MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL

SECRETARÍA DE GOBIERNO DE SALUD

Resolución 32/2019

RESOL-2019-32-APN-SGS#MSYDS

Ciudad de Buenos Aires, 09/01/2019

VISTO el EX-2018-66115814-APN-DD#MSYDS y;

CONSIDERANDO:

Que por Decreto N° 908 de fecha 2 de agosto de 2016, se aprueban las finalidades para la estrategia de COBERTURA UNIVERSAL DE SALUD (CUS), dentro de las que se encuentra, dentro de la política de Atención Primaria de la Salud, el mejoramiento de las determinantes sociales de salud, la modernización del sector público de salud, y el fortalecimiento de los recursos humanos en salud y de las actividades de promoción, protección, atención, cuidado y rehabilitación de la salud.

Que por Resolución N° 475/2016 se instruyó a todos los programas nacionales dependientes de esta Secretaría de Gobierno de Salud del Ministerio de Salud y Desarrollo Social, cualquiera sea su fuente de financiamiento, a colaborar y coordinar su accionar con la implementación y el desarrollo de la estrategia de la Cobertura Universal de Salud, con el objeto de promover el acceso a la atención sanitaria integral, gratuita y con la adecuada calidad, jerarquizando el Primer Nivel de Atención.

Que por Resolución N° 1013- RESOL-2018-1013-APN-MS del entonces Ministerio de Salud de la Nación de fecha 28 de mayo de 2018, se aprobó el convenio marco de Adhesión a la Cobertura Universal de Salud.

Que por Decreto N° 174 de fecha 5 de marzo de 2018 se aprobó el Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría y los Objetivos de las Unidades Organizativas establecidas en dicho Organigrama, creándose en el ámbito del ex Ministerio de Salud, la Secretaría de Coberturas y Recursos de Salud.

Que por Decisión Administrativa N° 307 de fecha 13 de marzo de 2018, se aprobó la estructura organizativa de primer nivel operativo del ex Ministerio de Salud, por la que se incorporó la Dirección Nacional de Salud Familiar y Comunitaria dependiente de la Secretaria de Coberturas y Recursos de Salud.

Que, en tal sentido, la Decisión Administrativa mencionada en el párrafo anterior, establece que es responsabilidad primaria de esa Dirección Nacional gestionar el abordaje de la salud familiar y comunitaria, promoviendo estilos de vida saludables, fomentando la acción multisectorial y fortaleciendo la responsabilidad familiar y comunitaria para mejorar las condiciones de salud.

Que conforme a su responsabilidad primaria, y a fin de promover la implementación coordinada e integrada de las políticas públicas en materia de salud familiar y comunitaria, la Dirección Nacional de Salud Familiar y Comunitaria elaboró la ESTRATEGIA DE SALUD FAMILIAR Y COMUNITARIA DE LA COBERTURA UNIVERSAL DE SALUD, definida por el conjunto de acciones de salud, en el ámbito individual y colectivo, que abarcan la promoción y la protección de la salud, la prevención, el diagnóstico, el tratamiento, la rehabilitación y el mantenimiento de la salud; y que se desarrolla a través del ejercicio de prácticas de gestión y sanitarias democráticas y participativas, bajo la forma de trabajo en equipo, dirigidas a poblaciones de territorios bien delimitados, a través de las cuales asumen la responsabilidad sanitaria, considerando el contexto y la cultura existentes en el territorio donde viven dichas poblaciones.

Que a fin de dar operatividad en territorio a la Estrategia de Salud Familiar y Comunitaria resulta precisa la creación del PROGRAMA NACIONAL DE SALUD FAMILIAR Y COMUNITARIA.

Que a fin de llevar a cabo el cumplimiento de la Estrategia mencionada en el considerando anterior y en el entendido de que los Equipos de Abordaje Territorial (EAT) buscan crear replicadores comunitarios en el ámbito local, fomentando la detección temprana de enfermedades sumado a un abordaje rápido y eficaz sobre las mismas, como así también la capacitación de la comunidad en pos de la búsqueda de mejorar la calidad de vida y las prácticas saludables, resulta necesaria la creación de un PROGRAMA NACIONAL DE ABORDAJE TERRITORIAL.

Que en ese sentido es preciso adecuar los programas existentes, CUIDARSE EN SALUD, PROGRAMA NACIONAL DE EQUIDAD SANITARIA TERRITORIAL – UNIDADES SANITARIAS MÓVILES (USAM), y PROGRAMA ORGANIZACIÓN COMUNITARIA EN SALUD y abocarlos al cumplimiento y desarrollo de un único PROGRAMA NACIONAL DE ABORDAJE TERRITORIAL.

Que, la normativa citada hasta aquí, da cuenta del cambio en la estructura organizativa de esta SECRETARÍA DE GOBIERNO DE SALUD y sus dependencias, por lo que resulta menester adecuar las áreas programáticas, para garantizar el normal funcionamiento administrativo, que permita alcanzar los objetivos de esta cartera de estado.

