AGENCIA DE DEPORTE NACIONAL

Decreto 180/2019

DECTO-2019-180-APN-PTE - Estructura Organizativa.

Ciudad de Buenos Aires, 08/03/2019

VISTO el Expediente N° EX-2019-07468962-APN-SSLYA#SGP, la Ley Nº 20.655 y sus modificaciones, los Decretos Nros. 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, 174 de fecha 2 de marzo de 2018 y sus modificatorios, 678 de fecha 24 de agosto de 2017, 262 de fecha 28 de marzo de 2018 y 92 de fecha 29 de enero de 2019, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 174/18 y sus modificatorios se aprobó, entre otros aspectos, el organigrama de aplicación de la Administración Pública Nacional hasta nivel de Subsecretaría estableciendo sus respectivas competencias.

Que por el Decreto N° 262/18 se aprobó la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

Que mediante el Decreto Nº 678/17 se creó, con dependencia directa de la SECRETARÍA DE DEPORTES de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, el cargo extraescalafonario de Coordinador General de Comunicación Estratégica de la Secretaría de Deportes, con rango y jerarquía de Subsecretario.

Que a través del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 92/19, modificatorio de la Ley Nº 20.655 se creó la AGENCIA DE DEPORTE NACIONAL, como organismo descentralizado y autárquico en el ámbito de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, que será el órgano de aplicación de la citada Ley y tendrá a su cargo el diseño, coordinación y ejecución general de las políticas públicas en materia deportiva.

Que asimismo, dicho decreto dispuso que la aludida AGENCIA DE DEPORTE NACIONAL será continuadora, de la entonces SECRETARÍA DE DEPORTES, dependiente de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y del ENTE NACIONAL DE DESARROLLO DEPORTIVO.

Que, en virtud de ello, resulta necesario realizar las adecuaciones pertinentes en el Decreto Nº 174/18 y sus modificatorios y transferir a la órbita de la citada AGENCIA DE DEPORTE NACIONAL los créditos presupuestarios, bienes, personal y dotaciones vigentes que fueran oportunamente asignados a la entonces SECRETARÍA DE DEPORTES de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

Que, asimismo, deviene menester dotar a la AGENCIA DE DEPORTE NACIONAL de una estructura organizativa que le permita cumplir con las competencias asignadas e incorporar y derogar cargos en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP) homologado por el Decreto N° 2098/08, sus modificatorios y complementarios.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE DISEÑO ORGANIZACIONAL de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE HACIENDA han tomado la intervención que les compete.

Que ha tomado la intervención de su competencia la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SUBSECRETARÍA LEGAL Y ADMINISTRATIVA de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTICULO 1°.- Sustitúyese, del Anexo I - Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional centralizada-, aprobado por el artículo 1º del Decreto Nº 174 de fecha 2 de marzo de 2018 y sus modificatorios, el Apartado I, correspondiente a la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, conforme al detalle obrante en la Planilla Anexa al presente artículo (IF-2019-14145743-APN-SSLYA#SGP), que forma parte integrante del presente decreto.

ARTÍCULO 2º.- Suprímense, del Anexo II -Objetivos-, aprobado por el artículo 2º del Decreto Nº 174 de fecha 2 de marzo de 2018 y sus modificatorios, en el Apartado I, correspondiente a la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, los Objetivos de la SECRETARÍA DE DEPORTES.

ARTÍCULO 3°.-Sustitúyense, del Anexo II -Objetivos-, aprobado por el artículo 2º del Decreto Nº 174 de fecha 2 de marzo de 2018 y sus modificatorios, en el Apartado I, los Objetivos de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, conforme al detalle obrante en la planilla anexa al presente artículo (IF-2019-07494492-APN-SSLYA#SGP), que forma parte integrante del presente decreto.

