MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA
SECRETARÍA DE GESTIÓN EDUCATIVA
Resolución 59/2019
RESOL-2019-59-APN-SECGE#MECCYT
Ciudad de Buenos Aires, 01/03/2019
VISTO el Decreto Nº 374 de fecha 17 de abril de 2007, los Decretos de
Necesidad y Urgencia Nº 84 de fecha 23 de enero de 2014 y Nº 90 de
fecha 30 de enero de 2018, la Decisión Administrativa N° 315/18 de
fecha 13 de marzo de 2018, la Resolución Ministerial N° 2534 de fecha
27 de agosto de 2018; las Resoluciones del Consejo Federal de Educación
Nº 285 de fecha 23 de agosto de 2016 y Nº 286 de fecha 23 de agosto de
2016, la Resolución 76 de fecha 19 de marzo de 2018, y el Expediente
Electrónico: EX-2019-12369249-APN-DNBE#MECCYT, y
CONSIDERANDO:
Que, mediante el Decreto Nº 374/07 se constituyó el INSTITUTO NACIONAL
DE FORMACIÓN DOCENTE, con la función primaria de planificar,
desarrollar e impulsar las políticas para el sistema formador docente
inicial y continua.
Que, por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 84/14 se creó el PROGRAMA DE RESPALDO A LOS ESTUDIANTES ARGENTINOS (PROGRESAR).
Que, por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 90/18 se transfirió el
mencionado PROGRAMA del ámbito de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA
SEGURIDAD SOCIAL a la órbita del MINISTERIO DE EDUCACIÓN DE LA NACIÓN.
Que, el 13 de marzo de 2018 mediante la Decisión Administrativa N°
315/18, el Jefe de Gabinete de Ministros aprobó la nueva estructura
organizativa del entonces MINISTERIO DE EDUCACIÓN DE LA NACIÓN, creando
la DIRECCIÓN NACIONAL DE BECAS EDUCATIVAS dependiente de la SECRETARÍA
DE GESTIÓN EDUCATIVA.
Que, mediante la Resolución Ministerial N° 2534 de fecha 27 de agosto
de 2018, se modificó la Resolución Ministerial N° 138/18 estableciendo
que, en virtud a la decisión administrativa antes referida, el Programa
“PROGRESAR” funcionará en el ámbito de la Dirección Nacional de Becas
Educativas dependiente de la Secretaría de Gestión Educativa, quedando
a cargo de la misma su coordinación, implementación e interpretación de
sus alcances.
Que, por la Resolución del CONSEJO FEDERAL DE EDUCACIÓN Nº 285/16 se
aprobó el Plan Estratégico Nacional 2016-2021 “ARGENTINA ENSEÑA Y
APRENDE”, entre cuyos ejes prevé el fortalecimiento del sistema de
becas para estudiantes de formación docente privilegiando a las áreas
de vacancia y a los/as estudiantes de zonas remotas como así también la
promoción de las carreras de profesión docente entre jóvenes para
generar interés, especialmente en áreas de vacancia.
Que, por la Resolución del CONSEJO FEDERAL DE EDUCACIÓN Nº 286/16 se
aprobó el Plan Nacional de Formación Docente 2016-2021, que entre sus
objetivos se propone profundizar las políticas para atraer más jóvenes
a la profesión docente, generando condiciones e instrumentado
mecanismos institucionales de estímulo y acompañamiento a los
estudiantes que promuevan la opción por la docencia y garanticen el
acceso, la permanencia y el egreso de las carreras de formación docente
en igualdad de oportunidades.
Que por Resolución Ministerial N° 76 de fecha 19 de marzo de 2018, se
creó dentro del PROGRAMA DE RESPALDO A LOS ESTUDIANTES ARGENTINOS
(PROGRESAR) PARA EL FOMENTO DE LA EDUCACIÓN SUPERIOR, la LÍNEA BECAS
FORMACIÓN DOCENTE, que tiene por objeto prestigiar la docencia
respaldando el ingreso y el egreso en las carreras de formación docente
estratégicas, a los y las estudiantes que demuestren compromiso con la
profesión y buen desempeño académico.
Que, conforme lo previsto en la normativa antes citada, las modalidades
específicas de implementación de las becas se establecerán para cada
convocatoria.
Que, por ello, tornando operativo el mencionado PROGRAMA durante el año
en curso, corresponde abrir la convocatoria 2019 de las becas PARA EL
FOMENTO DE LA EDUCACIÓN SUPERIOR, la LÍNEA BECAS FORMACIÓN DOCENTE
“COMPROMISO DOCENTE”
Que, la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta conforme las previsiones del Decreto N° 174/18, modificado por su similar N° 958/18.
Por ello,
EL SECRETARIO DE GESTIÓN EDUCATIVA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Abrir la convocatoria de las BECAS PROGRESAR PARA EL
FOMENTO DE LA EDUCACIÓN SUPERIOR LÍNEA BECAS FORMACIÓN DOCENTE
“COMPROMISO DOCENTE” correspondiente al año 2019 de acuerdo a las bases
y condiciones detalladas en el reglamento que se adjunta en ANEXO I
(IF-2019-12621735-APN-DNBE#MECCYT) y que pasa a ser parte integrante de
la presente resolución
ARTÍCULO 2º.- Establecer que el período de inscripción se establece
entre el primero (1°) de marzo de 2019 y el treinta y uno (31°) de
marzo de 2019. Es obligatoria la reinscripción de todos aquellos que
fueron beneficiarios de esta línea de beca durante 2018.
ARTÍCULO 3°. – Establecer QUINIENTOS (500) cupos para nuevos
beneficiarios, que se destinarán a aquellos postulantes que hubieran
sido rechazados por exceder el cupo en la convocatoria anterior.
Tendrán prioridad aquellos postulantes que hubieran rendido la
evaluación realizada durante 2018 de manera satisfactoria.
ARTÍCULO 4°. - Fijar el monto mensual del beneficio en PESOS SIETE MIL
QUINIENTOS ($7500) para los estudiantes de SEGUNDO (2°) año; PESOS
NUEVE MIL ($9.000) para los estudiantes de TERCER (3°) año y PESOS DIEZ
MIL QUINIENTOS ($10.500) para los estudiantes de CUARTO (4°) año.
ARTÍCULO 5°. - Definir como mecanismo de atención y gestión de consultas el sitio web del programa.
ARTÍCULO 6°. - Comunicar, publicar, dar a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archivar. Oscar Mauricio Ghillione
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 25/03/2019 N° 18515/19 v. 25/03/2019
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguinte link: Anexos)