MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL
SECRETARÍA DE GOBIERNO DE SALUD
Resolución 32/2019
RESOL-2019-32-APN-SGS#MSYDS
Ciudad de Buenos Aires, 09/01/2019
VISTO el EX-2018-66115814-APN-DD#MSYDS y;
CONSIDERANDO:
Que por Decreto N° 908 de fecha 2 de agosto de 2016, se aprueban las
finalidades para la estrategia de COBERTURA UNIVERSAL DE SALUD (CUS),
dentro de las que se encuentra, dentro de la política de Atención
Primaria de la Salud, el mejoramiento de las determinantes sociales de
salud, la modernización del sector público de salud, y el
fortalecimiento de los recursos humanos en salud y de las actividades
de promoción, protección, atención, cuidado y rehabilitación de la
salud.
Que por Resolución N° 475/2016 se instruyó a todos los programas
nacionales dependientes de esta Secretaría de Gobierno de Salud del
Ministerio de Salud y Desarrollo Social, cualquiera sea su fuente de
financiamiento, a colaborar y coordinar su accionar con la
implementación y el desarrollo de la estrategia de la Cobertura
Universal de Salud, con el objeto de promover el acceso a la atención
sanitaria integral, gratuita y con la adecuada calidad, jerarquizando
el Primer Nivel de Atención.
Que por Resolución N° 1013- RESOL-2018-1013-APN-MS del entonces
Ministerio de Salud de la Nación de fecha 28 de mayo de 2018, se aprobó
el convenio marco de Adhesión a la Cobertura Universal de Salud.
Que por Decreto N° 174 de fecha 5 de marzo de 2018 se aprobó el
Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional centralizada
hasta nivel de Subsecretaría y los Objetivos de las Unidades
Organizativas establecidas en dicho Organigrama, creándose en el ámbito
del ex Ministerio de Salud, la Secretaría de Coberturas y Recursos de
Salud.
Que por Decisión Administrativa N° 307 de fecha 13 de marzo de 2018, se
aprobó la estructura organizativa de primer nivel operativo del ex
Ministerio de Salud, por la que se incorporó la Dirección Nacional de
Salud Familiar y Comunitaria dependiente de la Secretaria de Coberturas
y Recursos de Salud.
Que, en tal sentido, la Decisión Administrativa mencionada en el
párrafo anterior, establece que es responsabilidad primaria de esa
Dirección Nacional gestionar el abordaje de la salud familiar y
comunitaria, promoviendo estilos de vida saludables, fomentando la
acción multisectorial y fortaleciendo la responsabilidad familiar y
comunitaria para mejorar las condiciones de salud.
Que conforme a su responsabilidad primaria, y a fin de promover la
implementación coordinada e integrada de las políticas públicas en
materia de salud familiar y comunitaria, la Dirección Nacional de Salud
Familiar y Comunitaria elaboró la ESTRATEGIA DE SALUD FAMILIAR Y
COMUNITARIA DE LA COBERTURA UNIVERSAL DE SALUD, definida por el
conjunto de acciones de salud, en el ámbito individual y colectivo, que
abarcan la promoción y la protección de la salud, la prevención, el
diagnóstico, el tratamiento, la rehabilitación y el mantenimiento de la
salud; y que se desarrolla a través del ejercicio de prácticas de
gestión y sanitarias democráticas y participativas, bajo la forma de
trabajo en equipo, dirigidas a poblaciones de territorios bien
delimitados, a través de las cuales asumen la responsabilidad
sanitaria, considerando el contexto y la cultura existentes en el
territorio donde viven dichas poblaciones.
Que a fin de dar operatividad en territorio a la Estrategia de Salud
Familiar y Comunitaria resulta precisa la creación del PROGRAMA
NACIONAL DE SALUD FAMILIAR Y COMUNITARIA.
Que a fin de llevar a cabo el cumplimiento de la Estrategia mencionada
en el considerando anterior y en el entendido de que los Equipos de
Abordaje Territorial (EAT) buscan crear replicadores comunitarios en el
ámbito local, fomentando la detección temprana de enfermedades sumado a
un abordaje rápido y eficaz sobre las mismas, como así también la
capacitación de la comunidad en pos de la búsqueda de mejorar la
calidad de vida y las prácticas saludables, resulta necesaria la
creación de un PROGRAMA NACIONAL DE ABORDAJE TERRITORIAL.
Que en ese sentido es preciso adecuar los programas existentes,
CUIDARSE EN SALUD, PROGRAMA NACIONAL DE EQUIDAD SANITARIA TERRITORIAL –
UNIDADES SANITARIAS MÓVILES (USAM), y PROGRAMA ORGANIZACIÓN COMUNITARIA
EN SALUD y abocarlos al cumplimiento y desarrollo de un único PROGRAMA
NACIONAL DE ABORDAJE TERRITORIAL.