Que la SECRETARÍA DE COBERTURAS Y RECURSOS ha tomado intervención en la faz de su competencia.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia.

Que el presente acto se dicta en virtud de lo dispuesto en el Decreto N° 802 de fecha 5 de septiembre de 2018.

Por ello,

EL SECRETARIO DE GOBIERNO DE SALUD

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°: Apruébese la ESTRATEGIA DE SALUD FAMILIAR Y COMUNITARIA DE LA COBERTURA UNIVERSAL DE SALUD cuyos lineamientos se definen en el Anexo I IF-2018-66279501- APN-DNSFYC#MSYDS, el cual se aprueba y forma parte de la presente.

ARTICULO 2°-. Créase el “PROGRAMA NACIONAL DE SALUD FAMILIAR Y COMUNITARIA” en el ámbito de la DIRECCION DE ATENCION PRIMARIA DE LA SALUD dependiente de la DIRECCION NACIONAL DE SALUD FAMILIAR Y COMUNITARIA de la SECRETARÍA DE COBERTURAS Y RECURSOS DE SALUD, cuyos lineamientos se definen en el Anexo II IF-2018-66279288- APN DNSFYC#MSYDS, el cual se aprueba y que forma parte de la presente.

Este Programa sustituirá y reorientará gradual y progresivamente, con un porcentaje anual, al Programa Equipos Comunitarios-CUS, siendo en el 2021 el Programa de Salud Familiar y Comunitaria el que tenga la totalidad de las becas que, en calidad de transferencias, se otorgan a las jurisdicciones para fortalecer el armado y capacitación de los equipos de salud familiar y comunitaria.

ARTÍCULO 3°: Créase el “PROGRAMA NACIONAL DE ABORDAJE TERRITORIAL” en el ámbito de la DIRECCIÓN DE ATENCIÓN PRIMARIA DE LA SALUD, dependiente de la Dirección NACIONAL DE SALUD FAMILIAR Y COMUNITARIA de la SECRETARÍA DE COBERTURAS Y RECURSOS DE SALUD, cuyos lineamientos se definen en el Anexo III IF-2018-66278966-APN DNSFYC#MSYDS, el cual se aprueba y forma parte de la presente. El PROGRAMA NACIONAL DE ABORDAJE TERRITORIAL” absorberá y reorientará los objetivos de los programas CUIDARSE EN SALUD, PROGRAMA NACIONAL DE EQUIDAD SANITARIA TERRITORIAL – UNIDADES SANITARIAS MÓVILES (USAM), y PROGRAMA ORGANIZACIÓN COMUNITARIA EN SALUD.

ARTÍCULO 4°-. Establécese que las jurisdicciones que hayan adherido a la Estrategia de COBERTURA UNIVERSAL EN SALUD serán beneficiarias de recursos, asistencia técnica, capacitaciones como cualquier otra actividad que se generen con motivo del documento aprobado en el artículo 1° de la presente o los programas nacionales aprobados en los artículos 2° y 3° de la presente.

ARTÍCULO 5°.- Facúltese al titular de la SECRETARIA DE COBERTURAS Y RECURSOS DE SALUD a suscribir los convenios específicos y/o acuerdos jurídicos y actos administrativos que resulten necesarios para la implementación, el desarrollo y/o ejecución de la Estrategia aprobada en el artículo 1° de la presente, o los programas nacionales aprobados en los artículos 2° y 3°.

ARTICULO 6°.- Déjese sin efecto las Resoluciones N° 738 de fecha 22 de julio de 2008, N° 481 de fecha 17 de abril de 2009 y N° 1770 de fecha 2 de octubre de 2014, sus complementarias y modificatorias, correspondientes a los Programas: “CUIDARSE EN SALUD”, “PROGRAMA NACIONAL DE EQUIDAD SANITARIA TERRITORIAL – UNIDADES SANITARIAS MÓVILES (USAM), y “PROGRAMA ORGANIZACIÓN COMUNITARIA EN SALUD”, respectivamente.

ARTÍCULO 7°: El gasto que demanden los PROGRAMAS creados por los ARTÍCULOS 2° Y 3° de la presente, serán imputados a los Programa 39 Actividad 43, 45 y 46, y Programa 41 Actividad 1, 2, 3, 11, 12, 13, 14 y 15.

ARTICULO 8°: Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Adolfo Luis Rubinstein

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 11/01/2019 N° 1717/19 v. 11/01/2019

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial)


ANEXO I

ESTRATEGIA DE SALUD FAMILIAR Y COMUNITARIA

1. Principios generales.

En la Argentina, el camino hacia la Cobertura Universal de Salud se apoya en la estrategia de Atención Primaria de la Salud -APS- y para su implementación se han identificado los siguientes ejes:

1.- Población definida a cargo de equipos de salud familiar y comunitaria.

