JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA

Resolución 16/2019

RESOL-2019-16-APN-SECMA#JGM

Ciudad de Buenos Aires, 15/02/2019

VISTO el Expediente Electrónico N° EX-2019-09453306- -APN-SECMA#JGM, las Leyes Nros. 25.506 y 27.446, los Decretos Nros. 434 del 1º de Marzo de 2016, 561 del 6 de Abril de 2016, 1063 del 4 de Octubre de 2016 y 894 del 1° de Noviembre de 2017, las Resoluciones Nros. 65 del 21 de Abril de 2016, 355-E del 14 de Septiembre de 2016 (RESOL-2016-355-E-APN-MM) y 466-E del 11 de Noviembre de 2016 (RESOL-2016-466-E-APN-MM) del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, y la Resolución N° 90-E del 14 de Septiembre de 2017 de la SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN (RESOL-2017-90-E-APN-SECMA#MM), y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 25.506 de Firma Digital, reconoció la eficacia jurídica del documento electrónico, la firma electrónica y la firma digital, y en su artículo 48 estableció que el Estado Nacional, dentro de las jurisdicciones y entidades comprendidas en el artículo 8° de la Ley N° 24.156, promoverá el uso masivo de la firma digital de tal forma que posibilite el trámite de los expedientes por vías simultáneas, búsquedas automáticas de la información y seguimiento y control por parte del interesado, propendiendo a la progresiva despapelización.

Que la Ley N° 27.446 estableció que los documentos oficiales electrónicos firmados digitalmente, los expedientes electrónicos, las comunicaciones oficiales, las notificaciones electrónicas y el domicilio especial constituido electrónico de la plataforma de trámites a distancia y de los sistemas de gestión documental electrónica que utilizan el Sector Público Nacional, las provincias, el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, municipios, Poderes Judiciales, entes públicos no estatales, sociedades del Estado, entes tripartitos, entes binacionales, Banco Central de la REPÚBLICA ARGENTINA, en procedimientos administrativos y procesos judiciales, tienen para el Sector Público Nacional idéntica eficacia y valor probatorio que sus equivalentes en soporte papel o cualquier otro soporte que se utilice a la fecha de entrada en vigencia de la presente medida, debido a su interoperabilidad que produce su reconocimiento automático en los sistemas de gestión documental electrónica, por lo que no se requerirá su legalización.

Que la citada Ley N° 27.446 asimismo dispuso que las jurisdicciones y entidades contempladas en el artículo 8° de la Ley N° 24.156 formularán, suscribirán y remitirán las respuestas a los oficios judiciales exclusivamente mediante el Sistema de Gestión Documental Electrónica - GDE.

Que el Decreto Nº 434 del 1º de Marzo de 2016 aprobó el Plan de Modernización del Estado, contemplando el Plan de Tecnología y Gobierno Digital que propone implementar una plataforma horizontal informática de generación de documentos y expedientes electrónicos, registros y otros contenedores que sea utilizada por toda la administración a los fines de facilitar la gestión documental, el acceso y la perdurabilidad de la información, la reducción de los plazos en las tramitaciones y el seguimiento público de cada expediente.

Que el Decreto Nº 561 del 6 de Abril de 2016, aprobó la implementación del sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE) como sistema integrado de caratulación, numeración, seguimiento y registración de movimientos de todas las actuaciones y expedientes del Sector Público Nacional, actuando como plataforma para la implementación de gestión de expedientes electrónicos.

Que el mencionado Decreto N° 561/2016 ordenó a las entidades y jurisdicciones enumeradas en el artículo 8° de la Ley N° 24.156 que componen el Sector Público Nacional, la utilización del sistema de Gestión Documental Electrónica – GDE para la totalidad de las actuaciones administrativas, de acuerdo al cronograma que fije el MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN.

Que el artículo 6 del citado Decreto N° 561/2016, facultó a la SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN a dictar las normas complementarias, aclaratorias y operativas necesarias para la implementación del sistema de GESTIÓN DOCUMENTAL ELECTRÓNICA (GDE) y el funcionamiento de los sistemas informáticos de gestión documental.