Que, la normativa citada hasta aquí, da cuenta del cambio en la
estructura organizativa de esta SECRETARÍA DE GOBIERNO DE SALUD y sus
dependencias, por lo que resulta menester adecuar las áreas
programáticas, para garantizar el normal funcionamiento administrativo,
que permita alcanzar los objetivos de esta cartera de estado.
Que la SECRETARÍA DE COBERTURAS Y RECURSOS ha tomado intervención en la faz de su competencia.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia.
Que el presente acto se dicta en virtud de lo dispuesto en el Decreto N° 802 de fecha 5 de septiembre de 2018.
Por ello,
EL SECRETARIO DE GOBIERNO DE SALUD
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°: Apruébese la ESTRATEGIA DE SALUD FAMILIAR Y COMUNITARIA DE
LA COBERTURA UNIVERSAL DE SALUD cuyos lineamientos se definen en el
Anexo I IF-2018-66279501- APN-DNSFYC#MSYDS, el cual se aprueba y forma
parte de la presente.
ARTICULO 2°-. Créase el “PROGRAMA NACIONAL DE SALUD FAMILIAR Y
COMUNITARIA” en el ámbito de la DIRECCION DE ATENCION PRIMARIA DE LA
SALUD dependiente de la DIRECCION NACIONAL DE SALUD FAMILIAR Y
COMUNITARIA de la SECRETARÍA DE COBERTURAS Y RECURSOS DE SALUD, cuyos
lineamientos se definen en el Anexo II IF-2018-66279288- APN
DNSFYC#MSYDS, el cual se aprueba y que forma parte de la presente.
Este Programa sustituirá y reorientará gradual y progresivamente, con
un porcentaje anual, al Programa Equipos Comunitarios-CUS, siendo en el
2021 el Programa de Salud Familiar y Comunitaria el que tenga la
totalidad de las becas que, en calidad de transferencias, se otorgan a
las jurisdicciones para fortalecer el armado y capacitación de los
equipos de salud familiar y comunitaria.
ARTÍCULO 3°: Créase el “PROGRAMA NACIONAL DE ABORDAJE TERRITORIAL” en
el ámbito de la DIRECCIÓN DE ATENCIÓN PRIMARIA DE LA SALUD, dependiente
de la Dirección NACIONAL DE SALUD FAMILIAR Y COMUNITARIA de la
SECRETARÍA DE COBERTURAS Y RECURSOS DE SALUD, cuyos lineamientos se
definen en el Anexo III IF-2018-66278966-APN DNSFYC#MSYDS, el cual se
aprueba y forma parte de la presente. El PROGRAMA NACIONAL DE ABORDAJE
TERRITORIAL” absorberá y reorientará los objetivos de los programas
CUIDARSE EN SALUD, PROGRAMA NACIONAL DE EQUIDAD SANITARIA TERRITORIAL –
UNIDADES SANITARIAS MÓVILES (USAM), y PROGRAMA ORGANIZACIÓN COMUNITARIA
EN SALUD.
ARTÍCULO 4°-. Establécese que las jurisdicciones que hayan adherido a
la Estrategia de COBERTURA UNIVERSAL EN SALUD serán beneficiarias de
recursos, asistencia técnica, capacitaciones como cualquier otra
actividad que se generen con motivo del documento aprobado en el
artículo 1° de la presente o los programas nacionales aprobados en los
artículos 2° y 3° de la presente.
ARTÍCULO 5°.- Facúltese al titular de la SECRETARIA DE COBERTURAS Y
RECURSOS DE SALUD a suscribir los convenios específicos y/o acuerdos
jurídicos y actos administrativos que resulten necesarios para la
implementación, el desarrollo y/o ejecución de la Estrategia aprobada
en el artículo 1° de la presente, o los programas nacionales aprobados
en los artículos 2° y 3°.
ARTICULO 6°.- Déjese sin efecto las Resoluciones N° 738 de fecha 22 de
julio de 2008, N° 481 de fecha 17 de abril de 2009 y N° 1770 de fecha 2
de octubre de 2014, sus complementarias y modificatorias,
correspondientes a los Programas: “CUIDARSE EN SALUD”, “PROGRAMA
NACIONAL DE EQUIDAD SANITARIA TERRITORIAL – UNIDADES SANITARIAS MÓVILES
(USAM), y “PROGRAMA ORGANIZACIÓN COMUNITARIA EN SALUD”, respectivamente.
ARTÍCULO 7°: El gasto que demanden los PROGRAMAS creados por los
ARTÍCULOS 2° Y 3° de la presente, serán imputados a los Programa 39
Actividad 43, 45 y 46, y Programa 41 Actividad 1, 2, 3, 11, 12, 13, 14
y 15.
ARTICULO 8°: Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Adolfo Luis Rubinstein
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 11/01/2019 N° 1717/19 v. 11/01/2019
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial)
ANEXO I
ESTRATEGIA DE SALUD FAMILIAR Y COMUNITARIA
1. Principios generales.
En la Argentina, el camino hacia la Cobertura Universal de Salud se
apoya en la estrategia de Atención Primaria de la Salud -APS- y para su
implementación se han identificado los siguientes ejes:
1.- Población definida a cargo de equipos de salud familiar y comunitaria.
