AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO
Resolución 136/2019
RESFC-2019-136-APN-AABE#JGM
Ciudad de Buenos Aires, 12/04/2019
VISTO el Expediente EX-2018-51535514-APN-DMEYD#AABE y su asociado
EX-2016-00014167-APN-DMEYD#AABE, los Decretos Nros. 1.382 de fecha 9 de
agosto de 2012, 1.416 de fecha 18 de septiembre de 2013, 2.670 de fecha
1 de diciembre de 2015, el Reglamento de Gestión de Bienes Inmuebles
del Estado Nacional aprobado por Resolución Nº 213 de fecha 19 de julio
de 2018 (RESFC-2018-213-APN-AABE#JGM), y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el Visto tramita la presentación de la
DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD, organismo descentralizado en la órbita
del MINISTERIO DE TRANSPORTE, por la cual solicita la asignación en uso
de los sectores del inmueble propiedad del ESTADO NACIONAL, ubicados en
la Ruta Nacional Nº 3 intersección con la Ruta Nacional Nº 25, de la
Localidad de TRELEW, Departamento RAWSON, Provincia del CHUBUT, en
jurisdicción del MINISTERIO DE DEFENSA - ESTADO MAYOR GENERAL DE LA
ARMADA, correspondientes al CIE Nº 26-00001178/1, identificado
catastralmente como Departamento 1 – Ejido 37 – Circunscripción 2 –
Sector 7 – Fracción 16 – Parcela 1, con una superficie de terreno
aproximada de UN MIL CIENTO VEINTIDÓS METROS CUADRADOS CON CATORCE
DECÍMETROS CUADRADOS (1.122,14 m2); CIE Nº 26-00001186/1, identificado
catastralmente como Departamento 1 – Ejido 37 – Circunscripción 2 –
Sector 7 – Fracción 17 – Parcela 1, con una superficie de terreno
aproximada de DOS MIL NOVECIENTOS DIECISIETE METROS CUADRADOS CON
CATORCE DECÍMETROS CUADRADOS (2.917,14 m2), CIE Nº 26-00001194/1,
identificado catastralmente como Departamento 1 – Ejido 37 –
Circunscripción 2 – Sector 7 – Fracción 18 – Parcela 1, con una
superficie de terreno aproximada de DOS MIL NOVECIENTOS DIEZ METROS
CUADRADOS CON NOVENTA Y CUATRO DECÍMETROS CUADRADOS (2.910,94 m2) y CIE
Nº 26-00001151/2, identificado catastralmente como Departamento 1 –
Ejido 37 – Circunscripción 2 – Sector 7 – Fracción 19 – Parcela 1, con
una superficie de terreno aproximada de NOVENTA MIL CIENTO CINCUENTA Y
CINCO METROS CUADRADOS CON NUEVE DECÍMETROS CUADRADOS (90.155,09 m2),
superficies que ascienden a la suma total de NOVENTA Y SIETE MIL CIENTO
CINCO METROS CUADRADOS CON TREINTA Y UNO DECÍMETROS CUADRADOS
(97.105,31 m2), según se detalla en el croquis que como ANEXO
(IF-2019-13778795-APN-DPOYR#AABE) forma parte integrante de la presente
medida.
Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD informa que los inmuebles
mencionados se destinarán a la construcción de la Autovía Ruta Nacional
N°3 Tramo: Puerto Madryn – Trelew.
Que de los relevamientos e informes técnicos efectuados en el marco de
las inspecciones y estudios de factibilidad con el objeto de verificar
las condiciones de ocupación de dichos inmuebles, surge que se
encuentran subutilizados y en desuso.
Que conforme lo informado por la SECRETARÍA GENERAL DE LA ARMADA
ARGENTINA mediante NO-2018-66188401-APN-SGNA#ARA de fecha 18 de
diciembre de 2018, el inmueble se encuentra en condiciones de ser
desafectado por resultar innecesario para las competencias, misiones y
funciones de la repartición.
Que mediante el Decreto Nº 1.382/12, se creó la AGENCIA DE
ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO, como organismo descentralizado en
el ámbito de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, estableciéndose que
será el órgano rector, centralizador de toda la actividad de
administración de bienes muebles e inmuebles del ESTADO NACIONAL,
ejerciendo en forma exclusiva la administración de los bienes inmuebles
del ESTADO NACIONAL, cuando no corresponda a otros organismos estatales.
Que el inciso 19 del artículo 8º del Decreto Nº 1.382/12 y los
artículos 36 y 37 del Anexo del Decreto Nº 2.670/15 reglamentario del
citado Decreto Nº 1.382/12, establecen que la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN
DE BIENES DEL ESTADO podrá desafectar aquellos bienes inmuebles
propiedad del ESTADO NACIONAL que se encontraren en uso y/o
concesionados, cuando de su previa fiscalización resultare la falta de
afectación específica, uso indebido, subutilización o estado de
innecesariedad, teniendo en consideración las competencias, misiones y
funciones de la repartición de origen, como así también, la efectiva
utilización y/u ocupación de los mismos.
Que el inciso 20 del citado artículo, determina que la Agencia podrá
asignar y reasignar los bienes inmuebles que integran el patrimonio del
ESTADO NACIONAL, los cual se considerarán concedidos en uso gratuito a
la respectiva jurisdicción, la que tendrá su administración y custodia
y que tan pronto cese dicho uso deberán volver a la jurisdicción de la
AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO.
