MINISTERIO DE TRANSPORTE

Resolución 78/2019

RESOL-2019-78-APN-MTR

Ciudad de Buenos Aires, 12/02/2019

VISTO el Expediente N° EX-2019-03991520-APN-DGD#MTR, las Leyes N° 22.520 (t.o. Decreto N° 438/92) y N° 27.467, los Decretos N° 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008, N° 13 de fecha 10 de diciembre de 2015, N° 174 de fecha 2 de marzo de 2018 y N° 1035 de fecha 8 de noviembre de 2018, las Decisiones Administrativas N° 306 de fecha 13 de marzo de 2018 y N° 807 de fecha 26 de abril de 2018, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 27.467 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Pública Nacional para el Ejercicio 2019.

Que por el Decreto Nº 2098/08, sus modificatorios y complementarios, se homologó el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP).

Que por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 13/15 se modificó la Ley de Ministerios N° 22.520 (t.o. Decreto N° 438/92) y se creó el MINISTERIO DE TRANSPORTE.

Que por el Decreto N° 174/18, se aprobó la estructura organizativa hasta el Nivel de Subsecretaría de la Administración Pública Nacional centralizada, en la que está contenido el MINISTERIO DE TRANSPORTE.

Que por el Artículo 3° del Decreto N° 1035/18, se facultó a los Ministros, Secretarios de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, y autoridades máximas de organismos descentralizados, a prorrogar las designaciones transitorias que oportunamente fueran dispuestas, en las mismas condiciones de las designaciones y/o últimas prórrogas y se estableció que el acto administrativo que disponga la prórroga deberá comunicarse a la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE MODERNIZACIÓN dependiente de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS dentro de los CINCO (5) días del dictado del acto que lo disponga.

Que por el Artículo 4° del Decreto mencionado en el párrafo anterior, en ningún caso la prórroga de la designación que se instrumente en ejercicio de la facultad otorgada por el artículo tercero de la medida podrá exceder el 31 de diciembre de 2019.

Que por Decisión Administrativa N° 306/18, se aprobaron las estructuras organizativas de primer y segundo nivel operativo y sus respectivas responsabilidades primarias y acciones del MINISTERIO DE TRANSPORTE, entre las que se encuentra contenida la DIRECCIÓN NACIONAL DE ARTICULACIÓN INSTITUCIONAL dependiente de la SECRETARÍA DE OBRAS DE TRANSPORTE.

Que por Decisión Administrativa N° 807 del 26 de abril de 2018 se designó transitoriamente al Doctor Mauro Daniel STAGNANI, D.N.I. Nº 29.664.289, en el cargo de DIRECTOR NACIONAL DE ARTICULACIÓN INSTITUCIONAL (Nivel A - Grado 0, Función Ejecutiva Nivel I) dependiente de la UNIDAD EJECUTORA DE LA OBRA DE SOTERRAMIENTO DEL CORREDOR FERROVIARIO CABALLITO–MORENO DE LA LÍNEA SARMIENTO de la SECRETARÍA DE OBRAS DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE TRANSPORTE.

Que la mencionada designación transitoria, con el pago de la Función Ejecutiva correspondiente se autorizó excepcionalmente por no reunir los requisitos mínimos establecidos por el Artículo 14 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08.

Que la presente medida no constituye asignación de recurso extraordinario alguno para el ESTADO NACIONAL.

Que la DIRECCIÓN DE DICTÁMENES dependiente de la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TRANSPORTE ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 13 de fecha 10 de diciembre de 2015 y modificatorios, y por el artículo 3° del Decreto N° 1035 de fecha 8 de noviembre de 2018.

Por ello,

EL MINISTRO DE TRANSPORTE

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Prorrógase a partir del día 16 de enero de 2019, con carácter transitorio y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, la designación transitoria correspondiente al Doctor Mauro Daniel STAGNANI (D.N.I. Nº 29.664.289) en el cargo de DIRECTOR NACIONAL DE ARTICULACIÓN INSTITUCIONAL (Nivel A - Grado 0, Función Ejecutiva Nivel I) dependiente de la UNIDAD EJECUTORA DE LA OBRA DE SOTERRAMIENTO DEL CORREDOR FERROVIARIO CABALLITO-MORENO DE LA LÍNEA SARMIENTO de la SECRETARÍA DE OBRAS DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE TRANSPORTE, de acuerdo a la delegación autorizada por el Decreto N° 1035/18 y en las mismas condiciones que la Decisión Administrativa N° 807/18, autorizándose el correspondiente pago de la Función Ejecutiva Nivel I del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP) homologado por el Decreto N° 2098/08 y sus modificatorios y complementarios.

La mencionada prórroga se dispone con carácter de excepción y con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos establecidos en el artículo 14 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08 y sus modificatorios.

ARTÍCULO 2°.- Comuníquese el presente acto a la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE MODERNIZACIÓN dependiente de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS dentro de los CINCO (5) días de dictada la presente medida.

ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida, será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente de la Jurisdicción 57 - MINISTERIO DE TRANSPORTE.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Guillermo Javier Dietrich

e. 13/02/2019 N° 8160/19 v. 13/02/2019