2.- Desarrollo de sistemas de información interoperables y aplicaciones informáticas incluyendo historia clínica electrónica.
3.- Monitoreo y evaluación de indicadores y estándares de calidad y
metas acordadas entre Nación y Provincias para líneas de cuidado
priorizadas.
La Estrategia de Salud Familiar y Comunitaria de la Cobertura Universal
de Salud, en adelante "ESFyC", se compone de un conjunto de acciones de
salud, en el ámbito individual y colectivo, que abarcan el cuidado
integral, la promoción, la protección, la prevención, el diagnóstico,
el tratamiento y la rehabilitación de la salud.
Para la implementación de la ESFyC es necesaria la articulación
intersectorial e interinstitucional, que incorpore diferentes áreas del
Estado nacional, provincial y municipal, instituciones de la sociedad
civil, organizaciones gubernamentales y no gubernamentales,
universidades y sociedades científicas, entre otras.
La Secretaría de Coberturas y Recursos de Salud a través de la
Dirección Nacional de Salud Familiar y Comunitaria, será la
articuladora de la implementación en territorio de la ESFyC, trabajará
y accionará en coordinación con los demás actores mencionados para
acercar las políticas públicas a las provincias, los municipios, los
hospitales, los centros de salud, los usuarios y sus familias; en la
comunidad donde viven.
2. Atención Primaria de la Salud, Salud Familiar y Comunitaria y CUS.
El valor de la APS en la ESFyC se evidencia a través de un conjunto de
acciones que garantizan la atención integral y efectiva con equidad y
calidad; y propiciando un enfoque familiar y comunitario, con equipos
multiprofesionales con población y territorios definidos y la
existencia de redes integrales de servicios de salud con base
comunitaria.
Desde la APS y en línea con los objetivos de la Cobertura Universal de Salud, la ESFyC propone:
1. Guiar todas las acciones relacionadas con el acceso, primer
contacto, cobertura efectiva, integralidad, continuidad, y coordinación
de los cuidados efectivos centrados en la persona a lo largo del ciclo
vital, así como la humanización de las prácticas y la participación
social;
2. Implementar un modelo de atención considerando las dimensiones
biológicas, psicológicas, sociales, espirituales, y culturales;
3. Desarrollar el ejercicio de prácticas de gestión participativas,
bajo la forma de trabajo en equipo, dirigidas a poblaciones en
territorios delimitados, considerando el contexto existente en el lugar
donde viven dichas poblaciones;
4. Considerar al sujeto en su singularidad, en su complejidad, en su
integralidad y en la inserción socio cultural y buscar la promoción de
la salud, la prevención y el tratamiento de enfermedades y la reducción
de daños o de sufrimientos que puedan comprometer sus posibilidades de
vivir de manera saludable;
5. Propiciar políticas públicas para acompañar a las jurisdicciones en
el camino de construir municipios, comunidades y ciudades saludables;
6. Trabajar con toda la población, considerando la diversidad de
contextos (libres y de encierro) y culturas particulares e incluyendo
los pueblos indígenas y diferentes etnicidades;
7. Desarrollar actividades intersectoriales que permitan la interacción
con otros sectores tales como educación, desarrollo social, vivienda,
medio ambiente, deportes cultura, entre otros para la identificación de
problemas y la articulación de los distintos intereses con el objetivo
común de abordar los determinantes sociales de la salud
8. Fortalecer el abordaje de la salud mental en el Primer Nivel de
Atención (PNA) integrándola a la salud, en promoción, prevención,
atención y rehabilitación, tanto para los padecimientos mentales
prevalentes como para las estrategias terapéuticas ampliadas de los
trastornos mentales severos en el marco de las externaciones de
crónicos.
9. Realizar evaluación y acompañamiento sistemático de los resultados
alcanzados, como parte del proceso de planificación y programación;
10. Fomentar la participación comunitaria, la responsabilidad social,
las decisiones compartidas, como elementos centrales para un modelo de
salud centrado en las personas;
11. Coordinar los cuidados e integración mediante redes de servicios,
fortaleciendo la integración del PNA con otros niveles de complejidad;
12. Priorizar a los trabajadores de salud con formación y actuación
orientada a la salud familiar y comunitaria (medicina familiar y /o
general, agentes sanitarios y disciplinas con orientación comunitaria)
capacitados para ofrecer cuidados integrales de salud de calidad a las
poblaciones de áreas urbanas, rurales, remotas y/o desfavorecidas e;
13. Incorporar otras especialidades médicas del ámbito de la atención
ambulatoria y disciplinas (trabajo social, psicología, obstetricia,
odontología, nutrición, etc.) que amplíen prácticas y trabajen en los
centros de atención primaria.
