AGENCIA DE DEPORTE NACIONAL
Decreto 180/2019
DECTO-2019-180-APN-PTE - Estructura Organizativa.
Ciudad de Buenos Aires, 08/03/2019
VISTO el Expediente N° EX-2019-07468962-APN-SSLYA#SGP, la Ley Nº 20.655
y sus modificaciones, los Decretos Nros. 2098 de fecha 3 de diciembre
de 2008, sus modificatorios y complementarios, 174 de fecha 2 de marzo
de 2018 y sus modificatorios, 678 de fecha 24 de agosto de 2017, 262 de
fecha 28 de marzo de 2018 y 92 de fecha 29 de enero de 2019, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N° 174/18 y sus modificatorios se aprobó, entre
otros aspectos, el organigrama de aplicación de la Administración
Pública Nacional hasta nivel de Subsecretaría estableciendo sus
respectivas competencias.
Que por el Decreto N° 262/18 se aprobó la estructura organizativa de
primer y segundo nivel operativo de la SECRETARÍA GENERAL de la
PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.
Que mediante el Decreto Nº 678/17 se creó, con dependencia directa de
la SECRETARÍA DE DEPORTES de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE
LA NACIÓN, el cargo extraescalafonario de Coordinador General de
Comunicación Estratégica de la Secretaría de Deportes, con rango y
jerarquía de Subsecretario.
Que a través del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 92/19,
modificatorio de la Ley Nº 20.655 se creó la AGENCIA DE DEPORTE
NACIONAL, como organismo descentralizado y autárquico en el ámbito de
la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, que será el
órgano de aplicación de la citada Ley y tendrá a su cargo el diseño,
coordinación y ejecución general de las políticas públicas en materia
deportiva.
Que asimismo, dicho decreto dispuso que la aludida AGENCIA DE DEPORTE
NACIONAL será continuadora, de la entonces SECRETARÍA DE DEPORTES,
dependiente de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y
del ENTE NACIONAL DE DESARROLLO DEPORTIVO.
Que, en virtud de ello, resulta necesario realizar las adecuaciones
pertinentes en el Decreto Nº 174/18 y sus modificatorios y transferir a
la órbita de la citada AGENCIA DE DEPORTE NACIONAL los créditos
presupuestarios, bienes, personal y dotaciones vigentes que fueran
oportunamente asignados a la entonces SECRETARÍA DE DEPORTES de la
SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.
Que, asimismo, deviene menester dotar a la AGENCIA DE DEPORTE NACIONAL
de una estructura organizativa que le permita cumplir con las
competencias asignadas e incorporar y derogar cargos en el Nomenclador
de Funciones Ejecutivas del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del
personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP) homologado por
el Decreto N° 2098/08, sus modificatorios y complementarios.
Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE DISEÑO ORGANIZACIONAL de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS y la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE
HACIENDA han tomado la intervención que les compete.
Que ha tomado la intervención de su competencia la DIRECCIÓN GENERAL DE
ASUNTOS JURÍDICOS de la SUBSECRETARÍA LEGAL Y ADMINISTRATIVA de la
SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades
conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Sustitúyese, del Anexo I - Organigrama de Aplicación de
la Administración Nacional centralizada-, aprobado por el artículo 1º
del Decreto Nº 174 de fecha 2 de marzo de 2018 y sus modificatorios, el
Apartado I, correspondiente a la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA
DE LA NACIÓN, conforme al detalle obrante en la Planilla Anexa al
presente artículo (IF-2019-14145743-APN-SSLYA#SGP), que forma parte
integrante del presente decreto.
ARTÍCULO 2º.- Suprímense, del Anexo II -Objetivos-, aprobado por el
artículo 2º del Decreto Nº 174 de fecha 2 de marzo de 2018 y sus
modificatorios, en el Apartado I, correspondiente a la SECRETARÍA
GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, los Objetivos de la SECRETARÍA
DE DEPORTES.
ARTÍCULO 3°.-Sustitúyense, del Anexo II -Objetivos-, aprobado por el
artículo 2º del Decreto Nº 174 de fecha 2 de marzo de 2018 y sus
modificatorios, en el Apartado I, los Objetivos de la SECRETARÍA
GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, conforme al detalle obrante en
la planilla anexa al presente artículo
(IF-2019-07494492-APN-SSLYA#SGP), que forma parte integrante del
presente decreto.
