DUELO NACIONAL
Decreto 1139/2018
DECTO-2018-1139-APN-PTE - Declárase Duelo Nacional en todo el territorio de la República Argentina.
Ciudad de Buenos Aires, 14/12/2018
VISTO el Expediente N° EX-2018-65481677-APN-UCG#MSG, el reciente
fallecimiento del Cabo Segundo Sergio Miguel ALENCASTRO de la
PREFECTURA NAVAL ARGENTINA, producido el día 11 de diciembre de 2018, y
CONSIDERANDO:
Que el Cabo Segundo Sergio Miguel ALENCASTRO (D.N.I. Nº 39.520.089)
quien prestaba servicio en la Prefectura Campana de la PREFECTURA NAVAL
ARGENTINA, se encontraba en circunstancias de abordar un medio fluvial
de la institución para iniciar un patrullaje fluvial, cuando cayó a las
aguas del Río Paraná, desapareciendo de la superficie.
Que tras lo sucedido, la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA destacó personal
especializado que se desempeñó intensamente en las tareas de búsqueda
del Cabo Segundo ALENCASTRO, siendo hallado su cuerpo sin vida en la
noche del día 13 de diciembre.
Que este Gobierno entiende el importante rol que con formidable
vocación de servicio cumplen las mujeres y hombres que forman parte de
las Fuerzas de Seguridad, llegando a poner en riesgo sus propias vidas
en pos de la protección de los ciudadanos argentinos para la
construcción de una sociedad con mayor justicia.
Que en virtud de ello resulta un deber del Gobierno Nacional honrar la
memoria del Cabo Segundo Sergio Miguel ALENCASTRO con motivo de su
lamentable fallecimiento en cumplimiento de su deber como integrante de
las Fuerzas de Seguridad.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE SEGURIDAD ha tomado la intervención de su competencia.
Que el presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Declárase Duelo Nacional en todo el territorio de la
REPÚBLICA ARGENTINA por el término de UN (1) día a partir del día de la
fecha, con motivo del fallecimiento del Cabo Segundo Sergio Miguel
ALENCASTRO (D.N.I. Nº 39.520.089) de la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA.
ARTÍCULO 2º.- Por intermedio del MINISTERIO DE SEGURIDAD se expresarán
a la familia del extinto las condolencias del Gobierno Nacional.
ARTÍCULO 3º.- Durante el día de duelo la Bandera Nacional permanecerá izada a media asta en todos los edificios públicos.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. MACRI - Patricia Bullrich
e. 17/12/2018 N° 96360/18 v. 17/12/2018