MINISTERIO DE TRANSPORTE

Resolución 119/2019

RESOL-2019-119-APN-MTR

Ciudad de Buenos Aires, 28/02/2019

VISTO el Expediente N° EX-2018-64908207-APN-SECOT#MTR del registro del MINISTERIO DE TRANSPORTE DE NACIÓN, La Ley Nacional de Obras Publicas Nº 13.064, los Decretos N° 13 de fecha 10 de diciembre de 2015 modificatorio de la Ley de Ministerios N° 22.520 y Nº 375 de fecha 19 de febrero de 2016, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente citado en el Visto tramita la contratación de la Obra Pública “Rehabilitación y Mantenimiento Vial, de Aceras, de la Red Pluvial y Refugios de Transporte Público en la Región Metropolitana de Buenos Aires” bajo el régimen de la Ley Nacional de Obras Públicas Nº 13.064, por el sistema de Unidad de Medida, con el presupuesto oficial de PESOS CINCO MIL CIENTO NOVENTA Y SIETE MILLONES DOSCIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS TREINTA Y NUEVE CON OCHENTA Y CINCO CENTAVOS ($ 5.197.287.339,85) impuesto al valor agregado (IVA) incluido.

Que la SECRETARÍA DE OBRAS DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE TRANSPORTE elaboró los Pliegos de Cláusulas Generales, de Cláusulas Particulares y de Especificaciones Técnicas para la contratación de los trabajos correspondientes a la mencionada obra.

Que el plazo de ejecución de la presente obra se fijará en QUINCE (15) meses contados a partir de la firma del Acta de Iniciación de la obra.

Que el área de ejecución de la obra “Rehabilitación y Mantenimiento Vial, de Aceras, de la Red Pluvial y Refugios de Transporte Público en la Región Metropolitana de Buenos Aires” ha sido subdividida en CINCO (5) Zonas, las cuales han quedado integradas de la siguiente manera: Zona 1 (Escobar, Tigre, San Fernando, San Isidro, Vicente López, Gral. San Martín, Malvinas Argentinas, Pilar, General Rodríguez, Campana); Zona 2 (Tres de Febrero, Jose C. Paz, San Miguel, Hurlingham, Ituzaingó, Merlo); Zona 3 (Moreno, Marcos Paz, La Matanza, Morón); Zona 4 (Lanús, Lomas de Zamora, Almirante Brown, Presidente Perón, San Vicente, Ezeiza, Esteban Echeverría); y Zona 5 (Avellaneda, Quilmes, Berazategui, Florencio Varela, Ensenada, Berisso, La Plata).

Que la mentada obra tiene como objeto la ejecución de trabajos de rehabilitación y mantenimiento vial; ejecución de trabajos de rehabilitación y mantenimiento de aceras; rehabilitación de la red pluvial y obras complementarias; y construcción de refugios de transporte público.

Que el artículo 10 de la Ley N° 13.064 habilita en casos de urgencia a la reducción de los plazos de publicación del llamado a licitación y de anticipación previstos en la mencionada ley.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE CONTRATACIONES dependiente de la SUBSECRETARÍA DE CONTRATACIÓN Y EJECUCIÓN DE OBRAS de la SECRETARÍA DE OBRAS DE TRANSPORTE de este MINISTERIO DE TRANSPORTE, mediante Providencia N° PV-2019-00527969-APN-DNC#MTR de fecha 3 de enero de 2019, señala que desde este Ministerio se han venido desarrollando obras que han implicado una mejora sustancial en el transporte vial de autos particulares, transporte público y peatonal, mejorando la seguridad y calidad de la movilidad en su territorio, pero que no han resultado suficientes frente al evidente deterioro y falta de mantenimiento vial de la Región Metropolitana de Buenos Aires.

Que, asimismo, destaca que las obras previstas a desarrollarse en los municipios de la Provincia de Buenos Aires constituyen un factor fundamental en aras de mejorar la seguridad urbana y el traslado de sus habitantes.

Que, por otra parte, indica que la falta de obras de mantención de las veredas y pavimentos genera graves problemas de circulación peatonal y vehicular, riesgos de accidentes para los transeúntes, daños a los vehículos, entre otras consecuencias, situación que provoca la necesidad de continuar con los trabajos de rehabilitación y mejoramiento de aceras, pavimentos y pluviales.

Que, por lo demás, refiere que resulta notable la ausencia de refugios de transporte público de pasajeros en la Región Metropolitana de Buenos Aires, siendo necesario su provisión a los fines de lograr una mejora integral en la movilidad urbana.

Que, en este orden de ideas, alega que las mejoras planificadas no solo traerán aparejado baja de costos para el ESTADO NACIONAL, sino que también mejorará el servicio de las empresas de transporte en tanto brindarán mayor rapidez en los viajes, lo que redundará en menor tiempo de viaje y mayor seguridad para los usuarios.

