MINISTERIO DE TRANSPORTE
Resolución 78/2019
RESOL-2019-78-APN-MTR
Ciudad de Buenos Aires, 12/02/2019
VISTO el Expediente N° EX-2019-03991520-APN-DGD#MTR, las Leyes N°
22.520 (t.o. Decreto N° 438/92) y N° 27.467, los Decretos N° 2.098 de
fecha 3 de diciembre de 2008, N° 13 de fecha 10 de diciembre de 2015,
N° 174 de fecha 2 de marzo de 2018 y N° 1035 de fecha 8 de noviembre de
2018, las Decisiones Administrativas N° 306 de fecha 13 de marzo de
2018 y N° 807 de fecha 26 de abril de 2018, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 27.467 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Pública Nacional para el Ejercicio 2019.
Que por el Decreto Nº 2098/08, sus modificatorios y complementarios, se
homologó el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del
SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP).
Que por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 13/15 se modificó la Ley
de Ministerios N° 22.520 (t.o. Decreto N° 438/92) y se creó el
MINISTERIO DE TRANSPORTE.
Que por el Decreto N° 174/18, se aprobó la estructura organizativa
hasta el Nivel de Subsecretaría de la Administración Pública Nacional
centralizada, en la que está contenido el MINISTERIO DE TRANSPORTE.
Que por el Artículo 3° del Decreto N° 1035/18, se facultó a los
Ministros, Secretarios de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, y autoridades
máximas de organismos descentralizados, a prorrogar las designaciones
transitorias que oportunamente fueran dispuestas, en las mismas
condiciones de las designaciones y/o últimas prórrogas y se estableció
que el acto administrativo que disponga la prórroga deberá comunicarse
a la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE MODERNIZACIÓN dependiente de la JEFATURA
DE GABINETE DE MINISTROS dentro de los CINCO (5) días del dictado del
acto que lo disponga.
Que por el Artículo 4° del Decreto mencionado en el párrafo anterior,
en ningún caso la prórroga de la designación que se instrumente en
ejercicio de la facultad otorgada por el artículo tercero de la medida
podrá exceder el 31 de diciembre de 2019.
Que por Decisión Administrativa N° 306/18, se aprobaron las estructuras
organizativas de primer y segundo nivel operativo y sus respectivas
responsabilidades primarias y acciones del MINISTERIO DE TRANSPORTE,
entre las que se encuentra contenida la DIRECCIÓN NACIONAL DE
ARTICULACIÓN INSTITUCIONAL dependiente de la SECRETARÍA DE OBRAS DE
TRANSPORTE.
Que por Decisión Administrativa N° 807 del 26 de abril de 2018 se
designó transitoriamente al Doctor Mauro Daniel STAGNANI, D.N.I. Nº
29.664.289, en el cargo de DIRECTOR NACIONAL DE ARTICULACIÓN
INSTITUCIONAL (Nivel A - Grado 0, Función Ejecutiva Nivel I)
dependiente de la UNIDAD EJECUTORA DE LA OBRA DE SOTERRAMIENTO DEL
CORREDOR FERROVIARIO CABALLITO–MORENO DE LA LÍNEA SARMIENTO de la
SECRETARÍA DE OBRAS DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE TRANSPORTE.
Que la mencionada designación transitoria, con el pago de la Función
Ejecutiva correspondiente se autorizó excepcionalmente por no reunir
los requisitos mínimos establecidos por el Artículo 14 del Convenio
Colectivo de Trabajo Sectorial del Sistema Nacional de Empleo Público
(SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08.
Que la presente medida no constituye asignación de recurso extraordinario alguno para el ESTADO NACIONAL.
Que la DIRECCIÓN DE DICTÁMENES dependiente de la DIRECCIÓN GENERAL DE
ASUNTOS JURÍDICOS de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA
del MINISTERIO DE TRANSPORTE ha tomado la intervención de su
competencia.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones
conferidas por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 13 de fecha 10 de
diciembre de 2015 y modificatorios, y por el artículo 3° del Decreto N°
1035 de fecha 8 de noviembre de 2018.
Por ello,
EL MINISTRO DE TRANSPORTE
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Prorrógase a partir del día 16 de enero de 2019, con
carácter transitorio y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días
hábiles, la designación transitoria correspondiente al Doctor Mauro
Daniel STAGNANI (D.N.I. Nº 29.664.289) en el cargo de DIRECTOR NACIONAL
DE ARTICULACIÓN INSTITUCIONAL (Nivel A - Grado 0, Función Ejecutiva
Nivel I) dependiente de la UNIDAD EJECUTORA DE LA OBRA DE SOTERRAMIENTO
DEL CORREDOR FERROVIARIO CABALLITO-MORENO DE LA LÍNEA SARMIENTO de la
SECRETARÍA DE OBRAS DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE TRANSPORTE, de
acuerdo a la delegación autorizada por el Decreto N° 1035/18 y en las
mismas condiciones que la Decisión Administrativa N° 807/18,
autorizándose el correspondiente pago de la Función Ejecutiva Nivel I
del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA
NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP) homologado por el Decreto N° 2098/08
y sus modificatorios y complementarios.
La mencionada prórroga se dispone con carácter de excepción y con
autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos
establecidos en el artículo 14 del Convenio Colectivo de Trabajo
Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP),
homologado por el Decreto N° 2098/08 y sus modificatorios.
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese el presente acto a la SECRETARÍA DE GOBIERNO
DE MODERNIZACIÓN dependiente de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
dentro de los CINCO (5) días de dictada la presente medida.
ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente
medida, será atendido con cargo a las partidas específicas del
presupuesto vigente de la Jurisdicción 57 - MINISTERIO DE TRANSPORTE.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Guillermo Javier Dietrich
e. 13/02/2019 N° 8160/19 v. 13/02/2019