DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES

Disposición 737/2019

DI-2019-737-APN-DNM#MI

Ciudad de Buenos Aires, 07/02/2019

VISTO el Expediente EX-2017-27232442- -APN-DGA#DNM del registro de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, las Disposiciones DNM Nº 2788 del 16 de septiembre de 2013, N° 4261 del 17 de agosto de 2016, N° 4894 del 19 de septiembre de 2016, DI-2016-6746-E-APN-DNM#MI del 30 de diciembre del 2016, DI-2017-1362-APN-DNM#MI del 23 de marzo de 2017 y DI-2018-5938-APN-DNM#MI del 28 de noviembre de 2018, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Disposición DNM Nº 2788/13 se creó la función de Coordinador Operativo de Pasos de Frontera, en el ámbito de la entonces DIRECCIÓN DE CONTROL FRONTERIZO dependiente de la DIRECCIÓN GENERAL DE MOVIMIENTO MIGRATORIO, con el fin de lograr una mayor presencia y capacidad de respuesta a los requerimientos de los pasos fronterizos terrestres, marítimos y fluviales, optimizando la prestación del servicio de control migratorio.

Que mediante la Disposición DNM N° 4261/16 se creó la función de Supervisores Regionales de Frontera, en el ámbito de la entonces DIRECCIÓN DE CONTROL FRONTERIZO dependiente de la DIRECCIÓN GENERAL DE MOVIMIENTO MIGRATORIO sustituyendo la denominación de coordinadores regionales.

Que mediante la Decisión Administrativa Nº 1254 del 3 de noviembre de 2016 y la Disposición DI-2016-6746-E-APN-DNM#MI se aprobaron la estructura organizativa de primer nivel operativo y las correspondientes a las aperturas inferiores de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES respectivamente, determinándose la existencia de la DIRECCIÓN DE CONTROL TERRESTRE, de la DIRECCIÓN DE CONTROL AÉREO y de la DIRECCIÓN DE CONTROL MARÍTIMO - FLUVIAL dentro de la órbita de la DIRECCIÓN GENERAL DE MOVIMIENTO MIGRATORIO con la facultad de coordinar y planificar la operatoria de control de ingresos y egresos en todos los Pasos Internacionales del Territorio Nacional.

Que mediante la diagramación de la referencia se crea en el ámbito de la DIRECCIÓN GENERAL DE MOVIMIENTO MIGRATORIO la COORDINACIÓN DE REGIONES con la finalidad de coordinar acciones entre las dependencias de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES con injerencia en la operatividad de los diferentes Pasos Internacionales.

Que por la Disposición DNM N° 4894/16 se procedió a incorporar funciones específicas a la figura del Supervisor Regional de Frontera en su calidad de referente de mayor presencia y capacidad de respuesta en los requerimientos de los pasos fronterizos del Territorio Nacional optimizando la prestación del servicio de control migratorio

Que por razones de índole operativa y administrativa, resulta necesario, realizar cambios en las designaciones de los Supervisores Regionales titulares y adjuntos.

Que conforme la relevancia y envergadura de los Pasos Internacionales Aéreos es necesaria la fiscalización de la operatividad de la frontera aérea mediante la Supervisión Regional de Frontera dependiente de la DIRECCIÓN GENERAL DE MOVIMIENTO MIGRATORIO.

Que la mencionada Supervisión de Frontera tendrá a su cargo la fiscalización de todos y cada uno de los Pasos Internacionales Aéreos, Terrestres y Marítimos - Fluviales dispuestos en el Territorio Nacional en lo referido a la operatividad de los mismos.

Que mediante la Disposición DI-2018-5938-APN-DNM#MI se realizaron modificaciones a la nómina de pasos fronterizos la cual incide directamente en el manejo de los pasos a cargo de cada una de las Supervisiones Regionales de Frontera, establecidas en la Disposición DNM N° 4261/16.

Que en virtud a lo expuesto en los considerandos descriptos precedentemente, corresponde dejar sin efecto lo dispuesto mediante Disposición DNM N° 2788/13 y adecuar la función de los Supervisores Regionales de Frontera establecida mediante Disposición DNM N° 4261/16 para operatividad del control de ingreso y egreso de los Pasos Internacionales de todo el Territorio Nacional conforme a la nueva estructura organizativa vigente.

Que la DIRECCIÓN DE CONTROL TERRESTRE, la DIRECCIÓN DE CONTROL MARÍTIMO - FLUVIAL, la DIRECCIÓN DE CONTROL AÉREO y la DIRECCIÓN GENERAL DE MOVIMIENTO MIGRATORIO han prestado su conformidad en tal sentido.