ARTÍCULO 4°.- Sustitúyese, del Anexo III - ámbitos jurisdiccionales en los que actuarán los organismos desconcentrados y descentralizados-, aprobado por el artículo 3º del Decreto Nº 174/18 y sus modificatorios, el Apartado I, correspondiente a la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, conforme al detalle obrante en la Planilla Anexa al presente artículo (IF-2019-14146055-APN-SSLYA#SGP), que forma parte integrante del presente decreto.

ARTÍCULO 5º.- El Subdirector Ejecutivo de la AGENCIA DE DEPORTE NACIONAL organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, tendrá las siguientes funciones:

a. Asistir al Director Ejecutivo en el diseño y ejecución del Plan Estratégico y de los Planes Operativos Anuales de la Agencia.

b. Asistir al Director Ejecutivo en el diseño e implementación de políticas públicas vinculadas al fomento del deporte, de temáticas de género e igualdad de oportunidades, de inclusión y desarrollo del deporte adaptado.

c. Establecer los circuitos administrativos de seguimiento y control de los procesos a su cargo y realizar el control y validación de los mismos.

d. Implementar acciones coordinadas para lograr efectividad en la gestión administrativa, registraciones, sistematización de datos y aprovechamiento racional de los recursos humanos, promoviendo la capacitación de los mismos en la temática.

e. Ejercer las atribuciones y funciones que le encomiende o delegue el Director Ejecutivo.

f. Reemplazar al Director Ejecutivo en caso de ausencia.

ARTÍCULO 6º.- Apruébase la estructura organizativa de primer nivel operativo de la AGENCIA DE DEPORTE NACIONAL, organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, de conformidad con el Organigrama y la Responsabilidad Primaria y Acciones que, como Anexos I (IF-2019-07487292-APN-SSLYA#SGP) y II (IF-2019-07486044-APN-SSLYA#SGP), forman parte integrante del presente decreto.

ARTÍCULO 7°.- Facúltase al Director Ejecutivo de la AGENCIA DE DEPORTE NACIONAL, organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, a aprobar, previa intervención de la DIRECCIÓN NACIONAL DE DISEÑO ORGANIZACIONAL de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la estructura organizativa de nivel inferior a la aprobada por el artículo 6º de la presente medida, la que deberá prever un máximo de DOS (2) Supervisores de Auditoría, DIEZ (10) Direcciones y CUATRO (4) Coordinaciones, las que a través de dicho acto administrativo serán incorporadas, ratificadas u homologadas, según corresponda, en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08, sus modificatorios y complementarios de la Entidad, con Nivel III (Dirección y Supervisor de Auditoría) y IV (Coordinación).

ARTÍCULO 8°.- Hasta tanto se concluya con la reestructuración de las áreas afectadas por la presente medida, se mantendrán vigentes las aperturas estructurales existentes en la entonces SECRETARÍA DE DEPORTES de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN de nivel inferior a las aprobadas por el artículo 6º del presente decreto, las que transitoriamente mantendrán las acciones y Funciones Ejecutivas del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP) homologado por el Decreto N° 2098/08, sus modificatorios y complementarios, que oportunamente le fueran asignadas.

ARTÍCULO 9°.- Hasta tanto la estructura de la AGENCIA DE DEPORTE NACIONAL cuente con plena operatividad, el Servicio Administrativo Financiero y el Servicio Jurídico Permanente de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN prestarán los servicios relativos a la ejecución presupuestaria, contable, financiera, de compras, de recursos humanos y en materia jurídica con relación a las materias propias de la citada Agencia.