3. Líneas de acción de la ESFyC.
Con el objetivo de cuidar integralmente la salud de las personas y la
comunidad donde viven, sobre la base del respeto a sus particularidades
culturales y en articulación con los distintos programas existentes a
nivel nacional y local relacionados con la estrategia de APS, se
incluyen las siguientes líneas de acción:
• Formación y capacitación de recursos humanos en salud familiar y comunitaria;
Definición del territorio de actuación del centro de salud, mediante georreferencia, con áreas y micro áreas de trabajo;
• Programación e implementación de las actividades, priorizando las
soluciones de los problemas de salud más frecuentes, considerando la
responsabilidad de la asistencia a la demanda espontánea y a las
prácticas programadas;
• Asistencia integral, integrada y continuada, organizada para la
población nominalizada y coordinada con los demás niveles de atención
médica;
• Implementación de políticas públicas que pongan en valor la
humanización de las prácticas en salud y el acogimiento, entendiéndose
este último como la directriz ética y política de la producción en
salud para la construcción de vínculos con la población;
• Reorganización de los procesos de trabajo de los profesionales,
considerando en la dinámica asistencial a las personas en su
multiplicidad cultural, étnica, social y ambiental;
• Realización de la primera atención en las urgencias clínicas en todas
las áreas: médicas, enfermería, salud mental, odontológicas, entre
otras;
• Participación de los equipos con las jurisdicciones en la planificación y en la evaluación de las acciones;
• Implementación del cuidado, prevención y promoción de la salud
utilizando la estrategia de abordaje territorial en articulación con
los sistemas sanitarios provinciales y municipales, instituciones y
organizaciones locales, y otras áreas del Estado Nacional;
• Fortalecimiento de las capacidades institucionales de las provincias
y los municipios para gestionar políticas de promoción de la salud y
prevención de la enfermedad que aborden de manera integral los
determinantes y condicionantes de la salud, y generen entornos
favorecedores de la salud.
4. Implementación.
La ESFyC, se implementará a través de la organización de Equipos de Salud Familiar y Comunitaria.
Las jurisdicciones propondrán a la Nación las alternativas posibles
según realidades locales conforme a parámetros de referencia para el
armado y funcionamiento de los equipos plasmados en la Estrategia
Nacional de Salud Familiar y Comunitaria.
Nación brindará, mediante recursos financieros y técnicos, el apoyo
necesario para la reorientación de los recursos humanos en salud que
los integren.
4.1. Conformación de los Equipos de Salud Familiar y Comunitaria - Recomendaciones.
Los Equipos de Salud Familiar y Comunitaria que se conformen, así
también como los efectores de salud donde estos equipos realizan sus
actividades, deberán estar debidamente registrados en el sistema de
registro nacional que la Nación defina.
La organización y la combinación de las jornadas de trabajo de los
integrantes de los equipos deberán garantizar el mayor acceso posible
en relación a disponibilidad horaria y modalidad, para dar lugar al
proceso de atención integral e integrada, el vínculo entre usuarios y
trabajadores de la salud, profesionales y no profesionales, la
continuidad, la coordinación y la longitudinalidad de los cuidados.
Se propone que cada Equipo de Salud Familiar y Comunitaria sea
conformado por equipos nucleares, ampliados y de apoyo matricial de
acuerdo a los siguientes parámetros.
a.
Equipo Nuclear (EN):
Conformación: es un equipo
conformado idealmente y al menos, por un/una médico/a con la
especialidad en medicina general y/o familiar y si no hubiera
disponibilidad de este perfil profesional, por un médico clínico o
pediatra para la atención de la población de adultos o niños y
adolescentes; un/una enfermero/a y agentes o promotores sanitarios (AS);
Modalidad de trabajo: Todos
los miembros del equipo deberán tener responsabilidad sanitaria por un
territorio de referencia. Se propone que el EN sea responsable de una
población entre 3.000 y 4.000 habitantes aproximadamente u 800 a 1000
familias,
Dentro de cada área de 800 a 1000 familias adscriptas al EN, cada AS
puede ser responsable de un micro área con aproximadamente 750 a 800
personas (200 familias), siendo el número propuesto de 4 o 5 agentes
sanitarios por EN.
Se recomienda que el número de personas por EN considere el grado de
vulnerabilidad social de las familias del área bajo su responsabilidad,
siendo que, cuanto mayor el grado de vulnerabilidad, menor deberá ser
la cantidad de personas bajo cuidado.
Todas las actividades de los EN pueden desarrollarse en los Centros de
Salud, los domicilios de los usuarios o en otros puntos del territorio.
Acciones recomendadas para los EN:
• Ser el primer contacto con el sistema de salud en la comunidad,
asegurando al usuario y su familia los cuidados clínicos necesarios,
considerando el momento del curso de vida, la edad, la vulnerabilidad,
la promoción, mediante prácticas preventivas y atención según
corresponda.
• Constituirse en el eje de las acciones socio-sanitarias en territorio
y trabajar con los equipos Ampliados y de Apoyo Matricial.