Que el Decreto N° 1063 del 4 de Octubre de 2016 aprobó la implementación de la Plataforma de Trámites a Distancia (TAD) como medio de interacción del ciudadano con la administración, a través de la recepción y remisión por medios electrónicos de presentaciones, solicitudes, escritos, notificaciones y comunicaciones, entre otros.

Que el citado Decreto N° 1063/2016 en su artículo 11 facultó a la SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA a dictar las normas aclaratorias, operativas y complementarias necesarias para la implementación de las plataformas y módulos creados en dicha norma, así como también facultó a la citada SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA para aprobar la incorporación de trámites de gestión remota a dichas plataformas y módulos.

Que el Decreto N° 894 del 1° de Noviembre de 2017, que aprobó el Reglamento de Procedimientos Administrativos Decreto N° 1759/72 T.O. 2017, estableció que las autoridades administrativas actuarán de acuerdo con los principios de sencillez y eficacia, procurando la simplificación de los trámites, y facilitando el acceso de los ciudadanos a la administración a través de procedimientos directos y simples por medios electrónicos.

Que la Resolución N° 90 E del 14 de Septiembre de 2017 (RESOL-2017-90-APN-SECMA#MM) de la SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA aprobó los “Términos y Condiciones de Uso del Módulo de Trámites a Distancia (TAD) del sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE)”

Que las Resoluciones Nros. 65 del 21 de Abril de 2016, 355-E del 14 de Septiembre de 2016 (RESOL-2016-355-E-APN-MM) y 466-E del 11 de Noviembre de 2016 (RESOL-2016-466-E-APN-MM) del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN establecieron el uso obligatorio de los módulos “Comunicaciones Oficiales” (CCOO), “Generador Electrónico de Documentos Oficiales” (GEDO) y “Expediente Electrónico” (EE), todos del sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE), en la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, en el MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, en el entonces MINISTERIO DE SALUD, en el ex MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES, en el ex MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN PRODUCTIVA, en el MINISTERIO DE TRANSPORTE, en la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, y en el entonces MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE, respectivamente.

Que, en consecuencia, resulta necesario aprobar los procedimientos que la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO – AABE, organismo descentralizado en el ámbito de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS; la COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE - CNRT, la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL – ANAC y la ADMINISTRACIÓN DE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS SOCIEDAD DEL ESTADO - ADIFSE, organismos descentralizados en el ámbito del MINISTERIO DE TRANSPORTE; la AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD, organismo descentralizado en el ámbito de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN; la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA - ANMAT, organismo descentralizado en el ámbito de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE SALUD del MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL; la AGENCIA NACIONAL DE MATERIALES CONTROLADOS - ANMAC, organismo descentralizado en el ámbito del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS; la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES, organismo descentralizado en el ámbito de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN; la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR – ARN, entidad autárquica en el ámbito de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN; la COMISIÓN NACIONAL DE EVALUACIÓN Y ACREDITACIÓN UNIVERSITARIA - CONEAU, organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA; y del MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA, a partir de las fechas que para caso se determinan, deberán tramitarse a través de la plataforma “Trámites a Distancia” (TAD) del sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE).

Que la presente medida no produce efectos directos sobre los administrados ni tampoco implica mayor erogación presupuestaria alguna para el ESTADO NACIONAL que amerite la intervención previa del servicio jurídico permanente de esta jurisdicción en los términos del artículo 7° inciso d) de la Ley N° 19.549 de Procedimientos Administrativos y sus modificatorias.

Que la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA de la SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE MODERNIZACIÓN de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el Decreto Nº 1063/16.

