ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

DIRECCIÓN REGIONAL SANTA FE

Disposición 9/2019

Santa Fe, Santa Fe, 11/02/2019

VISTO el Régimen de Reemplazos Transitorios para casos de ausencia o impedimento de las jefaturas de las distintas unidades de estructura en Jurisdicción de Dirección Regional Santa Fe, establecido por las Disposiciones Nº 20/2018 (DI RSFE), de fecha 03/05/2018 y N° 37/16 (DIRSFE) de fecha 05/07/2016 y

CONSIDERANDO:

Que conforme surge de las presentes actuaciones, existen razones de índole funcional que hacen necesario realizar una modificación parcial al Régimen de Reemplazos Transitorios establecido para Dirección Regional Santa Fe, mediante las Disposiciones citadas en el Visto para Oficina Jurídica (AG RAFA) y División Fiscalización N° 2 (DIRSFE).

Que en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Disposición N° 146/00 (AFIP), Disposición 7-E/2018 (AFIP) y Disposición N° 287/16 (AFIP), procede disponer en consecuencia.

Por ello,

EL DIRECTOR REGIONAL (INT.) DIRECCIÓN REGIONAL SANTA FE DIRECCIÓN GENERAL IMPOSITIVA

DISPONE

ARTÍCULO 1° — Modificar el Régimen de Reemplazos Transitorios para casos de ausencia o impedimento de las unidades de Estructura dependientes de Dirección Regional Santa Fe – Oficina Jurídica (AG RAFA) y División Fiscalización N° 2 (DIRSFE), el que quedará establecido de la siguiente forma:


ARTÍCULO 2° — Regístrese, comuníquese, notifíquese a los interesados, con copia a División Fiscalización N° 2 (DI RSFE), a Agencia Rafaela, a Sección Administrativa, publíquese en el Boletín Oficial de la República Argentina y archívese. Ricardo Miguel Ballarino

(Nota Infoleg: las modificaciones al presente régimen de reemplazos que se hayan publicado en Boletín Oficial pueden consultarse clickeando en el enlace "Esta norma es complementada o modificada por X norma(s).")
e. 13/02/2019 N° 8012/19 v. 13/02/2019

NOTA ACLARATORIA

DIRECCIÓN REGIONAL SANTA FE

Disposición 9/2019

En la edición del Boletín Oficial N° 34.055 del día miércoles 13 de febrero de 2019, donde se publicó la citada norma en la página 84, aviso n° 8012/19, se deslizó un error de edición en la tabla del Artículo 1°. Por consiguiente, se procede a publicar nuevamente dicho fragmento:



e. 19/02/2019 N° 9829/19 v. 19/02/2019