• Realizar análisis e intervenciones conjuntas sobre riesgos colectivos
y vulnerabilidades, coordinar la organización del proceso de trabajo
(acogimiento, continuidad del cuidado, atenciones de demanda
programada, acciones colectivas, gestión de las agendas, articulación
con otros puntos de atención de la red de servicios de salud,
identificación de necesidades de educación permanente, utilización de
dispositivos de gestión del cuidado, entre otros).
• Censar a todas las personas de su área y mantener los registros
actualizados para realizar atención integral a las personas y familias
de su área.
• Desarrollar acciones que busquen la integración entre el equipo de
salud y la población a cargo en el centro de salud, considerando las
características y las finalidades del trabajo de seguimiento de
individuos y grupos sociales o colectividad.
• Permanecer en contacto con las familias desarrollando acciones
educativas, con vistas a la estimulación de la salud, a la prevención
de las enfermedades, a la atención de problemas, rehabilitación y
mantenimiento de la salud de acuerdo con la planificación del equipo y
orientar en cuanto a la utilización de los servicios de salud
disponibles.
• Participar activamente de las actividades de Educación Permanente en
Servicio, junto a los Equipos Ampliados y /o a los equipos de Apoyo
Matricial.
• Organizar la gestión de los insumos necesarios para el adecuado funcionamiento del Centro de Salud.
b. Equipo Ampliado (EA):
Conformación: equipos
compuestos por trabajadores de la salud y profesionales de diferentes
áreas de conocimiento, que deben actuar de manera integrada y
trabajando articuladamente con los EN.
Se podrán conformar cada 2 EN; y estará integrado por: Trabajador
Social, Psicólogo/a, Odontólogo/a, Administrativo/a, pudiendo
integrarlo también Obstétrico/a, Nutricionista, Kinesiólogo/a, y, otras
disciplinas así como otras especialidades médicas (por ejemplo,
pediatría, clínica médica, ginecología).
Modalidad de trabajo: Los EA tienen el objetivo de ampliar el alcance de las acciones en el PNA y mejorar su resolución.
Existe una responsabilidad compartida entre el EA y los EN, que prevé
el trabajo interdisciplinario, procesos de referencia y contra
referencia, ampliándola a un proceso de compartir casos y seguimiento
en un trabajo coordinado.
c. Equipos de Apoyo Matricial (EAM):
Conformación: Se propone un EAM cada 8 Equipos Nucleares.
Modalidad de trabajo: Son equipos que trabajarán con el PNA para el
abordaje de las problemáticas complejas, que excedan el nivel
resolutivo de los Equipos Nucleares y Ampliados.
Tienen la función de brindar apoyo matricial a EN y EA. El apoyo matricial puede ser implementado de diversas maneras:
• De manera virtual (por ejemplo, tele consultas), supervisiones,
monitoreo, acompañamiento determinando trabajo con los equipos
nucleares del PNA o en el PNA, en espacios compartidos con los equipos
nucleares y ampliados.
• De manera presencial, los
Equipos de Abordaje Psicosocial
(EAPS) son los que actúan como soporte en lo que respecta a
problemáticas prevalentes de salud mental y trastornos mentales severos
en el PNA. Tienen como objetivo brindar apoyo técnico especializado a
los equipos nucleares y ampliados.
Se recomienda que la conformación mínima y necesaria de un EAPS
contemple idealmente 4 profesionales, entre los que se incluya un/a
psicólogo/a y/o psiquiatra, y un profesional de las ciencias sociales
(trabajo social, antropología, comunicación social, sociología, otros).
A su vez, podrá incluir otros profesionales de otras disciplinas de la
salud mental, así como otras disciplinas que puedan complementar el
trabajo de los EAPS.
También podrán participar como colaboradores usuarios/as/pacientes y/o familiares de usuarios/as/pacientes.
Cada jurisdicción podrá adaptar esta modalidad de abordaje territorial
propuesta a sus propias capacidades y disponibilidad de recursos
humanos, al contexto de atención (urbano, periurbano o rural) y a las
particularidades de sus sistemas de salud.
4.2. Competencias del trabajo de los Equipos de Salud Familiar y Comunitaria.
• Conocimiento del territorio de actuación del centro de salud, como también el mapeo y reconocimiento del área inscripta.
• Delimitación precisa del territorio de actuación,
georreferenciamiento y reconocimiento del área, que incluya el segmento
poblacional determinado, con actualización periódica.
• Mantenimiento actualizado del registro de las familias y de los
individuos y utilización de forma sistemática de los datos para el
análisis de la situación de la salud considerando las características
sociales, económicas, culturales, demográficas y epidemiológicas.
• Diagnóstico, programación e implementación de las actividades,
priorizando los controles de salud y las soluciones a los problemas de
salud más frecuentes, considerando la responsabilidad de la asistencia
a la demanda espontánea.
• Desarrollo de las acciones educativas que puedan ayudar en el proceso
de salud enfermedad-atención-cuidado de la población y ampliar la
responsabilidad social en la defensa de la calidad de la vida.