Por ello,

EL SECRETARIO DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA DE LA SECRETARÍA DE GOBIERNO DE MODERNIZACIÓN DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Establécese que los siguientes procedimientos de la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO – AABE, organismo descentralizado en el ámbito de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, a partir del 7 de Marzo de 2019 deberán tramitarse a través de la Plataforma “Trámites a Distancia” (TAD) del sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE):

1) Solicitud de entrega en custodia

2) Solicitud de permiso de uso

3) Solicitud de obras y refacciones en inmuebles del Estado Nacional

4) Presentación de documentación para Expediente en trámite

5) Solicitud de apertura de calle (Permiso de uso con compromiso de compra)

6) Ley de Silos Nº 19.076

ARTÍCULO 2°.- Establécese que los siguientes procedimientos de la ADMINISTRACIÓN DE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS SOCIEDAD DEL ESTADO – ADIFSE, sociedad del Estado en el ámbito del MINISTERIO DE TRANSPORTE, a partir del 7 de Marzo de 2019 deberán tramitarse a través de la Plataforma “Trámites a Distancia” (TAD) del sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE):

1) Presentación de certificado de redeterminación de obra

2) Presentación de certificado de servicios

3) Presentación de certificado básico de obra

4) Solicitud de Aprobación de Redeterminaciones de obra ante ADIF

5) Aprobación de Variaciones de Contrato de Obra

6) Solicitud de Redeterminación de Precios de Bienes y Servicios a la ADIFSE

7) Solicitud de permiso de uso para cruces de vías y tendido paralelo

8) Recepción de Bienes, Servicios y Comprobantes de ADIFSE

9) Solicitud de Comodato de Bienes Muebles del Museo Nacional Ferroviario ante la ADIFSE

10) Solicitud de Donación de Bienes Muebles a la ADIFSE

ARTÍCULO 3°.- Establécese que los siguientes procedimientos de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL - ANAC, organismo descentralizado en el ámbito del MINISTERIO DE TRANSPORTE, a partir del 7 de Marzo de 2019 deberán tramitarse a través de la Plataforma “Trámites a Distancia” (TAD) del sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE):

1) Solicitud de Nivel de Competencia Lingüística – Idioma Inglés

2) Desafectación de Aeronaves / CIAC 141 Tipo 2 y Tipo 3

3) Solicitud de Renovación de Licencia o Certificado de Competencia

4) Solicitud de Reimpresión de Licencia o Certificado de Competencia (Duplicado de credencial)

5) Solicitud de Certificado de validez de licencia

6) Alta de Cursos de Instrucción o Entrenamiento / RAAC 141 – 142 – 147

7) Apéndice 2 RAAC 147 / Procedimiento extraordinario para el otorgamiento de las Licencias de MMA o MERA

8) Solicitud de Certificado de Explotador de Trabajo Aéreo (CETA)

9) Actualización de Anexo I al Certificado de Explotador de Trabajo Aéreo (CETA)

10) Solicitud de Renovación Permiso Instalación Radioeléctrica (PIR) para estaciones COTCO

11) Solicitud de Renovación Permiso Instalación Radioeléctrica (PIR) para estaciones radioeléctricas uso privado

12) Afectación de Instructores CIAC /CEAC / RAAC 141 – 142 – 147

13) Afectación de Aeronaves / CIAC 141 Tipo 2 y Tipo 3

14) Recategorización de la Licencia de MMA / Habilitación de la Licencia de MERA

15) Desafectación de Instructores CIAC /CEAC / RAAC 141 – 142 – 147

16) Solicitud de certificado de horas de vuelo para Pilotos o Tripulantes de Cabina de Pasajeros por robo o extravío

17) Solicitud de certificado de horas de vuelo para Pilotos o Tripulantes de Cabina de Pasajeros

18) Solicitud de licencia de despachante de aeronave

19) Solicitud de licencia piloto de transporte línea aérea

20) Solicitud de licencia de piloto comercial primera clase

21) Solicitud de habilitación de instructor de tripulante de cabina

22) Solicitud de habilitación tipo de aeronave

23) Solicitud de certificado de competencia de tripulante de cabina de pasajeros

ARTÍCULO 4°.- Establécese que los siguientes procedimientos de la AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD, organismo descentralizado en el ámbito de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, a partir del 7 de marzo de 2019 deberán tramitarse a través de la Plataforma “Trámites a Distancia” (TAD) del sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE):

1) Solicitud de pago Subsidio por Sepelio

2) Solicitud de pago para asignación mensual no contributiva por Trasplante

ARTÍCULO 5°.- Establécese que los siguientes procedimientos de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA - ANMAT, organismo descentralizado en el ámbito de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE SALUD del MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL, partir del 7 de Marzo de 2019 deberán tramitarse a través de la Plataforma “Trámites a Distancia” (TAD) del sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE):