2.- Desarrollo de sistemas de información interoperables y aplicaciones informáticas incluyendo historia clínica electrónica.

3.- Monitoreo y evaluación de indicadores y estándares de calidad y metas acordadas entre Nación y Provincias para líneas de cuidado priorizadas.

La Estrategia de Salud Familiar y Comunitaria de la Cobertura Universal de Salud, en adelante "ESFyC", se compone de un conjunto de acciones de salud, en el ámbito individual y colectivo, que abarcan el cuidado integral, la promoción, la protección, la prevención, el diagnóstico, el tratamiento y la rehabilitación de la salud.

Para la implementación de la ESFyC es necesaria la articulación intersectorial e interinstitucional, que incorpore diferentes áreas del Estado nacional, provincial y municipal, instituciones de la sociedad civil, organizaciones gubernamentales y no gubernamentales, universidades y sociedades científicas, entre otras.

La Secretaría de Coberturas y Recursos de Salud a través de la Dirección Nacional de Salud Familiar y Comunitaria, será la articuladora de la implementación en territorio de la ESFyC, trabajará y accionará en coordinación con los demás actores mencionados para acercar las políticas públicas a las provincias, los municipios, los hospitales, los centros de salud, los usuarios y sus familias; en la comunidad donde viven.

2. Atención Primaria de la Salud, Salud Familiar y Comunitaria y CUS.

El valor de la APS en la ESFyC se evidencia a través de un conjunto de acciones que garantizan la atención integral y efectiva con equidad y calidad; y propiciando un enfoque familiar y comunitario, con equipos multiprofesionales con población y territorios definidos y la existencia de redes integrales de servicios de salud con base comunitaria.

Desde la APS y en línea con los objetivos de la Cobertura Universal de Salud, la ESFyC propone:

1. Guiar todas las acciones relacionadas con el acceso, primer contacto, cobertura efectiva, integralidad, continuidad, y coordinación de los cuidados efectivos centrados en la persona a lo largo del ciclo vital, así como la humanización de las prácticas y la participación social;

2. Implementar un modelo de atención considerando las dimensiones biológicas, psicológicas, sociales, espirituales, y culturales;

3. Desarrollar el ejercicio de prácticas de gestión participativas, bajo la forma de trabajo en equipo, dirigidas a poblaciones en territorios delimitados, considerando el contexto existente en el lugar donde viven dichas poblaciones;

4. Considerar al sujeto en su singularidad, en su complejidad, en su integralidad y en la inserción socio cultural y buscar la promoción de la salud, la prevención y el tratamiento de enfermedades y la reducción de daños o de sufrimientos que puedan comprometer sus posibilidades de vivir de manera saludable;

5. Propiciar políticas públicas para acompañar a las jurisdicciones en el camino de construir municipios, comunidades y ciudades saludables;

6. Trabajar con toda la población, considerando la diversidad de contextos (libres y de encierro) y culturas particulares e incluyendo los pueblos indígenas y diferentes etnicidades;

7. Desarrollar actividades intersectoriales que permitan la interacción con otros sectores tales como educación, desarrollo social, vivienda, medio ambiente, deportes cultura, entre otros para la identificación de problemas y la articulación de los distintos intereses con el objetivo común de abordar los determinantes sociales de la salud

8. Fortalecer el abordaje de la salud mental en el Primer Nivel de Atención (PNA) integrándola a la salud, en promoción, prevención, atención y rehabilitación, tanto para los padecimientos mentales prevalentes como para las estrategias terapéuticas ampliadas de los trastornos mentales severos en el marco de las externaciones de crónicos.

9. Realizar evaluación y acompañamiento sistemático de los resultados alcanzados, como parte del proceso de planificación y programación;

10. Fomentar la participación comunitaria, la responsabilidad social, las decisiones compartidas, como elementos centrales para un modelo de salud centrado en las personas;

11. Coordinar los cuidados e integración mediante redes de servicios, fortaleciendo la integración del PNA con otros niveles de complejidad;

12. Priorizar a los trabajadores de salud con formación y actuación orientada a la salud familiar y comunitaria (medicina familiar y /o general, agentes sanitarios y disciplinas con orientación comunitaria) capacitados para ofrecer cuidados integrales de salud de calidad a las poblaciones de áreas urbanas, rurales, remotas y/o desfavorecidas e;

13. Incorporar otras especialidades médicas del ámbito de la atención ambulatoria y disciplinas (trabajo social, psicología, obstetricia, odontología, nutrición, etc.) que amplíen prácticas y trabajen en los centros de atención primaria.