ARTÍCULO 10.- Incorpóranse y deróganse del Nomenclador de Funciones Ejecutivas del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08, sus modificatorios y complementarios, los cargos pertenecientes a la AGENCIA DE DEPORTE NACIONAL, organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, según el detalle obrante en la Planilla Anexa al presente artículo (IF-2019-07494007-APN-SSLYA#SGP), que forma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 11.-Transfiérense a la órbita de la AGENCIA DE DEPORTE NACIONAL, organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, los créditos presupuestarios, bienes, personal y dotaciones vigentes a la fecha, con sus respectivos niveles, grados de revista y Funciones Ejecutivas del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP) homologado por el Decreto N° 2098/08, sus modificatorios y complementarios de la ex SECRETARÍA DE DEPORTES de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, con excepción de las que se derogan por la presente medida. El personal involucrado mantendrá sus actuales niveles, grados, tramos y agrupamientos de revista.

ARTÍCULO 12.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con los créditos asignados a la Jurisdicción 20-01 – SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, hasta tanto la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS efectúe las correspondientes reasignaciones presupuestarias.

ARTÍCULO 13.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. MACRI - Marcos Peña

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 11/03/2019 N° 14677/19 v. 11/03/2019

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial)

Planilla Anexa al Artículo 1°

I. –SECRETARÍA GENERAL

SUBSECRETARÍA LEGAL Y ADMINISTRATIVA

SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS PRESIDENCIALES

SUBSECRETARÍA DE COMUNICACIÓN PRESIDENCIAL

UNIDAD DE COORDINACIÓN GENERAL

SECRETARÍA DE GESTIÓN INSTITUCIONAL

CASA MILITAR.

IF-2019-14145743-APN-SSLYA#SGP



PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 3°

I - PRESIDENCIA DE LA NACIÓN

SECRETARÍA GENERAL

OBJETIVOS

1. Asistir en forma directa al PODER EJECUTIVO NACIONAL en las atribuciones que le asigna el artículo 99 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, en lo relativo a las actividades de su competencia.

2. Intervenir en el seguimiento y la verificación del cumplimiento de las directivas emanadas de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y realizar las tareas especiales que ésta le encomiende, asesorándola, además, sobre el diseño y actualización de la política del PODER EJECUTIVO NACIONAL en el contexto de la realidad mundial y nacional, así como también en materia de consolidación del proceso democrático.

3. Participar con el PODER EJECUTIVO NACIONAL en el diseño de políticas públicas y en la relación con organizaciones y sectores representativos de la comunidad.

4. Entender en la supervisión del cumplimiento de los objetivos y metas establecidos por el PODER EJECUTIVO NACIONAL.

5. Asistir al PODER EJECUTIVO NACIONAL en la elaboración de los mensajes, discursos y declaraciones públicas cuando se lo requiera.

6. Intervenir en el seguimiento de los temas que sean considerados prioritarios por la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, informando su desarrollo y resultado.

7. Coordinar el análisis, desde el punto de vista político, de todas las disposiciones que sean sometidas al PODER EJECUTIVO NACIONAL.

8. Intervenir en la coordinación de sus tareas con las de las distintas Secretarías de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, con las de la Jurisdicción Jefe de Gabinete de Ministros y con las de los Ministros, con el objeto de optimizar el resultado de la acción de gobierno.

9. Entender en la coordinación de las relaciones entre el PODER EJECUTIVO NACIONAL y la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN.

10. Administrar y ejecutar el Presupuesto de la Jurisdicción.

11. Participar en la asistencia en materia presupuestaria, a las áreas presidenciales de su propia

jurisdicción y a las que no cuenten con servicio administrativo financiero propio.

12. Conducir los aspectos logísticos y administrativos relacionados con los viajes del PODER EJECUTIVO NACIONAL y con la flota presidencial de aeronaves, y determinar las prioridades presupuestarias para el área.

13. Intervenir en la asistencia presupuestaria para los viajes presidenciales.

14. Entender en la administración de los recursos humanos, materiales, informáticos, de comunicaciones, financieros y legales afectados a la Jurisdicción, y asimismo coordinar esos recursos materiales, informáticos, de comunicaciones y financieros con las áreas de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN que forman parte de su jurisdicción, y las que no cuenten con servicio administrativo propio.

