COMISIÓN NACIONAL DE VALORES
Resolución General 786/2019
RESGC-2019-786-APN-DIR#CNV - Elaboración Participativa de Normas. Aplicación.
Ciudad de Buenos Aires, 08/03/2019
VISTO el Expediente Nº 265/2019 caratulado “PROYECTO DE RESOLUCIÓN
GENERAL S/ MODIFICACIÓN F.F. – REQUISITOS PATRIMONIALES DE FIDUCIARIOS
FINANCIEROS” del registro de la COMISIÓN NACIONAL DE VALORES, lo
dictaminado por la Gerencia de Fideicomisos Financieros y el Servicio
Jurídico Permanente del Organismo, y
CONSIDERANDO:
Que, con fecha 5 de septiembre de 2013, esta COMISIÓN NACIONAL DE
VALORES (en adelante, CNV) aprobó la Resolución General N° 622/13, por
la cual se aprobaron las NORMAS de la CNV, que establecieron los
valores de patrimonio neto mínimo para los fiduciarios financieros en
el Artículo 7° de la Sección IV del Capítulo IV del Título V.
Que, en vista al tiempo transcurrido, resulta oportuno actualizar los
referidos requisitos patrimoniales mínimos para los fiduciarios
financieros en tanto éstos tienen deberes, atribuciones y
responsabilidades legales acordes a su gravitación central en el
instituto de referencia. Así, la trascendencia alcanzada por las
emisiones de fideicomisos financieros, principalmente por su magnitud,
torna necesario extremar los requisitos a los cuales deberán adecuarse
los fiduciarios financieros a los fines de asegurar la tutela de los
derechos del público inversor.
Que, a tal fin, resulta pertinente utilizar las unidades de valor
adquisitivo (UVA) como criterio de referencia para la determinación de
tales montos patrimoniales.
Que a fin de garantizar el principio constitucional de publicidad de
los actos de gobierno, el derecho al acceso a la información pública y
como continuidad de la política adoptada por la CNV en materia
reglamentaria, corresponde la aplicación del procedimiento de
“Elaboración Participativa de Normas” aprobado por el Decreto N°
1172/2003.
Que conforme lo determina el referido Decreto, la “Elaboración
Participativa de Normas” es un procedimiento que, a través de consultas
no vinculantes, involucra a sectores interesados y a la ciudadanía en
general, en la elaboración de normas administrativas y de proyectos de
ley para ser elevados por el Poder Ejecutivo Nacional y al Honorable
Congreso de la Nación, cuando las características del caso -respecto de
su viabilidad y oportunidad- así lo impongan.
Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas
por el artículo 19, incisos d) y g), de la Ley N° 26.831 y
modificatorias y por el Decreto N° 1172/2003.
Por ello,
LA COMISIÓN NACIONAL DE VALORES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Establecer la aplicación del procedimiento de
“Elaboración Participativa de Normas” aprobado por el Decreto N°
1172/2003, invitando a la ciudadanía a expresar sus opiniones y/o
propuestas respecto de la adopción de una reglamentación sobre
“PROYECTO DE RG S/ MODIFICACIÓN F.F. – REQUISITOS PATRIMONIALES DE
FIDUCIARIOS FINANCIEROS”, tomando en consideración el texto contenido
en el Anexo I (IF-2019-14146049-APN-GAL#CNV) que forma parte integrante
de la presente Resolución.
ARTÍCULO 2°.- Designar a la Contadora Paula RAICH para dirigir el
procedimiento de “Elaboración Participativa de Normas” conforme al
Decreto N° 1172/2003.
ARTÍCULO 3°.- Autorizar a ingresar las opiniones y/o propuestas y a
tomar vista del Expediente N° 265/2019 a través del Sitio Web
www.cnv.gov.ar.
ARTÍCULO 4°.- Aprobar el Formulario que se adjunta como Anexo II
(IF-2019-14146182-APN-GAL#CNV) que forma parte integrante de la
presente Resolución, como modelo para ingresar las opiniones y/o
propuestas a través del Sitio Web www.cnv.gov.ar.
ARTÍCULO 5°.- Fijar un plazo de QUINCE (15) días hábiles para realizar
presentaciones de opiniones y/o propuestas, las que deberán efectuarse
a través del Sitio Web www.cnv.gov.ar.
ARTÍCULO 6°.- Publíquese la presente Resolución General por el término
de DOS (2) días en el Boletín Oficial de la República Argentina y
fíjese su entrada en vigencia a partir del día siguiente al de su
última publicación.
ARTÍCULO 7°.- Regístrese, publíquese, comuníquese, dese a la Dirección
Nacional del Registro Oficial, incorpórese en el Sitio Web del
Organismo www.cnv.gov.ar, y archívese. Marcos Martin Ayerra - Patricia
Noemi Boedo - Martin Jose Gavito
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución General se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 12/03/2019 N° 14880/19 v. 13/03/2019
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: AnexoI, AnexoII)