Que la DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA - JURÍDICA de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES ha tomado intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 29 de la Ley N° 25.565 y el Decreto N° 1410 del 3 de diciembre de 1996.

Por ello,

EL DIRECTOR NACIONAL DE MIGRACIONES

DISPONE:

ARTÍCULO 1º.- Deróguense las Disposiciones DNM N° 2788 del 16 de septiembre de 2013, N° 4261 del 17 de agosto de 2016 y N° 4894 del 19 de septiembre de 2018 a partir de la fecha del dictado de la presente medida.

ARTÍCULO 2°.- Créase la función de Supervisor Regional de Frontera en el ámbito de la DIRECCIÓN GENERAL DE MOVIMIENTO MIGRATORIO de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES.

ARTÍCULO 3°.- Dispóngase que la función de la Supervisión Regional de Frontera tendrá a su cargo la fiscalización operativa de los Pasos Internacionales Aéreos, Terrestres y Marítimos - Fluviales a partir de la fecha del dictado de la presente medida.

ARTÍCULO 4°.- Encomiéndese en los Supervisores Regionales de Frontera llevar a cabo las acciones enumeradas en el Anexo I (DI-2019-06080289-APN-DNM#MI) que forma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 5°.- Determínese que en cada una de las regiones que se detallan en el Anexo II (DI-2019-06080333-APN-DNM#MI) que forma parte integrante de la presente Disposición, se destinarán DOS (2) Supervisores Regionales de Frontera - UNO (1) Titular y UNO (1) Adjunto - que serán designados a propuesta de la DIRECCIÓN GENERAL DE MOVIMIENTO MIGRATORIO.

ARTÍCULO 6°.- Asígnese la función de Supervisor Regional de Frontera de conformidad con los agentes detallados conforme la nómina que como Anexo III (DI-2019-06080368-APN-DNM#MI) se incorpora a la presente medida.

ARTÍCULO 7°.- Pase a la DIRECCIÓN GENERAL DE SISTEMAS Y TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN de esta Dirección Nacional para su conocimiento.

ARTÍCULO 8°.- Gírese el presente a la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES para su notificación y respectivo diligenciamiento.

ARTÍCULO 9º.- Pase a la DIRECCIÓN GENERAL DE MOVIMIENTO MIGRATORIO y a la DIRECCIÓN DE DELEGACIONES de esta Dirección Nacional para su conocimiento.

ARTÍCULO 10.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Horacio José García

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 11/02/2019 N° 7268/19 v. 11/02/2019

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial)




ANEXO I

ACCIONES DE LOS SUPERVISORES REGIONALES DE FRONTERA

• Actuar como enlace entre los Pasos Fronterizos, la DIRECCIÓN GENERAL DE MOVIMIENTO MIGRATORIO, las Direcciones dependientes y Coordinaciones.

• Ejercer funciones de supervisión, control y coordinación de los Pasos Fronterizos en comunicación constante con cada una de las Direcciones correspondientes.

• Coordinar acciones, indistintamente, entre la DIRECCIÓN GENERAL DE MOVIMIENTO MIGRATORIO y la DIRECCIÓN DE DELEGACIONES para un eficiente uso de los Recursos Humanos, medios logísticos o infraestructuras compartidas.

• Elevar a las Direcciones correspondientes la propuesta de asignación y reasignación de funciones de los RRHH (altas bajas o modificaciones).

• Velar por el estricto cumplimiento de la normativa vigente por parte de los funcionarios y empleados afectados a las tareas de control de ingreso y egreso de personas.

• Supervisar las medidas que se tomen por parte de las jefaturas de los Pasos Fronterizos, e intervenir en su planificación y ejecución orientando las acciones para un mejor cumplimiento de las misiones y funciones de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES.

• Evaluar el nivel de transparencia, responsabilidad, capacidad y conocimientos del personal asignado a las tareas de control, efectuando los informes y propuestas que considere adecuadas a las autoridades de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES, por intermedio de las Direcciones de Control que le corresponda al tipo de paso fronterizo.

• Planificar en coordinación con las Direcciones y la DIRECCIÓN GENERAL DE MOVIMIENTO MIGRATORIO las capacitaciones referida a temáticas afines a la tarea.

• Proponer acciones conducentes para la mejora en la calidad del servicio de inspección migratoria. Controlar todas las actuaciones labradas en el cumplimiento de la función por los Supervisores y/o Jefes de Paso.

