MINISTERIO DE TRANSPORTE
Resolución 1099/2018
RESOL-2018-1099-APN-MTR
Ciudad de Buenos Aires, 14/12/2018
VISTO el Expediente N° EX-2018-64145067-APN-DGLTYA#ANAC, y las Leyes N°
18.875 y N° 27.437, y los Decretos N° 13 de fecha 10 de diciembre de
2015 y N° 174 de fecha 2 de marzo de 2018, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el Visto, tramita una solicitud de la
Dirección de Sistemas y Comunicaciones dependiente de la DIRECCIÓN
GENERAL LEGAL, TÉCNICA Y ADMINISTRATIVA de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL
DE AVIACIÓN CIVIL (ANAC) para iniciar el procedimiento para la
adquisición de licencias, puesta en funcionamiento y soporte técnico de
un sistema de gestión y administración de inspecciones aeronáuticas.
Que la citada Dirección de Sistemas y Comunicaciones justifica la
contratación en que la Dirección de Inspecciones e Infracciones
Aeronáuticas de la ANAC regula y supervisa las aeronaves, las
certificaciones y las licencias profesionales de la comunidad
aeronáutica, regidas por normas de la Organización de Aviación Civil
Internacional (OACI), la Agencia Europea de Seguridad Aérea (EASA) y
Administración Federal de Aviación (FAA).
Que para llevar a cabo dichas funciones requiere de la utilización de
la tecnología como soporte de los sistemas de información y control
para facilitar la construcción de un marco adecuado de seguridad sobre
el ecosistema aeronáutico nacional.
Que dichos sistemas requieren para su consecución, licencias de
software, hardware y desarrollo de las aplicaciones que compondrán
nuevos módulos del Sistema Integrado de Aviación Civil (SIAC) donde se
registran operaciones, licencias habilitantes, aeronaves y el resultado
de las inspecciones que son menester para cumplir con los objetivos de
seguridad planteados.
Que la información alcanzada permitirá a través de un análisis
estructurado y sistemático delinear nuevas medidas que contribuyen a
lograr en forma dinámica un espiral de mejora continua de la seguridad
sobre las operaciones.
Que el procedimiento de selección en cuestión se rige, entre otras
normas, por la Ley de Compre Nacional Nº 18.875, conforme la cual la
provisión de servicios se podrá contratar con empresas internacionales
únicamente en casos excepcionales, aprobados previamente por el
Ministerio competente, y siempre que se demuestren razones valederas
para ello.
Que, conforme surge de la Nota NO-2018-65035432-APN-DGLTYA#ANAC, se
considera esencial extender el proceso de selección a oferentes
extranjeros que puedan acreditar suficiente idoneidad y experiencia en
la materia, en virtud de la precisión que requiere el desarrollo de la
licencia objeto de la presente licitación, su relevancia y complejidad
y ante la falta de diversidad de oferentes locales, ya que debe ser
obtenido con la mejor tecnología proporcionada a las necesidades y al
menor costo posible.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos dependiente de la DIRECCIÓN
GENERAL LEGAL, TÉCNICA Y ADMINISTRATIVA de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL
DE AVIACIÓN CIVIL ha tomado la intervención de su competencia.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SUBSECRETARÍA DE
COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TRANSPORTE ha tomado la
intervención de su competencia.
Que la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL es un organismo
descentralizado actuante en el ámbito del MINISTERIO DE TRANSPORTE de
conformidad con el Decreto N° 174/2018.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones
conferidas por el artículo 8 de la Ley Nº 18.875 y los Decretos N°
13/2015 y N° 174/2018.
Por ello,
EL MINISTRO DE TRANSPORTE
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Téngase por aprobado, en los términos del artículo 8 de
la Ley Nº 18.875, el caso excepcional que habilita el procedimiento de
licitación internacional para la Adquisición de Licencias,
funcionamiento y soporte técnico de un Sistema de Gestión y
Administración de Inspecciones Aeronáuticas.
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Guillermo Javier Dietrich
e. 18/12/2018 N° 96467/18 v. 18/12/2018