• Desarrollo de acciones enfocadas sobre grupos de riesgo y factores de
riesgo comportamentales, alimenticios y/o ambientales, con la finalidad
de prevenir la aparición o el mantenimiento de las enfermedades y daños
evitables.
• Asistencia integral, integrada y continua, organizada para la población panelizada/adscripta.
• Práctica del cuidado familiar ampliado, a través del conocimiento de
la estructura y de la salud, priorizando la solución de los problemas
de salud más frecuentes; funcionalidad de las familias, cuya finalidad
sea proponer intervenciones que influyan en los procesos de
salud-enfermedad-atención-cuidado de los individuos, de las familias y
de la propia comunidad.
• Desarrollo del cuidado de la salud, prioritariamente en el ámbito del
centro de salud, en el domicilio y en los demás espacios comunitarios
(escuelas, clubes, asociaciones civiles, entre otros) cuando sea
necesario.
• Trabajo interdisciplinario y en equipo, integrando áreas técnicas y profesionales de diferentes formaciones.
• Estímulo, fomento y desarrollo de acciones intersectoriales, buscando
colaboraciones e integrando proyectos sociales y sectores afines,
orientados hacia la estimulación de la salud, de acuerdo con las
prioridades y bajo la coordinación de la gestión local.
• Responsabilidad por la población a cargo, manteniendo la coordinación
del cuidado mismo, cuando ésta necesite de asistencia en otros
servicios del sistema de salud, garantizando la continuidad del cuidado.
• Ser parte de las actividades de planificación y evaluación de las
acciones del equipo, a partir de la utilización de los datos
disponibles.
• Trabajo con colaboradores, referentes y recursos en la comunidad que
puedan potenciar las acciones intersectoriales con el equipo.
• Ejercicio de la escucha activa y ampliada de las necesidades de los
usuarios en todas las acciones, proporcionando asistencia humanizada y
facilitando la construcción del vínculo.
• Realización dentro de las prácticas de salud, al registro de las
actividades en los sistemas de información y la utilización de
tecnologías informáticas de salud, en el PNA.
• Realizar acciones y actividades definidas de acuerdo con las prioridades locales.
• Implementación del acogimiento.
• Realización de la primera atención en las urgencias de salud (incluye
a todas las áreas: médicas, de enfermería, de salud mental,
odontológicas) y responsabilidad sobre derivación oportuna.
• Participación del equipo en la planificación y en la evaluación de las acciones.
• Desarrollo de las acciones intersectoriales, integrando proyectos
sociales y sectores afines, orientados hacia la estimulación de la
salud.
• Apoyo a las estrategias de fortalecimiento de la gestión local y de responsabilidad social.
• Valorización de los diversos saberes y prácticas con la perspectiva
de un abordaje intercultural, integral y resolutivo, haciendo posible
la creación de vínculos de confianza y ética, compromiso y respeto.
• Promoción y el estímulo a la participación comunitaria en la
responsabilidad social, en la planificación, en la ejecución y en la
evaluación de las acciones.
• Acompañamiento y evaluación sistemática de las acciones implementadas, con vistas a la readecuación del proceso de trabajo.
• Por último, en relación a la educación permanente, es central que los
equipos de salud de los centros de cada jurisdicción, propongan y
desarrollen acciones de educación permanente intentando combinar
necesidades y posibilidades singulares con ofertas y procesos más
generales de una política propuesta para todos los equipos y para toda
la jurisdicción.
ANEXO II
PROGRAMA DE SALUD FAMILIAR Y COMUNITARIA (PSFyC)
La ESFyC se consolidará como la línea de acción prioritaria para la
reorganización de la APS en Argentina y el Programa de Salud Familiar y
Comunitaria (PSFyC) será uno de sus instrumentos operativos para
implementar y expandir la ESFyC.
El PSFyC se asienta sobre los siguientes ejes:
• Trabajo en equipos interdisciplinarios y nominados, conformados por
Equipos Nucleares, Ampliados y de Apoyo Matricial, con población
nominal a cargo, georreferenciada.
• Primer contacto y atención continua, integral, coordinada.
• Capacitación y Educación Permanente en servicio.
• Abordaje individual, familiar y comunitario.
• Participación comunitaria.
• Evaluación continua de procesos y resultados sanitarios.
• Coordinación de los cuidados entre el primer nivel de atención y el
nivel hospitalario dentro de redes integradas de servicios de salud.
1. Propósito y objetivos.
Su
propósito es fortalecer la APS como política de Estado en el marco de la CUS y posicionar a la ESFyC en el eje territorial.
Su
objetivo consiste en
favorecer la conformación de equipos de salud familiar y comunitaria
con población nominal a cargo y georreferenciada, mediante becas de
capacitación.
Sus
objetivos específicos son:
• Capacitar a los Equipos de Salud Familiar y Comunitaria mediante Educación Permanente en servicio en el PNA;
• Propiciar una atención de alta calidad, prestando cuidados integrales
de salud desde la perspectiva biopsicosocial cultural y espiritual para
con el individuo, la familia y la comunidad;
• Realizar un abordaje interdisciplinario del individuo, la familia y la comunidad.