• Verificar la correcta remisión y recepción de toda la documentación y trámites administrativos. Hacer cumplir las instrucciones y/o directivas impartidas por las instancias superiores. Verificar la correcta utilización, funcionamiento y resguardo de todos los elementos provistos por la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES en cada uno de los pasos, como así el debido uso del uniforme y credencial institucional.

• Respetar y verificar el cumplimiento de la vía institucional administrativa en todos sus aspectos y tramitaciones, a los fines de dar intervención a las instancias y/o los organismos que por competencia corresponda.

• Controlar la tramitación y el diligenciamiento de todas las actuaciones que se labren en su ámbito de competencia.

• Fiscalizar el correcto desempeño de las tareas del personal que desarrolle funciones en su ámbito territorial, prestando especial atención a la profesionalidad, actitud, compromiso institucional y transparencia en el obrar; y dar las instrucciones necesarias para el cumplimiento de las disposiciones y directivas relativas a la calidad de los servicios, el trato dispensado al público, las relaciones con el personal de otros organismos y/o empresas de transporte, sean éstos nacionales, de países limítrofes o internacionales.

• Recepcionar los reclamos y/o sugerencias de los ciudadanos que utilicen los servicios o presten funciones en los pasos de frontera, así como también del personal de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES, y mantener informada a la superioridad del curso dado a cada una de ellas.

• Fiscalizar las condiciones de trabajo del personal, comprometiéndose a impulsar todas las medidas o comunicaciones que sean necesarias a fin de que los mismos desempeñen sus tareas en instalaciones acordes a sus necesidades.

• Realizar visitas de control y/o inspección de funcionamiento a los distintos pasos que se encuentren bajo su órbita de competencia, pudiendo ser éstas programadas o imprevistas, de oficio o a requerimiento de una instancia superior, reflejando mediante informes pormenorizados las novedades advertidas.

• Ejercer la facultad disciplinaria en forma directa respecto de todo agente correspondiente a su jurisdicción. Previamente a ello, deberá brindar, detalladamente, la información a las instancias superiores sobre los actos o inconductas del personal que implique violación o desconocimiento de las normas vigentes.

• Denunciar a la autoridad judicial competente todo comportamiento o situación que hiciese presumir la comisión de un delito, y efectuar la comunicación correspondiente a la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES a los fines administrativos, dentro de las VEINTICUATRO (24) horas.

• Verificar los flujos de tránsitos de los distintos pasos, a efectos de actuar con previsibilidad en cuanto a la utilización y/o asignación de recursos, con el fin de prevenir eventuales situaciones de congestión o colapsos. Del mismo modo, actuará preventivamente en épocas del año, fechas o eventos especiales o cualquier otra situación, que pueda alterar el normal desenvolvimiento de los pasos.

• Coordinar todo tipo de servicio especial en los pasos y que por su naturaleza o trascendencia resulte de importancia en su ejecución.

• Arbitrar las medidas de control que correspondan en la recaudación de los Pasos Fronterizos. Para ello, deberán verificar el estricto cumplimiento, por parte de los responsables del paso internacional, sobre la recaudación de las tasas previstas, poniendo especial énfasis en la rendición de las mismas a las Delegaciones.

• Cumplir con toda otra tarea que no se encuentre estipulada en el presente Anexo y que por su naturaleza resulte necesaria para el desempeño del servicio migratorio en los Pasos Fronterizos en referencia a las funciones de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES y su imagen institucional.

• Realizar el pertinente análisis general de flujos, capacidades, desempeño y valoración de todos los aspectos relacionados a los pasos de la región de su responsabilidad, elevando un informe semestral a las Direcciones y Dirección General respectivamente.

• Tramitar, diligenciar las comisiones de servicio que sugieran los señores Jefes de Paso, Supervisores o que ellos mismos estimen administrando los RRHH de los pasos internacionales correspondientes a su jurisdicción con la finalidad de mantener una dotación óptima y evitar la congestión de los Pasos Fronterizos más importantes de los de menor tránsito. Para ello, deberá elaborar un plan de comisiones y refuerzos con los recursos propios o solicitar a la coordinación de competencia, las cantidades necesarias de agentes para cubrir acabadamente el control migratorio.

• Elevar informes a las Direcciones con competencia sobre actividades o actitudes que alteren, modifiquen o condicionen la operatoria de los Pasos Fronterizos.