ARTÍCULO 4°.- Sustitúyese, del Anexo III - ámbitos jurisdiccionales en
los que actuarán los organismos desconcentrados y descentralizados-,
aprobado por el artículo 3º del Decreto Nº 174/18 y sus modificatorios,
el Apartado I, correspondiente a la SECRETARÍA GENERAL de la
PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, conforme al detalle obrante en la Planilla
Anexa al presente artículo (IF-2019-14146055-APN-SSLYA#SGP), que forma
parte integrante del presente decreto.
ARTÍCULO 5º.- El Subdirector Ejecutivo de la AGENCIA DE DEPORTE
NACIONAL organismo descentralizado actuante en la órbita de la
SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, tendrá las
siguientes funciones:
a. Asistir al Director Ejecutivo en el diseño y ejecución del Plan Estratégico y de los Planes Operativos Anuales de la Agencia.
b. Asistir al Director Ejecutivo en el diseño e implementación de
políticas públicas vinculadas al fomento del deporte, de temáticas de
género e igualdad de oportunidades, de inclusión y desarrollo del
deporte adaptado.
c. Establecer los circuitos administrativos de seguimiento y control de
los procesos a su cargo y realizar el control y validación de los
mismos.
d. Implementar acciones coordinadas para lograr efectividad en la
gestión administrativa, registraciones, sistematización de datos y
aprovechamiento racional de los recursos humanos, promoviendo la
capacitación de los mismos en la temática.
e. Ejercer las atribuciones y funciones que le encomiende o delegue el Director Ejecutivo.
f. Reemplazar al Director Ejecutivo en caso de ausencia.
ARTÍCULO 6º.- Apruébase la estructura organizativa de primer nivel
operativo de la AGENCIA DE DEPORTE NACIONAL, organismo descentralizado
actuante en la órbita de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA
NACIÓN, de conformidad con el Organigrama y la Responsabilidad Primaria
y Acciones que, como Anexos I (IF-2019-07487292-APN-SSLYA#SGP) y II
(IF-2019-07486044-APN-SSLYA#SGP), forman parte integrante del presente
decreto.
ARTÍCULO 7°.- Facúltase al Director Ejecutivo de la AGENCIA DE DEPORTE
NACIONAL, organismo descentralizado actuante en la órbita de la
SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, a aprobar, previa
intervención de la DIRECCIÓN NACIONAL DE DISEÑO ORGANIZACIONAL de la
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la estructura organizativa de nivel
inferior a la aprobada por el artículo 6º de la presente medida, la que
deberá prever un máximo de DOS (2) Supervisores de Auditoría, DIEZ (10)
Direcciones y CUATRO (4) Coordinaciones, las que a través de dicho acto
administrativo serán incorporadas, ratificadas u homologadas, según
corresponda, en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas del Convenio
Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del SISTEMA NACIONAL DE
EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08, sus
modificatorios y complementarios de la Entidad, con Nivel III
(Dirección y Supervisor de Auditoría) y IV (Coordinación).
ARTÍCULO 8°.- Hasta tanto se concluya con la reestructuración de las
áreas afectadas por la presente medida, se mantendrán vigentes las
aperturas estructurales existentes en la entonces SECRETARÍA DE
DEPORTES de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN de
nivel inferior a las aprobadas por el artículo 6º del presente decreto,
las que transitoriamente mantendrán las acciones y Funciones Ejecutivas
del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA
NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP) homologado por el Decreto N°
2098/08, sus modificatorios y complementarios, que oportunamente le
fueran asignadas.
ARTÍCULO 9°.- Hasta tanto la estructura de la AGENCIA DE DEPORTE
NACIONAL cuente con plena operatividad, el Servicio Administrativo
Financiero y el Servicio Jurídico Permanente de la SECRETARÍA GENERAL
de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN prestarán los servicios relativos a la
ejecución presupuestaria, contable, financiera, de compras, de recursos
humanos y en materia jurídica con relación a las materias propias de la
citada Agencia.