15. Entender en la asistencia al Titular del PODER EJECUTIVO NACIONAL y su cónyuge en todo lo concerniente al ceremonial, protocolo, audiencias y designación de comitivas y asuntos de índole privada, requiriendo de los organismos de la Administración Pública Nacional la colaboración necesaria para el cumplimiento de sus funciones.

16. Entender en las temáticas relativas a la comunicación del Señor Presidente de la Nación.

17. Entender en la organización y logística de los eventos internacionales en los que la REPÚBLICA ARGENTINA sea parte, que se realicen en territorio nacional y en el exterior, en coordinación con las áreas competentes en la materia.

18. Brindar apoyo al Presidente de la Nación en la supervisión de las temáticas relativas a turismo y a ambiente y desarrollo sustentable.


Planilla Anexa al Artículo 4°

I - SECRETARÍA GENERAL

Organismos Descentralizados

ADMINISTRACIÓN GENERAL DE MUSEOS Y ARCHIVOS PRESIDENCIALES

AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR

AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD

AGENCIA DE DEPORTE NACIONAL.


ANEXO I


IF-2019-07487292-APN-SSLYA#SGP



ANEXO II

PRESIDENCIA DE LA NACIÓN

SECRETARÍA GENERAL

AGENCIA DE DEPORTE NACIONAL

UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Examinar en forma independiente, objetiva, sistemática e integral el funcionamiento del sistema de control interno de la AGENCIA DE DEPORTE NACIONAL, con ajuste a las Normas de Auditoría Interna Gubernamental y demás normas, metodologías y herramientas establecidas por la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN.

ACCIONES:

1. Elaborar el Plan Estratégico de Auditoría y el Plan Anual de Trabajo de la Unidad, conforme a las Normas de Auditoría Interna Gubernamental, los lineamientos y pautas definidas por la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN y por la máxima autoridad de la organización.

2. Ejecutar el plan de trabajo, asegurando la obtención de evidencias competentes, relevantes y suficientes para formar y sustentar sus juicios y afirmaciones.

3. Revisar y evaluar la aplicación del sistema de control interno de la AGENCIA DE DEPORTE NACIONAL en sus aspectos operativos, contables, de legalidad y financieros.

4. Elaborar informes de auditoría informando sus resultados a la máxima autoridad ya la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN.

5. Efectuar el seguimiento periódico de la instrumentación de las medidas correctivas comprometidas, dirigidas al fortalecimiento del sistema de control interno y brindar asesoramiento en aspectos de su competencia.

6. Propiciar el fortalecimiento del sistema de control interno promoviendo la cultura de control en toda la organización, a través de la identificación de procesos y gestión de riesgos y el diseño e implementación de planes compromiso de fortalecimiento del Sistema de Control Interno, entre otras.

7. Intervenir, en forma previa a su aprobación, en los reglamentos y manuales de procedimientos y sus modificaciones, emitiendo opinión y constatando que posean instrumentos idóneos para el ejercicio del control previo y posterior.

8. Intervenir en los trámites de consolidación del pasivo público.

AGENCIA DE DEPORTE NACIONAL

DIRECCIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Entender en los asuntos relativos a la legislación general e instrumentación normativa de las políticas públicas, objetivos y acciones en los que tiene competencia del Organismo, en el perfeccionamiento de las disposiciones legales y reglamentarias, en el análisis de los anteproyectos de legislación, en el control de legitimidad y legalidad de los actos y procedimientos administrativos de la AGENCIA DE DEPORTE NACIONAL y en la revisión y compatibilización de las medidas originadas en otros Organismos.

Asumir la representación y patrocinio del ESTADO NACIONAL en los juicios correspondientes al Organismo.

ACCIONES:

1. Asesorar y asistir a las autoridades de la AGENCIA DE DEPORTE NACIONAL en todos los aspectos jurídicos referidos a la aplicación de las distintas normas legales, interviniendo en la elaboración de proyectos de normas de actualización y mejoramiento de la legislación que sea competencia del Organismo.

