INSTITUTO NACIONAL DE ASUNTOS INDÍGENAS
Resolución 294/2018
RESOL-2018-294-APN-INAI#MJ
Ciudad de Buenos Aires, 23/11/2018
VISTO, las Leyes Nº 26.160, Nº 26.554, Nº 26.894 y N° 27.400; el
Decreto Reglamentario Nº 1.122/07; la Resolución INAI Nº 587/07 y el
Expediente CUDAP: EXP-S04:0040481/16, y
CONSIDERANDO:
Que por Expediente citado en el VISTO tramitó el relevamiento técnico,
jurídico, catastral de acuerdo a lo establecido en la Ley Nacional N°
26.160, en la COMUNIDAD CHOROTE – ETNIA CHOROTE, perteneciente al
pueblo Chorote, asentada en la localidad de Tartagal, Depto. San
Martín, provincia de Salta, Personería Jurídica Resolución N° 040/01
del Registro de Comunidades Indígenas – Inspección General de Personas
Jurídicas de la provincia de Salta.
Que la Ley Nº 26.160 declara la emergencia en materia de posesión y
propiedad de las tierras tradicionalmente ocupadas por las Comunidades
Indígenas cuyo plazo fue prorrogado mediante Leyes N° 26.554; N° 26.894
y N° 27.400.
Que el Decreto Nº 1.122/07 designó al Instituto Nacional de Asuntos Indígenas como autoridad de aplicación de la mencionada Ley.
Que por Resolución INAI Nº 587/07 se crea el Programa Nacional de
“Relevamiento Territorial de Comunidades Indígenas – Ejecución de la
Ley Nº 26.160”, con el objeto de determinar los mecanismos para
demarcar y relevar el territorio que ocupan las Comunidades Indígenas
en forma tradicional, actual y pública.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de lo establecido en la Ley
Nº 23.302, su Decreto Reglamentario Nº 155/89 y normativa concordante.
Por ello,
LA PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE ASUNTOS INDÍGENAS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Dése por cumplido el relevamiento técnico, jurídico,
catastral en la COMUNIDAD CHOROTE – ETNIA CHOROTE, perteneciente al
pueblo Chorote, asentada en la localidad de Tartagal, Depto. San
Martín, provincia de Salta, Personería Jurídica Resolución N° 040/01
del Registro de Comunidades Indígenas – Inspección General de Personas
Jurídicas de la provincia de Salta; en virtud de la Ley Nacional N°
26.160 y sus respectivas prórrogas, el Decreto Reglamentario N°
1.122/07 y la Resolución N° 587/07 del Registro del Instituto Nacional
de Asuntos Indígenas.
ARTÍCULO 2°.- Reconócese la ocupación actual, tradicional y pública de
la COMUNIDAD CHOROTE – ETNIA CHOROTE, perteneciente al pueblo Chorote,
asentada en la localidad de Tartagal, Depto. San Martín, provincia de
Salta, Personería Jurídica Resolución N° 040/01 del Registro de
Comunidades Indígenas – Inspección General de Personas Jurídicas de la
provincia de Salta, respecto de la superficie georreferenciada, que
como Anexo I (IF- 2018-31318517- APN-INAI#MJ) forma parte de la
presente medida.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
(Artículo rectificado por art. 1° de la Resolución N° 12/2019 del Instituto Nacional de Asuntos Indígenas B.O. 15/02/2019)
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 21/02/2019 N° 10194/19 v. 21/02/2019
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)