AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR

Resolución 51/2019

RESOL-2019-51-APN-D#ARN

Ciudad de Buenos Aires, 04/02/2019

VISTO la Ley Nacional de la Actividad Nuclear N° 24.804 y su Decreto Reglamentario N° 1390/98; la Norma AR 8.2.4: “Uso de Fuentes Radiactivas No Selladas en Instalaciones de Medicina Nuclear”, Revisión 1; el Expediente N° 375/18; lo actuado por la GERENCIA SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS - SUBGERENCIA CONTROL DE APLICACIONES MÉDICAS; lo recomendado por el CONSEJO ASESOR EN APLICACIONES DE RADIOISÓTOPOS Y RADIACIONES IONIZANTES (CAAR), y

CONSIDERANDO:

Que conforme lo establece el Artículo 9°, Inciso a) de la Ley N° 24.804, toda persona física o jurídica para desarrollar una actividad nuclear en la REPÚBLICA ARGENTINA, deberá ajustarse a las regulaciones que imparta la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR (ARN) en el ámbito de su competencia y solicitar el otorgamiento de la Licencia, Permiso o Autorización que lo habilite para su ejercicio.

Que el Criterio 27 de la Norma AR 8.2.4: “Uso de Fuentes Radiactivas no Selladas en Instalaciones de Medicina Nuclear”, Revisión 1 establece la dotación mínima de personal para las instalaciones de medicina nuclear, indicando que deben contar con personal profesional o técnico con Permiso Individual y preparación adecuada para la manipulación de material radiactivo.

Que la FACULTAD DE INGENIERÍA de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE ENTRE RÍOS ha solicitado el reconocimiento de la “TECNICATURA UNIVERSITARIA EN MEDICINA NUCLEAR” como formación académica que incluye los contenidos teórico-prácticos de protección radiológica y la correspondiente práctica activa requeridos por esta ARN para tramitar Permisos Individuales de Técnicos en Medicina Nuclear.

Que la GERENCIA SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS recomendó la continuidad del presente trámite y dio intervención al CONSEJO ASESOR EN APLICACIONES DE RADIOISÓTOPOS Y RADIACIONES IONIZANTES (CAAR), el cual recomendó el reconocimiento de la TECNICATURA en su Acta N° 9/18.

Que la GERENCIA ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado en el trámite la intervención correspondiente.

Que el DIRECTORIO de la Autoridad Regulatoria Nuclear es competente para el dictado de la presente Resolución, conforme se establece en el Artículo 22, Inciso e) de la Ley N° 24.804.

Por ello, en su reunión de fecha 30 de enero de 2019 (Acta N° 5),

EL DIRECTORIO DE LA AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR

RESOLVIÓ:

ARTÍCULO 1°.- Reconocer la “TECNICATURA UNIVERSITARIA EN MEDICINA NUCLEAR” de la FACULTAD DE INGENIERÍA de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE ENTRE RÍOS, cuyo programa, que se adjunta como Anexo a la presente Resolución, incluye los contenidos necesarios requeridos como formación teórico-práctica para la obtención de Permisos Individuales para “Técnicos en Medicina Nuclear”, incluyendo la práctica activa requerida.

ARTÍCULO 2°.- Establecer que la GERENCIA SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS evaluará periódicamente el contenido correspondiente a protección radiológica y su carga horaria, que se consignan en el plan de estudios incluido en el Anexo de la presente Resolución y establecerá, de ser necesario, las modificaciones pertinentes.

ARTÍCULO 3°.- Establecer que la vigencia del reconocimiento del contenido en protección radiológica de la “TECNICATURA UNIVERSITARIA EN MEDICINA NUCLEAR”, como formación teórica-práctica para la tramitación de Permisos Individuales para Técnicos en Medicina Nuclear, estará sujeta al cumplimiento, por parte de la FACULTAD DE INGENIERÍA de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE ENTRE RÍOS, de los siguientes requisitos:

1-Informar a la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR cualquier cambio de las condiciones que sirvieron de base para otorgar el reconocimiento de la TECNICATURA.

2-Informar la nómina de alumnos que aprobaron la TECNICATURA.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese a la SECRETARÍA GENERAL, al CONSEJO ASESOR EN APLICACIONES DE RADIOISÓTOPOS Y RADIACIONES IONIZANTES, a la GERENCIA SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS y a la FACULTAD DE INGENIERÍA de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE ENTRE RÍOS a los fines correspondientes. Dese a la Dirección Nacional Del Registro Oficial para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA y archívese. Nestor Alejandro Masriera

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución no se publica/n.

e. 06/02/2019 N° 6388/19 v. 06/02/2019