MINISTERIO DE HACIENDA
SECRETARÍA DE GOBIERNO DE ENERGÍA
Resolución 1/2019
RESOL-2019-1-APN-SGE#MHA
Ciudad de Buenos Aires, 11/01/2019
VISTO el expediente EX-2018-63097201-APN-DGDOMEN#MHA, los decretos 801
del 5 de septiembre de 2018 y 958 del 25 de octubre de 2018, las
resoluciones 72 del 17 de mayo de 2016, 96 del 1° de junio de 2016, 147
del 5 de agosto de 2016, 202 del 28 de septiembre de 2016, 84 del 12 de
abril de 2017, 4 del 10 de octubre de 2017, 268 del 9 de agosto de
2017, 281 del 18 de agosto de 2017, 137 del 19 de abril de 2018, 200
del 15 de mayo de 2018, 285 del 14 de junio de 2018, todas del ex
Ministerio de Energía y Minería, y las resoluciones 292 del 25 de junio
de 2018 y 14 del 16 de julio de 2018, ambas del ex Ministerio de
Energía, y
CONSIDERANDO:
Que por el artículo 12 del decreto 801 del 5 de septiembre de 2018 se
estableció que el Ministerio de Hacienda es continuador, a todos sus
efectos, del ex Ministerio de Energía.
Que por medio del decreto 958 del 25 de octubre de 2018 se modificó el
decreto 174 del 2 de marzo del 2018 por el que se había aprobado el
organigrama de aplicación de la Administración Pública Nacional
centralizada hasta nivel de subsecretaría.
Que por el artículo 4° del citado decreto 958/2018 se sustituyó el
anexo I -apartado VIII- correspondiente al Ministerio de Hacienda, por
el cual se incorpora la estructura organizativa de la Secretaría de
Gobierno de Energía.
Que en virtud de lo dispuesto por el citado decreto (apartado VIII bis,
punto 4, del anexo) la Secretaría de Gobierno de Energía ejerce las
funciones de autoridad de aplicación de las leyes que regulan el
ejercicio de las actividades en materia energética.
Que por las resoluciones citadas en el Visto se delegaron diversas
funciones en la entonces Subsecretaría de Energías Renovables y la
entonces Subsecretaría de Ahorro y Eficiencia Energética.
Que a los fines de lograr mayor celeridad y eficiencia en el ejercicio
de las competencias atribuidas por la legislación a esta Secretaría de
Gobierno de Energía y teniendo en cuenta el principio de especialidad
en la función administrativa, resulta conveniente delegar determinadas
funciones en la actual Subsecretaría de Energías Renovables y
Eficiencia Energética dependiente de esta secretaría.
Que el servicio jurídico permanente ha tomado la intervención que le compete.
Que esta medida se dicta en uso de las facultades previstas en el
apartado VIII bis del anexo II al decreto 174 del 2 de marzo de 2018 y
el artículo 2° del Reglamento de Procedimientos Administrativos
aprobado por el decreto 1759/72 (t.o. 2017).
Por ello,
EL SECRETARIO DE GOBIERNO DE ENERGÍA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Delegar en la Subsecretaría de Energías Renovables y
Eficiencia Energética el ejercicio de las siguientes funciones:
a) Dictar los actos necesarios y las normas aclaratorias y
complementarias relativos al Procedimiento para la Obtención del
Certificado de Inclusión en el Régimen de Fomento de las Energías
Renovables y al Procedimiento para el Control de las Inversiones y la
Aplicación de los Beneficios Fiscales, aprobados por la resolución 72
del 17 de mayo de 2016 del ex Ministerio de Energía y Minería.
b) Incorporar los anexos del Contrato de Fideicomiso del Fondo para el
Desarrollo de Energías Renovables (FODER) creado por el artículo 7° de
la ley 27.191.
c) Calificar las ofertas y adjudicar los contratos en el marco del Programa RenovAr.
d) Resolver sobre la ampliación de plazos contractuales, la aplicación
de multas y el inicio de procedimientos de rescisión contractual en el
marco del Programa RenovAr y la resolución 202 del 28 de septiembre de
2016 del citado ministerio.
