ANEXO
TÍTULO I - Disposiciones Generales
ARTÍCULO 1°.- Todo trámite vinculado con el Registro de la Ley de
Inversiones Mineras deberá realizarse a través de la Plataforma de
Trámites a Distancia (TAD), establecida mediante el Decreto N° 1.063 de
fecha 4 de octubre de 2016, o la que en el futuro la reemplace, o por
presentación por escrito, dirigida a la Autoridad de Aplicación de la
Ley N° 24.196 de Inversiones Mineras.
Deberá acompañarse la información y documentación que para cada caso se
detalla en el presente Anexo, la que revestirá el carácter de
Declaración Jurada, siendo el interesado responsable de la veracidad de
los mismos.
TÍTULO II - Requisitos y forma de solicitud del beneficio de estabilidad fiscal
ARTÍCULO 2°.- La solicitud del beneficio de estabilidad fiscal solo
podrá ser requerida por los inscriptos en el Registro de la Ley de
Inversiones Mineras para emprendimientos mineros nuevos a desarrollar,
o para unidades productoras existentes que incrementarán su capacidad
productiva y que no gocen de dicho beneficio, mediante la presentación
del estudio de factibilidad previsto en la "Guía de Formulación de
Estudio de Factibilidad" establecido en el Anexo 1, que forma parte
integrante de la presente resolución.
ARTÍCULO 3°.- El incremento de la capacidad productiva previsto en el
Artículo 2° del presente deberá cumplir, indistintamente, alguna de las
siguientes condiciones:
a) Ser igual o superior al CUARENTA POR CIENTO (40%) de la que tenía
antes de proyectarse su ampliación, tratándose del mismo producto
extraído o elaborado;
b) Comprometer una inversión efectuada en capital fijo no inferior en
su conjunto al CINCUENTA POR CIENTO (50%) de los activos existentes
antes de efectuarse la ampliación, a valor de mercado y en equipamiento
similar nuevo.
Dicha inversión deberá además efectuarse en cualquiera de los siguientes rubros:
1. Ejecución de trabajos necesarios para la definición de reservas de
mineral positivas, relacionadas al proyecto de incremento de la
capacidad productiva;
2. Ejecución de obras de laboreo minero correspondientes a la faz productiva;
3. Inversión en activos para la rehabilitación de procesos productivos paralizados;
4. Adquisición de maquinarias, elementos y equipos, de extracción, de
transporte de mina a planta y de beneficio del mineral, que se
incorporen al servicio permanente de la unidad productora;
5. Construcción de naves, depósitos y otras obras afectadas al proceso
productivo, campamentos y viviendas, edificios, caminos, instalaciones
de energía, comunicaciones, sanidad, capacitación, oficinas
administrativas y otras obras auxiliares de la explotación;
6. Obras de infraestructura o de servicios de uso comunitario.
ARTÍCULO 4°.- En los casos previstos en el Artículo 3° de la presente,
el beneficio de la estabilidad fiscal alcanzará a la totalidad del
emprendimiento de que se trate.
ARTÍUCULO 5°.- Aclárase que la estabilidad fiscal obtenida por un
emprendimiento minero podrá incluir a los nuevos recursos o reservas
minerales adicionales a los declarados en el estudio de factibilidad
original, que se incorporen a éste durante la etapa de producción,
siempre que se cumplan las siguientes condiciones:
a) Ser recursos explotados por una misma unidad económica e integrados
regionalmente con el emprendimiento, en los términos del Artículo 5° de
la Ley de Inversiones Mineras;
b) Presentar ante la Autoridad de Aplicación, con anterioridad al
inicio de las operaciones de producción minera de los nuevos recursos o
reservas, la actualización del estudio de factibilidad original
exclusivamente en aquellos aspectos que se modifiquen por la
incorporación de esos recursos o reservas.
TÍTULO III - Procedimiento para la emisión del certificado de estabilidad fiscal
ARTÍCULO 6°.- La Autoridad de Aplicación realizará el análisis técnico
del estudio de factibilidad y de la documentación presentada en el
plazo de TREINTA (30) días, y procederá de la siguiente manera:
a) Si de la solicitud realizada surgieren deficiencias pasibles de ser
subsanadas, se intimará al solicitante para que regularice las
observaciones formuladas, en el plazo de TREINTA (30) días.