ARTÍCULO 10.- Incorpóranse y deróganse del Nomenclador de Funciones
Ejecutivas del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del
SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto
N° 2098/08, sus modificatorios y complementarios, los cargos
pertenecientes a la AGENCIA DE DEPORTE NACIONAL, organismo
descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA GENERAL de la
PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, según el detalle obrante en la Planilla Anexa
al presente artículo (IF-2019-07494007-APN-SSLYA#SGP), que forma parte
integrante de la presente medida.
ARTÍCULO 11.-Transfiérense a la órbita de la AGENCIA DE DEPORTE
NACIONAL, organismo descentralizado actuante en la órbita de la
SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, los créditos
presupuestarios, bienes, personal y dotaciones vigentes a la fecha, con
sus respectivos niveles, grados de revista y Funciones Ejecutivas del
Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA
NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP) homologado por el Decreto N°
2098/08, sus modificatorios y complementarios de la ex SECRETARÍA DE
DEPORTES de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, con
excepción de las que se derogan por la presente medida. El personal
involucrado mantendrá sus actuales niveles, grados, tramos y
agrupamientos de revista.
ARTÍCULO 12.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente
medida será atendido con los créditos asignados a la Jurisdicción 20-01
– SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, hasta tanto la
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS efectúe las correspondientes
reasignaciones presupuestarias.
ARTÍCULO 13.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. MACRI - Marcos Peña
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 11/03/2019 N° 14677/19 v. 11/03/2019
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial)
Planilla Anexa al Artículo 1°
I. –SECRETARÍA GENERAL
SUBSECRETARÍA LEGAL Y ADMINISTRATIVA
SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS PRESIDENCIALES
SUBSECRETARÍA DE COMUNICACIÓN PRESIDENCIAL
UNIDAD DE COORDINACIÓN GENERAL
SECRETARÍA DE GESTIÓN INSTITUCIONAL
CASA MILITAR.
IF-2019-14145743-APN-SSLYA#SGP
PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 3°
I - PRESIDENCIA DE LA NACIÓN
SECRETARÍA GENERAL
OBJETIVOS
1. Asistir en forma directa al PODER EJECUTIVO NACIONAL en las
atribuciones que le asigna el artículo 99 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL,
en lo relativo a las actividades de su competencia.
2. Intervenir en el seguimiento y la verificación del cumplimiento de
las directivas emanadas de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y realizar las
tareas especiales que ésta le encomiende, asesorándola, además, sobre
el diseño y actualización de la política del PODER EJECUTIVO NACIONAL
en el contexto de la realidad mundial y nacional, así como también en
materia de consolidación del proceso democrático.
3. Participar con el PODER EJECUTIVO NACIONAL en el diseño de políticas
públicas y en la relación con organizaciones y sectores representativos
de la comunidad.
4. Entender en la supervisión del cumplimiento de los objetivos y metas establecidos por el PODER EJECUTIVO NACIONAL.
5. Asistir al PODER EJECUTIVO NACIONAL en la elaboración de los
mensajes, discursos y declaraciones públicas cuando se lo requiera.
6. Intervenir en el seguimiento de los temas que sean considerados
prioritarios por la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, informando su desarrollo
y resultado.
7. Coordinar el análisis, desde el punto de vista político, de todas
las disposiciones que sean sometidas al PODER EJECUTIVO NACIONAL.
8. Intervenir en la coordinación de sus tareas con las de las distintas
Secretarías de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, con las de la Jurisdicción
Jefe de Gabinete de Ministros y con las de los Ministros, con el objeto
de optimizar el resultado de la acción de gobierno.
9. Entender en la coordinación de las relaciones entre el PODER EJECUTIVO NACIONAL y la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN.
10. Administrar y ejecutar el Presupuesto de la Jurisdicción.
11. Participar en la asistencia en materia presupuestaria, a las áreas presidenciales de su propia
jurisdicción y a las que no cuenten con servicio administrativo financiero propio.
12. Conducir los aspectos logísticos y administrativos relacionados con
los viajes del PODER EJECUTIVO NACIONAL y con la flota presidencial de
aeronaves, y determinar las prioridades presupuestarias para el área.