3. Líneas de acción de la ESFyC.

Con el objetivo de cuidar integralmente la salud de las personas y la comunidad donde viven, sobre la base del respeto a sus particularidades culturales y en articulación con los distintos programas existentes a nivel nacional y local relacionados con la estrategia de APS, se incluyen las siguientes líneas de acción:

• Formación y capacitación de recursos humanos en salud familiar y comunitaria;

Definición del territorio de actuación del centro de salud, mediante georreferencia, con áreas y micro áreas de trabajo;

• Programación e implementación de las actividades, priorizando las soluciones de los problemas de salud más frecuentes, considerando la responsabilidad de la asistencia a la demanda espontánea y a las prácticas programadas;

• Asistencia integral, integrada y continuada, organizada para la población nominalizada y coordinada con los demás niveles de atención médica;

• Implementación de políticas públicas que pongan en valor la humanización de las prácticas en salud y el acogimiento, entendiéndose este último como la directriz ética y política de la producción en salud para la construcción de vínculos con la población;

• Reorganización de los procesos de trabajo de los profesionales, considerando en la dinámica asistencial a las personas en su multiplicidad cultural, étnica, social y ambiental;

• Realización de la primera atención en las urgencias clínicas en todas las áreas: médicas, enfermería, salud mental, odontológicas, entre otras;

• Participación de los equipos con las jurisdicciones en la planificación y en la evaluación de las acciones;

• Implementación del cuidado, prevención y promoción de la salud utilizando la estrategia de abordaje territorial en articulación con los sistemas sanitarios provinciales y municipales, instituciones y organizaciones locales, y otras áreas del Estado Nacional;

• Fortalecimiento de las capacidades institucionales de las provincias y los municipios para gestionar políticas de promoción de la salud y prevención de la enfermedad que aborden de manera integral los determinantes y condicionantes de la salud, y generen entornos favorecedores de la salud.

4. Implementación.

La ESFyC, se implementará a través de la organización de Equipos de Salud Familiar y Comunitaria.

Las jurisdicciones propondrán a la Nación las alternativas posibles según realidades locales conforme a parámetros de referencia para el armado y funcionamiento de los equipos plasmados en la Estrategia Nacional de Salud Familiar y Comunitaria.

Nación brindará, mediante recursos financieros y técnicos, el apoyo necesario para la reorientación de los recursos humanos en salud que los integren.

4.1. Conformación de los Equipos de Salud Familiar y Comunitaria - Recomendaciones.

Los Equipos de Salud Familiar y Comunitaria que se conformen, así también como los efectores de salud donde estos equipos realizan sus actividades, deberán estar debidamente registrados en el sistema de registro nacional que la Nación defina.

La organización y la combinación de las jornadas de trabajo de los integrantes de los equipos deberán garantizar el mayor acceso posible en relación a disponibilidad horaria y modalidad, para dar lugar al proceso de atención integral e integrada, el vínculo entre usuarios y trabajadores de la salud, profesionales y no profesionales, la continuidad, la coordinación y la longitudinalidad de los cuidados.

Se propone que cada Equipo de Salud Familiar y Comunitaria sea conformado por equipos nucleares, ampliados y de apoyo matricial de acuerdo a los siguientes parámetros.

a. Equipo Nuclear (EN):

Conformación: es un equipo conformado idealmente y al menos, por un/una médico/a con la especialidad en medicina general y/o familiar y si no hubiera disponibilidad de este perfil profesional, por un médico clínico o pediatra para la atención de la población de adultos o niños y adolescentes; un/una enfermero/a y agentes o promotores sanitarios (AS);

Modalidad de trabajo: Todos los miembros del equipo deberán tener responsabilidad sanitaria por un territorio de referencia. Se propone que el EN sea responsable de una población entre 3.000 y 4.000 habitantes aproximadamente u 800 a 1000 familias,

Dentro de cada área de 800 a 1000 familias adscriptas al EN, cada AS puede ser responsable de un micro área con aproximadamente 750 a 800 personas (200 familias), siendo el número propuesto de 4 o 5 agentes sanitarios por EN.

Se recomienda que el número de personas por EN considere el grado de vulnerabilidad social de las familias del área bajo su responsabilidad, siendo que, cuanto mayor el grado de vulnerabilidad, menor deberá ser la cantidad de personas bajo cuidado.

Todas las actividades de los EN pueden desarrollarse en los Centros de Salud, los domicilios de los usuarios o en otros puntos del territorio.

Acciones recomendadas para los EN:

• Ser el primer contacto con el sistema de salud en la comunidad, asegurando al usuario y su familia los cuidados clínicos necesarios, considerando el momento del curso de vida, la edad, la vulnerabilidad, la promoción, mediante prácticas preventivas y atención según corresponda.

• Constituirse en el eje de las acciones socio-sanitarias en territorio y trabajar con los equipos Ampliados y de Apoyo Matricial.

