MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO
SECRETARÍA DE TRABAJO
Resolución 406/2018
RESOL-2018-406-APN-SECT#MPYT
Ciudad de Buenos Aires, 26/11/2018
VISTO el Expediente N° 1.704.332/15 del Registro del entonces
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250
(t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 7/9 del Expediente N° 1.704.332/15, obra el acuerdo
celebrado entre el SINDICATO ARGENTINO DE MÚSICOS (SADEM) por la parte
sindical y la ASOCIACIÓN ARGENTINA DE EMPRESARIOS TEATRALES
(A.A.D.E.T.) por la parte empresaria, ratificado a fojas 97 y a fojas
102 por medio de las actas que lo integran, en el marco de la Ley de
Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).
Que por medio de dicho acuerdo, las partes han convenido recomponer las
remuneraciones de los trabajadores alcanzados por el Convenio Colectivo
de Trabajo N° 19/88, del cual son signatarias, cuya vigencia opera a
partir del día 1 de Diciembre de 2015, con las consideraciones obrantes
en el texto al cual se remite.
Que las partes firmantes se encuentran legitimadas para celebrar el
mentado acuerdo, conforme surge de los antecedentes obrantes en autos.
Que asimismo han acreditado su personería y facultades para negociar
colectivamente con las constancias glosadas a los presentes actuados.
Que el ámbito de aplicación del acuerdo, se corresponde con la
representatividad que ostenta el sector empleador firmante, y la
entidad sindical signataria, emergente de su personería gremial.
Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.
Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones y
Regulaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que
le compete.
Que en virtud de lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo
de homologación de conformidad con los antecedentes mencionados.
Que en atención al ámbito de aplicación personal del acuerdo a
homologar, es menester dejar expresamente aclarado que, en concordancia
con lo dispuesto por la Resolución de la SECRETARÍA DE TRABAJO N°
1891/08 no resulta procedente fijar el promedio de las remuneraciones,
del cual surge el tope indemnizatorio, en los acuerdos y convenios
colectivos de trabajo aplicables a los trabajadores que se desempeñan
en la actividad regulada por la Ley 14.597 “Estatuto Profesional del
Músico”.
Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes
actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N°
676/17.
Por ello,
EL SECRETARIO DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Declárase homologado el acuerdo obrante a fojas 7/9,
celebrado entre el SINDICATO ARGENTINO DE MÚSICOS (SADEM) y la
ASOCIACIÓN ARGENTINA DE EMPRESARIOS TEATRALES (A.A.D.E.T.), ratificado
a fojas 97 y a fojas 102 por medio de las actas que lo integran, del
Expediente N° 1.704.332/15, en el marco de la Ley de Negociación
Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).
ARTÍCULO 2°.- Gírese a la Dirección de Gestión Documental dependiente
de la Dirección General de Informática, Innovación Tecnológica y
Gestión Documental. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de
Relaciones y Regulaciones del Trabajo, a fin del registro del Acuerdo
obrante a fojas 7/9 y las Actas de ratificación de fojas 97 y de fojas
102 que lo integran, del Expediente N° 1.704.332/15.
ARTÍCULO 3°.- Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente,
procédase a la guarda conjuntamente con el Convenio Colectivo de
Trabajo N° 19/88.
ARTÍCULO 4°.- Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE
PRODUCCIÓN Y TRABAJO no efectúe la publicación de carácter gratuito del
Acuerdo homologado y de esta Resolución, las partes deberán proceder
conforme a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley N° 14.250 (t.o.
2004).
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Horacio Bernardino Pitrau
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 12/12/2018 N° 93507/18 v. 12/12/2018