AUTORIDAD DE CUENCA MATANZA RIACHUELO
Resolución 41/2019
RESOL-2019-41-APN-ACUMAR#MI
Ciudad de Buenos Aires, 01/03/2019
VISTO la Ley N° 26.168 y sus normas complementarias y modificatorias;
la Resolución N° 5 del 1 de febrero de 2017 de la AUTORIDAD DE CUENCA
MATANZA RIACHUELO (ACUMAR), el expediente
EX2019-05774309-APN-SG#ACUMAR, y
CONSIDERANDO:
Que por el artículo 1° de la Ley N° 26.168 y sus normas complementarias
y modificatorias se dispuso la creación de la AUTORIDAD DE CUENCA
MATANZA RIACHUELO (ACUMAR) como ente de derecho público
interjurisdiccional, con competencias en el área de la Cuenca Matanza
Riachuelo en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y los
partidos de Lanús, Avellaneda, Lomas de Zamora, Esteban Echeverría, La
Matanza, Ezeiza, Cañuelas, Almirante Brown, Morón, Merlo, Marcos Paz,
Presidente Perón, San Vicente y General Las Heras, de la Provincia de
Buenos Aires.
Que asimismo, el artículo 2° de la Ley N° 26.168 y sus normas
complementarias y modificatorias establece que la AUTORIDAD DE CUENCA
MATANZA RIACHUELO (ACUMAR) dictará sus reglamentos de organización
interna y de operación.
Que en uso de sus facultades la AUTORIDAD DE CUENCA MATANZA RIACHUELO
(ACUMAR) dictó la Resolución N° 5/17 mediante la cual aprobó como Anexo
I el Reglamento de Organización Interna de la ACUMAR y como Anexo II su
estructura organizativa.
Que a los fines de garantizar una mayor eficiencia en la ejecución del
Plan Integral de Saneamiento Ambiental (PISA), resulta necesario crear
una Dirección Ejecutiva en la estructura organizativa de la AUTORIDAD
DE CUENCA MATANZA RIACHUELO (ACUMAR) a los fines de que coordine y
dirija las actividades desplegadas por las dependencias del organismo y
ejecute aquellas competencias que le sean delegadas por la Presidencia.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia.
Que el CONSEJO DIRECTIVO aprobó el dictado de la presente medida e
instruyó a esta Presidencia a proceder a la suscripción del
correspondiente acto administrativo.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por
la Ley N° 26.168 y sus normas complementarias y modificatorias y por el
inciso a) del artículo 15 y por el artículo 26 del Reglamento de
Organización Interna de la ACUMAR aprobado como Anexo I por la
Resolución N° 5 del 1 de febrero de 2017 de la AUTORIDAD DE CUENCA
MATANZA RIACHUELO (ACUMAR).
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA AUTORIDAD DE CUENCA MATANZA RIACHUELO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Incorpórase el inciso b.9) al artículo 1° del Reglamento
de Organización Interna de la ACUMAR aprobado como Anexo I por la
Resolución N° 5 del 1 de febrero de 2017 de la AUTORIDAD DE CUENCA
MATANZA RIACHUELO (ACUMAR), el que quedará redactado de la siguiente
manera:
“b.9) Dirección Ejecutiva”.
ARTÍCULO 2°.- Incorpórase el artículo 77 al Reglamento de Organización
Interna de la ACUMAR aprobado como Anexo I por la Resolución N° 5 del 1
de febrero de 2017 de la AUTORIDAD DE CUENCA MATANZA RIACHUELO
(ACUMAR), el que quedará redactado de la siguiente manera:
“DIRECCIÓN EJECUTIVA
ARTÍCULO 77.- La DIRECCIÓN EJECUTIVA es designada por el CONSEJO
DIRECTIVO, a propuesta de la PRESIDENCIA. Depende de la PRESIDENCIA y
tiene a su cargo dirigir la actividad desarrollada por las distintas
direcciones generales, direcciones y las restantes dependencias de la
ACUMAR, a los fines de coordinar las tareas a su cargo, así como
ejecutar todas aquellas funciones que le fueran delegadas por la
PRESIDENCIA.”.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Lucas Figueras
e. 11/03/2019 N° 14381/19 v. 11/03/2019