DUELO NACIONAL

Decreto 1139/2018

DECTO-2018-1139-APN-PTE - Declárase Duelo Nacional en todo el territorio de la República Argentina.

Ciudad de Buenos Aires, 14/12/2018

VISTO el Expediente N° EX-2018-65481677-APN-UCG#MSG, el reciente fallecimiento del Cabo Segundo Sergio Miguel ALENCASTRO de la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA, producido el día 11 de diciembre de 2018, y

CONSIDERANDO:

Que el Cabo Segundo Sergio Miguel ALENCASTRO (D.N.I. Nº 39.520.089) quien prestaba servicio en la Prefectura Campana de la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA, se encontraba en circunstancias de abordar un medio fluvial de la institución para iniciar un patrullaje fluvial, cuando cayó a las aguas del Río Paraná, desapareciendo de la superficie.

Que tras lo sucedido, la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA destacó personal especializado que se desempeñó intensamente en las tareas de búsqueda del Cabo Segundo ALENCASTRO, siendo hallado su cuerpo sin vida en la noche del día 13 de diciembre.

Que este Gobierno entiende el importante rol que con formidable vocación de servicio cumplen las mujeres y hombres que forman parte de las Fuerzas de Seguridad, llegando a poner en riesgo sus propias vidas en pos de la protección de los ciudadanos argentinos para la construcción de una sociedad con mayor justicia.

Que en virtud de ello resulta un deber del Gobierno Nacional honrar la memoria del Cabo Segundo Sergio Miguel ALENCASTRO con motivo de su lamentable fallecimiento en cumplimiento de su deber como integrante de las Fuerzas de Seguridad.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE SEGURIDAD ha tomado la intervención de su competencia.

Que el presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Declárase Duelo Nacional en todo el territorio de la REPÚBLICA ARGENTINA por el término de UN (1) día a partir del día de la fecha, con motivo del fallecimiento del Cabo Segundo Sergio Miguel ALENCASTRO (D.N.I. Nº 39.520.089) de la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA.

ARTÍCULO 2º.- Por intermedio del MINISTERIO DE SEGURIDAD se expresarán a la familia del extinto las condolencias del Gobierno Nacional.

ARTÍCULO 3º.- Durante el día de duelo la Bandera Nacional permanecerá izada a media asta en todos los edificios públicos.

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. MACRI - Patricia Bullrich

e. 17/12/2018 N° 96360/18 v. 17/12/2018