CONVENIO

Decisión Administrativa 145/2019

DA-2019-145-APN-JGM - Aprobación.

Ciudad de Buenos Aires, 01/03/2019

VISTO el Expediente N° EX-2018-37564976-APN-DCYC#MS, los Decretos Nros. 1023 del 13 de agosto de 2001 y 1030 del 15 de septiembre de 2016, ambos con sus respectivas normas modificatorias y complementarias, y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente citado en el VISTO tramita la adquisición del medicamento antirretroviral Atazanavir por TRESCIENTOS (300) miligramos bajo la forma farmacéutica comprimido, cápsula o tableta, para la entrega a pacientes con VIH/SIDA que no poseen cobertura de salud, solicitada por la DIRECCIÓN DE SIDA, ENFERMEDADES DE TRANSMISIÓN SEXUAL, HEPATITIS Y TBC del MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL.

Que con el objeto de dar cumplimiento a lo solicitado, se encuadra el presente procedimiento bajo la modalidad de Contratación Directa Interadministrativa contemplada en el artículo 25, inciso d) apartado 8 del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional aprobado por el Decreto N° 1023/01 y sus modificatorios y complementarios, lo dispuesto por el artículo 22 del Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional, aprobado por el Decreto N° 1030/16, sus normas modificatorias y complementarias y el artículo 58 del Manual de Procedimiento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional, aprobado por la Disposición ONC N° 62/16 y sus modificatorias.

Que la presente adquisición se llevará a cabo con el LABORATORIO DEL FIN DEL MUNDO SOCIEDAD ANÓNIMA CON PARTICIPACIÓN ESTATAL MAYORITARIA (S.A.P.E.M.) la cual posee participación mayoritaria del Gobierno de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur.

Que en ese marco, con fecha 28 de enero de 2019 el MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL, suscribió con el LABORATORIO DEL FIN DEL MUNDO SOCIEDAD ANÓNIMA CON PARTICIPACIÓN ESTATAL MAYORITARIA (S.A.P.E.M.), el Convenio Interadministrativo respectivo para el suministro de UN MILLÓN OCHOCIENTOS MIL (1.800.000) comprimidos del antirretroviral Atazanavir por TRESCIENTOS (300) miligramos, equivalente a la suma total de PESOS CIENTO SESENTA Y CINCO MILLONES SEISCIENTOS MIL ($165.600.000.-).

Que en virtud de lo expresado precedentemente corresponde aprobar el referido Convenio Interadministrativo.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL ha tomado la intervención de su competencia.

Que la SUBSECRETARÍA DE ARTICULACIÓN JURÍDICO INSTITUCIONAL del MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 100 incisos 1 y 2 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, el artículo 35, inciso b) y su Anexo del Reglamento de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156, sus modificatorios y complementarios, aprobado por el Decreto N° 1344/07 y por el artículo 9° incisos d) y e) y su Anexo del Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional aprobado por el Decreto N° 1030/16, sus modificatorios y normas complementarias.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

ARTÍCULO 1°.- Apruébase el Convenio Interadministrativo suscripto con fecha 28 de enero de 2019 entre el MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL y el LABORATORIO DEL FIN DEL MUNDO SOCIEDAD ANÓNIMA CON PARTICIPACIÓN ESTATAL MAYORITARIA (S.A.P.E.M.) para la adquisición de UN MILLÓN OCHOCIENTOS MIL (1.800.000) comprimidos del Antirretroviral, tipo monodroga, droga genérica Atazanavir, forma farmacéutica comprimido, cápsula o tableta conteniendo TRESCIENTOS (300) miligramos, equivalente a la suma total de PESOS CIENTO SESENTA Y CINCO MILLONES SEISCIENTOS MIL ($165.600.000.-), que como ANEXO (CONVE-2019-06392044-APN-DCYCMS#MSYDS) forma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 2º.- Autorízase la ampliación, resolución, rescisión, declaración de caducidad y aplicación de penalidades al cocontratante respecto de la Contratación Directa Interadministrativa N° 80-0049-CDI18 del entonces MINISTERIO DE SALUD, quedando a cargo de las instancias de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE SALUD del MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL que correspondan dictar los actos administrativos que permitan su instrumentación.

ARTÍCULO 3°.- La suma total de PESOS CIENTO SESENTA Y CINCO MILLONES SEISCIENTOS MIL ($165.600.000) se imputará con cargo a las partidas presupuestarias de la Jurisdicción 85 – MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL.

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Marcos Peña - Carolina Stanley

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decisión Administrativa se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 06/03/2019 N° 13499/19 v. 06/03/2019

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: Anexos)