Que, por ello, la citada Dirección Nacional considera que resulta necesario reducir los plazos de publicación y anticipación previstos en el artículo 10° de Ley N° 13.064, a fin de proceder de forma inminente a la ejecución de dichas obras, por lo que propicia fijar en DIEZ (10) días el plazo de publicación y en DIEZ (10) días el plazo de anticipación de acuerdo a lo dispuesto en el último párrafo del mencionado artículo 10 de la Ley Nº 13.064.

Que, asimismo, agrega que los plazos que se determinan compatibilizan el principio de celeridad que debe seguirse para lograr el fin público de la obra licitada, con la transparencia y la publicidad que debe regir en todos los procedimientos de selección, protegiendo que no se vulnere el principio de concurrencia de los oferentes ni se conculquen derechos de particulares.

Que concluye su intervención señalando que, con el fin de lograr una mayor celeridad, economía y eficiencia del accionar administrativo, se estima necesario establecer que la SECRETARÍA DE OBRAS DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE TRANSPORTE tenga a su cargo las facultades relativas al desarrollo del procedimiento de selección del contratista tales como la emisión de las circulares con y/o sin consulta que fueren necesarias y dictar todos los actos administrativos que resulten imperiosos y tiendan a la concreción del trámite de la contratación, y encomendar a la DIRECCIÓN DE COOPERACIÓN TÉCNICA Y ADMINISTRATIVA DE OBRAS PÚBLICAS DE TRANSPORTE dependiente de la DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA Y ADMINISTRATIVA de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de este Ministerio la determinación de la fecha y hora de las presentaciones y apertura de las ofertas, así como todos los trámites necesarios para llevar a cabo el procedimiento licitatorio.

Que en cumplimiento de los términos de la Resolución N° 125 de fecha 20 de diciembre de 2012 de la ex SECRETARÍA DE POLÍTICA ECONÓMICA Y PLANIFICACIÓN DEL DESARROLLO para los requerimientos del Sistema Nacional de Inversiones Públicas creado por Ley N° 24.354, la presente obra cuenta con las correspondientes fichas BAPIN N° 115580 y N° 103436.

Que en el marco de lo dispuesto por el Decreto N° 430 de fecha 10 de mayo de 2018 y la Resolución N° 122 del 15 de junio de 2018 de la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE HACIENDA, la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO y la SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO ambas dependientes del MINISTERIO DE HACIENDA y la DIRECCION NACIONAL DE COORDINACIÓN DEL PRESUPUESTO NACIONAL y la SECRETARÍA DE EVALUACIÓN PRESUPUESTARIA, INVERSIÓN PÚBLICA Y PARTICIPACIÓN ambas dependientes de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, han tomado la intervención de su competencia.

Que con fecha 25 de febrero de 2019 se efectúo la afectación preventiva mediante la Solicitud de Contratación N° 451-13-SCO19.

Que la SECRETARÍA DE OBRAS DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE TRANSPORTE ha tomado la intervención que le compete.

Que la DIRECCIÓN DE PRESUPUESTO dependiente de la DIRECCIÓN GENERAL DEL SERVICIO DE ADMINSTRACIÓN FINANCIERA de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TRANSPORTE ha tomado la intervención de su competencia

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TRANSPORTE ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por la Ley Nacional de Obras Públicas N° 13.064, el Decreto N° 13 de fecha 10 de diciembre de 2015 modificatorio de la Ley de Ministerios N° 22.250 y el Decreto N° 375 de fecha 18 de febrero de 2016.

Por ello,

EL MINISTRO DE TRANSPORTE

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Autorízase el llamado a Licitación Pública Nacional de la Obra Pública: “Rehabilitación y Mantenimiento Vial, de Aceras, de la Red Pluvial y Refugios de Transporte Público en la Región Metropolitana de Buenos Aires” bajo el régimen de la Ley Nacional de Obras Públicas Nº 13.064, por el sistema de Unidad de Medida previsto en el inciso a) del artículo 5° de la Ley de Obras Públicas N° 13.064.

ARTÍCULO 2º.- Apruébanse los Pliegos de Bases y Condiciones titulados “Pliego de Cláusulas Generales”, “Pliego de Cláusulas Particulares”, “Pliego de Especificaciones Técnicas”, y Planos para la contratación de la Obra Pública “Rehabilitación y Mantenimiento Vial, de Aceras, de la Red Pluvial y Refugios de Transporte Público en la Región Metropolitana de Buenos Aires (RMBA)”, que como Anexos (PLIEG-2019-00519464-APN-SECOT#MTR; PLIEG-2019-00527849-APN-SECOT#MTR; IF-2019-00519494-APN-SECOT#MTR; PLANO-2019-00519420-APN-SECOT#MTR; PLANO-2019-00519370-APN-SECOT#MTR) forman parte integrante de la presente resolución.