• Realizar análisis e intervenciones conjuntas sobre riesgos colectivos y vulnerabilidades, coordinar la organización del proceso de trabajo (acogimiento, continuidad del cuidado, atenciones de demanda programada, acciones colectivas, gestión de las agendas, articulación con otros puntos de atención de la red de servicios de salud, identificación de necesidades de educación permanente, utilización de dispositivos de gestión del cuidado, entre otros).

• Censar a todas las personas de su área y mantener los registros actualizados para realizar atención integral a las personas y familias de su área.

• Desarrollar acciones que busquen la integración entre el equipo de salud y la población a cargo en el centro de salud, considerando las características y las finalidades del trabajo de seguimiento de individuos y grupos sociales o colectividad.

• Permanecer en contacto con las familias desarrollando acciones educativas, con vistas a la estimulación de la salud, a la prevención de las enfermedades, a la atención de problemas, rehabilitación y mantenimiento de la salud de acuerdo con la planificación del equipo y orientar en cuanto a la utilización de los servicios de salud disponibles.

• Participar activamente de las actividades de Educación Permanente en Servicio, junto a los Equipos Ampliados y /o a los equipos de Apoyo Matricial.

• Organizar la gestión de los insumos necesarios para el adecuado funcionamiento del Centro de Salud.

b. Equipo Ampliado (EA):

Conformación: equipos compuestos por trabajadores de la salud y profesionales de diferentes áreas de conocimiento, que deben actuar de manera integrada y trabajando articuladamente con los EN.

Se podrán conformar cada 2 EN; y estará integrado por: Trabajador Social, Psicólogo/a, Odontólogo/a, Administrativo/a, pudiendo integrarlo también Obstétrico/a, Nutricionista, Kinesiólogo/a, y, otras disciplinas así como otras especialidades médicas (por ejemplo, pediatría, clínica médica, ginecología).

Modalidad de trabajo: Los EA tienen el objetivo de ampliar el alcance de las acciones en el PNA y mejorar su resolución.

Existe una responsabilidad compartida entre el EA y los EN, que prevé el trabajo interdisciplinario, procesos de referencia y contra referencia, ampliándola a un proceso de compartir casos y seguimiento en un trabajo coordinado.

c. Equipos de Apoyo Matricial (EAM):

Conformación: Se propone un EAM cada 8 Equipos Nucleares.

Modalidad de trabajo: Son equipos que trabajarán con el PNA para el abordaje de las problemáticas complejas, que excedan el nivel resolutivo de los Equipos Nucleares y Ampliados.

Tienen la función de brindar apoyo matricial a EN y EA. El apoyo matricial puede ser implementado de diversas maneras:

• De manera virtual (por ejemplo, tele consultas), supervisiones, monitoreo, acompañamiento determinando trabajo con los equipos nucleares del PNA o en el PNA, en espacios compartidos con los equipos nucleares y ampliados.

• De manera presencial, los Equipos de Abordaje Psicosocial (EAPS) son los que actúan como soporte en lo que respecta a problemáticas prevalentes de salud mental y trastornos mentales severos en el PNA. Tienen como objetivo brindar apoyo técnico especializado a los equipos nucleares y ampliados.

Se recomienda que la conformación mínima y necesaria de un EAPS contemple idealmente 4 profesionales, entre los que se incluya un/a psicólogo/a y/o psiquiatra, y un profesional de las ciencias sociales (trabajo social, antropología, comunicación social, sociología, otros). A su vez, podrá incluir otros profesionales de otras disciplinas de la salud mental, así como otras disciplinas que puedan complementar el trabajo de los EAPS.

También podrán participar como colaboradores usuarios/as/pacientes y/o familiares de usuarios/as/pacientes.

Cada jurisdicción podrá adaptar esta modalidad de abordaje territorial propuesta a sus propias capacidades y disponibilidad de recursos humanos, al contexto de atención (urbano, periurbano o rural) y a las particularidades de sus sistemas de salud.

4.2. Competencias del trabajo de los Equipos de Salud Familiar y Comunitaria.

• Conocimiento del territorio de actuación del centro de salud, como también el mapeo y reconocimiento del área inscripta.

• Delimitación precisa del territorio de actuación, georreferenciamiento y reconocimiento del área, que incluya el segmento poblacional determinado, con actualización periódica.

• Mantenimiento actualizado del registro de las familias y de los individuos y utilización de forma sistemática de los datos para el análisis de la situación de la salud considerando las características sociales, económicas, culturales, demográficas y epidemiológicas.

• Diagnóstico, programación e implementación de las actividades, priorizando los controles de salud y las soluciones a los problemas de salud más frecuentes, considerando la responsabilidad de la asistencia a la demanda espontánea.

• Desarrollo de las acciones educativas que puedan ayudar en el proceso de salud enfermedad-atención-cuidado de la población y ampliar la responsabilidad social en la defensa de la calidad de la vida.