2. Analizar el ajuste a las normas constitucionales, legales y reglamentarias de los actos administrativos y demás asuntos que tramiten en la Agencia.

3. Participar en la elaboración de anteproyectos de leyes, decretos, resoluciones, convenios y demás instrumentos en el marco de las competencias del Organismo y efectuar proposiciones relativas a los proyectos normativos que se someten a su consideración.

4. Ejercer el patrocinio y la representación judicial del Estado Nacional en los juicios en que el Organismo sea parte, efectuando y asistiendo en las denuncias y querellas en sede judicial.

5. Dictaminar en los recursos que deban sustanciarse en el Organismo y en todos los casos en que, conforme a la normativa vigente, corresponda la intervención del Servicio Jurídico Permanente en el ámbito de la Agencia.

6. Asesorar a la Dirección Ejecutiva en materia de legislación deportiva e impulsar el ordenamiento del sistema de legislación y normativa vigente en la materia.

AGENCIA DE DEPORTE NACIONAL

DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA Y ADMINISTRATIVA

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Entender en la planificación y administración de la gestión de los recursos económicos, financieros, patrimoniales, así como en la gestión técnica, administrativa y de los recursos humanos necesaria para el cumplimiento de los objetivos de la AGENCIA DE DEPORTE NACIONAL.

Actuar como enlace en materia de integridad y ética en el ejercicio de la función pública, brindando asistencia y promoviendo internamente la aplicación de la normativa vigente y de sus sanciones, de conformidad con lo dispuesto por la Autoridad de Aplicación.

ACCIONES:

1. Dirigir las acciones de orden contable, económico y financiero de acuerdo con lo establecido por la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional y sus normas complementarias.

2. Administrar y asistir a la Dirección Ejecutiva de la AGENCIA DE DEPORTE NACIONAL en la formulación del proyecto de presupuesto anual, sus modificaciones, reajustes, y ejecución y coordinar el control del movimiento efectivo de fondos y valores.

3. Instrumentar la programación de la ejecución presupuestaria del Organismo y las modificaciones que se proyecten durante el ejercicio financiero.

4. Analizar los procesos de gestión de la AGENCIA DE DEPORTE NACIONAL, conjuntamente con las distintas áreas del Organismo, para la implementación óptima de los procedimientos técnicos administrativos y de ejecución presupuestaria.

5. Planificar y monitorear la elaboración del Plan Anual de Adquisiciones y prestar el apoyo técnico -administrativo a las Comisiones de Evaluación de Ofertas y de Recepción Definitiva.

6. Coordinar la gestión administrativa, financiera y de servicios generales de todas las áreas integrantes del Organismo, como así también la planificación de las actividades de administración.

7. Llevar a cabo la gestión de los recursos humanos del Organismo, promoviendo la capacitación del personal y el desarrollo de su carrera administrativa.

8. Intervenir en materia de higiene y seguridad en el trabajo y medio ambiente en todas las áreas integrantes del Organismo.

9. Dirigir el seguimiento y trámite de los pedidos de informes que el Director Ejecutivo de la Agencia solicite en el ámbito del Organismo y aquellos a pedido del PODER EJECUTIVO NACIONAL.

10. Intervenir en la coordinación del despacho, seguimiento y archivo de la documentación administrativa.

11. Coordinar la gestión y percepción de las tasas y aranceles por los servicios que presta el Organismo, así como de otros ingresos directos en concepto de recaudaciones que se obtengan por las actividades que se realicen en sus instalaciones, ventas, locaciones u otras formas de contratación de sus bienes muebles y servicios, así como de la organización de concursos, actividades deportivas y otros eventos análogos, derechos publicitarios y comercialización de espacios publicitarios de los bienes bajo su jurisdicción o custodia.

