SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO
Resolución 4/2019
RESOL-2019-4-APN-SRT#MPYT
Ciudad de Buenos Aires, 11/01/2019
VISTO el Expediente EX-2018-60983269-APN-SRT#MPYT, la Ley Nº 24.557,
los Decretos Nº 72 de fecha 23 de enero de 2018, N° 174 de fecha 02 de
marzo de 2018 y sus modificatorios y N° 632 de fecha 06 de julio de
2018, las Resoluciones de esta SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO
(S.R.T). N° 1.236 de fecha 30 de agosto de 2011, N° 1.311 de fecha 09
de septiembre de 2011, N° 1.003 de fecha 08 de agosto de 2012, N° 1.214
de fecha 22 de julio de 2013, N° 1.545 de fecha 11 de septiembre de
2013, N° 3.362 de fecha 08 de octubre de 2015, Nº 01 de fecha 05 de
enero de 2016, N° 06 de fecha 14 de enero de 2016, N° 12 de fecha 20 de
enero de 2016, N° 45 de fecha 22 de febrero de 2016, N° 294 de fecha 12
de julio de 2016, N° 570 de fecha 12 de octubre de 2016, Nº 06 de fecha
05 de enero de 2017, Nº 712 de fecha 30 de junio de 2017, N° 69 de
fecha 07 de agosto de 2018, la Disposición de la Gerencia General
(G.G.) N° 06 de fecha 11 de mayo de 2018, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 35 de la Ley N° 24.557 sobre Riesgos del Trabajo creó
la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.), como entidad
autárquica en jurisdicción del MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD
SOCIAL, actual MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO.
Que el artículo 36, apartado 1, inciso e) de la Ley Nº 24.557
estableció, dentro de las funciones inherentes a la S.R.T. las de
dictar su reglamento interno, administrar su patrimonio y determinar su
estructura organizativa.
Que por el Decreto N° 174 de fecha 02 de marzo 2018 y sus
modificatorios se aprobó el organigrama de aplicación de la
Administración Pública Nacional centralizada hasta nivel de
Subsecretaría, entre ellos el referido a la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE
TRABAJO del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, para cumplir con las
responsabilidades que le son propias, estableciendo, asimismo, sus
competencias.
Que, asimismo, por el citado decreto y sus modificatorios se
establecieron los ámbitos jurisdiccionales en los que actuarán los
Organismos desconcentrados y descentralizados de la Administración
Pública Nacional, entre ellos la S.R.T. en la órbita de la SECRETARÍA
DE GOBIERNO DE TRABAJO del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO.
Que mediante el artículo 11 del Decreto N° 632 de fecha 06 de julio de
2018, se estableció que los Organismos descentralizados y
desconcentrados de la ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL, deberán
presentar a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS en un plazo de SESENTA
(60) días contados a partir de la entrada en vigencia del referido
decreto, un proyecto de optimización de su estructura organizativa.
Que el cumplimiento de los objetivos de Gobierno recomienda una
reingeniería organizacional de las estructuras organizativas del ESTADO
NACIONAL, incluyendo sus Organismos descentralizados, entre los que se
encuentra el citado Organismo.
Que mediante la Resolución S.R.T. Nº 01 de fecha 05 de enero de 2016 y
sus modificatorias se aprobaron las aperturas estructurales de primero,
segundo y tercer nivel operativo del referido Organismo.
Que, en esta instancia, resulta menester aprobar una nueva estructura organizativa para el Organismo.
Que, en consecuencia, corresponde derogar las Resoluciones de creación
de las Delegaciones Regionales N° 1.236 de fecha 30 de agosto de 2011,
N° 1.311 de fecha 09 de septiembre de 2011, N° 1.003 de fecha 08 de
agosto de 2012, N° 1.214 de fecha 22 de julio de 2013, N° 1.545 de
fecha 11 de septiembre de 2013, N° 3.362 de fecha 08 de octubre de
2015, N° 06 de fecha 14 de enero de 2016, N° 12 de fecha 20 de enero de
2016 y N° 45 de fecha 22 de febrero de 2016.
Que la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN ha tomado intervención en virtud del artículo 5° del Decreto Nº 72/18.
Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos y Normativos de la S.R.T. ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes
de los artículos 36, apartado 1, inciso e) y 38 de la Ley Nº 24.557.
Por ello,
EL SUPERINTENDENTE DE RIESGOS DEL TRABAJO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Apruébase la estructura organizativa de primer nivel
operativo de la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.),
Organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE
GOBIERNO DE TRABAJO del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, de
conformidad con el Organigrama y los Objetivos, Responsabilidades
Primarias y Acciones que, como Anexos I IF-2019-02110194-APN-SRT#MPYT y
II IF-2019-02111716-APN-SRT#MPYT, forman parte integrante de la
presente resolución.
ARTÍCULO 2º.- Apruébase la estructura organizativa de segundo y tercer
nivel operativo de la S.R.T., Organismo descentralizado actuante en la
órbita de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE TRABAJO del MINISTERIO DE
PRODUCCIÓN Y TRABAJO, de conformidad con el Organigrama y las Acciones
que, como Anexos IIIa IIIb, IIIc, IIId, IF-2019-02112131-APN-SRT#MPYT y
IV IF-2019-02112594-APN-SRT#MPYT, forman parte integrante de la
presente resolución.
ARTÍCULO 3º.- Deróganse las Resoluciones S.R.T. N° 01 de fecha 05 de
enero de 2016, N° 294 de fecha 12 de julio de 2016, N° 570 de fecha 12
de octubre de 2016, Nº 06 de fecha 05 de enero de 2017, Nº 712 de fecha
30 de Junio de 2017, N° 69 de fecha 07 de agosto de 2018 y la
Disposición de la Gerencia General (G.G) N° 06 de fecha 11 de mayo 2018.
ARTÍCULO 4º.- Deróganse las Resoluciones S.R.T N° 1.236 de fecha 30 de
agosto de 2011, N° 1.311 de fecha 09 de septiembre de 2011, N° 1.003 de
fecha 08 de agosto de 2012, N° 1.214 de fecha 22 de julio de 2013, N°
1.545 de fecha 11 de septiembre de 2013, N° 3.362 de fecha 08 de
octubre de 2015, N° 06 de fecha 14 de enero de 2016, N° 12 de fecha 20
de enero de 2016 y N° 45 de fecha 22 de febrero de 2016.
ARTÍCULO 5º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente
medida será atendido con cargo a los créditos de las partidas propias
de la S.R.T..
ARTÍCULO 6º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese. E/E Guillermo Héctor Arancibia
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 14/01/2019 N° 2041/19 v. 14/01/2019
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: AnexoI,AnexoII, AnexoIII, AnexoIV)