MINISTERIO DE TRANSPORTE
Resolución 1139/2018
RESOL-2018-1139-APN-MTR
Ciudad de Buenos Aires, 27/12/2018
VISTO el Expediente N° EX-2018-58000533-APN-SECOT#MTR, La Ley Nacional
de Obras Publicas Nº 13.064, los Decretos N° 13 de fecha 10 de
diciembre de 2015 modificatorio de la Ley de Ministerios N° 22.520 y Nº
375 de fecha 19 de febrero de 2016, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el Visto tramita la contratación de la
Obra Pública “Metrobus Ruta 8 – 2da. Etapa”, bajo el régimen de la Ley
Nacional de Obras Públicas Nº 13.064.
Que el presupuesto oficial para la Obra citada es de PESOS TRESCIENTOS
UN MILLONES SEISCIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS DOCE CON NOVENTA
Y OCHO CENTAVOS ($ 301.652.212,98) Impuesto al Valor Agregado incluido.
Que la documentación licitatoria prevé liquidar como anticipo
financiero hasta el VEINTICINCO POR CIENTO (25%) del monto total del
Contrato que oportunamente se suscriba entre las partes.
Que las áreas técnicas de la SECRETARÍA DE OBRAS DE TRANSPORTE del
MINISTERIO DE TRANSPORTE confeccionaron los Pliegos de Cláusulas
Generales, de Cláusulas Particulares y de Especificaciones Técnicas
para la contratación de los trabajos de la obra “Metrobus Ruta 8 – 2da.
Etapa”.
Que la documentación licitatoria estableció el plazo de ejecución de
obra en CINCO (5) meses contados a partir de la firma del Acta de
Iniciación de la Obra y se ejecutará mediante el Sistema de Ajuste
Alzado, según el inciso b) del artículo 5 de la Ley Nacional de Obras
Públicas N° 13.064.
Que la referida obra tiene como objeto la construcción del Sistema
Metrobus compuesto por paradores que se construirán linderos a los
carriles exclusivos de hormigón para buses, a fin de ordenar y hacer
prioritario el transporte público de pasajeros sobre el resto del
tránsito de la avenida Dr. Ricardo Balbín, y continuar desarrollando un
sistema integrado de transporte público troncal como red distribuidora
por las principales arterias de la provincia.
Que, en ese marco, resulta necesario reducir los tiempos de viaje
involucrados en el traslado de los habitantes del municipio, dado que
la situación actual genera grandes congestiones y demoras,
repercutiendo en la calidad de vida y posibilidades laborales de los
vecinos.
Que la obra tiene como objetivo ordenar y hacer prioritario el
transporte público de pasajeros por sobre el resto del tránsito de la
avenida Dr. Ricardo Balbín, para continuar desarrollando un sistema
integrado de transporte público troncal como red distribuidora por las
principales arterias de la Provincia.
Que la ejecución de la obra “Metrobus Ruta 8 – 2da. Etapa” se
desarrollará a lo largo de 4,8 km, en un primer tramo sobre la Av. Dr.
Ricardo Balbín (Ruta Provincial 8) que comprende 4,1 km entre la Ruta
Provincial 4 y la Av. Presidente Juan D. Perón, y en un segundo tramo
de 700 metros entre la calle Rodríguez Peña y la Av. General Paz,
Partido de San Martín, Provincia de Buenos Aires.
Que el artículo 10 de la Ley N° 13.064 habilita en casos de urgencia a
la reducción de los plazos de publicación del llamado a licitación y de
anticipación previstos en la mencionada ley.
Que de acuerdo a lo señalado por la Dirección Nacional de
Contrataciones, dependiente de la SUBSECRETARÍA DE CONTRATACIÓN Y
EJECUCIÓN DE OBRAS de la SECRETARÍA DE OBRAS DE TRANSPORTE de este
MINISTERIO DE TRANSPORTE, la implementación del sistema Metrobus
reducirá considerablemente los accidentes de tránsito, dado que su
estructura favorece la organización de la circulación de vehículos en
la vía pública y reduce las invasiones de carril que son consideradas
el principal fallo humano al conducir generadores de accidentes de
tránsito.
