MINISTERIO DE HACIENDA

Resolución 64/2019

RESOL-2019-64-APN-MHA

Ciudad de Buenos Aires, 11/02/2019

Visto el expediente EX-2019- 03124199-APN-DGD#MHA, y

CONSIDERANDO:

Que dada la actual estructura del Ministerio de Hacienda resulta necesario establecer un mecanismo de reemplazo en la firma del despacho de las secretarías de esta cartera que dependen directamente del Ministro a fin de garantizar el normal desarrollo de su funcionamiento en caso de ausencia o impedimento de sus titulares.

Que, sin perjuicio de lo que se dispone por medio de esta resolución, mantendrán su vigencia los mecanismos de reemplazo previstos o que se prevean para asuntos específicos.

Que el servicio jurídico permanente del Ministerio de Hacienda ha tomado la intervención que le compete.

Que esta medida se dicta en virtud de las facultades contempladas en el decreto 276 del 2 de febrero de 1977.

Por ello,

EL MINISTRO DE HACIENDA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Establecer el siguiente régimen de reemplazo de las firmas del despacho para los casos de ausencia o impedimento de los secretarios que dependen directamente del Ministro de Hacienda:

a) El Secretario de Ingresos Públicos será reemplazado, en la firma del despacho, por el Secretario de Hacienda.

b) El Secretario de Hacienda será reemplazado, en la firma del despacho, por el Secretario de Política Económica.

c) El Secretario de Política Económica será reemplazado, en la firma del despacho, por el Secretario Legal y Administrativo.

d) El Secretario Legal y Administrativo será reemplazado, en la firma del despacho, por el Secretario de Finanzas.

e) El Secretario de Finanzas será reemplazado, en la firma del despacho, por el Secretario de Ingresos Públicos.

En caso de ausencia del reemplazante referido, la sustitución la efectuará quien reemplace a este último.

ARTÍCULO 2°.- El régimen establecido en esta resolución no resultará aplicable respecto de los supuestos en los que se haya previsto o se prevea un reemplazo específico para la firma del despacho.

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Nicolas Dujovne

e. 13/02/2019 N° 8104/19 v. 13/02/2019