MINISTERIO DE JUSTICIA
ORGANISMO DEL ESTADO
Elévanse los importes determinados por el artículo 1° del Decreto N°
112/82, para la procedencia de las reclamaciones pecuniarias
interadministrativas y la competencia del Procurador del Tesoro de la
Nación.
RESOLUCION
N° 202
Bs. As., 3/5/83
VISTO lo establecido por el artículo de la Ley N° 19.983 y el Decreto N° 112 del 18 de enero de 1982, y
CONSIDERANDO:
Que la modificación de los índices económicos respectivos operada desde
la sanción del Decreto N° 112.82 hasta la fecha, esto es, los de
precios al por mayor —nivel general— de diciembre de 1981 y marzo de
1983, hace aconsejable por razones de economía y racionalización de los
trámites administrativos la actualización de los importes fijados en el
mencionado acto reglamentarlo;
Por ello, y de conformidad con lo dispuesto por artículo 2° del Decreto N° 112/82.
El Ministro
de Justicia de la Nación
Resuelve:
Artículo 1° — Elévanse a
veintinueve millones de pesos ($ 29.000.000) y un mil cuatrocientos
setenta y ocho millones de pesos ($ 1.478.000.000) los importes
determinados por el artículo 1° del Decreto N° 112/82, para la
procedencia de las reclamaciones pecuniarias interadministrativas y la
competencia del Procurador del Tesoro de la Nación, respectivamente.
Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
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