Transcurrido dicho plazo, sin respuesta por parte del requirente, la
presentación se tendrá por no efectuada ordenándose su archivo,
pudiéndose presentar posteriormente una nueva solicitud.
b) En caso de que las deficiencias no fueran pasibles de ser
subsanadas, la Autoridad de Aplicación procederá al rechazo fundado de
la solicitud, subsistiendo el derecho del particular de presentar una
nueva solicitud.
ARTÍCULO 7°.- La Autoridad de Aplicación formulará a las autoridades
competentes las consultas previas establecidas en el artículo 10 del
Decreto N° 2686 de fecha 28 de diciembre de 1993, dentro de los CINCO
(5) días de presentado el estudio de factibilidad.
Los informes que emitan los organismos nacionales, provinciales y
municipales deberán ser suscriptos por la autoridad competente según
corresponda, y podrán ser instados y presentados por los interesados.
ARTÍCULO 8°.- La Autoridad de Aplicación emitirá el Certificado de
Estabilidad Fiscal contemplado en el Artículo 10 de la Ley N° 24.196 de
Inversiones Mineras por cada jurisdicción involucrada, en un plazo de
QUINCE (15) días, a partir de la recepción de los informes realizados
según el Artículo 7° de la presente resolución, y notificará
debidamente al interesado.
TÍTULO IV - Desistimiento
ARTÍCULO 10.- Los titulares de proyectos mineros que hubieran obtenido
la estabilidad fiscal, podrán solicitar a la Autoridad de Aplicación se
los tenga por desistidos del beneficio obtenido.
Una vez desistido el beneficio, sólo se podrá conceder nuevamente en el
supuesto que el proyecto minero no hubiera iniciado su producción
comercial, en los términos del estudio de factibilidad original.
Aplicará la carga tributaria y los regímenes cambiarios y arancelarios
vigentes al momento de la nueva solicitud, contándose a partir de esta
presentación el término de TREINTA (30) años prescrito por el Artículo
8° de la Ley de Inversiones Mineras.
ANEXO
GUIA DE FORMULACION DE ESTUDIO DE FACTIBILIDAD
El estudio de factibilidad a ser presentado para acceder al beneficio
de estabilidad fiscal deberá incluir los siguientes contenidos:
a) Resumen ejecutivo del proyecto: Brindar una visión global del
proyecto, proporcionando información breve y concisa de sus aspectos
principales, en el orden económico, técnico, ambiental y legal y las
conclusiones y recomendaciones emergentes.
Indicar si se trata de un proyecto nuevo o de la ampliación de uno
existente. En este último caso, especificar cómo encuadra dentro de los
alcances del artículo 3° de la presente resolución.
b) Antecedentes empresariales: Indicar la forma jurídica adoptada para
la operación del proyecto, la composición y propiedad del capital al
momento de la solicitud.
c) Aspectos técnico-mineros: Describir la localización señalando la
forma de llegar al yacimiento, tipo y estado de carretera, distancias a
los centros de población más importantes, con mapas esquemáticos.
Describir someramente los aspectos relativos a orografía, hidrografía y
recursos hídricos, recursos naturales y clima. Señalar infraestructura
disponible en la zona del proyecto. Enumerar todos los derechos y
propiedades mineras relacionadas con el proyecto, incluyendo derechos
superficiales, servidumbres y regalías asociadas. Enumerar los permisos
vigentes o solicitados a la fecha de presentación del presente estudio.
Detallar los trabajos realizados por la empresa en la etapa de
exploración, incluyendo los realizados por otras empresas con
anterioridad, de contar con dicha información.
Describir las características geológicas de la zona a nivel de geología
regional, geología local y geología del yacimiento, especificando tipo
de depósito, mineralización y tipos de alteración.
Señalar la clasificación de los recursos y reservas minables según los
estándares de la industria. Método de cálculo y criterios utilizados
para determinar recursos y reservas. Describir los procedimientos
seguidos para la toma y procesamiento de las diferentes muestras
geológicas, geoquímicas, ensayos mineralógicos y metalúrgicos, con sus
correspondientes controles de calidad implementados, utilizados para la
cuantificación de los recursos minerales. Indicar metodología de
verificación de datos obtenidos. Describir el o los métodos de
explotación minera elegidos y su secuencia de fases. Especificar las
características mecánicas de la roca. Brindar los parámetros
específicos de la operación, detallando la flota minera y auxiliar a
ser requerida y consumos específicos. Además, incluir aspectos
relativos a acopios de mineral de mena y depósitos de estéril, su
ubicación y accesos.
