MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Y
MINISTERIO DE HACIENDA
Resolución Conjunta 1/2019
RESFC-2019-1-APN-MHA
Ciudad de Buenos Aires, 30/01/2019
VISTO el Expediente N° EX-2018-59366047-APN-DGA#SPF, la Ley Orgánica
del Servicio Penitenciario Federal Nº 17.236 (según texto Ley Nº
20.416), los Decretos Nros. 213 del 29 de enero de 1990, 1708 del 29 de
septiembre de 2014, 243 del 25 de febrero de 2015, 970 del 29 de mayo
de 2015 y 1261 del 14 de diciembre de 2016, las Resoluciones Nros.
RESOL-2017-586-APN-MJ del 31 de julio de 2017 y RESOL-2018-864-APN-MJ
del 28 de septiembre de 2018; y
CONSIDERANDO:
Que resulta necesario fijar una escala de haberes para el personal del
SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL, que reconozca la adecuada
jerarquización en relación con la capacidad, responsabilidad y
dedicación que demanda la correcta ejecución de su actividad.
Que en tal entendimiento resulta procedente fijar los importes del
“Haber Mensual”, modificando así las escalas salariales vigentes.
Que han tomado la intervención que les compete la COMISIÓN TÉCNICA
ASESORA DE POLÍTICA SALARIAL DEL SECTOR PÚBLICO y la DIRECCIÓN GENERAL
DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.
Que la presente medida se dicta en virtud de lo dispuesto en el
artículo 4º, inciso b), apartado 12 de la Ley de Ministerios (texto
ordenado por Decreto N° 438 del 12 de marzo de 1992 y sus
modificaciones), y el artículo 3°, inciso h), apartado I) del Decreto
N° 101/85 y sus modificaciones.
Que la señora Ministro de Seguridad suscribe la presente de conformidad
con lo establecido en el artículo 10 del Decreto N° 977 del 6 de julio
de 1995.
Por ello;
EL MINISTRO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Y
EL MINISTRO DE HACIENDA
RESUELVEN:
ARTÍCULO 1º.- Fíjase, a partir del 1° de febrero de 2019, el haber
mensual para el personal del SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL, conforme
los importes que para los distintos grados se detalla en el Anexo I
(IF-2019-05031788-APN-SSAPYRPJYCA#MJ), que forma parte de la presente
Resolución.
ARTÍCULO 2º.- Fíjanse, a partir del 1° de febrero de 2019, los importes
correspondientes a las compensaciones por “Gastos por Prestación de
Servicio”, “Fijación de Domicilio”, “Gastos de Representación”, “Apoyo
Operativo”,”Material de Estudio y Vestimenta” y el suplemento por
“Variabilidad de Vivienda”, conforme los importes que para los
distintos grados y jerarquías se detallan en el Anexo II
(IF-2019-05032075-APN SSAPYRPJYCA#MJ), que forma parte de la presente
Resolución.
ARTÍCULO 3º.- Fíjanse, a partir del 1° de febrero de 2019, los importes
correspondientes al régimen de viáticos y compensación de Gastos Fijos
por Movilidad según el Anexo III (IF-2019-05032337-APN-SSAPYRPJYCA#MJ),
que forma parte de la presente Resolución.
ARTÍCULO 4º.- Fíjanse, a partir del 1° de febrero de 2019, los importes
correspondientes al “Complemento por Responsabilidad Jerárquica” para
las funciones de Director y Subdirector Nacional según el Anexo IV
(IF-2019-05032565-APN-SSAPYRPJYCA#MJ), que forma parte de la presente
Resolución.
ARTÍCULO 5º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto por
la presente Resolución será atendido con los créditos asignados a la
Jurisdicción 40 – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, Servicio
Administrativo Financiero 331 - Servicio Penitenciario Federal.
ARTÍCULO 6°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. E/E Patricia Bullrich - Nicolas Dujovne
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución Conjunta se
publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 01/02/2019 N° 5467/19 v. 01/02/2019
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: AnexoI, AnexoII, AnexoIII, AnexoIV)