1) Exportación de Sustancias Sujetas a Control Especial

2) Autorización Importación Productos Cosméticos e higiene personal y de uso doméstico

3) Certificado de libre venta de productos cosméticos e higiene personal GRADO II o de uso doméstico

4) Testimonio de exportación de productos cosméticos e higiene personal o de uso doméstico

5) Autorización de tránsitos especialidades medicinales con cadena de frío

6) Importación de productos médicos

7) No intervención - Productos cosméticos e higiene personal y de uso doméstico

8) Importación medicamentos por uso compasivo - Régimen de acceso de excepción a medicamentos (RAEM)

9) Importación de muestras para investigaciones científicas

10) Consulta de clasificación de Productos

11) Libre circulación de alimentos y UPEI

12) Notificación de Exportación de Alimentos

13) Solicitud de admisión para proyectos innovadores

14) Liberación de lotes de vacuna

15) Autorización de operación de plasma para fraccionamiento

16) Aptitud Exportación Brasil: Vinagres, bebidas y materia prima

17) Aptitud Exportación Brasil: Aceite de Oliva

18) Planilla Trimestral de Movimientos de Stock para Precursores Químicos

19) Presentación de Planilla de Previsión Anual para Precursores Químicos: Estimaciones de las cantidades de sustancia a utilizar en el año que se informa

20) Presentación de Planilla de Oficialización de Importación/Exportación de Sustancias Sujetas a Control Especial

21) Solicitud de análisis obligatorio dextrometorfano según Resolución AFIP 3891/2016

22) Solicitud de Nota de No Intervención para Establecimientos fuera de la competencia de la DVSSCE

23) Solicitud de Certificado de No Objeción de Importación de Sustancias Sujetas a Control Especial

24) Solicitud Certificado Sanitario de Exportación

25) Registrar envase Riesgo 2 MODERADO Y ALTO

26) Registrar envase Riesgo 1 BAJO

27) Libre circulación de envases y materiales en contacto con alimentos

28) Importación de productos médicos usados

29) Importación de productos médicos por usuario directo

30) Importación de productos médicos in vitro

31) Nacionalización de productos solicitados de una importación temporal

32) Importación Protocolos de Emergencia Médica de Instituciones Sanitarias

33) Rectificativa Importación de Especialidades Medicinales

34) Rectificativa Importación de productos para Investigaciones Clínicas

35) Rectificativa Importación de Especialidades Medicinales con cadena de frío

36) Exportación de Sustancias Sujetas a Control Especial (Para Precursores Químicos)

37) Planilla Trimestral de Movimientos de Stock para Psicotrópicos, Estupefacientes y Sustancias Sujetas a Control Especial

38) Planilla Trimestral de Movimientos de Stock para Sustancias de Corte

39) Presentación de Planilla de Previsión Anual para Psicotrópicos, Estupefacientes y Sustancias Sujetas a Control Especial: Estimaciones de las cantidades de sustancia a utilizar en el año que se informa

40) Presentación de Planilla de Previsión Anual de Movimientos de Stock para Sustancias de Corte

41) Alta en la Red Federal de Laboratorios de Alimentos

42) Duplicados de certificados de habilitación de productos médicos

43) Cierre por vacaciones - Droguerías para Tránsito Interjurisdiccional y Distribuidores de medicamentos y Operadores de medicamentos

44) Constancia de aptitud de buenas prácticas para establecimientos de uso doméstico (domisanitario)

45) Cierre por vacaciones de empresas de productos médicos

46) Habilitación de droguería para tránsito interjurisdiccional - Disp. 7038/15

47) Habilitación para distribuidores de medicamentos y operadores logísticos de medicamentos

48) Modificación de estructura de droguerías para tránsito interjurisdiccional

49) Renovación del certificado de buenas prácticas de distribución para droguerías

50) Cambio de domicilio legal

51) Duplicados de certificados de productos médicos

52) Solicitud de análisis de laboratorio para aptitud de producto alimenticio

53) Solicitud de agotamiento de stock de rótulos RNPA

54) Notificación de transferencia de RNPA autorizados previo a la vigencia de la Disposición 8403/15