ANEXO II

Región I

Base: DELEGACIÓN SALTA

Pasos a Supervisar de la DELEGACIÓN SALTA:



Región II

Base: PRY026 Posadas – Encarnación.

Pasos a Supervisar de la DELEGACIÓN CORRIENTES (Norte – “Puertos”):


Región III

Base: URY007 Paso Colón-Paysandú.

Pasos a Supervisar de la DELEGACIÓN CORRIENTES:


Región IV

Base: DELEGACIÓN MENDOZA.

Pasos a Supervisar de la DELEGACIÓN MENDOZA:


Región V

Base: DELEGACIÓN BARILOCHE.

Pasos a Supervisar de la DELEGACIÓN BARILOCHE:


Región VI

Base: DELEGACIÓN COMODORO RIVADAVIA.

Pasos a Supervisar de la DELEGACIÓN COMODORO RIVADAVIA:



Región VII

Base: DELEGACIÓN RÍO GALLEGOS.

Pasos a Supervisar de la DELEGACIÓN TIERRA DEL FUEGO:



Región VIII

Base: DELEGACIÓN BAHÍA BLANCA.

Paso a Supervisar de la DELEGACIÓN BAHÍA BLANCA:



Región IX

Base: Sede Central.

Paso a Supervisar de la DELEGACIÓN ROSARIO:



Región X

Base: DELEGACIÓN FORMOSA.

Paso a Supervisar de la DELEGACIÓN FORMOSA:



ANEXO III

SUPERVISORES REGIONALES DE FRONTERA POR REGIÓN Región I

DELEGACIONES SALTA y JUJUY.

Base: DELEGACIÓN SALTA.

Supervisores Regionales de Frontera:

TITULAR: Roberto Edgard NORDMANN

ADJUNTO: María Alejandra GERACARIS

Región II

DELEGACIONES POSADAS, IGUAZÚ y CORRIENTES Tramo Uno (Norte - "Puertos").

Base: PRY 026 Paso Fronterizo Posadas - Encarnación.

Supervisores Regionales de Frontera:

TITULAR: Pablo Andrea VICENTE

ADJUNTO: Dante Sebastian PINTO

Región III

DELEGACIONES CORRIENTES (Este) y ENTRE RÍOS.

Base: URY 007 Paso Fronterizo Colón - Paysandú.

Supervisores Regionales de Frontera:

TITULAR: Maximiliano Juan MORALES

ADJUNTO: Ramiro ZANINI

Región IV

DELEGACIONES MENDOZA, LA RIOJA Y SAN JUAN.

Base: DELEGACIÓN MENDOZA.

Supervisores Regionales de Frontera:


TITULAR: Rodrigo MARTÍN

ADJUNTO: Martín Leonardo LORENZO BUSTOS

Región V

DELEGACIÓN BARILOCHE y NEUQUÉN. Base: DELEGACIÓN BARILOCHE.

Supervisores Regionales de Frontera:

TITULAR: Marcos Emiliano QUEYFFER

ADJUNTO: Gustavo Javier MESIANO

Región VI

DELEGACIÓN COMODORO RIVADAVIA.

Base: DELEGACIÓN COMODORO RIVADAVIA.

Supervisores Regionales de Frontera:

TITULAR: Sebastián Guillermo LECCE

ADJUNTO: Sebastián Marcelo INTILISANO

Región VII

DELEGACIÓN RÍO GALLEGOS y TIERRA DEL FUEGO.

Base: DELEGACIÓN RÍO GALLEGOS.

Supervisores Regionales de Frontera:

TITULAR: Natalia Verónica AGUILAR

ADJUNTO: Gonzalo Raúl SÁNCHEZ

Región VIII

DELEGACIONES BAHÍA BLANCA, MAR DEL PLATA, VIEDMA, PUERTO MADRYN y RAWSON.

Base: DELEGACIÓN BAHÍA BLANCA.

Supervisores Regionales de Frontera:

TITULAR: Emilio BILESIO

ADJUNTO: Fernando Antonio BOOCK

Región IX

DELEGACIONES LA PLATA, ROSARIO y ÁREA METROPOLITANA

Base: Sede Central.

Supervisores Regionales de Frontera:

TITULAR: Claudio Edgardo FORTUNATO

ADJUNTO: Jesús María COMERIO

Región X

DELEGACIONES FORMOSA y CORRIENTES Tramo Dos (Norte - "Puertos")

Base: DELEGACIÓN FORMOSA.

Supervisores Regionales de Frontera:


TITULAR: Matías Sebastián BERTA

ADJUNTO: Roberto Carlos OBELAR