13. Intervenir en la asistencia presupuestaria para los viajes presidenciales.
14. Entender en la administración de los recursos humanos, materiales,
informáticos, de comunicaciones, financieros y legales afectados a la
Jurisdicción, y asimismo coordinar esos recursos materiales,
informáticos, de comunicaciones y financieros con las áreas de la
PRESIDENCIA DE LA NACIÓN que forman parte de su jurisdicción, y las que
no cuenten con servicio administrativo propio.
15. Entender en la asistencia al Titular del PODER EJECUTIVO NACIONAL y
su cónyuge en todo lo concerniente al ceremonial, protocolo, audiencias
y designación de comitivas y asuntos de índole privada, requiriendo de
los organismos de la Administración Pública Nacional la colaboración
necesaria para el cumplimiento de sus funciones.
16. Entender en las temáticas relativas a la comunicación del Señor Presidente de la Nación.
17. Entender en la organización y logística de los eventos
internacionales en los que la REPÚBLICA ARGENTINA sea parte, que se
realicen en territorio nacional y en el exterior, en coordinación con
las áreas competentes en la materia.
18. Brindar apoyo al Presidente de la Nación en la supervisión de las
temáticas relativas a turismo y a ambiente y desarrollo sustentable.
Planilla Anexa al Artículo 4°
I - SECRETARÍA GENERAL
Organismos Descentralizados
ADMINISTRACIÓN GENERAL DE MUSEOS Y ARCHIVOS PRESIDENCIALES
AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR
AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD
AGENCIA DE DEPORTE NACIONAL.
ANEXO I
IF-2019-07487292-APN-SSLYA#SGP
ANEXO II
PRESIDENCIA DE LA NACIÓN
SECRETARÍA GENERAL
AGENCIA DE DEPORTE NACIONAL
UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Examinar en forma independiente, objetiva, sistemática e integral el
funcionamiento del sistema de control interno de la AGENCIA DE DEPORTE
NACIONAL, con ajuste a las Normas de Auditoría Interna Gubernamental y
demás normas, metodologías y herramientas establecidas por la
SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN.
ACCIONES:
1. Elaborar el Plan Estratégico de Auditoría y el Plan Anual de Trabajo
de la Unidad, conforme a las Normas de Auditoría Interna Gubernamental,
los lineamientos y pautas definidas por la SINDICATURA GENERAL DE LA
NACIÓN y por la máxima autoridad de la organización.
2. Ejecutar el plan de trabajo, asegurando la obtención de evidencias
competentes, relevantes y suficientes para formar y sustentar sus
juicios y afirmaciones.
3. Revisar y evaluar la aplicación del sistema de control interno de la
AGENCIA DE DEPORTE NACIONAL en sus aspectos operativos, contables, de
legalidad y financieros.
4. Elaborar informes de auditoría informando sus resultados a la máxima autoridad ya la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN.
5. Efectuar el seguimiento periódico de la instrumentación de las
medidas correctivas comprometidas, dirigidas al fortalecimiento del
sistema de control interno y brindar asesoramiento en aspectos de su
competencia.
6. Propiciar el fortalecimiento del sistema de control interno
promoviendo la cultura de control en toda la organización, a través de
la identificación de procesos y gestión de riesgos y el diseño e
implementación de planes compromiso de fortalecimiento del Sistema de
Control Interno, entre otras.
7. Intervenir, en forma previa a su aprobación, en los reglamentos y
manuales de procedimientos y sus modificaciones, emitiendo opinión y
constatando que posean instrumentos idóneos para el ejercicio del
control previo y posterior.
8. Intervenir en los trámites de consolidación del pasivo público.
AGENCIA DE DEPORTE NACIONAL
DIRECCIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Entender en los asuntos relativos a la legislación general e
instrumentación normativa de las políticas públicas, objetivos y
acciones en los que tiene competencia del Organismo, en el
perfeccionamiento de las disposiciones legales y reglamentarias, en el
análisis de los anteproyectos de legislación, en el control de
legitimidad y legalidad de los actos y procedimientos administrativos
de la AGENCIA DE DEPORTE NACIONAL y en la revisión y compatibilización
de las medidas originadas en otros Organismos.
