MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO
SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR
Resolución 84/2019
RESOL-2019-84-APN-SCI#MPYT
Ciudad de Buenos Aires, 26/03/2019
VISTO el Expediente N° EX-2019-07204602- -APN-DGD#MPYT, la Ley Nº
27.442, los Decretos Nros. 480 de fecha 23 de mayo de 2018 y su
modificatorio, y 972 de fecha 30 de octubre de 2018, y la Resolución
Conjunta Nº 1 de fecha 11 de febrero de 2019 de la SECRETARÍA DE
COMERCIO INTERIOR del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO y de la
SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO dependiente de la SECRETARÍA DE GOBIERNO
DE MODERNIZACIÓN de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, y
CONSIDERANDO:
Que, la Ley N° 27.442 creó la AUTORIDAD NACIONAL DE LA COMPETENCIA como
organismo descentralizado y autárquico en el ámbito del PODER EJECUTIVO
NACIONAL, estableciendo que en su ámbito funcionarán el TRIBUNAL DE
DEFENSA DE LA COMPETENCIA, la SECRETARÍA DE INSTRUCCIÓN DE CONDUCTAS
ANTICOMPETITIVAS y la SECRETARÍA DE CONCENTRACIONES ECONÓMICAS.
Que, el Artículo 20 de la mencionada ley preceptúa que los miembros de
la AUTORIDAD NACIONAL DE LA COMPETENCIA, serán designados por el PODER
EJECUTIVO NACIONAL, previo concurso público de antecedentes y
oposición, ante un jurado integrado por el Procurador del Tesoro de la
Nación, el Ministro de Producción y Trabajo, un representante de la
Academia Nacional del Derecho y un representante de la Asociación
Argentina de Economía Política.
Que, a su vez, dicho cuerpo normativo establece que son miembros de la
AUTORIDAD NACIONAL DE LA COMPETENCIA: el Presidente y los vocales del
Tribunal de Defensa de la Competencia, el Secretario Instructor de
Conductas Anticompetitivas y el Secretario de Concentraciones
Económicas.
Que, el Artículo 20 del Anexo al Decreto N° 480 de fecha 23 de mayo de
2018 y su modificatorio, reglamentario de la Ley N° 27.442, dispone que
corresponde a la SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR del MINISTERIO DE
PRODUCCIÓN Y TRABAJO, convocar al jurado que intervendrá en la
selección de los integrantes de dicha Autoridad Nacional.
Que, asimismo, el Artículo 4º del Decreto N° 972 de fecha 30 de octubre
de 2018 establece que los miembros del jurado, podrán designar a todo
efecto un representante suplente de la institución que representen, y
que el representante suplente del Procurador del Tesoro de la Nación y
del Ministro de Producción y Trabajo deberán tener rango no inferior a
Subsecretario.
Que, por la Resolución Conjunta Nº 1 de fecha 11 de febrero de 2019 de
la SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y
TRABAJO y de la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO dependiente de la
SECRETARÍA DE GOBIERNO DE MODERNIZACIÓN de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS, se aprobó el Reglamento de Selección del Concurso de cargos
de la AUTORIDAD NACIONAL DE LA COMPETENCIA.
Que, conforme surge del Artículo 12 del Anexo de la citada resolución
conjunta, entre las atribuciones y responsabilidades del jurado se
encuentran las de aprobar las bases del concurso y el perfil propuesto
por la SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR, evaluar a los postulantes y
elaborar el orden de mérito.
Que, a su vez, por los Artículos 13 y 14 del citado Anexo, se crea la
Coordinación Concursal integrada por UN (1) Coordinador Concursal y su
respectivo suplente, y se establecen sus facultades y atribuciones,
entre las cuales se encuentran el impulso del proceso de selección para
concluirlo dentro de los plazos previstos, la confección de los
Curriculum Vitae electrónicos y la coordinación de las acciones
necesarias para la consecución de la Evaluación General y la Evaluación
del Perfil Psicológico.
Que, asimismo, el Artículo 15 de dicho Anexo, prevé que el Ministro de
Producción y Trabajo o su suplente, podrá designar a UN (1) Secretario
y disponer de los medios y recursos administrativos que considere
necesarios para asistir al jurado en el desempeño de sus tareas, de
conformidad a lo estipulado en el Artículo 20 del Anexo al Decreto Nº
480/18.
Que el mencionado Secretario deberá ser propuesto al momento de iniciar las actuaciones de la convocatoria al Concurso.
Que han tomado intervención el MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, la
SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO dependiente de la SECRETARÍA DE GOBIERNO
DE MODERNIZACIÓN de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, el Presidente
de la Academia Nacional de Derecho y Ciencias Sociales de Buenos Aires
y el Presidente de la Asociación Argentina de Economía Política
Argentina.
Que, en ese sentido, y de conformidad con lo establecido en el Artículo
20 de la Ley N° 27.442 y los Artículos 4º y 6º del Anexo de la
Resolución Conjunta Nº 1/19 de la SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR del
MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO y de la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO
dependiente de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE MODERNIZACIÓN de la
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, resulta menester integrar el jurado,
designar a los representantes de la Academia Nacional de Derecho y
Ciencias Sociales de Buenos Aires y de la Asociación Argentina de
Economía Política, como así también al Secretario del Concurso y al
Coordinador Concursal.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas
por el Decreto Nº 480/18 y su modificatorio, reglamentario de la Ley N°
27.442, y la Resolución Conjunta Nº 1/19 de la SECRETARÍA DE COMERCIO
INTERIOR del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO y de la SECRETARÍA DE
EMPLEO PÚBLICO dependiente de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE
MODERNIZACIÓN de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Por ello,
EL SECRETARIO DE COMERCIO INTERIOR
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Iníciase el proceso de selección para la cobertura de los
cargos previstos en el Artículo 18 de la Ley Nº 27.442,
correspondientes a los miembros de la AUTORIDAD NACIONAL DE LA
COMPETENCIA.
ARTÍCULO 2°.- Intégrase y desígnase el jurado para seleccionar a los
miembros de la AUTORIDAD NACIONAL DE LA COMPETENCIA y sus respectivos
suplentes, conforme lo establecido en el Anexo que, como
IF-2019-16341646-APN-SSPMI#MPYT, forma parte integrante de la presente
medida.
ARTÍCULO 3°.- Desígnase como Secretario del Concurso al señor Don Nicolás Carlos D´Odorico (M.I. N° 31.447.716).
ARTÍCULO 4°.- Desígnase como Coordinadora Concursal a la señora Doña
Paula Andrea Recalde Polari (M.I. N° 28.380.941) y como suplente a la
señora Doña Gisele Pamela Paoletti (M.I. N° 33.295.904).
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Ignacio Werner
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
(Nota Infoleg: por art. 2º de la Resolución Nº 527/2020 del Ministerio de Desarrollo Productivo B.O. 6/10/2020 se declara la nulidad absoluta e insanable de todo lo
actuado en el marco del procedimiento de selección convocado mediante
la presente Resolución, y déjanse sin efecto las
actuaciones labradas en consecuencia, por los motivos expuestos en los
considerandos de la medida de referencia.)
e. 27/03/2019 N° 19977/19 v. 27/03/2019