12. Implementar estrategias de sensibilización y capacitación en temas de transparencia y ética pública. .

AGENCIA DE DEPORTE NACIONAL

DIRECCIÓN NACIONAL DE INFRAESTRUCTURA DEPORTIVA Y COMPETENCIAS NACIONALES

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Entender en el desarrollo e implementación del Plan Integral de Desarrollo de Infraestructura Deportiva Nacional y gestionar en forma integral la organización y ejecución de los juegos nacionales y en particular del Programa Social y Deportivo "Juegos Nacionales Evita", previstos en la Ley N° 26.462.

Establecer la instrumentación de la Ley N° 27.098 - Régimen de Promoción de los Clubes de Barrio y de Pueblo.

ACCIONES:

1. Planificar y coordinar la ejecución del Plan Integral de Desarrollo de Infraestructura Deportiva Nacional, fomentando mejoras sustantivas en las instalaciones deportivas a nivel nacional y en forma conjunta con los gobiernos provinciales, municipales y las Asociaciones Civiles Deportivas de Representación Nacional.

2. Monitorear e instrumentar el diseño y la planificación de los proyectos de obras de infraestructura deportiva, de acuerdo con los lineamientos institucionales establecidos por la AGENCIA DE DEPORTE NACIONAL, como así también el desarrollo de obras y propuestas de mejoras de infraestructura comprendidas en el Plan Integral de Desarrollo de Infraestructura Deportiva Nacional.

3. Gestionar y monitorear el funcionamiento, control y uso de los servicios que se prestan en las instalaciones deportivas de los predios asignados a la AGENCIA DE DEPORTE NACIONAL.

4. Planificar e impulsar herramientas de fortalecimiento administrativo que favorezcan el desarrollo institucional y la sustentabilidad económica y la asignación de ayuda económica de las entidades deportivas y los clubes de barrio y de pueblo inscriptos en el Registro Nacional de Clubes de Barrio y de Pueblo comprendidos en la Ley N° 27.098.

5. Coordinar e intervenir en la asignación de recursos materiales y equipamiento deportivo para el desarrollo de los distintos programas y planes de gestión impulsados por la Agencia, y en particular para las competencias y juegos nacionales del Programa Social y Deportivo ' 'Juegos Nacionales Evita", previstos en la Ley N° 26.462, en conjunto con los organismos con competencia específica en materia deportiva de los gobiernos provinciales, municipales y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.

6. Coordinar e intervenir, en el ámbito de su competencia, en la asignación de recursos materiales, logísticos y en el equipamiento deportivo necesario para instrumentar la participación del equipo nacional representativo de la República Argentina en los Juegos Sudamericanos Escolares, en coordinación con el MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA.

7. Instrumentar,en forma conjunta con los organismos de competencia específica en el ámbito nacional, provincial, municipal y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y las Asociaciones Civiles Deportivas de Representación Nacional, el relevamiento y diagnóstico de la infraestructura deportiva para su inclusión en el Sistema de Datos Estadísticos y Censo Deportivo para la conformación del Mapa Integral del Deporte.

8. Coordinar, en forma conjunta con la DIRECCIÓN NACIONAL DE PLANEAMIENTO Y GESTIÓN INSTITUCIONAL Y TECNOLÓGICA DEL DEPORTE, el desarrollo de herramientas de monitoreo y seguimiento de gestión e indicadores de infraestructura y equipamiento deportivo a nivel nacional.

AGENCIA DE DEPORTE NACIONAL

DIRECCIÓN NACIONAL DE DESARROLLO INTEGRAL DE LA ACTIVIDAD DEPORTIVA

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Diseñar, planificar y coordinar en conjunto con las Asociaciones Civiles Deportivas de Representación Nacional y los organismos de competencia específica en materia deportiva de los gobiernos provinciales, municipales y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, los programas vinculados al desarrollo de la práctica deportiva y de los deportistas en todos sus niveles.