Asumir la representación y patrocinio del ESTADO NACIONAL en los juicios correspondientes al Organismo.
ACCIONES:
1. Asesorar y asistir a las autoridades de la AGENCIA DE DEPORTE
NACIONAL en todos los aspectos jurídicos referidos a la aplicación de
las distintas normas legales, interviniendo en la elaboración de
proyectos de normas de actualización y mejoramiento de la legislación
que sea competencia del Organismo.
2. Analizar el ajuste a las normas constitucionales, legales y
reglamentarias de los actos administrativos y demás asuntos que
tramiten en la Agencia.
3. Participar en la elaboración de anteproyectos de leyes, decretos,
resoluciones, convenios y demás instrumentos en el marco de las
competencias del Organismo y efectuar proposiciones relativas a los
proyectos normativos que se someten a su consideración.
4. Ejercer el patrocinio y la representación judicial del Estado
Nacional en los juicios en que el Organismo sea parte, efectuando y
asistiendo en las denuncias y querellas en sede judicial.
5. Dictaminar en los recursos que deban sustanciarse en el Organismo y
en todos los casos en que, conforme a la normativa vigente, corresponda
la intervención del Servicio Jurídico Permanente en el ámbito de la
Agencia.
6. Asesorar a la Dirección Ejecutiva en materia de legislación
deportiva e impulsar el ordenamiento del sistema de legislación y
normativa vigente en la materia.
AGENCIA DE DEPORTE NACIONAL
DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA Y ADMINISTRATIVA
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Entender en la planificación y administración de la gestión de los
recursos económicos, financieros, patrimoniales, así como en la gestión
técnica, administrativa y de los recursos humanos necesaria para el
cumplimiento de los objetivos de la AGENCIA DE DEPORTE NACIONAL.
Actuar como enlace en materia de integridad y ética en el ejercicio de
la función pública, brindando asistencia y promoviendo internamente la
aplicación de la normativa vigente y de sus sanciones, de conformidad
con lo dispuesto por la Autoridad de Aplicación.
ACCIONES:
1. Dirigir las acciones de orden contable, económico y financiero de
acuerdo con lo establecido por la Ley N° 24.156 de Administración
Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional y
sus normas complementarias.
2. Administrar y asistir a la Dirección Ejecutiva de la AGENCIA DE
DEPORTE NACIONAL en la formulación del proyecto de presupuesto anual,
sus modificaciones, reajustes, y ejecución y coordinar el control del
movimiento efectivo de fondos y valores.
3. Instrumentar la programación de la ejecución presupuestaria del
Organismo y las modificaciones que se proyecten durante el ejercicio
financiero.
4. Analizar los procesos de gestión de la AGENCIA DE DEPORTE NACIONAL,
conjuntamente con las distintas áreas del Organismo, para la
implementación óptima de los procedimientos técnicos administrativos y
de ejecución presupuestaria.
5. Planificar y monitorear la elaboración del Plan Anual de
Adquisiciones y prestar el apoyo técnico -administrativo a las
Comisiones de Evaluación de Ofertas y de Recepción Definitiva.
6. Coordinar la gestión administrativa, financiera y de servicios
generales de todas las áreas integrantes del Organismo, como así
también la planificación de las actividades de administración.
7. Llevar a cabo la gestión de los recursos humanos del Organismo,
promoviendo la capacitación del personal y el desarrollo de su carrera
administrativa.
8. Intervenir en materia de higiene y seguridad en el trabajo y medio ambiente en todas las áreas integrantes del Organismo.
9. Dirigir el seguimiento y trámite de los pedidos de informes que el
Director Ejecutivo de la Agencia solicite en el ámbito del Organismo y
aquellos a pedido del PODER EJECUTIVO NACIONAL.
10. Intervenir en la coordinación del despacho, seguimiento y archivo de la documentación administrativa.
11. Coordinar la gestión y percepción de las tasas y aranceles por los
servicios que presta el Organismo, así como de otros ingresos directos
en concepto de recaudaciones que se obtengan por las actividades que se
realicen en sus instalaciones, ventas, locaciones u otras formas de
contratación de sus bienes muebles y servicios, así como de la
organización de concursos, actividades deportivas y otros eventos
análogos, derechos publicitarios y comercialización de espacios
publicitarios de los bienes bajo su jurisdicción o custodia.