e) Otorgar los Certificados de Inclusión en el Régimen de Fomento de
las Energías Renovables a los beneficiarios adjudicados en el marco del
Programa RenovAr, a los comprendidos en la citada resolución 202/2016 y
a quienes lo soliciten de acuerdo con el procedimiento establecido en
el anexo I de la resolución 72/2016 del ex Ministerio de Energía y
Minería, y los beneficios fiscales correspondientes.
f) Ejercer las competencias que corresponden a la Secretaría de
Gobierno de Energía, en su carácter de Autoridad de Aplicación del
FODER, previstas en las leyes 26.190 y 27.191, en el decreto 531 del 30
de marzo de 2016 y sus normas modificatorias y complementarias.
g) Subdelegar en la Dirección Nacional de Energías Renovables la firma
de los Acuerdos de Adhesión al FODER a ser suscriptos con el fiduciario
del FODER y los beneficiarios adjudicados en las distintas Rondas del
Programa RenovAr.
h) Subdelegar en la Dirección Nacional de Energías Renovables la firma
de los Acuerdos de Aceptación de Condiciones a suscribirse con el Banco
Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF), el fiduciario del
FODER y los beneficiarios adjudicados por las resoluciones 213 del 7 de
octubre de 2016 y 281 del 25 de noviembre de 2016, ambas del citado
ministerio, en los términos del modelo obrante como Anexo 8 del Acuerdo
de Garantía suscripto el 9 de agosto de 2017 entre el Banco de
Inversión y Comercio Exterior (BICE), en su carácter de fiduciario del
FODER, y el BIRF, en su calidad de garante.
i) Suscribir adendas modificatorias al Convenio Marco de Colaboración
celebrado entre la ex Subsecretaría de Energías Renovables del ex
Ministerio de Energía y Minería y el Instituto Nacional de Tecnología
Industrial (INTI) el 27 de enero de 2017 y los convenios específicos
que resulten necesarios con la finalidad de acordar su intervención,
colaboración y actuación conjunta en las distintas cuestiones
relacionadas con el Régimen de Fomento de las Energías Renovables.
j) Dictar los actos necesarios para la ejecución del Proyecto de
Energías Renovables en Mercados Rurales (PERMER) implementado a través
del decreto 1119 del 6 de octubre de 1999 y sus normas reglamentarias y
complementarias, y subdelegar en la Dirección Nacional de Promoción de
las Energías Renovables las siguientes acciones:
i. la suscripción de contratos de locación de obra o servicios de
consultoría con montos inferiores a cien mil dólares estadounidenses
(USD100.000) en el marco de procesos realizados bajo las Normas de
Selección y Contratación de Consultores con préstamos del BIRF,
créditos de la Asociación Internacional de Fomento (AIF) y donaciones
por prestatarios del Banco Mundial (versión enero 2011, actualizada
2014);
ii. la suscripción de convenios de viáticos relacionados con la gestión
del PERMER contemplados en el componente 4 del Convenio de Préstamo;
iii. la designación de comités evaluadores para los procesos de licitación que se lleven a cabo en el marco del PERMER;
iv. la suscripción de adendas o enmiendas a los contratos de obra,
bienes y servicios en lo relativo al plazo de ejecución, terminación de
obra y entrega de bienes o servicios para todos los procesos realizados
conforme a las Normas de Adquisiciones de Bienes, Obras y Servicios
Distintos a los de Consultoría con préstamos del BIRF, créditos de la
AIF y donaciones por prestatarios del Banco Mundial (versión enero
2011, actualizada 2014).
k) Establecer la documentación a presentar para la inscripción en el
Registro Nacional de Proyectos de Generación de Energía Eléctrica de
Fuente Renovable (RENPER) creado por el art. 9° de la resolución 281
del 18 de agosto de 2017 y disponer la inscripción de los proyectos
respectivos.
