Ciudad de Buenos Aires, 07/02/2019
VISTO el Expediente EX-2019-01269396-APN-SD#ENRE del Registro del ENTE
NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE), la Resolución ENRE N°
26/2019, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el artículo 7 de la resolución del Visto se dispuso
“Sustituir el ANEXO I Subanexo 4 “Normas de Calidad del Servicio
Público y Sanciones” del Contrato de Concesión de EDESUR S.A. para el
periodo 2017-2021 de la Resolución ENRE N° 600/2017, por el
IF-2019-05070782-APN-ARYEE# ENRE, Subanexo 4 “Normas de Calidad del
Servicio Público y Sanciones” del Contrato de Concesión de la EMPRESA
DISTRIBUIDORA SUR SOCIEDAD ANÓNIMA (EDESUR S.A.) para el periodo
2017-2021”.
Que con posterioridad al dictado del acto administrativo antes citado,
se advierte que se ha deslizado un error material involuntario, el cual
consiste en haber incluido en el Subanexo 4 “Normas de Calidad del
Servicio Público y Sanciones” del Contrato de Concesión de la EMPRESA
DISTRIBUIDORA SUR SOCIEDAD ANÓNIMA (EDESUR S.A.) para el periodo
2017-2021, las tablas correspondientes a la EMPRESA DISTRIBUIDORA Y
COMERCIALIZADORA NORTE SOCIEDAD ANÓNIMA (EDENOR S.A.) relativas a sus
indicadores SAIFI y SAIDI y sus senderos individualizados por partidos
y comunas.
Que, no obstante lo expuesto, cabe advertir que los senderos
establecidos oportunamente para EDESUR S.A. en el proceso de la
Revisión Tarifaria Integral (RTI) no han sufrido modificación alguna,
ni fueron objetados en ocasión de haber sido notificados a dicha
Distribuidora.
Que, por tal razón, corresponde rectificar el error aludido en los
términos del artículo 101 del Decreto N° 1.759/72 (Texto Ordenado,
Decreto N° 894/17), reglamentario de la Ley N° 19.549, y sustituir el
IF-2019-05070782-APN-ARYEE#ENRE Subanexo 4 “Normas de Calidad del
Servicio Público y Sanciones” del Contrato de Concesión de EDESUR S.A.
para el periodo 2017-2021 de la Resolución ENRE N° 26/2019, por el
IF-2019-06516240-APN-ARYEE#ENRE Subanexo 4 “Normas de Calidad del
Servicio Público y Sanciones” del Contrato de Concesión de EDESUR S.A.
para el periodo 2017-2021.
Que se ha emitido el dictamen legal establecido por el artículo 7
inciso d) de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos N°
19.549.
Que el Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD está
facultado para el dictado de la presente resolución, en virtud de lo
dispuesto en el artículo 101 del Decreto N° 1.759/72 (Texto Ordenado,
Decreto N° 894/17), reglamentario de la Ley N° 19.549.
Por ello,
EL DIRECTORIO DEL ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD
RESUELVE:
ARTÍCULO 1.- Sustituir el IF-2019-05070782-APN-ARYEE#ENRE Subanexo 4
“Normas de Calidad del Servicio Público y Sanciones” del Contrato de
Concesión de EDESUR S. A. para el periodo 2017-2021 de la Resolución
ENRE N° 26/2019, por el IF-2019-06516240-APN-ARYEE#ENRE Subanexo 4
“Normas de Calidad del Servicio Público y Sanciones” del Contrato de
Concesión de la EMPRESA DISTRIBUIDORA SUR SOCIEDAD ANÓNIMA (EDESUR
S.A.) para el periodo 2017-2021, que forma parte integrante de este
acto.
ARTÍCULO 2.- Notifíquese a EDESUR S.A.
ARTÍCULO 3.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN
NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Ricardo Alejandro Martínez
Leone - Marta Irene Roscardi - Andrés Chambouleyron
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 11/02/2019 N° 7411/19 v. 11/02/2019