• Facilitar y fortalecer la activa participación comunitaria;
• Proporcionar cuidados de salud, en forma continua, integral e integrada y de calidad a la población nominal a cargo.
Para ello el PSFyC prevé realizar las líneas de acción de la ESFyC desarrolladas en el ANEXO I.
2. Implementación.
El PSFyC se implementará en las jurisdicciones que hayan adherido a la
estrategia nacional de Cobertura Universal de Salud y deberá seguir los
lineamientos generales establecidos por la ESFyC, respetando las
particularidades del contexto local.
La implantación de estos equipos será gradual y de responsabilidad
conjunta entre la Nación y las jurisdicciones, priorizando las áreas de
implementación de la CUS, así como las áreas más desprotegidas del
territorio nacional.
La modalidad de financiamiento será de transferencia a la jurisdicción,
en concepto de complemento para su capacitación. Los montos serán
establecidos en los Convenios específicos que se firmen entre las
partes.
Los recursos humanos serán seleccionados en conjunto entre la Nación y
las jurisdicciones, de acuerdo a los perfiles y condiciones que serán
oportunamente comunicadas por el programa de SFC y que se establezcan
en los Convenios específicos entre ambas partes.
Deberán estar debidamente registrados en el Sistema de Registro
Nacional vigente, indicando datos básicos de identidad y contacto de la
persona, así como su lugar de trabajo. Dichos datos deberán ser
actualizados regularmente.
Los equipos de salud familiar y comunitaria que se conformen mediante
este Programa deberán trabajar en coordinación con los demás equipos de
salud del PNA y demás niveles de complejidad a los que se integra el
establecimiento donde se desempeñan.
3. Monitoreo del PSFyC.
La Dirección Nacional de Salud Familiar y Comunitaria definirá los
estándares, indicadores y reportes para el monitoreo de los equipos que
se financien mediante el Programa. Los mismos serán explicitados
oportunamente en los Convenios específicos que se firmen entre las
partes.
ANEXO III
PROGRAMA NACIONAL DE ABORDAJE TERRITORIAL
1. Fundamentación.
La ESFyC se caracteriza por un conjunto de acciones de salud, en el
ámbito individual y colectivo y para ello es necesaria la articulación
intra e intersectorial. En este sentido, el Programa Nacional de
Abordaje Territorial será el que acompañe y complemente las acciones de
los efectores del PNA, para así dar respuestas integrales a los
usuarios de la comunidad.
Este Programa resulta de la fusión de otros programas que llegaban al
territorio de manera fragmentada y segmentada, permitiendo ahora, una
mayor coordinación y optimización de los recursos y de las prácticas de
salud que se requieran en el territorio.
La Atención Primaria de la Salud busca, a través del armado y
optimización de las redes de prestaciones, hacer extensiva la cobertura
efectiva en salud a toda la población. Atendiendo esta concepción, los
Equipos de Abordaje Territorial, en adelante "EAT" buscan crear
replicadores comunitarios en salud a partir del armado de redes de
promotores en cada una de las localidades en las que se instale,
fomentando la detección temprana de enfermedades sumado a un abordaje
rápido y eficaz sobre las mismas, como así también la capacitación de
la comunidad en pos de la búsqueda de mejorar la calidad de vida y las
prácticas saludables.
Estas acciones en territorio se realizarán mediante dispositivos
móviles tales como: camiones, trenes sanitarios, camionetas,
contenedores y cualquier otro dispositivo que permita realizar
prácticas de salud en los distintos niveles jurisdiccionales.
2. Objetivo general.
Generar acciones de cuidado, prevención y promoción de la salud
utilizando la estrategia de abordaje territorial en articulación con
los sistemas sanitarios provinciales y municipales, así como con
instituciones y organizaciones locales y otras áreas del Estado
Nacional, con el fin de contribuir a la mejora de las condiciones de
salud de la población.
3. Objetivos específicos.
• Fortalecer la Cobertura Universal en Salud, mediante los EAT, en las poblaciones más vulnerables del país.
• Mejorar la capacidad de detección y tamizaje, diagnóstico, atención y
tratamiento de las poblaciones, priorizando aquellas con cobertura
pública exclusiva.
• Garantizar el acceso a los tratamientos y seguimientos en forma
planificada de las personas atendidas por los EAT a través de una
articulación de redes con los distintos niveles de salud
jurisdiccionales.
• Acercar los diversos programas de la Secretaría de Gobierno de Salud
del Ministerio de Salud y Desarrollo Social hacia sus beneficiarios.
• Aportar información sistematizada a la situación epidemiológica local.
• Contribuir a la reducción de riesgos sanitarios e indicadores de
mortalidad sobre poblaciones vulnerables a través de acciones
planificadas.
• Promover y difundir los derechos sociales, civiles y políticos de la
población, a través de campañas informativas en materia de salud.
