Ciudad de Buenos Aires, 01/04/2019
VISTO el Expediente Nº S02:0011679/2018 del registro de este
Ministerio, la Ley N° 19.945 (t.o. por el Decreto Nº 2135 del 18 de
agosto de 1983) y sus modificatorias y la Disposición N° 43 del 11 de
febrero de 2019 de la DIRECCIÓN NACIONAL ELECTORAL, y
CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones tramita la propuesta de subdivisión y
supresión del circuito 933, la modificación del circuito 935 y la
creación de los circuitos 933A, 933B, 933C, 933D, 933E, 933F, 933G,
933H, 933I, 933J, 933K, 933L y 933M, correspondientes a la sección
electoral 111 (Tandil), distrito Buenos Aires.
Que el Juzgado Federal con Competencia Electoral de la Provincia de
Buenos Aires elaboró el anteproyecto correspondiente en el marco del
Expediente “S” 79/2018 caratulado “Registro Nacional de Divisiones
Electorales s/ distrito BUENOS AIRES s/ modificación, subdivisión y
creación de circuitos (sección electoral 111 -Tandil-)”.
Que se ha puesto en conocimiento de la propuesta en trámite a todos los
partidos políticos reconocidos en el distrito pertinente.
Que la Cámara Nacional Electoral resolvió en fecha 11 de diciembre de
2018, complementada por su similar de fecha 27 de diciembre de 2018,
aprobar el proyecto de subdivisión y supresión del circuito 933, la
modificación del circuito 935 y la creación de los circuitos 933A,
933B, 933C, 933D, 933E, 933F, 933G, 933H, 933I, 933J, 933K, 933L y
933M, correspondientes a la sección electoral 111 (Tandil), distrito
Buenos Aires.
Que mediante la Disposición N° 43/19 de la DIRECCIÓN NACIONAL ELECTORAL
dependiente de la SECRETARÍA DE ASUNTOS POLÍTICOS E INSTITUCIONALES de
este Ministerio se ordenó la publicación en el Boletín Oficial de la
República Argentina por el plazo de DOS (2) días, del extracto del
informe técnico descriptivo N° IF-2019- 06244377-APN-DEYCE#MI elaborado
por la DIRECCIÓN DE ESTADÍSTICA Y CARTOGRAFÍA ELECTORAL, dependiente de
la DIRECCIÓN NACIONAL ELECTORAL, encontrándose cumplido lo ordenado en
el inciso 2, del artículo 40 del Código Electoral Nacional aprobado por
la Ley Nº 19.945 (t.o. por el Decreto Nº 2135 del 18 de agosto de 1983)
y sus modificatorias, respecto de la publicación de dicho informe
técnico.
Que agotado el plazo dispuesto por dicha norma y no habiéndose
verificado observaciones a la propuesta en trámite, corresponde aprobar
la subdivisión y supresión del circuito 933, la modificación del
circuito 935 y la creación de los circuitos 933A, 933B, 933C, 933D,
933E, 933F, 933G, 933H, 933I, 933J, 933K, 933L y 933M, correspondientes
a la sección electoral 111 (Tandil), distrito Buenos Aires.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS dependiente de la
SECRETARÍA DE COORDINACIÓN de este Ministerio ha tomado la intervención
de su competencia.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas en
el inciso 3 del artículo 40, del Código Electoral Nacional aprobado por
la Ley Nº 19.945 (t.o. por el Decreto Nº 2135 del 18 de agosto de 1983)
y sus modificatorias.
Por ello,
EL MINISTRO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Apruébase la subdivisión y supresión del circuito 933, la
modificación del circuito 935 y la creación de los circuitos 933A,
933B, 933C, 933D, 933E, 933F, 933G, 933H, 933I, 933J, 933K, 933L y
933M, correspondientes a la sección electoral 111 (Tandil), distrito
Buenos Aires, elaborado por el Juzgado Federal con Competencia
Electoral de la Provincia de Buenos Aires en el marco del Expediente
“S” 79/2018 caratulado “Registro Nacional de Divisiones Electorales s/
distrito BUENOS AIRES s/ modificación, subdivisión y creación de
circuitos (sección electoral 111 -Tandil-)”.
ARTÍCULO 2º.- Procédase por medio de la DIRECCIÓN DE ESTADÍSTICA Y
CARTOGRAFÍA ELECTORAL, dependiente de la DIRECCIÓN NACIONAL ELECTORAL
de la SECRETARÍA DE ASUNTOS POLÍTICOS E INSTITUCIONALES del MINISTERIO
DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA a la actualización de la
información cartográfica pertinente.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Rogelio Frigerio
e. 04/04/2019 N° 21933/19 v. 04/04/2019