ARTÍCULO 3º.- Apruébase el Presupuesto Oficial de PESOS CINCO MIL CIENTO NOVENTA Y SIETE MILLONES DOSCIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS TREINTA Y NUEVE CON OCHENTA Y CINCO CENTAVOS ($ 5.197.287.339,85) impuesto al valor agregado (IVA) incluido, para la contratación de la referida obra.

ARTÍCULO 4º.- Los Pliegos de Bases y Condiciones y toda la documentación licitatoria podrán ser consultados y obtenidos en forma gratuita a través del sitio CONTRAT.AR (Portal Electrónico de contratación de la Obra Pública Nacional aprobado por el Decreto N° 1336/2016) desde la página https://contratar.gob.ar.

ARTÍCULO 5º.- La presente licitación pública será publicada por el término de DIEZ (10) días en el Boletín Oficial de la República Argentina y en el órgano análogo del gobierno provincial con un plazo de anticipación de DIEZ (10) días de conformidad con lo dispuesto en el último párrafo del artículo 10 de la Ley Nacional de Obras Públicas Nº 13.064.

ARTÍCULO 6º.- Encomiéndase a la DIRECCIÓN DE COOPERACIÓN TÉCNICA Y ADMINISTRATIVA DE OBRAS PÚBLICAS DE TRANSPORTE dependiente de la DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA Y ADMINISTRATIVA de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TRANSPORTE, determinar la fecha y hora de las presentaciones y apertura de las ofertas, efectuar la convocatoria y realizar todos los trámites necesarios para llevar a cabo el procedimiento licitatorio.

ARTÍCULO 7º.- Delégase en la SECRETARÍA DE OBRAS DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE TRANSPORTE la facultad para emitir las circulares con y/o sin consulta que fueren necesarias y dictar todos los actos administrativos que resulten necesarios tendientes a la concreción del trámite de la contratación, quedando a cargo de este MINISTERIO DE TRANSPORTE la aprobación y adjudicación de la presente licitación pública.

ARTÍCULO 8º.- Desígnanse como miembros titulares de la Comisión Evaluadora al Arquitecto Federico Eduardo GIACHETTI (DNI N° 13.465.161), a la Contadora Verónica Lorena RETAMAL (DNI N° 24.406.552) y al Doctor Pedro José SACÓN (DNI N° 33.018.119); y como miembros suplentes a la Arquitecta Laura GAZZANO (DNI N° 32.668.755), a la Doctora Anabella Juliana COUSO (DNI N° 34.521.386) y a la Contadora María Soledad LAFITTE (DNI N° 25.557.779).

ARTÍCULO 9º.- El gasto que demande la presente medida se imputará a la Jurisdicción 57,SAF 327 - Ministerio de Transporte, Programa 66 “Infraestructura de Obras de Transporte”, Subprograma 1 “Infraestructura de Transporte”, Proyecto 24 “Mejora del transporte en el Área Metropolitana II” y el Proyecto 8” Infraestructura Transporte Masivo”, Partidas 4.2.2 “Construcciones”; y el anticipo financiero en el Programa 66, Subprograma 1, Proyecto 8,Obra 51, Partida 6.8.7 “Adelantos a proveedores y contratistas a largo plazo”, conforme resulte de su adjudicación definitiva.

ARTÍCULO 10º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Guillermo Javier Dietrich

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución no se publica/n. El/los mismo/s podrá/n ser consultado/s en:

https://www.transporte.gob.ar/UserFiles/boletin/ANEXOS-RESOLUCION-RS-119-2019-MTR/PLIEG-2019-00519464-APN-SECOT%23MTR.pdf


https://www.transporte.gob.ar/UserFiles/boletin/ANEXOS-RESOLUCION-RS-119-2019-MTR/PLIEG-2019-00527849-APN-SECOT%23MTR.pdf

https://www.transporte.gob.ar/UserFiles/boletin/ANEXOS-RESOLUCION-RS-119-2019-MTR/IF-2019-00519494-APN-SECOT%23MTR.pdf

https://www.transporte.gob.ar/UserFiles/boletin/ANEXOS-RESOLUCION-RS-119-2019-MTR/PLANO-2019-00519420-APN-SECOT%23MTR.pdf

https://www.transporte.gob.ar/UserFiles/boletin/ANEXOS-RESOLUCION-RS-119-2019-MTR/PLANO-2019-00519370-APN-SECOT%23MTR.pdf

e. 06/03/2019 N° 13174/19 v. 06/03/2019