SECRETARÍA DE GOBIERNO DE MODERNIZACIÓN
Decisión Administrativa 1899/2018
DA-2018-1899-APN-JGM
Ciudad de Buenos Aires, 14/12/2018
VISTO: el Expediente N° EX-2018-55813245-APN-SGM#JGM, la Ley N° 27.431,
los Decretos Nros. 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008, sus
modificatorios y complementarios, 355 de fecha 22 de mayo de 2017 y su
modificatorio y 174 de fecha 2 de marzo de 2018 y sus modificatorios,
las Decisiones Administrativas Nros. 297 de fecha 9 de marzo de 2018 y
338 de fecha 16 de marzo de 2018 y sus complementarias, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley Nº 27.431 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2018.
Que por el Decreto N° 355/17 y su modificatorio se estableció, entre
otras cuestiones, que toda designación transitoria de personal en
cargos de planta permanente y extraescalafonarios con rango y jerarquía
inferior a Subsecretario, vacantes y financiados presupuestariamente,
de conformidad a las estructuras organizativas, será efectuada por el
Jefe de Gabinete de Ministros, en el ámbito de la Administración
Pública Nacional, centralizada y descentralizada, a propuesta de la
Jurisdicción o Entidad de que se trate.
Que por el Decreto N° 174/18 y sus modificatorios, se aprobó el
organigrama de aplicación de la Administración Nacional centralizada
hasta nivel de Subsecretaría, aprobando asimismo, sus respectivos
objetivos, entre los que se encuentran los correspondientes a la
Secretaría de Gobierno de Modernización de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS.
Que por la Decisión Administrativa N° 297/18 se aprobó la estructura de
primer y segundo nivel operativo del entonces MINISTERIO DE
MODERNIZACIÓN.
Que en esta instancia resulta necesario proceder a la cobertura
transitoria en el ámbito de la Secretaría de Gobierno de Modernización
de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS del cargo de Director Nacional
de la DIRECCIÓN NACIONAL DE PROCESOS, CALIDAD Y EFICIENCIA DE GESTIÓN
dependiente de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DIGITAL E INNOVACIÓN
TECNOLÓGICA.
Que la presente medida no implica asignación de recurso extraordinario.
Que el cargo aludido se encuentra vacante y cuenta con el financiamiento correspondiente.
Que la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO de la Secretaría de Gobierno de
Modernización de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, ha tomado la
intervención que le compete de conformidad con lo establecido en el
artículo 3° de la Decisión Administrativa N° 338/18 y sus
complementarias, habiendo verificado la existencia del referido cargo.
Que ha tomado intervención la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de
la Secretaría de Gobierno de Modernización de la JEFATURA DE GABINETE
DE MINISTROS.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes
de los artículos 100, inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y 2° del
Decreto N° 355 del 22 de mayo de 2017 y su modificatorio.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
ARTÍCULO 1°.- Desígnase, a partir del 16 de octubre de 2018, con
carácter transitorio, por el término de CIENTO OCHENTA (180) días
hábiles contados a partir de la fecha de la presente medida, a la
licenciada María Patricia MAC CULLOCH (D.N.I. N° 18.594.851) como
Directora Nacional de la DIRECCIÓN NACIONAL DE PROCESOS, CALIDAD Y
EFICIENCIA DE GESTIÓN dependiente de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DIGITAL
E INNOVACIÓN TECNOLÓGICA de la Secretaría de Gobierno de Modernización
de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, en un cargo Nivel A - Grado 0,
autorizándose el correspondiente pago del Suplemento por Función
Ejecutiva Nivel I del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del
Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por
el Decreto N° 2098/08, sus modificatorios y complementarios.
ARTÍCULO 2°.- El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme los
requisitos y sistemas de selección vigentes, según lo establecido,
respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII; y IV del
SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio
Colectivo de Trabajo Sectorial, homologado por el Decreto N° 2098/08,
sus modificatorios y complementarios, dentro del plazo de CIENTO
OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de la presente
medida.
ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente
medida será atendido con cargo a las partidas específicas
correspondientes a la Jurisdicción 26.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese. Marcos Peña - Rogelio Frigerio
e. 17/12/2018 N° 96330/18 v. 17/12/2018