Que, por ello, resulta imprescindible la pronta ejecución de la
presente obra, considerando que es prioritaria la protección de la
integridad física de los habitantes.
Que, por las razones expuestas, resulta necesario proceder de forma
inminente a la ejecución de la presente Obra, con el fin de optimizar
esta situación y atender a las necesidades públicas comprometidas, por
lo que se propone fijar en DIEZ (10) días el plazo de publicación y en
DIEZ (10) días el plazo de anticipación con fundamento en lo dispuesto
en el último párrafo del mencionado artículo 10 de la Ley Nº 13.064.
Que resulta importante destacar que los plazos que se determinan
compatibilizan el principio de celeridad que debe seguirse para lograr
el fin público de la obra a licitar, con la transparencia y la
publicidad que debe regir en todos procedimientos de selección
protegiendo que no se vulnere el principio de concurrencia de los
oferentes, ni se vulneren derechos de los particulares.
Que en virtud de los principios de celeridad, economía procesal y
eficacia del accionar administrativo, resulta apropiado establecer que
la SECRETARÍA DE OBRAS DE TRANSPORTE dependiente del MINISTERIO DE
TRANSPORTE tendrá las facultades relativas al desarrollo del
procedimiento de selección del contratista y de dictar los actos
administrativos que resulten imperiosos y tiendan a la concreción del
trámite de la contratación.
Que las áreas pertinentes de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN
ADMINISTRATIVA dependiente del MINISTERIO DE TRANSPORTE deberán
determinar la fecha, hora y lugar de las presentaciones y apertura de
las ofertas, así como todos los trámites necesarios para llevar a cabo
el procedimiento licitatorio.
Que la Dirección Nacional de Contrataciones dependiente de la
SUBSECRETARÍA DE CONTRATACIÓN Y EJECUCIÓN DE OBRAS de la SECRETARIA DE
OBRAS DE TRANSPORTE dependiente del MINISTERIO DE TRANSPORTE ha
propuesto a los integrantes de la Comisión Evaluadora de Ofertas que
actuará específicamente en éste procedimiento de selección de
contratista correspondiendo, en consecuencia, proceder a la designación
de sus integrantes.
Que la SECRETARÍA DE OBRAS DE TRANSPORTE dependiente del MINISTERIO DE TRANSPORTE ha tomado la intervención correspondiente.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS dependiente de la
SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE
TRANSPORTE ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades
conferidas por la Ley Nacional de Obras Públicas N° 13.064, el Decreto
N° 13 de fecha 10 de diciembre de 2015 modificatorio de la Ley de
Ministerios N° 22.520 y el Decreto N° 375 de fecha 18 de febrero de
2016.
Por ello,
EL MINISTRO DE TRANSPORTE
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Apruébanse los Pliegos de Cláusulas Generales, Cláusulas
Particulares, de Especificaciones Técnicas y Planos para la
contratación de la Obra Pública “Metrobus Ruta 8 – 2da. Etapa” que como
Anexos (PLIEG-2018-66704232-APN-SECOT#MTR,
PLIEG-2018-58462635-APN-SECOT#MTR, IF-2018-67770370-APN-SECOT#MTR,
IF-2018-67770155-APN-SECOT#MTR e IF-2018-67769718-APN-SECOT#MTR) forman
parte integrante de la presente medida.
ARTÍCULO 2°.- Autorízase el llamado a Licitación Pública Nacional de la
Obra Pública “Metrobus Ruta 8 – 2da. Etapa”, bajo el régimen de la Ley
Nacional de Obras Públicas Nº 13.064, por el sistema de Ajuste Alzado
previsto en el inciso b) del artículo 5° de la Ley Nacional de Obras
Públicas N° 13.064.
ARTÍCULO 3°.- Apruébase el Presupuesto Oficial de PESOS TRESCIENTOS UN
MILLONES SEISCIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS DOCE CON NOVENTA Y
OCHO CENTAVOS ($ 301.652.212,98) Impuesto al Valor Agregado incluido,
para la contratación de la referida obra.
