REGISTRO NACIONAL DE CONSTRUCTORES Y DE FIRMAS CONSULTORAS DE OBRAS PÚBLICAS

Decisión Administrativa 66/2019

DA-2019-66-APN-JGM - Transferencia.

Ciudad de Buenos Aires, 05/02/2019

VISTO el Expediente EX-2018-67871811- -APN-SGM#JGM, la Ley N° 13.064 y sus modificatorias, los Decretos N° 1023 de fecha 13 de agosto de 2001 y sus modificatorios, Nº 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y modificatorios, Nº 174 de fecha 2 de marzo de 2018 y sus modificatorios, Nº 801 y Nº 802 ambos de fecha 5 de septiembre de 2018, Nº 1117 de fecha 7 de diciembre de 2018, N° 1169 de fecha 21 de diciembre de 2018, las Decisiones Administrativas Nº 297 de fecha 9 de marzo de 2018 y Nº 300 de fecha 12 de marzo de 2018; y

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 13 de la Ley N° 13.064 se creó el Registro Nacional de Constructores de Obras Públicas, a los efectos de la calificación y capacitación de las empresas en el marco de la obra pública nacional.

Que por el Decreto N° 1023/01 se estableció el Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional, teniendo por objeto que las obras, bienes y servicios sean obtenidos con la mejor tecnología proporcionada a las necesidades, en el momento oportuno y al menor costo posible, como así también la venta de bienes al mejor postor, coadyuvando al desempeño eficiente de la Administración y al logro de los resultados requeridos por la sociedad.

Que por el Decreto N° 174/18 se aprobó el organigrama de aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría, entre ellos el correspondiente a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, al entonces MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN y al MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA para cumplir con las responsabilidades que le son propias, estableciendo, asimismo, sus competencias.

Que por la Decisión Administrativa Nº 297/18 se aprobó la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo del entonces MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN.

Que, por el Decreto N° 801/18 se modificó la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificatorias, a fin de centralizar las competencias de los mismos en un número menor de Jurisdicciones.

Que, asimismo, se sustituyó el artículo 8°, Título II de la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificatorias, incorporando la figura de las Secretarías de Gobierno a la conformación organizativa del PODER EJECUTIVO NACIONAL.

Que por el Decreto Nº 802/18 se crearon diversos cargos de Secretarios de Gobierno en distintas jurisdicciones de la Administración Pública Nacional, fijándose sus objetivos, entre ellos la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE MODERNIZACIÓN en el ámbito de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que por la Decisión Administrativa Nº 300/18 se aprobó la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA.

Que por el Decreto Nº 1117/18 se transfirieron del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS las competencias relativas al Registro de Empresas Contratistas de Obras Públicas y de Consultorías.

Que mediante el Decreto N° 1169/18 se estableció que la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES, dependiente de la SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE MODERNIZACIÓN de la JEFATURA DE GABIENTE DE MINISTROS tendrá nivel de Subsecretaría y las funciones previstas en el Decreto N° 1023/01, sus modificatorios y complementarios, y que, asimismo, será el Órgano Rector del Sistema de Contrataciones y Concesiones de Obras Públicas que lleven a cabo las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional comprendidas en el inciso a) del artículo 8° de la Ley N° 24.156.

Que resulta necesario transferir el REGISTRO NACIONAL DE CONSTRUCTORES Y DE FIRMAS CONSULTORAS DE OBRAS PÚBLICAS a la órbita de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES, dependiente de la SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE MODERNIZACIÓN de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y, consecuentemente, realizar modificaciones a la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo de la citada SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA, incorporando y homologando diversos cargos en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas de dicha Jurisdicción.

Que han tomado la intervención de su competencia la DIRECCIÓN NACIONAL DE DISEÑO ORGANIZACIONAL de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE HACIENDA.

Que el Servicio Jurídico Permanente de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE MODERNIZACIÓN de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 100, inciso 1, de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, y por el artículo 16, inciso 31 de la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificatorios.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

ARTÍCULO 1º.- Transfiérese el REGISTRO NACIONAL DE CONSTRUCTORES Y DE FIRMAS CONSULTORAS DE OBRAS PÚBLICAS, previsto en el Decisión Administrativa N° 300/18, del ámbito de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN DE OBRA PÚBLICA FEDERAL de la SECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN TERRITORIAL Y COORDINACIÓN DE OBRA PÚBLICA del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, a la órbita de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES de la SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA, dependiente de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE MODERNIZACIÓN de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

La transferencia aludida comprenderá los créditos presupuestarios, bienes y dotaciones de personal vigentes a la fecha, con sus respectivos niveles, grados de revista y funciones ejecutivas previstos en el Decreto N° 2.098/08, sus modificatorios y complementarios.

ARTÍCULO 2º.- Apruébase la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES, dependiente de la SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE MODERNIZACIÓN de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, de conformidad con el Organigrama, Responsabilidad Primaria y Acciones que como Anexos I (IF-2019-05761756-APN-DNDO#JGM) y II (IF-2019- 06164856 -APN-DNDO#JGM), forman parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 3º.- Incorpóranse y homológanse en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, los cargos pertenecientes a la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE MODERNIZACIÓN de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, de conformidad con el detalle obrante en la Planilla Anexa al presente artículo (IF-2019-05763126-APN-DNDO#JGM), que forma parte integrante de la presente decisión administrativa.

ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con los créditos asignados a la JURISDICCIÓN 25.02 – de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Marcos Peña - Rogelio Frigerio

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decisión Administrativa se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 06/02/2019 N° 6419/19 v. 06/02/2019

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: AnexoI, AnexoII, AnexoIII)