ACCIONES:

1. Impulsar programas de gestión y acciones de formación para el desarrollo de los deportistas en todos sus niveles de práctica.

2. Coordinar el otorgamiento de becas, de formación deportiva y de alto rendimiento -con excepción a las establecidas en la Ley N° 26.573- de deporte federado y de representación nacional, así como los subsidios y apoyo a las Asociaciones Civiles Deportivas.

3. Coordinar el otorgamiento de subsidios, subvenciones u otro instrumento similar estipulado para el fomento de la actividad deportiva

4. Elaborar y evaluar, conjuntamente con el ENTE NACIONAL DE ALTO RENDIMIENTO DEPORTIVO y las Asociaciones Civiles Deportivas de Representación Nacional, el plan anual de becas para atletas y entrenadores de alto rendimiento.

5. Monitorear el desarrollo de actividades deportivas de alto rendimiento, en sus diversas manifestaciones practicadas en forma profesional y/o amateur.

6. Fomentar e implementar, en colaboración con las Asociaciones Civiles Deportivas de Representación Nacionaly los organismos con competencia en materia deportiva de los gobiernos provinciales, municipales y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, programas de captación y desarrollo de talentos deportivos y de unidades de formación deportiva.

7. Elaborar, planificar y desarrollar programas de formación, inclusión y desarrollo del deporte adaptado en forma conjunta con las Asociaciones Civiles Deportivas de representación nacional y los organismos con competencia específica en la materia del Sector Público Nacional, de los gobiernos provinciales, municipales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

8. Procurar la instrumentación de programas de formación, inclusión y desarrollo de temáticas de género en el deporte, impulsando la participación equitativa e igualitaria en las disciplinas deportivas en todas sus modalidades.

9. Impulsar y promover, en conjunto con los organismos con competencia específica de la Administración Pública Nacional, los gobiernos provinciales, municipales y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, el desarrollo de actividades y formación deportiva en el ámbito educativo en todos sus niveles, en coordinación con el MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA.

10. Colaborar y asistir a las autoridades educativas con competencia específica en la materia, en la elaboración de perfiles, condiciones y atributos requeridos para la obtención de títulos habilitantes para el ejercicio de profesiones vinculadas al deporte y otras necesidades afines.

11. Diseñar e implementar mecanismos institucionales para la asistencia al deportista en el cuidado de su salud, su atención primaria, tratamiento y prevención para la mejora del rendimiento deportivo.

12. Impulsar la investigación derivada de las ciencias aplicadas al deporte y del desarrollo de estadísticas e información vinculada a la actividad deportiva para la mejora en la práctica y el fortalecimiento del rendimiento de los deportistas.

13. Colaborar, en conjunto con los organismos con competencia específica en el ámbito nacional, provincial y municipal, en el desarrollo del deporte universitario en todas sus modalidades de práctica y en el impulso de actividades y formación profesional de los deportistas dentro del ámbito universitario, en coordinación con el MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA.

14. Diseñar einstrumentar, en el ámbito de su competencia específica, planes de capacitación integral de recursos humanos especializados en ciencia, gestión, medicina y tecnificación deportiva.

15. Colaborar y asistir a la Comisión Nacional Antidopaje para el desarrollo de programas que impulsen la capacitación, prevención y control del uso indebido de sustancias prohibidas en la práctica y competencias deportivas.

16. Colaborar con la DIRECCIÓN NACIONAL DE PLANEAMIENTO Y GESTIÓN INSTITUCIONAL Y TECNOLÓGICA DEL DEPORTE, en forma conjunta con los organismos de competencia específica en el ámbito nacional, provincial y municipal y las Asociaciones Civiles Deportivas de Representación Nacional, en el desarrollo del Sistema de Datos Estadísticos y del Censo Deportivo para la conformación del mapa integral del deporte.

17. Entender en la administración y funcionamiento del Sistema de Información Deportiva y la Actividad Física y el Sistema Institucional del Deporte y la Actividad Física.