Enunciar los ensayos mineralúrgicos realizados a nivel laboratorio y
planta piloto, para determinar el proceso óptimo de tratamiento, con
sus conclusiones.
Referir detalladamente el proceso de tratamiento, diseño conceptual de
la planta con los diagramas de flujo correspondientes por sección y su
ubicación; capacidad instalada óptima, recuperación metalúrgica y
productividad o rendimiento de planta; consumos específicos y básicos;
disposición de las colas detallando diseño, ubicación y control de
riesgos; provisión y recuperación de agua.
d) Infraestructura, servicios auxiliares y construcciones civiles
requeridas. Plan de puesta en marcha: Describir los requerimientos
energéticos del proyecto y su provisión, las necesidades en servicios
auxiliares y las obras civiles a ejecutar, incluyendo obras de
captación de agua industrial y de uso humano, talleres de mantenimiento
y reparación, laboratorios, seguridad industrial, topografía,
campamentos y toda construcción inherente al desarrollo de la actividad.
Detallar los planes de puesta en marcha de cada una de las operaciones
en forma individual, señalando fechas estimadas de inicio de la etapa
constructiva y de su finalización. Indicar la modalidad probable de
gerenciamiento de la construcción (EPC, EPCM, otra) y tareas
programadas por fase, indicando tiempo de duración. Definir el período
de puesta a régimen e inicio de producción comercial.
e) Aspectos económicos: Indicar el o los productos finales a ser
obtenidos (actuales y potenciales) con sus especificaciones de calidad
y el tamaño y la composición de la demanda y la oferta. De ser
destinados a la exportación, indicar las posiciones arancelarias
correspondientes vigentes. Especificar el volumen de producción y
ventas previstas en unidades físicas y monetarias. Incluir beneficios y
reembolsos en caso de corresponder. Explicitar la logística de
comercialización a ser implementada.
Acompañar el plan de inversiones que deberá incluir una descripción
detallada, cronológica y valorizada del equipamiento a incorporar en
mina, planta, servicios, obras civiles, capital de trabajo y todo gasto
inherente al desarrollo del proyecto. Especificar el equipamiento
disponible y construcciones existentes. Definir la forma y condiciones
bajo las cuales se financiará el proyecto. Se incluirá el esquema de
financiamiento de las inversiones proyectadas como aportes de capital,
fondos autogenerados y apoyo de entidades financieras.
Mencionar los costos totales del proyecto, incluyendo los costos de
capital, operativos y capital de trabajo, separados por centro de
costos, incluyendo costos de administración, comercialización y
financieros. Demostrar la viabilidad económica y financiera del
proyecto y sus proyecciones, a fin de indicar que el proyecto es capaz
de generar recursos monetarios para cubrir los costos operativos, pagos
de impuestos, préstamos e intereses, así como beneficios que muestren
tasas internas de retorno razonables.
Las proyecciones deberán incluir, en forma de cuadro, los beneficios
proyectados, resultados, costos operativos proyectados y el flujo de
fondos proyectados. A su vez, deberán incluir indicadores de
rentabilidad como la tasa interna de retorno, valor presente neto y los
análisis de sensibilidad.
f) Aspectos ambientales y sociales: Indicar posibles efectos
ambientales directos e indirectos en la zona de ubicación e influencia,
así como las medidas que se observarán para prevenir la contaminación
del ambiente y otros efectos ambientales. Incluir aspectos relativos a
efluentes y su tratamiento y al cumplimiento de las normas aplicables
en la materia.
g) Plan de Participación de Industria Nacional (PPIN): Presentar el
formulario PPIN, el que deberá ser completado siguiendo la Guía para
Usuarios del Plan de Participación de Industria Nacional, formando
ambos parte de la presente Guía de Formulación de Estudios de
Factibilidad.
En el mismo se deben informar las acciones realizadas para promover la
participación de la industria nacional en la fase inicial del proyecto
(ingeniería y diseño) y en la etapa operacional inicial.
h) Análisis tributario: Detallar la carga tributaria a la que está
expuesto el proyecto, pasible de ser considerada por el beneficio de
estabilidad fiscal, discriminada por jurisdicción (nacional,
provincial, municipal).
