CONVENIO
Decisión Administrativa 145/2019
DA-2019-145-APN-JGM - Aprobación.
Ciudad de Buenos Aires, 01/03/2019
VISTO el Expediente N° EX-2018-37564976-APN-DCYC#MS, los Decretos Nros.
1023 del 13 de agosto de 2001 y 1030 del 15 de septiembre de 2016,
ambos con sus respectivas normas modificatorias y complementarias, y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente citado en el VISTO tramita la adquisición del
medicamento antirretroviral Atazanavir por TRESCIENTOS (300) miligramos
bajo la forma farmacéutica comprimido, cápsula o tableta, para la
entrega a pacientes con VIH/SIDA que no poseen cobertura de salud,
solicitada por la DIRECCIÓN DE SIDA, ENFERMEDADES DE TRANSMISIÓN
SEXUAL, HEPATITIS Y TBC del MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL.
Que con el objeto de dar cumplimiento a lo solicitado, se encuadra el
presente procedimiento bajo la modalidad de Contratación Directa
Interadministrativa contemplada en el artículo 25, inciso d) apartado 8
del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional aprobado
por el Decreto N° 1023/01 y sus modificatorios y complementarios, lo
dispuesto por el artículo 22 del Reglamento del Régimen de
Contrataciones de la Administración Nacional, aprobado por el Decreto
N° 1030/16, sus normas modificatorias y complementarias y el artículo
58 del Manual de Procedimiento del Régimen de Contrataciones de la
Administración Nacional, aprobado por la Disposición ONC N° 62/16 y sus
modificatorias.
Que la presente adquisición se llevará a cabo con el LABORATORIO DEL
FIN DEL MUNDO SOCIEDAD ANÓNIMA CON PARTICIPACIÓN ESTATAL MAYORITARIA
(S.A.P.E.M.) la cual posee participación mayoritaria del Gobierno de la
Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur.
Que en ese marco, con fecha 28 de enero de 2019 el MINISTERIO DE SALUD
Y DESARROLLO SOCIAL, suscribió con el LABORATORIO DEL FIN DEL MUNDO
SOCIEDAD ANÓNIMA CON PARTICIPACIÓN ESTATAL MAYORITARIA (S.A.P.E.M.), el
Convenio Interadministrativo respectivo para el suministro de UN MILLÓN
OCHOCIENTOS MIL (1.800.000) comprimidos del antirretroviral Atazanavir
por TRESCIENTOS (300) miligramos, equivalente a la suma total de PESOS
CIENTO SESENTA Y CINCO MILLONES SEISCIENTOS MIL ($165.600.000.-).
Que en virtud de lo expresado precedentemente corresponde aprobar el referido Convenio Interadministrativo.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE SALUD Y
DESARROLLO SOCIAL ha tomado la intervención de su competencia.
Que la SUBSECRETARÍA DE ARTICULACIÓN JURÍDICO INSTITUCIONAL del
MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL ha tomado la intervención que
le compete.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones
conferidas por el artículo 100 incisos 1 y 2 de la CONSTITUCIÓN
NACIONAL, el artículo 35, inciso b) y su Anexo del Reglamento de la Ley
de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector
Público Nacional N° 24.156, sus modificatorios y complementarios,
aprobado por el Decreto N° 1344/07 y por el artículo 9° incisos d) y e)
y su Anexo del Reglamento del Régimen de Contrataciones de la
Administración Nacional aprobado por el Decreto N° 1030/16, sus
modificatorios y normas complementarias.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
ARTÍCULO 1°.- Apruébase el Convenio Interadministrativo suscripto con
fecha 28 de enero de 2019 entre el MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO
SOCIAL y el LABORATORIO DEL FIN DEL MUNDO SOCIEDAD ANÓNIMA CON
PARTICIPACIÓN ESTATAL MAYORITARIA (S.A.P.E.M.) para la adquisición de
UN MILLÓN OCHOCIENTOS MIL (1.800.000) comprimidos del Antirretroviral,
tipo monodroga, droga genérica Atazanavir, forma farmacéutica
comprimido, cápsula o tableta conteniendo TRESCIENTOS (300) miligramos,
equivalente a la suma total de PESOS CIENTO SESENTA Y CINCO MILLONES
SEISCIENTOS MIL ($165.600.000.-), que como ANEXO
(CONVE-2019-06392044-APN-DCYCMS#MSYDS) forma parte integrante de la
presente medida.
ARTÍCULO 2º.- Autorízase la ampliación, resolución, rescisión,
declaración de caducidad y aplicación de penalidades al cocontratante
respecto de la Contratación Directa Interadministrativa N°
80-0049-CDI18 del entonces MINISTERIO DE SALUD, quedando a cargo de las
instancias de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE SALUD del MINISTERIO DE
SALUD Y DESARROLLO SOCIAL que correspondan dictar los actos
administrativos que permitan su instrumentación.
ARTÍCULO 3°.- La suma total de PESOS CIENTO SESENTA Y CINCO MILLONES
SEISCIENTOS MIL ($165.600.000) se imputará con cargo a las partidas
presupuestarias de la Jurisdicción 85 – MINISTERIO DE SALUD Y
DESARROLLO SOCIAL.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese. Marcos Peña - Carolina Stanley
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decisión Administrativa se
publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 06/03/2019 N° 13499/19 v. 06/03/2019
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)