SECRETARÍA DE AGRICULTURA FAMILIAR, COORDINACIÓN Y DESARROLLO TERRITORIAL
Resolución 3/2019
RESOL-2019-3-APN-SECCYDT#MPYT
Ciudad de Buenos Aires, 04/02/2019
VISTO el Expediente Nº EX-2018-27405675- -APN-DGD#MA del Registro del
ex - MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, la Resolución Nº 419 de fecha 6 de
julio de 2015 del ex - MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, y
la Resolución N° RESOL-2017-330-APN-MA de fecha 1 de noviembre de 2017
del ex - MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, y
CONSIDERANDO:
Que por la Resolución Nº 419 de fecha 6 de julio de 2015 del ex -
MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, se creó el Sello
“Producido por la Agricultura Familiar” en el ámbito de la ex -
SECRETARÍA DE AGRICULTURA FAMILIAR del citado ex Ministerio.
Que la Resolución N° RESOL-2017-330-APN-MA de fecha 1 de noviembre de
2017 del ex - MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, reglamentó el uso y
administración del Sello “Producido por la Agricultura Familiar”.
Que en su Artículo 21 la referida Resolución N° RESOL-2017-330-APN-MA
establece que la Autoridad de Aplicación del Sello “Producido por la
Agricultura Familiar” dispondrá, dentro del territorio de cada
provincia, de técnicos especialmente habilitados para cumplir con las
tareas de fiscalización del cumplimiento de los requisitos involucrados
en tal régimen por parte de los solicitantes y/o autorizados al uso
temporario del Sello.
Que en su Artículo 22 la mencionada Resolución N° RESOL-2017-330-APN-MA
prevé que la Autoridad de Aplicación designará, por medio de los
correspondientes actos administrativos, a los técnicos de su estructura
que estarán funcionalmente habilitados para producir los informes y
efectuar los controles referidos, estableciendo asimismo los requisitos
que deberán cumplir esos agentes a los efectos de tal habilitación.
Que la Dirección Nacional de Programas de Desarrollo Regional,
dependiente de la SUBSECRETARÍA DE AGRICULTURA FAMILIAR Y DESARROLLO
TERRITORIAL de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA FAMILIAR, COORDINACIÓN Y
DESARROLLO TERRITORIAL de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AGROINDUSTRIA
del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, efectuó una evaluación de los
antecedentes y capacitación de técnicos de la estructura, en base a los
requisitos previstos en el referido Artículo 22 la citada Resolución N°
RESOL-2017-330-APN-MA, promoviendo a resulta de ella la designación de
SESENTA Y CUATRO (64) agentes, incluidos en la nómina del Anexo que,
registrado con el Nº IF-2019-04510183-APN-DNPDR#MPYT forma parte
integrante de la presente Resolución, que ha ponderado cumplen con los
requerimientos establecidos para ser habilitados, en los respectivos
territorios provinciales.
Que el Artículo 27 de la mencionada Resolución N° RESOL-2017-330-APN-MA
establece a la SECRETARÍA DE AGRICULTURA FAMILIAR, COORDINACIÓN Y
DESARROLLO TERRITORIAL de la referida Secretaría de Gobierno como la
Autoridad de Aplicación del régimen inherente al Sello “Producido por
la Agricultura Familiar”.
Que en virtud de los señalado resulta procedente el dictado de la
presente Resolución con el objeto de perfeccionar la designación de los
SESENTA Y CUATRO (64) técnicos propuestos, pertenecientes a la
estructura de la citada SECRETARÍA DE AGRICULTURA FAMILIAR,
COORDINACIÓN Y DESARROLLO TERRITORIAL, a fin de que se encuentren en
condiciones reglamentarias de cumplir las tareas de fiscalización
previstas para el régimen del Sello “Producido por la Agricultura
Familiar”.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la SECRETARÍA DE
GOBIERNO DE AGROINDUSTRIA del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO ha
tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades establecidas
en el Decreto N° 174 de fecha 2 de marzo de 2018, sus modificatorios y
complementarios, y la Resolución N° RESOL-2017-330-APN-MA de fecha 1 de
noviembre de 2017 del ex - MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA.
Por ello,
EL SECRETARIO DE AGRICULTURA FAMILIAR, COORDINACIÓN Y DESARROLLO TERRITORIAL
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Desígnanse a los agentes de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA
FAMILIAR, COORDINACIÓN Y DESARROLLO TERRITORIAL de la SECRETARÍA DE
GOBIERNO DE AGROINDUSTRIA del MINISTERIO DE TRABAJO Y PRODUCCIÓN, que
conforman la nómina del Anexo registrado con el N°
IF-2019-04510183-APN-DNPDR#MPYT que forma parte integrante de la
presente medida, como técnicos habilitados, dentro del territorio de la
provincia que en cada caso se indica, para la elaboración y suscripción
de los informes previos al otorgamiento de las autorizaciones de uso
del Sello “Producido por la Agricultura Familiar”, como así también
para realizar los controles que se efectúen con posterioridad a tal
otorgamiento, dirigidos a constatar que se mantengan vigentes las
condiciones que dieron lugar al mismo.
ARTÍCULO 2°.- La presente resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Santiago Hardie
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 06/02/2019 N° 6266/19 v. 06/02/2019
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)