La empresa deberá informar la denominación, naturaleza y alícuota o
monto de los tributos vigentes a la fecha de presentación del estudio
de factibilidad aplicables al proyecto.
Incluir un cuadro resumen del marco tributario descripto. La
información de los incisos c), e) y h) precedentes deberán ser
conformados por profesionales con incumbencias debidamente matriculados.
FORMULARIO PPIN
GUÍA PARA USUARIOS DEL PLAN DE PARTICIPACIÓN DE INDUSTRIA NACIONAL (PPIN)
1. Introducción
Los nuevos proyectos mineros y proyectos de deben presentar junto con
el Estudio de Factibilidad, un Plan de Participación de Industria
Nacional (PPIN) donde den cuenta de los principales componentes del
proyecto y sus acciones realizadas para promover la participación de la
industria nacional en la fase inicial del proyecto (ingeniería y
diseño) y la etapa operacional inicial.
El objetivo de los PPIN es fomentar la industria nacional, ofreciendo a
las empresas argentinas la oportunidad de participar en igualdad de
condiciones, de forma justa y razonable, en los procesos de cotización,
siempre que ofrezcan bienes y servicios competitivos y con los niveles
de calidad y plazos requeridos.
2. ¿Qué es un PPIN?
Un PPIN es un documento que muestra las acciones que el titular del
proyecto minero ha realizado para dar a las empresas argentinas la
oportunidad de participar en igualdad de condiciones, de forma justa y
razonable, en los procesos de cotización para la adquisición de bienes,
equipos y maquinarias y la contratación de servicios.
Los objetivos del PPIN son:
• Informar sobre las acciones realizadas para identificar las capacidades locales de abastecimiento;
• Informar sobre cómo los proyectos mineros otorgaron condiciones de
igualdad, de manera justa y razonable a las empresas locales para
participar en el abastecimiento de bienes y servicios del proyecto;
A los fines de la elaboración de los PPIN, se entenderá que es "justa"
cuando las empresas locales tengan la misma oportunidad de competir con
empresas extranjeras sobre la base de igualdad y transparencia en todos
los aspectos del proyecto (diseño, ingeniería, servicios profesionales,
etc.), y "razonable" cuando los pedidos de cotización no incluyan
requerimientos específicos que podrían restringir la participación de
empresas locales.
• Maximizar las oportunidades de la industria argentina en la participación del proyecto.
2.1. Cómo preparar un PPIN
Los PPIN deben seguir los lineamientos desarrollados a continuación.
2.1.1. Criterios del PPIN
2.1.1.1. Criterio 1: Detalles del Proyecto
Proveer información detallada de la empresa minera y del proyecto:
nombre, nombre del proyecto (si corresponde), ubicación principal,
sitio web, contacto para temas relacionados con compras y
contrataciones del proyecto.
2.1.1.2. Criterio 2: Oportunidades para la Industria Argentina
Detallar los bienes (equipos, maquinarias, etc.) y servicios que serían
adquiridos por las empresas mineras en la ejecución del proyecto.
Se deberá proveer un detalle de cada categoría de bienes y servicios
claves para el proyecto como: equipos de proceso, IT hardware/software,
estructuras metálicas, servicios de transporte, construcción,
ingeniería, campamento, etc.
Para cada componente se deberá informar si la fuente de abastecimiento
será local o extranjera. Esto se realiza en base a una evaluación
inicial del mercado argentino. En caso que la empresa minera considere
que ciertos bienes y/o servicios revisten carácter confidencial, podrá
no incluirlos en el listado, pero deberá justificar los motivos de la
confidencialidad.
A continuación se listan algunos ejemplos.
2.1.1.3. Criterio 3: Estándares aplicables
Proveer información sobre los estándares que se utilizarán en la
construcción del proyecto. La organización debe asegurar que en el
desarrollo de las especificaciones técnicas han tenido en cuenta las
capacidades locales y que haya equivalentes locales a los estándares
requeridos.
En caso que se utilicen estándares internacionales, la organización
deberá indicar si éstos pueden ser cumplidos por las empresas locales y
cuál será el impacto para las empresas locales en la participación del
proyecto si se utilizan estándares internacionales.
Las especificaciones técnicas deberán cumplir con las normas argentinas
de cumplimiento obligatorio y deberán estar en idioma español.
