SECRETARÍA DE TRABAJO
Resolución 678/2018
RESOL-2018-678-APN-SECT#MT
Ciudad de Buenos Aires, 09/08/2018
VISTO el Expediente N° 1.756.276/17 del Registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la
Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 3/4 del Expediente N° 1.756.276/17 obra el acuerdo
celebrado entre el SINDICATO DEL SEGURO DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, por
el sector sindical, y la empresa LA CONSTRUCCIÓN SA CIA ARGENTINA DE
SEGUROS, por el sector empleador, en el marco de la Ley de Negociación
Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).
Que por medio de dicho acuerdo las partes precitadas han convenido
otorgar a los trabajadores de la empresa, una gratificación de fin de
año, de DOS MIL PESOS ($ 2000), de naturaleza no remunerativa, de
Carácter extraordinario y por única vez, en el marco del Convenio
Colectivo de Trabajo Nº 264/95, todo ello conforme los lineamientos y
parámetros fijados en el mismo.
Que el ámbito territorial y personal del acuerdo, se corresponde con la
actividad de las Entidades empleadoras signatarias y la
representatividad de la parte sindical firmante, emergente de su
personería gremial.
Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.
Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones y
Regulaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que
le compete.
Que corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.
Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes
actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N°
676/17.
Por ello,
EL SECRETARIO DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTICULO 1º.- Declárese homologado el acuerdo obrante a fojas 3/4 del
Expediente N° 1.756.276/17, celebrado entre el SINDICATO DEL SEGURO DE
LA REPÚBLICA ARGENTINA, por el sector sindical, y la empresa LA
CONSTRUCCIÓN SA CIA ARGENTINA DE SEGUROS, por el sector empleador, en
el marco de la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).
ARTICULO 2º.- Gírese a la Dirección de Gestión Documental dependiente
de la Dirección General de Informática, Innovación Tecnológica y
Gestión Documental. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de
Relaciones y Regulaciones del Trabajo a fin de que proceda al registro
del acuerdo obrante fojas 3/4 del Expediente N° 1.756.276/17.
ARTICULO 3º.- Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente,
procédase a la guarda del presente Legajo conjuntamente al CCT N°
264/95.
ARTICULO 4º.- Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de
carácter gratuita del acuerdo homologado y de esta Resolución, las
partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de
la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Horacio Bernardino Pitrau
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 27/03/2019 N° 17795/19 v. 27/03/2019