AGENCIA DE DEPORTE NACIONAL

DIRECCIÓN NACIONAL DE PLANEAMIENTO Y GESTIÓN INSTITUCIONAL Y TECNOLÓGICA DEL DEPORTE

RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

Articular el diseño y la implementación de un Plan Estratégico de Fomento Nacional del Deporte Argentino que impulse la mejora continua del deporte en su proyección y desarrollo de mediano y largo plazo, así como la utilización de las nuevas tecnologías de la comunicación e información aplicadas al ámbito del deporte.

ACCIONES:

1. Diseñar e instrumentar, en forma conjunta con las Asociaciones Civiles Deportivas de Representación Nacional y los organismos de competencia específica en materia deportiva de los gobiernos provinciales, municipales y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, un Plan Estratégico de Fomento Nacional del Deporte Argentino vinculado a los requerimientos y necesidades de soporte de los programas que conforman el sistema deportivo nacional.

2. Confeccionar y promover programas innovadores de gestión en materia de formación y desarrollo deportivo.

3. Establecer e instrumentar, en forma conjunta con las Asociaciones Civiles Deportivas de Representación Nacional y los organismos de competencia específica en materia deportiva de los gobiernos provinciales, municipales y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, el desarrollo de políticas y planes de gestión que impulsen el desarrollo del deporte en todos sus niveles de práctica en el territorio nacional y su difusión e integración a nivel internacional.

4. Planificar y desarrollar los lineamientos de comunicación institucional y de contenidos para la prensa de las distintas áreas y programas de la AGENCIA DE DEPORTE NACIONAL.

5. Monitorear el cumplimiento de los planes y proyectos de la Agencia, promoviendo la elaboración de herramientas, sistemas, instrumentos e indicadores de desempeño y de evaluación de calidad.

6. Instrumentar, en conjunto con las Asociaciones Civiles Deportivas de Representación Nacional y los organismos de competencia específica en la materia deportiva de los gobiernos provinciales, municipales y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, la organización de una Red Federal para el diagnóstico y desarrollo de gestión deportiva.

7. Coordinar las relaciones institucionales de la Agencia con los organismos de competencia específica en la materia deportiva de los gobiernos provinciales, municipales y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.

8. Diseñar, en forma conjunta con la DIRECCIÓN NACIONAL DE INFRAESTRUCTURA DEPORTIVA Y COMPETENCIAS NACIONALES, proyectos tendientes a la actualización y optimización del uso de los espacios físicos afectados a la práctica de actividades deportivas en los predios de su jurisdicción.

9. Proponer e impulsar, en forma conjunta con las áreas de competencia específicas de la Agencia, líneas de investigación referidas a las distintas problemáticas deportivas y elaborar informes y diagnósticos del Sistema Deportivo Nacional, para optimizar la toma de decisiones en materia de desarrollo deportivo.

10. Articular, en conjunto con las distintas áreas de la Agencia, el desarrollo del Sistema de Datos Estadísticos y del Censo Deportivo para la conformación del mapa integral del deporte.

11. Elaborar el plan anual de actualización tecnológica y de instrumentación de tecnologías de la

información TICS de la Agencia, en el ámbito del deporte.

12. Planificar y desarrollar los protocolos técnicos y de seguridad informática vinculados a las redes de información y circuitos tecnológicos de la Agencia, en el ámbito del deporte.

13. Planificar la elaboración de herramientas tecnológicas, metodologías y normas de reingeniería de sistemas de información integrados dentro del ámbito de competencia de la Agencia.


PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 10

SECRETARÍA GENERAL DE LA PRESIDENCIA DE LA NACIÓN

AGENCIA DE DEPORTE NACIONAL

INCORPORACIONES



AGENCIA DE DEPORTE NACIONAL

DEROGACIONES



IF-2019-07494007-APN-SSLYA#SGP