• Reforzar la cobertura de vacunación de la población, según el
Calendario Nacional, priorizando la vacunación de niños/as y personas
con factores de riesgo para determinadas patologías inmunoprevenibles.
• Coordinar con las autoridades jurisdiccionales la orientación para
mejorar el acceso a los servicios asistenciales de los individuos.
• Fomentar y reforzar los canales de comunicación y participación
comunitarias, tendientes al acceso de los bienes públicos de la salud.
• Fortalecer el valor de la cultura, el deporte y la recreación como
elementos constitutivos de la integración y el desarrollo personal y
social.
4. Criterios de elegibilidad y organización de acciones del Programa.
Para dar respuesta a la Cobertura Universal de Salud en territorio y
disminuir inequidades, favoreciendo la accesibilidad al derecho a la
salud, se priorizarán en el momento de elegir las jurisdicciones, los
indicadores socio sanitarios de las mismas, las situaciones de contexto
específicas de la localidad, la realización de campañas de salud, las
emergencias sanitarias y todas las situaciones que requieran la
presencia de los equipos territoriales de salud.
Todos los operativos de los EAT se coordinarán con las Jurisdicciones
pudiendo algunos móviles permanecer temporalmente, acuerdos mediante,
para la respuesta local territorial en salud.
Los operativos del Programa se realizarán según planificación regional
del territorio nacional mediante la regionalización en: NOA (Jujuy,
Salta, Tucumán, Santiago del Estero, Catamarca y La Rioja), NEA
(Misiones, Corrientes, Chaco y Formosa), Cuyo (Mendoza, San Luis, San
Juan, Catamarca), Centro (Córdoba, Santa Fe, Entre Ríos, Buenos Aires y
Ciudad Autónoma de Buenos Aires) y Patagonia (La Pampa, Neuquén, Rio
Negro, Chubut, Santa Cruz y Tierra del Fuego).
5. Prácticas en salud.
Las prácticas de salud en calidad de prestaciones, enmarcadas en el cuidado integral de los usuarios en el ámbito del PNA, son:
• Apoyo a acciones sanitarias.
• Inmunizaciones.
• Acciones para la promoción.
• Diagnóstico temprano de condiciones prevenibles.
• Acciones para la educación en salud.
• Asistencia y prácticas de odontología.
• Acciones para la salud ocular.
• Educación y acción relativas al campo de la zoonosis.
• Realización de prácticas de laboratorio.
• Testeos rápidos.
• Consejerías.
En caso de que a través de las pesquisas o diagnósticos realizados en
los operativos se detecten problemas y/o riesgos para la salud, los
usuarios serán derivados al sistema sanitario local por medio de los
referentes de los EAT para así dar seguimiento a sus problemas de salud.
6. Población destinataria.
Todo habitante del Territorio Nacional Argentino, priorizando aquellos
con cobertura pública exclusiva, como así también aquéllos en contexto
de alta vulnerabilidad y marginalidad socio-sanitaria.
7. Recursos del programa de EAT.
El Programa de EAT trabaja con recurso humano nacional, provincial o
municipal, de diferentes perfiles: médicos/as preferentemente
especialistas en medicina general y/o familiar, enfermeros/as, agentes
sanitarios, odontólogos/as, nutricionistas, bioquímicos/as, técnicos
radiólogos, psicólogos y profesionales de las ciencias sociales.
También se incluyen en los equipos y para el funcionamiento de los
operativos: personal logístico, choferes, personal de mantenimiento,
técnicos, supervisores y referentes que tengan contacto con las
jurisdicciones. Los equipos de comunicación, planificación y de
organización general del programa también son parte de la estructura,
integrándose a los demás equipos para dar respuesta al eje territorial
de la estrategia de salud familiar y comunitaria.
Para realizar en territorio los operativos se utilizarán diferentes
recursos materiales y físicos como el siguiente mobiliario: gazebos,
lonas, sillas, mesas, sombrillas y equipamiento específico tales como
computadoras personales, balanzas para peso y talla, tensiómetros,
sensores para glucemia, diferentes materiales para testeos, entre otros.
Los operativos contarán con materiales para el trabajo territorial para
la promoción y prevención, y también folletería institucional y
materiales para difusión.
8. Metodología.
El Programa Nacional de Equipos de Abordaje Territorial incluye dos áreas de trabajo con funciones
específicas y técnicas: Prácticas de Salud y Logística Operativa, y sus
actividades y responsabilidades se organizan en tormo a ellas.
En territorio, la modalidad de trabajo requiere un acuerdo previo con
la jurisdicción local para la implementación del dispositivo con dicha
jurisdicción y luego de realizar un análisis de situación, el área de
Prácticas de Salud será responsable de la organización y priorización
de acciones sanitarias territoriales.
Desde el Área de Logística Operativa se coordinarán los escenarios
necesarios para el armado de las actividades atendiendo a todas las
sugerencias que aporten los referentes locales. Las instituciones
involucradas se coordinarán a través de los mecanismos establecidos en
cada jurisdicción.