MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
DIRECCIÓN GENERAL DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD INMUEBLE DE LA CAPITAL FEDERAL
Disposición 3/2019
DI-2019-3-APN-DGRPICF#MJ
Ciudad de Buenos Aires, 09/04/2019
VISTO la Disposición Administrativa N°52 de fecha 18 de agosto de 2016 y
CONSIDERANDO:
Que dicha norma estableció el valor de las contribuciones especiales de la ley 17050 a partir del 1° de septiembre de 2016.
Que los valores allí establecidos sufrieron las consecuencias de la
depreciación monetaria con la consiguiente afectación al régimen
financiero de la ley 17050.
Que, asimismo, durante el período 2017/2018 se debieron afrontar los
costos operativos del organismo, y erogaciones de diversa índole, en el
marco de una disminución de las operaciones inmobiliarias.
Que todo ello hace necesario actualizar el valor de las contribuciones
de la ley 17050 conforme con lo establecido en la planilla adjunta.
Que en la actuación N°120392 consta tanto la conformidad del Ministro
de Justicia y Derechos Humanos y del Subsecretario de Asuntos
Registrales como la opinión favorable del Comité Ejecutivo, todo ello
según el procedimiento establecido por el artículo 2° de la ley 17050.
Que la presente Disposición Administrativa (DA 95/2019) se dicta en uso
de las facultades establecidas por el mencionado artículo 2° de la Ley
17050 y por los artículos 173, inc. (c), y 176 del Decreto 2080/80
-T.O. s/Dto. 466/1999.
Por ello,
LA DIRECTORA GENERAL DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD INMUEBLE DE LA CAPITAL FEDERAL
DISPONE:
ARTÍCULO 1°. A partir de día 22 de abril de 2019, actualícense los
valores de las contribuciones de la ley 17050 según el cuadro tarifario
denominado como ANEXO I.
ARTÍCULO 2°. Publíquese en el Boletín Oficial. Comuníquese a la
Subsecretaría de Asuntos Registrales y a los Colegios Profesionales.
Notifíquese a la Dirección de Registraciones Reales y Publicidad, a la
Dirección de Registraciones Especiales y Publicidad Indiciaria, a la
Dirección de Apoyo Técnico y Fiscalización Interna, a la Dirección de
Interpretación Normativo y Procedimiento Recursivo y, por su
intermedio, a los respectivos Departamento y Divisiones. Regístrese y,
cumplido, archívese. Cecilia Herrero de Pratesi
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 12/04/2019 N° 24542/19 v. 12/04/2019
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)