• Desarrollo de acciones enfocadas sobre grupos de riesgo y factores de riesgo comportamentales, alimenticios y/o ambientales, con la finalidad de prevenir la aparición o el mantenimiento de las enfermedades y daños evitables.

• Asistencia integral, integrada y continua, organizada para la población panelizada/adscripta.

• Práctica del cuidado familiar ampliado, a través del conocimiento de la estructura y de la salud, priorizando la solución de los problemas de salud más frecuentes; funcionalidad de las familias, cuya finalidad sea proponer intervenciones que influyan en los procesos de salud-enfermedad-atención-cuidado de los individuos, de las familias y de la propia comunidad.

• Desarrollo del cuidado de la salud, prioritariamente en el ámbito del centro de salud, en el domicilio y en los demás espacios comunitarios (escuelas, clubes, asociaciones civiles, entre otros) cuando sea necesario.

• Trabajo interdisciplinario y en equipo, integrando áreas técnicas y profesionales de diferentes formaciones.

• Estímulo, fomento y desarrollo de acciones intersectoriales, buscando colaboraciones e integrando proyectos sociales y sectores afines, orientados hacia la estimulación de la salud, de acuerdo con las prioridades y bajo la coordinación de la gestión local.

• Responsabilidad por la población a cargo, manteniendo la coordinación del cuidado mismo, cuando ésta necesite de asistencia en otros servicios del sistema de salud, garantizando la continuidad del cuidado.

• Ser parte de las actividades de planificación y evaluación de las acciones del equipo, a partir de la utilización de los datos disponibles.

• Trabajo con colaboradores, referentes y recursos en la comunidad que puedan potenciar las acciones intersectoriales con el equipo.

• Ejercicio de la escucha activa y ampliada de las necesidades de los usuarios en todas las acciones, proporcionando asistencia humanizada y facilitando la construcción del vínculo.

• Realización dentro de las prácticas de salud, al registro de las actividades en los sistemas de información y la utilización de tecnologías informáticas de salud, en el PNA.

• Realizar acciones y actividades definidas de acuerdo con las prioridades locales.

• Implementación del acogimiento.

• Realización de la primera atención en las urgencias de salud (incluye a todas las áreas: médicas, de enfermería, de salud mental, odontológicas) y responsabilidad sobre derivación oportuna.

• Participación del equipo en la planificación y en la evaluación de las acciones.

• Desarrollo de las acciones intersectoriales, integrando proyectos sociales y sectores afines, orientados hacia la estimulación de la salud.

• Apoyo a las estrategias de fortalecimiento de la gestión local y de responsabilidad social.

• Valorización de los diversos saberes y prácticas con la perspectiva de un abordaje intercultural, integral y resolutivo, haciendo posible la creación de vínculos de confianza y ética, compromiso y respeto.

• Promoción y el estímulo a la participación comunitaria en la responsabilidad social, en la planificación, en la ejecución y en la evaluación de las acciones.

• Acompañamiento y evaluación sistemática de las acciones implementadas, con vistas a la readecuación del proceso de trabajo.

• Por último, en relación a la educación permanente, es central que los equipos de salud de los centros de cada jurisdicción, propongan y desarrollen acciones de educación permanente intentando combinar necesidades y posibilidades singulares con ofertas y procesos más generales de una política propuesta para todos los equipos y para toda la jurisdicción.




ANEXO II

PROGRAMA DE SALUD FAMILIAR Y COMUNITARIA (PSFyC)

La ESFyC se consolidará como la línea de acción prioritaria para la reorganización de la APS en Argentina y el Programa de Salud Familiar y Comunitaria (PSFyC) será uno de sus instrumentos operativos para implementar y expandir la ESFyC.

El PSFyC se asienta sobre los siguientes ejes:

• Trabajo en equipos interdisciplinarios y nominados, conformados por Equipos Nucleares, Ampliados y de Apoyo Matricial, con población nominal a cargo, georreferenciada.

• Primer contacto y atención continua, integral, coordinada.

• Capacitación y Educación Permanente en servicio.

• Abordaje individual, familiar y comunitario.

• Participación comunitaria.

• Evaluación continua de procesos y resultados sanitarios.

• Coordinación de los cuidados entre el primer nivel de atención y el nivel hospitalario dentro de redes integradas de servicios de salud.

1. Propósito y objetivos.

Su propósito es fortalecer la APS como política de Estado en el marco de la CUS y posicionar a la ESFyC en el eje territorial.

Su objetivo consiste en favorecer la conformación de equipos de salud familiar y comunitaria con población nominal a cargo y georreferenciada, mediante becas de capacitación.

Sus objetivos específicos son:

• Capacitar a los Equipos de Salud Familiar y Comunitaria mediante Educación Permanente en servicio en el PNA;

• Propiciar una atención de alta calidad, prestando cuidados integrales de salud desde la perspectiva biopsicosocial cultural y espiritual para con el individuo, la familia y la comunidad;

• Realizar un abordaje interdisciplinario del individuo, la familia y la comunidad.