12. Implementar estrategias de sensibilización y capacitación en temas de transparencia y ética pública. .
AGENCIA DE DEPORTE NACIONAL
DIRECCIÓN NACIONAL DE INFRAESTRUCTURA DEPORTIVA Y COMPETENCIAS NACIONALES
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Entender en el desarrollo e implementación del Plan Integral de
Desarrollo de Infraestructura Deportiva Nacional y gestionar en forma
integral la organización y ejecución de los juegos nacionales y en
particular del Programa Social y Deportivo "Juegos Nacionales Evita",
previstos en la Ley N° 26.462.
Establecer la instrumentación de la Ley N° 27.098 - Régimen de Promoción de los Clubes de Barrio y de Pueblo.
ACCIONES:
1. Planificar y coordinar la ejecución del Plan Integral de Desarrollo
de Infraestructura Deportiva Nacional, fomentando mejoras sustantivas
en las instalaciones deportivas a nivel nacional y en forma conjunta
con los gobiernos provinciales, municipales y las Asociaciones Civiles
Deportivas de Representación Nacional.
2. Monitorear e instrumentar el diseño y la planificación de los
proyectos de obras de infraestructura deportiva, de acuerdo con los
lineamientos institucionales establecidos por la AGENCIA DE DEPORTE
NACIONAL, como así también el desarrollo de obras y propuestas de
mejoras de infraestructura comprendidas en el Plan Integral de
Desarrollo de Infraestructura Deportiva Nacional.
3. Gestionar y monitorear el funcionamiento, control y uso de los
servicios que se prestan en las instalaciones deportivas de los predios
asignados a la AGENCIA DE DEPORTE NACIONAL.
4. Planificar e impulsar herramientas de fortalecimiento administrativo
que favorezcan el desarrollo institucional y la sustentabilidad
económica y la asignación de ayuda económica de las entidades
deportivas y los clubes de barrio y de pueblo inscriptos en el Registro
Nacional de Clubes de Barrio y de Pueblo comprendidos en la Ley N°
27.098.
5. Coordinar e intervenir en la asignación de recursos materiales y
equipamiento deportivo para el desarrollo de los distintos programas y
planes de gestión impulsados por la Agencia, y en particular para las
competencias y juegos nacionales del Programa Social y Deportivo '
'Juegos Nacionales Evita", previstos en la Ley N° 26.462, en conjunto
con los organismos con competencia específica en materia deportiva de
los gobiernos provinciales, municipales y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE
BUENOS AIRES.
6. Coordinar e intervenir, en el ámbito de su competencia, en la
asignación de recursos materiales, logísticos y en el equipamiento
deportivo necesario para instrumentar la participación del equipo
nacional representativo de la República Argentina en los Juegos
Sudamericanos Escolares, en coordinación con el MINISTERIO DE
EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA.
7. Instrumentar,en forma conjunta con los organismos de competencia
específica en el ámbito nacional, provincial, municipal y de la CIUDAD
AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y las Asociaciones Civiles Deportivas de
Representación Nacional, el relevamiento y diagnóstico de la
infraestructura deportiva para su inclusión en el Sistema de Datos
Estadísticos y Censo Deportivo para la conformación del Mapa Integral
del Deporte.
8. Coordinar, en forma conjunta con la DIRECCIÓN NACIONAL DE
PLANEAMIENTO Y GESTIÓN INSTITUCIONAL Y TECNOLÓGICA DEL DEPORTE, el
desarrollo de herramientas de monitoreo y seguimiento de gestión e
indicadores de infraestructura y equipamiento deportivo a nivel
nacional.
AGENCIA DE DEPORTE NACIONAL
DIRECCIÓN NACIONAL DE DESARROLLO INTEGRAL DE LA ACTIVIDAD DEPORTIVA
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Diseñar, planificar y coordinar en conjunto con las Asociaciones
Civiles Deportivas de Representación Nacional y los organismos de
competencia específica en materia deportiva de los gobiernos
provinciales, municipales y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, los
programas vinculados al desarrollo de la práctica deportiva y de los
deportistas en todos sus niveles.
