MINISTERIO DE JUSTICIA

ORGANISMO DEL ESTADO

Elévanse los importes determinados por el artículo 1° del Decreto N° 112/82, para la procedencia de las reclamaciones pecuniarias interadministrativas y la competencia del Procurador del Tesoro de la Nación.

RESOLUCION

N° 202

Bs. As., 3/5/83

VISTO lo establecido por el artículo de la Ley N° 19.983 y el Decreto N° 112 del 18 de enero de 1982, y

CONSIDERANDO:

Que la modificación de los índices económicos respectivos operada desde la sanción del Decreto N° 112.82 hasta la fecha, esto es, los de precios al por mayor —nivel general— de diciembre de 1981 y marzo de 1983, hace aconsejable por razones de economía y racionalización de los trámites administrativos la actualización de los importes fijados en el mencionado acto reglamentarlo;

Por ello, y de conformidad con lo dispuesto por artículo 2° del Decreto N° 112/82.

El Ministro

de Justicia de la Nación

Resuelve:

Artículo 1° — Elévanse a veintinueve millones de pesos ($ 29.000.000) y un mil cuatrocientos setenta y ocho millones de pesos ($ 1.478.000.000) los importes determinados por el artículo 1° del Decreto N° 112/82, para la procedencia de las reclamaciones pecuniarias interadministrativas y la competencia del Procurador del Tesoro de la Nación, respectivamente.

Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

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