55) Cierre por vacaciones - Productos cosméticos e higiene personal

56) Certificado de Cumplimiento de Buenas Prácticas de Fabricación para productos cosméticos e higiene personal

57) Ampliación de rubro - Distribuidores y Operadores Logísticos de medicamentos y/o Droguerías

58) Notificaciones varias – Droguerías, Distribuidoras y Operadores logísticos

59) Cierre por vacaciones - Establecimientos de productos domisanitarios

60) Cambio de director técnico (dt) o co dt para empresas fabricantes y/o importadoras de productos médicos y/o productos para diagnóstico de uso in vitro

61) Cambio de Director Técnico (DT) o Co DT para empresas distribuidoras de productos médicos y/o productos para diagnóstico de uso in vitro

62) Designación de Director Técnico (DT) o Co DT para empresas distribuidoras de productos médicos y/o productos para diagnóstico de uso in vitro

63) Designación de director técnico (dt) o co dt para empresas fabricantes y/o importadoras de productos médicos y/o productos para diagnóstico de uso in vitro

64) Solicitud de Certificación Productos

65) Habilitación de nueva planta de productos cosméticos e higiene personal

66) Solicitud de presentación ante la CONAL (Comisión Nacional de Alimentos)

67) Modificación de estructura productos cosméticos e higiene personal

68) Habilitación de nuevo depósito productos cosméticos e higiene personal

69) Certificado de libre venta de productos cosméticos e higiene personal GRADO I

70) Constancia de cumplimiento de buenas prácticas de almacenamiento y distribución - Distribuidores y operadores logísticos de medicamentos

71) Cambio de denominación catastral

72) Solicitud de certificado de buenas prácticas de manufactura de alimentos para exportación

73) Solicitud de excepción al cumplimiento de la Ley 25.630 y su Decreto Reglamentario N.º 597/03

74) Solicitud de Certificación de Plantas

75) Solicitud de Certificación Plantas y Productos

76) Anexo de productos médicos para reacondicionadores

ARTÍCULO 6°.- Establécese que los siguientes procedimientos de la AGENCIA NACIONAL DE MATERIALES CONTROLADOS - ANMAC, organismo descentralizado en el ámbito del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, a partir del 7 de Marzo de 2019 deberán tramitarse a través de la Plataforma “Trámites a Distancia” (TAD) del sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE):

1) Verificación de exportación, importación, explosivos, pirotecnia, sustancias químicas controladas y nitrato de amonio

2) Autorización de exportación/importación de explosivos, pirotecnia, nitrato de amonio y sustancias químicas controladas

3) Autorización de tránsito internacional de pólvora, explosivos y afines

4) Autorización de importación de armas de fuego, municiones y otros materiales controlados

5) Verificación importación de armas de fuego, municiones y otros materiales controlados

6) Verificación tránsito internacional de armas, municiones y otros materiales controlados

7) Solicitud de Prórroga de Importación o Exportación de Explosivos y Nitrato de Amonio

ARTÍCULO 7°.- Establécese que los siguientes procedimientos de la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES, organismo descentralizado en el ámbito de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, a partir del 7 de Marzo de 2019 deberán tramitarse a través de la Plataforma “Trámites a Distancia” (TAD) del sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE):

1) Permisos Turísticos/Habilitación Persona Humana

2) Permisos Turísticos/Habilitación Persona Jurídica

3) Permisos Turísticos/Baja de Actividad

4) Solicitud de Inscripción de Guías

5) Solicitud de Baja de Actividad de Guía

6) Solicitud de Suspensión de Actividad de Guía

ARTÍCULO 8°.- Establécese que los siguientes procedimientos de la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR – ARN, entidad autárquica en el ámbito de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, a partir del 7 de Marzo de 2019 deberán tramitarse a través de la plataforma “Trámites a Distancia” (TAD) del sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE):

