Resolución 986/2018
RESOL-2018-986-APN-ANAC#MTR
Ciudad de Buenos Aires, 20/12/2018
VISTO el Expediente Nº EX-2018-06377646- -APN-ANAC#MTR del Registro de
la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL, y el Decreto N° 1.770 de
fecha 29 de noviembre de 2007, y
CONSIDERANDO:
Que mediante las actuaciones citadas en el Visto, la FEDERACIÓN
ARGENTINA DE VUELO A VELA (FAVAV) propició la aprobación de un Manual
de Instrucción de Vuelo a Vela, destinado a regir en forma obligatoria
para la impartición de enseñanza del mencionado deporte.
Que el proyecto en cuestión fue debidamente analizado por personal
idóneo de la DIRECCIÓN NACIONAL DE SEGURIDAD OPERACIONAL, el cual
indicó que la entrada en vigencia del Manual requerirá un Plan de
Implementación de carácter progresivo, a fin de garantizar el
mantenimiento de niveles adecuados de seguridad operacional ante el
cambio de prácticas que se propone.
Que en el caso, corresponde implementar el proceso de Elaboración
Participativa de Normas establecido por el Decreto N° 1.172 de fecha 3
de diciembre de 2003.
Que dicho procedimiento brindará la posibilidad de que los sectores
interesados y toda persona, en general, puedan expresar sus opiniones y
propuestas respecto del proyecto elaborado.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos dependiente de la DIRECCIÓN
GENERAL LEGAL, TÉCNICA Y ADMINISTRATIVA de esta Administración Nacional
ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas en
los Decretos Nros. 1.172 de fecha 3 de diciembre de 2003 y 1.770/07.
Por ello;
EL ADMINISTRADOR NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Declárase abierto el procedimiento de Elaboración
Participativa de Normas respecto del proyecto de Manual de Instrucción
de Vuelo a Vela que, como Anexo IF-2018-31440720-APNDNSO#ANAC, integra
la presente resolución.
ARTÍCULO 2°.- Se recibirán comentarios y observaciones hasta TREINTA
(30) días corridos a contar de la fecha de publicación de la presente,
los que deberán ser dirigidos a la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN
CIVIL (ANAC), con domicilio en Avenida Paseo Colón N° 1.452 (C1063ADO)
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de lunes a viernes en el horario
de 9 a 15 horas, indicando como referencia el número de expediente que
surge del Visto de la presente resolución.
ARTÍCULO 3°.- Los interesados podrán tomar vista de las actuaciones
durante el plazo establecido en el artículo anterior, en las oficinas
de la DIRECCIÓN NACIONAL DE SEGURIDAD OPERACIONAL, con asiento en la
Calle Azopardo N° 1.405, piso 2° de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
de lunes a viernes en el horario de 10 a 15 horas.
ARTÍCULO 4°.- Facúltase al Departamento Normativa Aeronáutica, Normas y
Procedimientos Internos de la Unidad de Planificación y Control de
Gestión para llevar el registro de las presentaciones a que hace
referencia el Artículo 15 del Anexo V al Decreto N° 1.172 de fecha 3 de
diciembre de 2003 y habilítase la casilla de correo
“normaer@anac.gov.ar” a los efectos de recibir los comentarios aludidos
en el Artículo 17 de dicho ordenamiento legal.
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro
Oficial para su publicación por DOS (2) días en el Boletín Oficial,
póngase a disposición de los interesados por un plazo de TREINTA (30)
días en la página web institucional y, cumplido, vuelva a la Unidad de
Planificación y Control de Gestión – Departamento Normativa
Aeronáutica, Normas y Procedimientos Internos para la continuación del
trámite. Tomás Insausti
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución no se publica/n.
El/los mismo/s podrá/n ser consultado/s en: www.anac.gov.ar
e. 21/12/2018 N° 98246/18 v. 26/12/2018