COMISIÓN NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Decisión Administrativa 62/2019
DA-2019-62-APN-JGM
Ciudad de Buenos Aires, 04/02/2019
VISTO el Expediente N° EX-2018-66637734-APN-SGM#JGM, la Ley N° 27.467,
los Decretos Nros. 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008, sus
modificatorios y complementarios, 355 de fecha 22 de mayo de 2017 y su
modificatorio, 174 de fecha 2 de marzo de 2018 y sus modificatorios, la
Decisión Administrativa N° 313 de fecha 13 de marzo de 2018, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 27.467 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2019.
Que el Decreto N° 355/17 y su modificatorio estableció, entre otras
cuestiones, que toda designación transitoria de personal en cargos de
planta permanente y extraescalafonarios con rango y jerarquía inferior
a Subsecretario, vacantes y financiados presupuestariamente, de
conformidad a las estructuras organizativas, será efectuada por el Jefe
de Gabinete de Ministros, en el ámbito de la Administración Pública
Nacional, centralizada y descentralizada, a propuesta de la
Jurisdicción o Entidad de que se trate.
Que por el Decreto N° 174/18 y sus modificatorios, se aprobó el
organigrama de aplicación de la Administración Nacional centralizada
hasta nivel de Subsecretaría, aprobando asimismo, sus respectivos
objetivos, entre los que se encuentran los correspondientes al
MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO.
Que por la Decisión Administrativa N° 313/18 se aprobó la estructura
organizativa de primer y segundo nivel operativo del entonces
MINISTERIO DE PRODUCCIÓN.
Que por el artículo 4° de dicha Decisión Administrativa se estableció
mantener la vigencia de la estructura organizativa de la COMISIÓN
NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA, aprobada por la Decisión
Administrativa N° 756 de fecha 26 de julio de 2016 y por la Resolución
N° 614 de fecha 31 de octubre de 2016 del entonces MINISTERIO DE
PRODUCCIÓN.
Que en virtud de específicas razones de servicio de la COMISIÓN
NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA, organismo desconcentrado en la
órbita de la SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR del MINISTERIO DE
PRODUCCIÓN Y TRABAJO, se considera imprescindible la cobertura
transitoria de UN (1) cargo vacante, y financiado de Director Nacional
de Conductas Anticompetitivas, Nivel A, Grado 0, Función Ejecutiva
Nivel I del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del
SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto
N° 2098/08, sus modificatorios y complementarios.
Que la presente medida no constituye asignación de recurso extraordinario.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes
del artículo 100, inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y del artículo
2° del Decreto N° 355 de fecha 22 de mayo de 2017 y su modificatorio.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
ARTÍCULO 1°.- Desígnase transitoriamente, a partir del 13 de octubre de
2018 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, a la
Abogada Da. Silvia Mariel BABNIK (M.I. N° 25.795.257) en el cargo de
Directora Nacional de Conductas Anticompetitivas dependiente de la
COMISIÓN NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA, organismo
desconcentrado en la órbita de la SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR del
MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, Nivel A, Grado 0, autorizándose el
correspondiente pago del Suplemento por Función Ejecutiva Nivel I del
SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio
Colectivo de Trabajo Sectorial, homologado por el Decreto N° 2098/08,
sus modificatorios y complementarios, con autorización excepcional por
no reunir los requisitos mínimos establecidos en el artículo 14 del
citado Convenio.
ARTÍCULO 2°.- El cargo involucrado en el artículo 1° de la presente
medida, deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de
selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los
Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del Convenio Colectivo de
Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO
(SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08, sus modificatorios y
complementarios, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles
contados a partir del 13 de octubre de 2018.
ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente
medida será atendido con cargo a las partidas específicas de los
créditos presupuestarios de la Jurisdicción 51-01 – MINISTERIO DE
PRODUCCIÓN Y TRABAJO.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Marcos Peña - Dante Sica
e. 05/02/2019 N° 6222/19 v. 05/02/2019