En este sentido, se recomienda involucrar, en las etapas iniciales del
desarrollo del proyecto, a empresas de ingeniería locales. De este
modo, se podrá asegurar que durante el desarrollo del proyecto básico
se ha tenido en cuenta no solo la normativa, regulaciones y códigos
argentinos sino también la oferta de bienes y otros servicios locales,
lo que contribuirá en gran medida al objetivo del PPIN.
2.1.1.4. Criterio 4: Evaluación de proveedores
Describir los procesos de evaluación de nuevos proveedores, asegurando
que dichos procesos no representen una desventaja para las empresas
locales. En caso que esta información esté disponible en el sitio web
de la organización, se podrá insertar el link correspondiente.
2.1.1.5. Criterio 5: Estrategia de comunicación
Informar sobre la estrategia de comunicación que impulsará la
organización para brindar reales oportunidades de participación a la
industria nacional desde una etapa temprana del proyecto y la efectiva
transferencia de información para los proveedores que conforman la
cadena de valor (contratistas y sub-contratistas). También se
detallarán las medidas que ha tomado la organización para relevar
información de mercado de proveedores potenciales y capacidades de
producción local.
La organización deberá identificar métodos y medios específicos
utilizados para comunicar a la industria local las oportunidades de
participar en el proyecto. Es muy importante que las empresas locales
se involucren en una etapa temprana del proyecto y por lo tanto, la
estrategia de comunicación debe implementarse en las etapas iniciales
de diseño del proyecto.
A continuación se enumeran algunos ejemplos de estrategias de
comunicación para incrementar la participación de la industria nacional:
• Utilizar o crear un portal de proveedores dedicado al proyecto,
detallando las oportunidades disponibles para la industria nacional y
cómo pueden acceder a las mismas;
• Consultar con las asociaciones industriales relevantes (cámaras y
otras instituciones) para ayudar a identificar capacidades locales para
abastecer bienes y servicios de forma competitiva;
• Llevar a cabo charlas, conferencias, talleres en las comunidades y
sectores relevantes para comunicar las oportunidades del proyecto a la
industria nacional, incluyendo cómo se evaluarán los potenciales
proveedores;
• Publicar avisos en medios masivos de comunicación (diarios y revistas
especializadas) sobre las necesidades del proyecto y las oportunidades
para la industria nacional;
• En caso que se realicen licitaciones/solicitudes de cotización
privadas, se deberá informar cómo es el proceso de pre-selección de
proveedores;
• En caso que sólo se inviten a cotizar a empresas pre-calificadas,
explicar cómo se le dará a la industria nacional las oportunidades de
pre-calificar.
2.1.1.6. Criterio 6. Oportunidades para los proveedores en toda la cadena de suministro y en todas las etapas del proyecto
Describir las estrategias adoptadas para promover la participación de
las empresas nacionales en todos los eslabones de la cadena de valor y
en todas las etapas del proyecto (diseño, compras, construcción,
operación, mantenimiento). Se deberá detallar cómo los compromisos
asumidos en el PPIN se extenderán a lo largo de las cadenas de valor
(desde contratistas directos a sus proveedores).
Cuando el titular del proyecto tenga acuerdos de contratación (incluyendo el uso de compañías EPCM -
Engineering, Procurement, Construction & Management),
deberá asegurar que los contratistas y subcontratistas cumplan con el
PPIN, asegurando que aquéllos han tomado conocimiento del plan y su
impacto.
A continuación se enumeran algunos ejemplos de acciones:
• Acuerdos contractuales que incluyan los requerimientos de PPIN;
• Incluir en los documentos de licitación, la obligación de que los contratistas adjudicatarios adopten las políticas del PPIN;
• Exigir a las compañías EPCM que tomen contacto y se involucren con el sector productivo nacional.
2.1.2. Borrador de PPIN y Consultas
Los titulares de proyectos podrán enviar un borrador de PPIN para consultas a la Autoridad de Aplicación.
2.2. Publicación de los PPIN
La Autoridad de Aplicación podrá publicitar los PPIN a través de su
sitio web. Los PPIN no deben contener ninguna información confidencial.
3.3. Evidencias y resultados
La organización deberá mantener registros de las acciones/eventos
realizados para el cumplimiento del PPIN. Estas evidencias podrían
serle requeridas en cualquier momento por la Autoridad de Aplicación.
IF-2018-65 975 85 3-APN-DGCLM#MHA