MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO
SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AGROINDUSTRIA
Resolución 76/2019
RESOL-2019-76-APN-SGA#MPYT Emergencia
agropecuaria: Dáse por declarado en la Provincia de Santiago del Estero
el estado de emergencia y/o desastre agropecuario.
Ciudad de Buenos Aires, 01/03/2019
VISTO el Expediente Nº EX-2019-12261389--APN-DGDMA#MPYT del Registro de
la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AGROINDUSTRIA del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN
Y TRABAJO, la Ley N° 26.509 y sus modificatorias y su Decreto
Reglamentario N° 1.712 de fecha 10 de noviembre de 2009, la Resolución
N° RESOL-2019-19-APN-SGA#MPYT del 24 de enero de 2019 de la SECRETARÍA
DE GOBIERNO DE AGROINDUSTRIA del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, el
Decreto-Acuerdo Provincial N°156 de fecha 13 de febrero de 2019, el
Acta de la reunión de la COMISIÓN NACIONAL DE EMERGENCIAS Y DESASTRES
AGROPECUARIOS del 27 de febrero de 2019, y
CONSIDERANDO:
Que la Provincia de SANTIAGO DEL ESTERO, presentó el Decreto-Acuerdo
Provincial N° 156 de fecha 13 de febrero de 2019, en la reunión del 27
de febrero de 2019 de la COMISIÓN NACIONAL DE EMERGENCIAS Y DESASTRES
AGROPECUARIOS, a los efectos de la aplicación de la Ley Nº 26.509.
Que el citado Decreto-Acuerdo Provincial Nº 156/19 en su Artículo 1º
ratificó, en todas sus partes, el Decreto Provincial N° 49 de fecha 21
de enero de 2019, e incorporó en los mismos términos a la declaración
del estado de emergencia y/o desastre agropecuario decretada por el
citado Decreto Provincial N° 49/19 a las localidades de Cañada Escobar,
Colonia Gamara y Clodomira del Departamento Banda; las localidades de
La Cañada y Hurito Huasi del Departamento Figueroa; las localidades de
Colonia El Simbolar, Fernández, Vilmer, Forres y Beltrán del
Departamento Robles afectadas en forma directa por las inundaciones
producidas durante el mes de enero de 2019.
Que la COMISIÓN NACIONAL DE EMERGENCIAS Y DESASTRES AGROPECUARIOS
analizó la situación ocurrida en las explotaciones provinciales, luego
de lo cual recomendó incorporar a las localidades de Cañada Escobar,
Colonia Gamara y Clodomira del Departamento Banda; las localidades de
La Cañada y Hurito Huasi del Departamento Figueroa y las localidades de
Colonia El Simbolar, Fernández, Vilmer, Forres y Beltrán del
Departamento Robles a la declaración del estado de emergencia y/o
desastre agropecuario, según corresponda, por un plazo de DOCE (12)
meses, a partir del 1 de enero de 2019, a las explotaciones
agropecuarias afectadas por inundaciones que se encuentran ubicadas en
los Departamentos Mariano Moreno, Juan Felipe Ibarra, General Taboada y
Manuel Belgrano, prevista por la Resolución N°
RESOL-2019-19-APN-SGA#MPYT del 24 de enero de 2019 de la SECRETARÍA DE
GOBIERNO DE AGROINDUSTRIA del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO.
Que asimismo, la COMISIÓN NACIONAL DE EMERGENCIAS Y DESASTRES
AGROPECUARIOS ratificó el 31 de diciembre de 2019 como fecha de
finalización del ciclo productivo para las explotaciones afectadas, de
acuerdo con lo estipulado en los Artículos 22 y 23 del Anexo al Decreto
Nº 1.712 de fecha 10 de noviembre de 2009, prevista por la citada
Resolución N° RESOL-2019-19-APN-SGA#MPYT,
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la SECRETARÍA DE
GOBIERNO DE AGROINDUSTRIA del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO ha
tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por
el Artículo 9° del Anexo al Decreto N° 1.712 de fecha 10 de noviembre
de 2009 y los Decretos Nros. 174 de fecha 2 de marzo de 2018, sus
modificatorios y complementarios y 802 de fecha 5 de septiembre de 2018.
Por ello,
EL SECRETARIO DE GOBIERNO DE AGROINDUSTRIA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Sustitúyese el Artículo 1° de la Resolución Nº
RESOL-2019-19-APN-SGA#MPYT de fecha 24 de enero de 2019 de la
SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AGROINDUSTRIA del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y
TRABAJO, el que quedará redactado de la siguiente manera: “A los
efectos de la aplicación de la Ley Nº 26.509: Dáse por declarado en la
Provincia de SANTIAGO DEL ESTERO el estado de emergencia y/o desastre
agropecuario, según corresponda, por un plazo de DOCE (12) meses, a
partir del 1 de enero de 2019, a las explotaciones agropecuarias
afectadas por inundaciones que se encuentran ubicadas en la totalidad
de los Departamentos Mariano Moreno, Juan Felipe Ibarra, General
Taboada y Manuel Belgrano, y en las localidades de Cañada Escobar,
Colonia Gamara y Clodomira del Departamento Banda, en las localidades
de La Cañada y Hurito Huasi del Departamento Figueroa; y en las
localidades de Colonia El Simbolar, Fernández, Vilmer, Forres y Beltrán
del Departamento Robles.”.
ARTÍCULO 2°.- La presente resolución entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Luis Miguel Etchevehere
e. 06/03/2019 N° 13402/19 v. 06/03/2019