ACCIONES:
1. Impulsar programas de gestión y acciones de formación para el desarrollo de los deportistas en todos sus niveles de práctica.
2. Coordinar el otorgamiento de becas, de formación deportiva y de alto
rendimiento -con excepción a las establecidas en la Ley N° 26.573- de
deporte federado y de representación nacional, así como los subsidios y
apoyo a las Asociaciones Civiles Deportivas.
3. Coordinar el otorgamiento de subsidios, subvenciones u otro
instrumento similar estipulado para el fomento de la actividad deportiva
4. Elaborar y evaluar, conjuntamente con el ENTE NACIONAL DE ALTO
RENDIMIENTO DEPORTIVO y las Asociaciones Civiles Deportivas de
Representación Nacional, el plan anual de becas para atletas y
entrenadores de alto rendimiento.
5. Monitorear el desarrollo de actividades deportivas de alto
rendimiento, en sus diversas manifestaciones practicadas en forma
profesional y/o amateur.
6. Fomentar e implementar, en colaboración con las Asociaciones Civiles
Deportivas de Representación Nacionaly los organismos con competencia
en materia deportiva de los gobiernos provinciales, municipales y de la
CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, programas de captación y desarrollo de
talentos deportivos y de unidades de formación deportiva.
7. Elaborar, planificar y desarrollar programas de formación, inclusión
y desarrollo del deporte adaptado en forma conjunta con las
Asociaciones Civiles Deportivas de representación nacional y los
organismos con competencia específica en la materia del Sector Público
Nacional, de los gobiernos provinciales, municipales y de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires.
8. Procurar la instrumentación de programas de formación, inclusión y
desarrollo de temáticas de género en el deporte, impulsando la
participación equitativa e igualitaria en las disciplinas deportivas en
todas sus modalidades.
9. Impulsar y promover, en conjunto con los organismos con competencia
específica de la Administración Pública Nacional, los gobiernos
provinciales, municipales y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, el
desarrollo de actividades y formación deportiva en el ámbito educativo
en todos sus niveles, en coordinación con el MINISTERIO DE EDUCACIÓN,
CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA.
10. Colaborar y asistir a las autoridades educativas con competencia
específica en la materia, en la elaboración de perfiles, condiciones y
atributos requeridos para la obtención de títulos habilitantes para el
ejercicio de profesiones vinculadas al deporte y otras necesidades
afines.
11. Diseñar e implementar mecanismos institucionales para la asistencia
al deportista en el cuidado de su salud, su atención primaria,
tratamiento y prevención para la mejora del rendimiento deportivo.
12. Impulsar la investigación derivada de las ciencias aplicadas al
deporte y del desarrollo de estadísticas e información vinculada a la
actividad deportiva para la mejora en la práctica y el fortalecimiento
del rendimiento de los deportistas.
13. Colaborar, en conjunto con los organismos con competencia
específica en el ámbito nacional, provincial y municipal, en el
desarrollo del deporte universitario en todas sus modalidades de
práctica y en el impulso de actividades y formación profesional de los
deportistas dentro del ámbito universitario, en coordinación con el
MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA.
14. Diseñar einstrumentar, en el ámbito de su competencia específica,
planes de capacitación integral de recursos humanos especializados en
ciencia, gestión, medicina y tecnificación deportiva.
15. Colaborar y asistir a la Comisión Nacional Antidopaje para el
desarrollo de programas que impulsen la capacitación, prevención y
control del uso indebido de sustancias prohibidas en la práctica y
competencias deportivas.
16. Colaborar con la DIRECCIÓN NACIONAL DE PLANEAMIENTO Y GESTIÓN
INSTITUCIONAL Y TECNOLÓGICA DEL DEPORTE, en forma conjunta con los
organismos de competencia específica en el ámbito nacional, provincial
y municipal y las Asociaciones Civiles Deportivas de Representación
Nacional, en el desarrollo del Sistema de Datos Estadísticos y del
Censo Deportivo para la conformación del mapa integral del deporte.