Que resulta asimismo aplicable lo previsto en el Capítulo I del Título
II de la Parte General del Reglamento de Gestión de Bienes Inmuebles
del Estado Nacional aprobado por Resolución Nº 213 de fecha 19 de julio
de 2018 (RESFC-2018-213-APN-AABE#JGM).
Que la situación planteada se encuentra enmarcada en el inciso 2) del artículo 37 del Decreto Reglamentario Nº 2.670/15.
Que en consecuencia, corresponde en esta instancia desafectar de la
jurisdicción del MINISTERIO DE DEFENSA - ESTADO MAYOR GENERAL DE LA
ARMADA los inmuebles mencionados en el considerando primero y
asignarlos en uso a la DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD.
Que la presente se enmarca en la decisión del PODER EJECUTIVO NACIONAL
de hacer prevalecer el proceso de preservación del patrimonio
inmobiliario estatal y la racionalización del espacio físico del mismo,
con vista a su mejor aprovechamiento y utilización, destinando la
afectación de los bienes inmuebles estatales a la planificación,
desarrollo y ejecución de políticas públicas.
Que el artículo 5º del Decreto Nº 1.416/13 establece que todas las
transferencias o asignaciones de uso de inmuebles propiedad del ESTADO
NACIONAL deberán ser comunicadas en un plazo de CINCO (5) días hábiles
contados a partir del dictado de la resolución que así lo disponga, a
la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y a la CONTADURÍA GENERAL DE LA
NACIÓN, dependiente del MINISTERIO DE HACIENDA, para su correspondiente
registro.
Que el Servicio Jurídico Permanente de la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE
BIENES DEL ESTADO, ha tomado la intervención de su competencia.
Que la medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes de los Decretos Nros. 1.382/12, 1.416/13 y 2.670/15.
Por ello,
EL PRESIDENTE Y EL VICEPRESIDENTE DE LA AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO
RESUELVEN:
ARTÍCULO 1º.- Desaféctanse de la jurisdicción del MINISTERIO DE DEFENSA
- ESTADO MAYOR GENERAL DE LA ARMADA, los sectores del inmueble
propiedad del ESTADO NACIONAL, ubicados en la Ruta Nacional Nº 3
intersección con la Ruta Nacional Nº 25, de la Localidad de TRELEW,
Departamento RAWSON, Provincia del CHUBUT, correspondientes al CIE Nº
26-00001178/1, identificado catastralmente como Departamento 1 – Ejido
37 – Circunscripción 2 – Sector 7 – Fracción 16 – Parcela 1, con una
superficie de terreno aproximada de UN MIL CIENTO VEINTIDÓS METROS
CUADRADOS CON CATORCE DECÍMETROS CUADRADOS (1.122,14 m2); CIE Nº
26-00001186/1, identificado catastralmente como Departamento 1 – Ejido
37 – Circunscripción 2 – Sector 7 – Fracción 17 – Parcela 1, con una
superficie de terreno aproximada de DOS MIL NOVECIENTOS DIECISIETE
METROS CUADRADOS CON CATORCE DECÍMETROS CUADRADOS (2.917,14 m2), CIE Nº
26-00001194/1, identificado catastralmente como Departamento 1 – Ejido
37 – Circunscripción 2 – Sector 7 – Fracción 18 – Parcela 1, con una
superficie de terreno aproximada de DOS MIL NOVECIENTOS DIEZ METROS
CUADRADOS CON NOVENTA Y CUATRO DECÍMETROS CUADRADOS (2.910,94 m2) y CIE
Nº 26-00001151/2, identificado catastralmente como Departamento 1 –
Ejido 37 – Circunscripción 2 – Sector 7 – Fracción 19 – Parcela 1, con
una superficie de terreno aproximada de NOVENTA MIL CIENTO CINCUENTA Y
CINCO METROS CUADRADOS CON NUEVE DECÍMETROS CUADRADOS (90.155,09 m2),
superficies que ascienden a la suma total de NOVENTA Y SIETE MIL CIENTO
CINCO METROS CUADRADOS CON TREINTA Y UNO DECÍMETROS CUADRADOS
(97.105,31 m2), según se detalla en el croquis que como ANEXO
(IF-2019-13778795-APN-DPOYR#AABE) forma parte integrante de la presente
medida.
ARTÍCULO 2º.- Asígnanse en uso a la DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD, los
sectores mencionados en el Artículo 1º, a fin de ser destinados a la
construcción de la Autovía Ruta Nacional N°3 Tramo: Puerto Madryn –
Trelew.
ARTÍCULO 3º.- Regístrese en el REGISTRO NACIONAL DE BIENES INMUEBLES DEL ESTADO.
ARTÍCULO 4º.- Notifíquese al MINISTERIO DE DEFENSA, al ESTADO MAYOR GENERAL DE LA ARMADA y a la DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD.
ARTÍCULO 5º.- Dése cuenta a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y a la
CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN, dependiente del MINISTERIO DE HACIENDA.
ARTÍCULO 6º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese. Ramon Maria Lanus - Pedro Villanueva
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 16/04/2019 N° 25198/19 v. 16/04/2019
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)