l) Dictar las normas aclaratorias y complementarias de la resolución
281/2017, sin perjuicio de las atribuciones que competen a la
Secretaría de Recursos Renovables y Mercado Eléctrico para dictar las
normas que rigen la actuación en el Mercado Eléctrico Mayorista (MEM)
conforme a los criterios establecidos en la ley 24.065 y sus normas
complementarias y reglamentarias.
m) Establecer el valor de referencia de las inversiones por tecnología,
en dólares estadounidenses por megavatio, que se aplicará para
determinar el cumplimiento del principio efectivo de ejecución en los
términos del art. 9° de la ley 26.190, y el monto máximo de beneficios
fiscales a otorgar por megavatio para cada tecnología, conforme a lo
dispuesto en el art. 4° del anexo a la citada resolución 281/2017.
n) Aplicar la penalidad que corresponda por los incumplimientos previstos en los arts. 41 y 42 de esa resolución.
ñ) Autorizar cambios del Socio Estratégico en las sociedades titulares
de proyectos adjudicados en las distintas Rondas del Programa RenovAr,
de acuerdo con lo previsto en los pliegos de bases y condiciones
correspondientes.
o) Autorizar cambios de tecnología en los proyectos asociados a los
contratos celebrados en el marco de las Rondas del Programa RenovAr y
de la resolución 202/2016 del ex Ministerio de Energía y Minería, e
instruir a la Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico
Sociedad Anónima (CAMMESA) a realizar las adecuaciones contractuales
necesarias, de acuerdo con lo previsto en los pliegos de bases y
condiciones correspondientes.
p) Dictar las normas necesarias para regular el procedimiento de
solicitud de cambios de la tecnología empleada en las centrales, en el
marco de lo dispuesto en los respectivos pliegos de bases y condiciones
aprobados en el marco del Programa RenovAr.
q) Aprobar las solicitudes de relocalización de los proyectos de
generación de energía eléctrica de fuente renovable en el marco del
Programa RenovAr, conforme a lo previsto en la resolución 292 del 25 de
junio de 2018 del ex Ministerio de Energía.
r) Dictar los actos interpretativos y aquellos que resulten necesarios
para la aplicación de lo establecido en la resolución 285 del 14 de
junio de 2018 del ex Ministerio de Energía y Minería y en la citada
resolución 292/2018 del ex Ministerio de Energía.
s) Dictar los actos necesarios para la ejecución del Programa Nacional
de Uso Racional y Eficiente de la Energía (PRONUREE) aprobado por el
decreto 140 del 21 de diciembre de 2007, y suscribir convenios y
aprobar los reglamentos de los planes que deriven de la ejecución de
ese programa.
t) Dictar los actos necesarios para la instrumentación, reglamentación
y ejecución del Plan “Alumbrado Eficiente” (PLAE) creado por el art. 1°
de la resolución 84 del 12 de abril de 2017 del ex Ministerio de
Energía y Minería.
u) Suscribir y ejecutar convenios marco y específicos de cooperación y
asistencia con organismos públicos estatales o no estatales, nacionales
o extranjeros y entidades privadas sin fines de lucro para el
cumplimiento de los objetivos de la subsecretaría previstos en el
apartado VIII bis del anexo al decreto 958/2018, y aprobar los gastos y
ordenar los pagos que correspondan.
v) Ejercer las funciones asignadas a la entonces Secretaría de Energía
dependiente del ex Ministerio de Planificación Federal, Inversión
Pública y Servicios en el Convenio de Donación del Fondo para el Medio
Ambiente Mundial BIRF TF 092377 suscripto el 1° de octubre de 2009
entre la República Argentina y el Banco Internacional de Reconstrucción
y Fomento (BIRF).
w) Dictar los actos necesarios para la disposición del remanente de las
lámparas adquiridas por la ex Secretaría de Energía para el Plan de
Concientización e Implementación del Uso Racional de Energía Eléctrica
en Usuarios Residenciales implementado por medio de la resolución 24
del 15 de enero de 2008 del ex Ministerio de Planificación Federal,
Inversión Pública y Servicios.
ARTÍCULO 2°.- La presente medida entrará en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. Gustavo Sebastián Lopetegui
e. 14/01/2019 N° 1999/19 v. 14/01/2019