INSTITUTO NACIONAL DE ASUNTOS INDÍGENAS
Resolución 12/2019
RESOL-2019-12-APN-INAI#MJ
Ciudad de Buenos Aires, 31/01/2019
VISTO las Resoluciones del Instituto Nacional de Asuntos Indígenas mencionadas en el IF-2019-05935221-APN-INAI#MJ, y
CONSIDERANDO:
Que en la redacción de las citadas Resoluciones se ha incurrido en un
error material en el Articulo 3° al omitir consignar a la DIRECCIÓN
NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL.
Que en consecuencia, corresponde rectificar el artículo 3° de las
Resoluciones contempladas en el IF-2019-05935221-APN-INAI#MJ, para su
correspondiente publicación en el Boletín Oficial.
Que la presente Resolución se dicta en uso de las facultades conferidas
por el artículo 101 del “Reglamento de Procedimientos Administrativos.
Decreto N° 1759/72 (T.O. 2017).”
Por ello,
LA PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE ASUNTOS INDÍGENAS
RESUELVE:
ARTICULO 1º.- Rectifícase el artículo 3° de la Resoluciones emitidas
por el Instituto Nacional de Asuntos Indígenas que constan en el
IF-2019-05935221-APN-INAI#MJ, que como Anexo I forma parte de la
presente, el que quedará redactado de la siguiente manera: “ARTÍCULO
3°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO
OFICIAL y archívese.”
ARTICULO 2º.- Mantiénense los demás extremos de las Resoluciones
emitidas por el Instituto Nacional de Asuntos Indígenas que figuran en
el IF-2019-05935221-APN-INAI#MJ.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Jimena Psathakis
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 15/02/2019 N° 8477/19 v. 15/02/2019
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial)
IF-2019-05935221-APN-INAI#MJ