MINISTERIO DE TRANSPORTE

SECRETARÍA DE GESTIÓN DE TRANSPORTE

Resolución 3/2019

RESOL-2019-3-APN-SECGT#MTR

Ciudad de Buenos Aires, 10/01/2019

VISTO el Expediente Nº EX-2018-58528421-APN-SSTF#MTR del MINISTERIO DE TRANSPORTE, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la resolución identificada como RESOL-2017-76-APN-SECGT#MTR se creó la COMISIÓN NACIONAL DE NORMAS Y ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE FERROCARRILES en adelante CNN y ETF, en el ámbito de la SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE FERROVIARIO de la SECRETARÍA DE GESTIÓN DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE TRANSPORTE.

Que el artículo 2° de la mencionada RESOL-2017-76-APN-SECGT#MTR estableció que dicha Comisión Nacional estará conformada por TRES (3) miembros permanentes: UN (1) representante de la DIRECCIÓN NACIONAL TÉCNICA DE TRANSPORTE FERROVIARIO, dependiente de la SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE FERROVIARIO; UN (1) representante de la DIRECCIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN NORMATIVA DE TRANSPORTE, dependiente de la SECRETARÍA DE GESTIÓN DE TRANSPORTE y UN (1) representante de la COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE, organismo descentralizado actuante en el ámbito de este Ministerio.

Que resulta conveniente modificar la Resolución referida en el considerando anterior, a los fines que los miembros integrantes de la COMISIÓN NACIONAL DE NORMAS Y ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE FERROCARRILES, puedan proponer la designación de más de un representante, permitiéndose así que el eventual impedimento en el ejercicio de las funciones de un representante designado, no entorpezca la ejecución de las actividades encomendadas a la mentada Comisión Nacional.

Que mediante resolución individualizada como RESOL-2018-2-APN-SECGT#MTR de fecha 10 de enero del 2018 de la SECRETARÍA DE GESTIÓN DE TRANSPORTE, se procedió a designar a los miembros permanentes propuestos por la COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE, la DIRECCIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN NORMATIVA DE TRANSPORTE y la DIRECCIÓN NACIONAL TÉCNICA DE TRANSPORTE FERROVIARIO.

Que en dicha resolución el Señor Víctor Mariano CHÉQUER CHARÁN (D.N.I. N° 35.359.291), fue designado como miembro permanente, en representación de la DIRECCIÓN NACIONAL TÉCNICA DE TRANSPORTE FERROVIARIO.

Que habida cuenta que el agente aludido en el considerando anterior, se ha desvinculado desde el 1° de julio de 2018 de la DIRECCIÓN NACIONAL TÉCNICA DE TRANSPORTE FERROVIARIO, corresponde reemplazar al representante permanente de dicha Dirección.

Que, a tal fin, se propuso como nuevo miembro permanente de la COMISIÓN NACIONAL DE NORMAS Y ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE FERROCARRILES, en representación de la DIRECCIÓN NACIONAL TÉCNICA DE TRANSPORTE FERROVIARIO al Ingeniero Luis Fernando MARDJETKO (D.N.I. 24.628.938).

Que mediante la referida resolución identificada como RESOL-2018-2-APN-SECGT#MTR de fecha 10 de enero del 2018 de la SECRETARÍA DE GESTIÓN DE TRANSPORTE, fue designada como miembro permanente de la COMISIÓN NACIONAL DE NORMAS Y ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE FERROCARRILES, en representación de la DIRECCIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN NORMATIVA DE TRANSPORTE la Abogada Patricia Viviana Castro (D.N.I. N° 18.316.660).

Que toda vez que se prevé asignar a la agente aludida en el anterior considerando, tareas diferentes a las que se desarrollarán en el marco de la COMISIÓN NACIONAL DE NORMAS Y ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE FERROCARRILES, corresponde reemplazar el representante permanente por parte de la DIRECCIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN NORMATIVA DE TRANSPORTE.

Que, a tal fin, se propuso como nuevos miembros permanentes, al Abogado Diego Gastón SAINZ (D.N.I. N° 28.059.085), y a la Abogada Sofía Lara REICHEL (D.N.I. N° 37.612.198) para que en forma indistinta, conjunta o alternada ejerzan la representación de la DIRECCIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN NORMATIVA DE TRANSPORTE en el ámbito de la COMISIÓN NACIONAL DE NORMAS Y ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE FERROCARRILES.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por la Ley N° 22.520 (texto ordenado por el Decreto Nro 438 del 12 de marzo de 1992), por los Decretos N° 212, de fecha 23 de diciembre de 2015, y N° 174, de fecha 2 de marzo de 2018.

Por ello,

EL SECRETARIO DE GESTIÓN DE TRANSPORTE

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Sustitúyase el artículo 2° de la Resolución N° 76 de esta Secretaría de Gestión de Transporte, de fecha 15 de septiembre de 2017, por el siguiente: “ARTÍCULO 2°.- Establécese que la Comisión creada por el artículo 1° de la presente medida estará conformada por miembros permanentes, en representación de la DIRECCIÓN NACIONAL TÉCNICA DE TRANSPORTE FERROVIARIO, de la DIRECCIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN NORMATIVA DE TRANSPORTE y de la COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE, organismo descentralizado actuante en la órbita de este Ministerio.

A los fines de hacer efectiva la representación en el marco de la COMISIÓN NACIONAL DE NORMAS Y ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE FERROCARRILES, cada miembro permanente deberá proponer UN (1) representante permanente, pudiendo propiciar la designación de más de uno, quienes podrán actuar en forma conjunta, alternada o indistinta.

La Comisión será presidida por uno de sus miembros permanentes, el que será designado por el Señor SUBSECRETARIO DE TRANSPORTE FERROVIARIO.”

ARTÍCULO 2º.- Sustitúyase el artículo 1° de la Resolución N° 2 de esta SECRETARÍA DE GESTIÓN DE TRANSPORTE, de fecha 10 de enero de 2018, por el siguiente: “ARTÍCULO 1°.- Desígnanse como miembros permanentes de la COMISIÓN NACIONAL DE NORMAS Y ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE FERROCARRILES de la SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE FERROVIARIO, al Ingeniero Horacio FAGGIANI (D.N.I. N° 14.611.384), en representación de la COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE, al Abogado Diego Gastón SAINZ (D.N.I. N° 28.059.985) y a la Abogada Sofia Lara REICHEL (D.N.I. N° 37.612.198) para que cualquiera de ellos en forma conjunta, alternada o indistinta actúen en representación de la DIRECCIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN NORMATIVA DE TRANSPORTE dependiente de la SECRETARÍA DE GESTIÓN DE TRANSPORTE, y al Ingeniero Luis Fernando MARDJETKO (D.N.I. N° 24.628.938) en representación de la DIRECCIÓN NACIONAL TÉCNICA DE TRANSPORTE FERROVIARIO de la SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE FERROVIARIO.”

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Hector Guillermo Krantzer

e. 15/01/2019 N° 2078/19 v. 15/01/2019