ARTICULO 4°.- Los Pliegos de Bases y Condiciones podrán ser consultados
y obtenidos en forma gratuita según con lo que se disponga en la
respectiva convocatoria.
ARTÍCULO 5°.- Establécese que la presente Licitación Pública será
publicada por el término de DIEZ (10) días en el Boletín Oficial de la
República Argentina y en el órgano análogo del gobierno provincial, con
un plazo de anticipación de DIEZ (10) días, de conformidad con lo
dispuesto en el último párrafo del artículo 10 de la Ley Nacional de
Obras Públicas Nº 13.064.
ARTÍCULO 6°.- Encomiéndase a la Dirección de Cooperación Técnica y
Administrativa de Obras Públicas de Transporte dependiente de la
DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA Y ADMINISTRATIVA de la SUBSECRETARÍA DE
COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TRANSPORTE, determinar la
fecha, hora y lugar de las presentaciones y apertura de las ofertas,
así como todos los trámites necesarios para llevar a cabo el
procedimiento licitatorio.
ARTÍCULO 7°.- Delégase en la SECRETARÍA DE OBRAS DE TRANSPORTE del
MINISTERIO DE TRANSPORTE la facultad de emitir las circulares con y/o
sin consultas y dictar todos los actos administrativos que resulten
necesarios tendientes a la concreción del trámite de la contratación,
quedando a cargo de este MINISTERIO DE TRANSPORTE la aprobación y
adjudicación de la presente Licitación Pública.
ARTÍCULO 8º.- Desígnanse como miembros titulares de la Comisión
Evaluadora al Arquitecto Federico Eduardo GIACHETTI (DNI N°
13.465.161), a la Contadora Verónica Lorena RETAMAL (DNI N° 24.406.552)
y al Doctor Pedro José SACÓN (DNI N° 33.018.119); y desígnanse como
miembros suplentes de la Comisión Evaluadora a la Arquitecta Laura
GAZZANO (DNI N° 32.668.755), a la Doctora Anabella Juliana COUSO (DNI
N° 34.521.386) y a la Contadora María Soledad LAFITTE (DNI N°
25.557.779).
ARTÍCULO 9°.- El gasto que demande la presente medida se imputará al
SAF 327 Ministerio de Transporte, Ejercicio Financiero 2019, Programa
66 – Infraestructura de Obras de Transporte, Subprograma 01 –
Infraestructura de Transporte, Proyecto 24 – Mejora del Transporte en
el Área Metropolitana II, Obra 54 – Desarrollo del Sistema de Ómnibus
de Tránsito Rápido y Carriles Exclusivos – Metrobus AMBA, Partida 4.2.2
– Construcciones de Bienes en Dominio Público, Fuente de Financiamiento
15 - Crédito Interno, conforme resulte de su adjudicación definitiva.
ARTÍCULO 10°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Guillermo Javier Dietrich
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución no se publica/n. El/los mismo/s podrá/n ser consultado/s en:
https://www.transporte.gob.ar/UserFiles/boletin/ANEXOS-RESOLUCION-RS-1139-2018-MTR/IF-1139-2018-MTR-V.pdf
https://www.transporte.gob.ar/UserFiles/boletin/ANEXOS-RESOLUCION-RS-1139-2018-MTR/IF-1139-2018-MTR-IV.pdf
https://www.transporte.gob.ar/UserFiles/boletin/ANEXOS-RESOLUCION-RS-1139-2018-MTR/IF-1139-2018-MTR-III.pdf
https://www.transporte.gob.ar/UserFiles/boletin/ANEXOS-RESOLUCION-RS-1139-2018-MTR/IF-1139-2018-MTR-II.pdf
https://www.transporte.gob.ar/UserFiles/boletin/ANEXOS-RESOLUCION-RS-1139-2018-MTR/IF-1139-2018-MTR-I.pdf
e. 02/01/2019 N° 100007/18 v. 02/01/2019