INSTITUTO NACIONAL DE ASUNTOS INDÍGENAS

Resolución 12/2019

RESOL-2019-12-APN-INAI#MJ

Ciudad de Buenos Aires, 31/01/2019

VISTO las Resoluciones del Instituto Nacional de Asuntos Indígenas mencionadas en el IF-2019-05935221-APN-INAI#MJ, y

CONSIDERANDO:

Que en la redacción de las citadas Resoluciones se ha incurrido en un error material en el Articulo 3° al omitir consignar a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL.

Que en consecuencia, corresponde rectificar el artículo 3° de las Resoluciones contempladas en el IF-2019-05935221-APN-INAI#MJ, para su correspondiente publicación en el Boletín Oficial.

Que la presente Resolución se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 101 del “Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto N° 1759/72 (T.O. 2017).”

Por ello,

LA PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE ASUNTOS INDÍGENAS

RESUELVE:

ARTICULO 1º.- Rectifícase el artículo 3° de la Resoluciones emitidas por el Instituto Nacional de Asuntos Indígenas que constan en el IF-2019-05935221-APN-INAI#MJ, que como Anexo I forma parte de la presente, el que quedará redactado de la siguiente manera: “ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.”

ARTICULO 2º.- Mantiénense los demás extremos de las Resoluciones emitidas por el Instituto Nacional de Asuntos Indígenas que figuran en el IF-2019-05935221-APN-INAI#MJ.

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Jimena Psathakis

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 15/02/2019 N° 8477/19 v. 15/02/2019

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial)



IF-2019-05935221-APN-INAI#MJ