17. Entender en la administración y funcionamiento del Sistema de
Información Deportiva y la Actividad Física y el Sistema Institucional
del Deporte y la Actividad Física.
AGENCIA DE DEPORTE NACIONAL
DIRECCIÓN NACIONAL DE PLANEAMIENTO Y GESTIÓN INSTITUCIONAL Y TECNOLÓGICA DEL DEPORTE
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Articular el diseño y la implementación de un Plan Estratégico de
Fomento Nacional del Deporte Argentino que impulse la mejora continua
del deporte en su proyección y desarrollo de mediano y largo plazo, así
como la utilización de las nuevas tecnologías de la comunicación e
información aplicadas al ámbito del deporte.
ACCIONES:
1. Diseñar e instrumentar, en forma conjunta con las Asociaciones
Civiles Deportivas de Representación Nacional y los organismos de
competencia específica en materia deportiva de los gobiernos
provinciales, municipales y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, un
Plan Estratégico de Fomento Nacional del Deporte Argentino vinculado a
los requerimientos y necesidades de soporte de los programas que
conforman el sistema deportivo nacional.
2. Confeccionar y promover programas innovadores de gestión en materia de formación y desarrollo deportivo.
3. Establecer e instrumentar, en forma conjunta con las Asociaciones
Civiles Deportivas de Representación Nacional y los organismos de
competencia específica en materia deportiva de los gobiernos
provinciales, municipales y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, el
desarrollo de políticas y planes de gestión que impulsen el desarrollo
del deporte en todos sus niveles de práctica en el territorio nacional
y su difusión e integración a nivel internacional.
4. Planificar y desarrollar los lineamientos de comunicación
institucional y de contenidos para la prensa de las distintas áreas y
programas de la AGENCIA DE DEPORTE NACIONAL.
5. Monitorear el cumplimiento de los planes y proyectos de la Agencia,
promoviendo la elaboración de herramientas, sistemas, instrumentos e
indicadores de desempeño y de evaluación de calidad.
6. Instrumentar, en conjunto con las Asociaciones Civiles Deportivas de
Representación Nacional y los organismos de competencia específica en
la materia deportiva de los gobiernos provinciales, municipales y de la
CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, la organización de una Red Federal
para el diagnóstico y desarrollo de gestión deportiva.
7. Coordinar las relaciones institucionales de la Agencia con los
organismos de competencia específica en la materia deportiva de los
gobiernos provinciales, municipales y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS
AIRES.
8. Diseñar, en forma conjunta con la DIRECCIÓN NACIONAL DE
INFRAESTRUCTURA DEPORTIVA Y COMPETENCIAS NACIONALES, proyectos
tendientes a la actualización y optimización del uso de los espacios
físicos afectados a la práctica de actividades deportivas en los
predios de su jurisdicción.
9. Proponer e impulsar, en forma conjunta con las áreas de competencia
específicas de la Agencia, líneas de investigación referidas a las
distintas problemáticas deportivas y elaborar informes y diagnósticos
del Sistema Deportivo Nacional, para optimizar la toma de decisiones en
materia de desarrollo deportivo.
10. Articular, en conjunto con las distintas áreas de la Agencia, el
desarrollo del Sistema de Datos Estadísticos y del Censo Deportivo para
la conformación del mapa integral del deporte.
11. Elaborar el plan anual de actualización tecnológica y de instrumentación de tecnologías de la
información TICS de la Agencia, en el ámbito del deporte.
12. Planificar y desarrollar los protocolos técnicos y de seguridad
informática vinculados a las redes de información y circuitos
tecnológicos de la Agencia, en el ámbito del deporte.
13. Planificar la elaboración de herramientas tecnológicas,
metodologías y normas de reingeniería de sistemas de información
integrados dentro del ámbito de competencia de la Agencia.
PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 10
SECRETARÍA GENERAL DE LA PRESIDENCIA DE LA NACIÓN
AGENCIA DE DEPORTE NACIONAL
INCORPORACIONES
AGENCIA DE DEPORTE NACIONAL
DEROGACIONES
IF-2019-07494007-APN-SSLYA#SGP