ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
Resolución 39/2019
Ciudad de Buenos Aires, 31/01/2019
VISTO el Expediente EX-2019-01621399-ANSES-DPB#ANSES del Registro de
esta ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES), y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el VISTO tramita un proyecto de
resolución por el cual se propicia la ampliación de la red de agentes
pagadores que esta Administración utiliza para efectivizar los pagos de
las prestaciones que tiene a su cargo.
Que mediante Providencia PV-2019-01955951-ANSES-DPB#ANSES, la Dirección
Pago de Beneficios informó que la ANSES cuenta con una red de pago
compuesta por entidades financieras, pero que debido a la gran
dispersión geográfica que existe en los beneficiarios de la seguridad
social dicha red resulta insuficiente.
Que asimismo, agregó que las nuevas tecnologías ofrecen herramientas y
plataformas de pago digitales que podrían complementar la red de pagos
de la ANSES, garantizando así la igualdad y el acceso al uso de los
servicios financieros, incentivando los medios electrónicos de pago.
Que además, dichas plataformas prestan sus servicios mediante la
habilitación de cuentas virtuales que permiten la disposición de dinero
electrónico en cuentas no bancarias, con su respectiva Clave Virtual
Uniforme (C.V.U.) reguladas por el Banco Central de la República
Argentina, y a su vez, brindan la posibilidad de enviar y recibir
dinero, realizar pagos y compras, y reconvertirlo en dinero en efectivo.
Que en consecuencia, entendió que correspondía definir un procedimiento
de pago adecuado a estas tecnologías, denominado “Pago a través de
Cuentas Virtuales”.
Que en virtud de lo expresado anteriormente, la Dirección de Pago de
Beneficios ha elaborado dos alternativas de pago, excluyentes entre sí,
las que se fueron incorporadas como Anexos I a) - IF-2019-
01619420-ANSES-DPB#ANSES y I b) - IF-2019-01619501-ANSES-DPB#ANSES.
Que la Dirección General de Finanzas y la Subdirección Ejecutiva de Administración han tomado la intervención de su competencia.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención
de su competencia, mediante Dictamen Jurídico N°
IF-2019-02644114-ANSES-DGEAJ#ANSES.
Que la presente Resolución se dicta en uso de las facultades conferidas
por el artículo 3° del Decreto N° 2741/91, el artículo 36° de la Ley N°
24.241 y el Decreto N° 58/15.
Por ello,
EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
RESUELVE:
ARTICULO 1º.- Apruébanse los procedimiento de pago de las prestaciones
de la Seguridad Social en cuentas virtuales definidos en el Anexo I a)
- IF-2019-01619420-ANSES-DPB#ANSES, Anexo I b) IF-
2019-01619501-ANSES-DPB#ANSES, y Anexo II -
IF-2019-01619560-ANSES-DPB#ANSES, que forman parte integrante de la
presente Resolución.
ARTICULO 2º.- Apruébase el modelo de “CONVENIO DE PAGO DE LAS
PRESTACIONES DE LA SEGURIDAD SOCIAL EN CUENTAS VIRTUALES”, que como
Anexo III - IF-2019-01619721-ANSES-DPB#ANSES forma parte de la presente.
ARTICULO 3º.- Establécese que el prestador del servicio de pago, previo
a la firma del convenio aprobado en el Artículo 2°, deberá optar por
solo uno de los procedimientos de pagos que se incorporan como Anexos I
a) - IF-2019-01619420-ANSES-DPB#ANSES y I b) -
IF-2019-01619501-ANSES-DPB#ANSES.
ARTICULO 4º.- Delégase en la Subdirección Ejecutiva de Administración
la suscripción del convenio aprobado en el Artículo 2° y el dictado de
normas complementarias.
ARTICULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Emilio Basavilbaso
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 04/02/2019 N° 5700/19 v. 04/02/2019
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: AnexoI, AnexoII, AnexoIII, AnexoIV)