• Facilitar y fortalecer la activa participación comunitaria;

• Proporcionar cuidados de salud, en forma continua, integral e integrada y de calidad a la población nominal a cargo.

Para ello el PSFyC prevé realizar las líneas de acción de la ESFyC desarrolladas en el ANEXO I.

2. Implementación.

El PSFyC se implementará en las jurisdicciones que hayan adherido a la estrategia nacional de Cobertura Universal de Salud y deberá seguir los lineamientos generales establecidos por la ESFyC, respetando las particularidades del contexto local.

La implantación de estos equipos será gradual y de responsabilidad conjunta entre la Nación y las jurisdicciones, priorizando las áreas de implementación de la CUS, así como las áreas más desprotegidas del territorio nacional.

La modalidad de financiamiento será de transferencia a la jurisdicción, en concepto de complemento para su capacitación. Los montos serán establecidos en los Convenios específicos que se firmen entre las partes.

Los recursos humanos serán seleccionados en conjunto entre la Nación y las jurisdicciones, de acuerdo a los perfiles y condiciones que serán oportunamente comunicadas por el programa de SFC y que se establezcan en los Convenios específicos entre ambas partes.

Deberán estar debidamente registrados en el Sistema de Registro Nacional vigente, indicando datos básicos de identidad y contacto de la persona, así como su lugar de trabajo. Dichos datos deberán ser actualizados regularmente.

Los equipos de salud familiar y comunitaria que se conformen mediante este Programa deberán trabajar en coordinación con los demás equipos de salud del PNA y demás niveles de complejidad a los que se integra el establecimiento donde se desempeñan.

3. Monitoreo del PSFyC.

La Dirección Nacional de Salud Familiar y Comunitaria definirá los estándares, indicadores y reportes para el monitoreo de los equipos que se financien mediante el Programa. Los mismos serán explicitados oportunamente en los Convenios específicos que se firmen entre las partes.




ANEXO III

PROGRAMA NACIONAL DE ABORDAJE TERRITORIAL

1. Fundamentación.

La ESFyC se caracteriza por un conjunto de acciones de salud, en el ámbito individual y colectivo y para ello es necesaria la articulación intra e intersectorial. En este sentido, el Programa Nacional de Abordaje Territorial será el que acompañe y complemente las acciones de los efectores del PNA, para así dar respuestas integrales a los usuarios de la comunidad.

Este Programa resulta de la fusión de otros programas que llegaban al territorio de manera fragmentada y segmentada, permitiendo ahora, una mayor coordinación y optimización de los recursos y de las prácticas de salud que se requieran en el territorio.

La Atención Primaria de la Salud busca, a través del armado y optimización de las redes de prestaciones, hacer extensiva la cobertura efectiva en salud a toda la población. Atendiendo esta concepción, los Equipos de Abordaje Territorial, en adelante "EAT" buscan crear replicadores comunitarios en salud a partir del armado de redes de promotores en cada una de las localidades en las que se instale, fomentando la detección temprana de enfermedades sumado a un abordaje rápido y eficaz sobre las mismas, como así también la capacitación de la comunidad en pos de la búsqueda de mejorar la calidad de vida y las prácticas saludables.

Estas acciones en territorio se realizarán mediante dispositivos móviles tales como: camiones, trenes sanitarios, camionetas, contenedores y cualquier otro dispositivo que permita realizar prácticas de salud en los distintos niveles jurisdiccionales.

2. Objetivo general.

Generar acciones de cuidado, prevención y promoción de la salud utilizando la estrategia de abordaje territorial en articulación con los sistemas sanitarios provinciales y municipales, así como con instituciones y organizaciones locales y otras áreas del Estado Nacional, con el fin de contribuir a la mejora de las condiciones de salud de la población.

3. Objetivos específicos.

• Fortalecer la Cobertura Universal en Salud, mediante los EAT, en las poblaciones más vulnerables del país.

• Mejorar la capacidad de detección y tamizaje, diagnóstico, atención y tratamiento de las poblaciones, priorizando aquellas con cobertura pública exclusiva.

• Garantizar el acceso a los tratamientos y seguimientos en forma planificada de las personas atendidas por los EAT a través de una articulación de redes con los distintos niveles de salud jurisdiccionales.

• Acercar los diversos programas de la Secretaría de Gobierno de Salud del Ministerio de Salud y Desarrollo Social hacia sus beneficiarios.

• Aportar información sistematizada a la situación epidemiológica local.

• Contribuir a la reducción de riesgos sanitarios e indicadores de mortalidad sobre poblaciones vulnerables a través de acciones planificadas.

• Promover y difundir los derechos sociales, civiles y políticos de la población, a través de campañas informativas en materia de salud.