1) Inscripción de Usuarios ante la Autoridad Regulatoria Nuclear

2) Modificación de datos Usuarios Autoridad Regulatoria Nuclear

3) Licenciamiento de Personal de Instalaciones Clase II y III excepto CCN

4) Modificación Licencia de Personal Inst. Clase II y III excepto CCN

5) Renovación Licencia de Personal Inst. Clase II y III excepto CCN

ARTÍCULO 9°.- Establécese que los siguientes procedimientos de la COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE – CNRT, organismo descentralizado en el ámbito del MINISTERIO DE TRANSPORTE, a partir del 7 de Marzo de 2019 deberán tramitarse a través de la Plataforma “Trámites a Distancia” (TAD) del sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE):

1) Solicitud baja de Vehículos para servicio de Transporte de Jurisdicción Nacional (Baja Parque Móvil)

2) Inscripción de vehículos para servicio de transporte de jurisdicción nacional (Alta Parque Móvil)

3) Modificación de información de Vehículos para servicio de Transporte de Jurisdicción Nacional (Modificación De Parque Móvil)

4) Presentación de Ensayos de Empresas Carroceras

5) Presentación de Proyectos de Carrocerías (Aprobación de Planos de Carrocerías)

6) Presentación de Información técnica de Empresas Carroceras

7) Presentación de estadísticas

8) Solicitud de Permiso de Turismo y Oferta Libre (Inscripción)

9) Solicitud de traspaso de Turismo y Oferta Libre

10) Renovación de permiso de oferta libre y/o turismo

11) Modificación de documentación del permiso de turismo y oferta libre

12) Solicitud de la renovación de modalidad de Oferta Libre

13) Solicitud de nueva modalidad de Oferta Libre (Inscripción)

14) Formulación de descargos y presentación de recursos

15) Solicitud de Alta Genérica de Servicio Público Internacional

16) Presentación de Estados Contables

17) Presentación de Formularios SUBE (Servicio Público)

18) Solicitud de Libreta de Control Horario

19) Renovación de permisos de explotación de Servicios Públicos Urbanos

20) Presentación de Declaración Jurada de horarios (Servicio Público Urbano - Línea 1-199)

21) Renovación, inscripción o modificación de los Parámetros de operación de los Servicios Públicos Urbanos

22) Presentación de Escritura o Contrato

23) Actualización de estado institucional y/o designación de autoridades (Modificación de Actas de Directorio)

24) Presentación de Información Patrimonial

ARTÍCULO 10.- Establécese que los siguientes procedimientos de la COMISIÓN NACIONAL DE EVALUACIÓN Y ACREDITACIÓN UNIVERSITARIA - CONEAU, organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA, a partir del 7 de Marzo de 2019 deberán tramitarse a través de la Plataforma “Trámites a Distancia” (TAD) del sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE):

1) Solicitud de Evaluación SIED

2) Solicitud de acreditación de carrera de posgrado

3) Solicitud de evaluación externa

ARTÍCULO 11.- Establécese que los siguientes procedimientos del MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA a partir del 7 de Marzo de 2019 deberán tramitarse a través de la Plataforma “Trámites a Distancia” (TAD) del sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE):

1) Exportación de restos paleontológicos

2) Importación de restos paleontológicos

3) Aviso de importación/exportación temporal realizada. Restos paleontológicos

4) Prórroga/renovación de exportación /importación de restos paleontológicos

5) Solicitud de Auspicio

6) Licencia de Exportación de Bienes Culturales/Obras de arte

7) Exportación/Importación de Bienes Arqueológicos

8) Aviso de Exportación de Bienes Culturales/Obras de Arte

9) Declaración de Datos del Comprador/Exportador de Bienes Culturales/Obras de Arte

10) Aviso de Importación/Reimportación de Bienes Culturales/Obras de Arte

11) Reválida de estudios de formación docente (excepto universitarios)

12) Convalidación de Títulos Extranjeros Universitarios

13) Reválida de estudios de educación superior técnica (excepto universitarios)

14) Pedidos de infraestructura y equipamiento mobiliario de escuelas

ARTÍCULO 12.- Comuníquese la presente medida a la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN – SIGEN.

ARTÍCULO 13.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Eduardo Nicolás Martelli

e. 21/02/2019 N° 10190/19 v. 21/02/2019