los efectos de facilitar la mayor participación de los sectores interesados.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por los Decretos N° 174 del 2 de marzo de 2018, N° 958 del 25 de octubre de 2018 y sus modificatorios y complementarios.

Por ello,

EL SECRETARIO DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Prorrógase por el plazo de VEINTE (20) días hábiles, contados a partir de la publicación de la presente en el Boletín Oficial de la República Argentina, el plazo establecido en el artículo 3° de la Resolución N° 2/2018 de esta SECRETARÍA DE TECNOLOGIAS DE LA INFORMACION Y LAS COMUNICACIONES.

ARTÍCULO 2°.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Hector Maria Huici

e. 12/12/2018 N° 95082/18 v. 12/12/2018