• Reforzar la cobertura de vacunación de la población, según el Calendario Nacional, priorizando la vacunación de niños/as y personas con factores de riesgo para determinadas patologías inmunoprevenibles.

• Coordinar con las autoridades jurisdiccionales la orientación para mejorar el acceso a los servicios asistenciales de los individuos.

• Fomentar y reforzar los canales de comunicación y participación comunitarias, tendientes al acceso de los bienes públicos de la salud.

• Fortalecer el valor de la cultura, el deporte y la recreación como elementos constitutivos de la integración y el desarrollo personal y social.

4. Criterios de elegibilidad y organización de acciones del Programa.

Para dar respuesta a la Cobertura Universal de Salud en territorio y disminuir inequidades, favoreciendo la accesibilidad al derecho a la salud, se priorizarán en el momento de elegir las jurisdicciones, los indicadores socio sanitarios de las mismas, las situaciones de contexto específicas de la localidad, la realización de campañas de salud, las emergencias sanitarias y todas las situaciones que requieran la presencia de los equipos territoriales de salud.

Todos los operativos de los EAT se coordinarán con las Jurisdicciones pudiendo algunos móviles permanecer temporalmente, acuerdos mediante, para la respuesta local territorial en salud.

Los operativos del Programa se realizarán según planificación regional del territorio nacional mediante la regionalización en: NOA (Jujuy, Salta, Tucumán, Santiago del Estero, Catamarca y La Rioja), NEA (Misiones, Corrientes, Chaco y Formosa), Cuyo (Mendoza, San Luis, San Juan, Catamarca), Centro (Córdoba, Santa Fe, Entre Ríos, Buenos Aires y Ciudad Autónoma de Buenos Aires) y Patagonia (La Pampa, Neuquén, Rio Negro, Chubut, Santa Cruz y Tierra del Fuego).

5. Prácticas en salud.

Las prácticas de salud en calidad de prestaciones, enmarcadas en el cuidado integral de los usuarios en el ámbito del PNA, son:

• Apoyo a acciones sanitarias.

• Inmunizaciones.

• Acciones para la promoción.

• Diagnóstico temprano de condiciones prevenibles.

• Acciones para la educación en salud.

• Asistencia y prácticas de odontología.

• Acciones para la salud ocular.

• Educación y acción relativas al campo de la zoonosis.

• Realización de prácticas de laboratorio.

• Testeos rápidos.

• Consejerías.

En caso de que a través de las pesquisas o diagnósticos realizados en los operativos se detecten problemas y/o riesgos para la salud, los usuarios serán derivados al sistema sanitario local por medio de los referentes de los EAT para así dar seguimiento a sus problemas de salud.

6. Población destinataria.

Todo habitante del Territorio Nacional Argentino, priorizando aquellos con cobertura pública exclusiva, como así también aquéllos en contexto de alta vulnerabilidad y marginalidad socio-sanitaria.

7. Recursos del programa de EAT.

El Programa de EAT trabaja con recurso humano nacional, provincial o municipal, de diferentes perfiles: médicos/as preferentemente especialistas en medicina general y/o familiar, enfermeros/as, agentes sanitarios, odontólogos/as, nutricionistas, bioquímicos/as, técnicos radiólogos, psicólogos y profesionales de las ciencias sociales.

También se incluyen en los equipos y para el funcionamiento de los operativos: personal logístico, choferes, personal de mantenimiento, técnicos, supervisores y referentes que tengan contacto con las jurisdicciones. Los equipos de comunicación, planificación y de organización general del programa también son parte de la estructura, integrándose a los demás equipos para dar respuesta al eje territorial de la estrategia de salud familiar y comunitaria.

Para realizar en territorio los operativos se utilizarán diferentes recursos materiales y físicos como el siguiente mobiliario: gazebos, lonas, sillas, mesas, sombrillas y equipamiento específico tales como computadoras personales, balanzas para peso y talla, tensiómetros, sensores para glucemia, diferentes materiales para testeos, entre otros.

Los operativos contarán con materiales para el trabajo territorial para la promoción y prevención, y también folletería institucional y materiales para difusión.

8. Metodología.

El Programa Nacional de Equipos de Abordaje Territorial incluye dos áreas de trabajo con funciones

específicas y técnicas: Prácticas de Salud y Logística Operativa, y sus actividades y responsabilidades se organizan en tormo a ellas.

En territorio, la modalidad de trabajo requiere un acuerdo previo con la jurisdicción local para la implementación del dispositivo con dicha jurisdicción y luego de realizar un análisis de situación, el área de Prácticas de Salud será responsable de la organización y priorización de acciones sanitarias territoriales.

Desde el Área de Logística Operativa se coordinarán los escenarios necesarios para el armado de las actividades atendiendo a todas las sugerencias que aporten los referentes locales. Las instituciones involucradas se coordinarán a través de los mecanismos establecidos en cada jurisdicción.