AGENCIA DE PLANIFICACIÓN

Resolución 13/2018

Ciudad de Buenos Aires, 19/12/2018

VISTO el Expediente Nº EX2018-00002433-APLA-SG#APLA del registro de esta AGENCIA DE PLANIFICACION (APLA), y

CONSIDERANDO:

Que conforme a lo estipulado en el artículo 23 del Marco Regulatorio aprobado por la Ley N° 26.221, la AGENCIA DE PLANIFICACIÓN tiene a su cargo la coordinación integral de la planificación de las obras de expansión y mejoramiento del servicio, controlar la elaboración de los proyectos, desarrollo de las obras, estudios de impacto ambiental, planes, su comunicación y establecer las metas de calidad.

Que asimismo le compete aprobar a pedido de la Concesionaria la solicitud de las obras de expansión, proporcionar o facilitar a la población acceso a la información, proyectar y disponer la realización de obras de expansión según la disponibilidad de recurso económicos y, en general, intervenir en todas las cuestiones de carácter técnico u operativo que incidan en los planes de acción.

Que en el actual contexto macroeconómico resulta imprescindible enfatizar el tema de la asignación de los recursos públicos, sin que ello afecte el impostergable objetivo de mayor crecimiento y mayor equidad.

Que esta tarea requerirá de mayores esfuerzos en la Coordinación Integral de la planificación y control, para mejorar la eficiencia y eficacia en los niveles de inversión en infraestructura de la Concesionaria.

Que lo precedentemente señalado, presupone dos tareas simultáneas e importantes, que caen en el ámbito de la Agencia; por un lado, el incremento de la eficacia de los procesos de Planificación de las inversiones y por otro, mayor eficiencia en el control de los Proyectos de Expansión y Mejoras que elabora y ejecuta la Concesionaria; ambos aspectos tienen que ser abordados en forma continua y coherente a fin de contribuir a alcanzar, junto con el mejoramiento de la recaudación tarifaria de AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS SOCIEDAD ANÓNIMA, el equilibrio de la Concesionaria para cumplir su rol social y de servicio público esencial que le cabe.

Que en tal sentido el diseño Conceptual de las “Bases Metodológicas para la Implementación de un Sistema de Gestión de Proyectos en el Marco de la Concesión de AySA”, cuya aprobación se propone en estos actuados, da respuesta al contexto actual, planteando la integración de los procesos vigentes que realiza la Concesionaria para la identificación de las oportunidades de desarrollo, la selección de las mejores opciones para la formulación de la definición del alcance de todos los Proyectos de Expansión y Mejoras que AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS SOCIEDAD ANÓNIMA (AySA), propone incluir en el plan de Expansión y Mejoras y finalmente, el proceso de ejecución de las obras necesarias, hasta su conexión y puesta en servicio.

Que estos procesos tienen por objeto dar cumplimiento al Marco Regulatorio que conforme se indicara más arriba, asigna a la Agencia la misión constitutiva de controlar la elaboración de los proyectos de Expansión y Mejoras, de acuerdo a lineamientos funcionales de evaluación y análisis.

Que consecuentemente con el diseño planteado, el respaldo metodológico del Sistema se focaliza en la integración de los procesos de Planificación y los procesos de Control del Plan de Expansión y Mejoras que incluye los programas de desarrollo plurianuales, los proyectos y subproyectos que agregan valor.

Que tanto las actividades de Coordinación Integral de la Planificación y el Control posterior, requieren llevarse a cabo conjuntamente con AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS SOCIEDAD ANÓNIMA (AySA) en un ambiente colaborativo en la forma lo más directa posible, con el propósito final de obtener y organizar la trazabilidad de la información en la forma y en la frecuencia que ésta es requerida por la AGENCIA DE PLANIFICACION (APLA).

Que a mérito de lo anterior, se requiere un necesario proceso de acuerdo entre A.PLA y AySA, para lograr una conceptualización metodológica común, que permita a la Agencia optimizar su Misión descripta en el mandato regulatorio y por otra parte, a la Concesionaria organizar y disponibilizar la información, de una manera oportuna, apropiada y precisa, para ser utilizada por la APLA.

Que la AGENCIA DE PLANIFICACIÓN integra el Club de Reguladores creado a propuesta de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) y se encuentra participando del Estudio sobre Política Regulatoria de Argentina.

Que las “Bases Metodológicas para la Implementación de un Sistema de Gestión de Proyectos en el Marco de la Concesión de AySA” que se ponen a consideración de este Directorio se encuentran en línea con los “Siete principios para la gobernanza de los reguladores” como ejes propuestos por dicha organización y asimismo con los ejes de trabajo propuestos en el precitado Club de Reguladores especialmente en los aspectos de: Diagnóstico de Buenas Prácticas Regulatorias, Agenda Regulatoria y Evaluación de Desempeño.

Que las Gerencias de Planificación Técnica y Económica y de Asuntos Legales han tomado la intervención que les compete.

Que la presente se dicta en el marco de las competencias asignadas por el artículo 33 del Marco Regulatorio aprobado por Ley N° 26.221 y el Reglamento de Funcionamiento del Directorio de la AGENCIA DE PLANIFICACIÓN (APLA), aprobado por Resolución APLA N° 14 de fecha 9 de febrero de 2009.

Por ello,

EL DIRECTORIO DE LA AGENCIA DE PLANIFICACIÓN

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Apruébanse las “Bases Metodológicas para la implementación de un Sistema de Gestión de Proyectos en el marco de la Concesión de AYSA”, que como Anexo I (IF-2018-00002552-APLA- DIRECTORIO#APLA) forman parte integrante de la presente Resolución.

ARTICULO 2°.- Créase una Comisión Coordinadora de Consensos Regulatorios que estará integrada por un (1) representante de AYSA y un (1) representante de la APLA. Esta Comisión deberá presentar un Plan de Trabajos en el plazo de SESENTA (60) días.

ARTICULO 3°.- Encomiéndase a AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS SOCIEDAD ANÓNIMA (AySA) a designar un representante en la Comisión creada en el ARTÍCULO 2°.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, notifíquese a AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS SOCIEDAD ANÓNIMA (AySA), a la SECRETARIA DE INFRAESTRUCTURA y POLITICA HIDRICA, al CLUB DE REGULADORES, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Roberto Klix - Hector Manceñido - Pablo Bereciartua - Leandro Ayarza

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publica/n en www.apla.gob.ar.

e. 14/01/2019 N° 1934/19 v. 14/01/2019